1000 resultados para Teoría egológica del Derecho


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La problemática a ser investigada se articula en torno al interrogante acerca de cómo elaborar una perspectiva crítica de los mecanismos de reproducción de la desigualdad social de nuestro presente, que no se asiente en un referente de certeza producto de algún tipo de fundamento normativo. Con este fin se estudiarán, centralmente, dos registros de la teoría sociológica del siglo XX: la teoría crítica de la sociedad producida por Horkheimer y Adorno, y la sociología reflexiva de P. Bourdieu. Buscando, en la tensión entre ambas, los elementos conceptuales que permitan dar cuenta del interrogante planteado. De allí que esta investigación se enfoque en la forma en que estos autores construyen sus respectivas críticas culturales, estudiando los "fundamentos metódico-conceptuales" de las mismas. Así la puesta en diálogo de las teorías sociológicas alemana y francesa será la vía por la cual hacernos de los hilos conceptuales con los que elaborar la trama de una teoría crítica de nuestro presente que no se funde en un referente de certeza. Pero que aun así sea capaz de abordar diversos materiales culturales para, a través de esa crítica cultural, aprehender los mecanismos que reproducen la forma en que la sociedad se da un orden a sí misma, la estructuración de lo político. En pos de luchar por la desarticulación de aquellas estructuras funcionales a la reproducción de las relaciones de dominación establecidas.

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Frente a la elaboradísima teoría del delito que la doctrina jurídica ha levantado a lo largo de tres siglos, pareciera que el derecho penal se ha transformado en patrimonio exclusivo de la corporación de los expertos en derecho. Términos técnicos sofisticados y a veces intencionalmente oscurecidos, construcciones sistemáticas dotadas de criterios sutiles, argumentos retóricos de uso frecuente aunque muchas veces falaces, constituyen el arsenal de quienes pretenden el monopolio del conocimiento y la aplicación de la ley penal. Se trata de un esfuerzo que conduce a neutralizar el valor político de la decisión judicial y que busca tecnificar lo que primariamente es un bien accesible a todos, principalmente a aquellos a quienes se les impone su normatividad. La consecuencia es la 'alienación del derecho', haciendo del ciudadano un extranjero frente a su propia ley. En el presente trabajo nos proponemos analizar la figura del juicio por jurado en Córdoba, ya que nos encontramos ante una nueva institución que conjuga dos raíces culturales distintas. El carácter mixto del nuevo tipo de tribunal es motivo de una indisimulable tensión que estimamos merece una reflexión detenida. A partir de la observación de algunos juicios, nos preguntamos en qué medida el garantismo se ve lesionado o por el contrario, beneficiado, con la incorporación de los ciudadanos y ciudadanas al estrado judicial

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El presente trabajo tiene como marco general la consideración de que el campo jurídico forma parte del espacio social en el que se juegan los conflictos de una comunidad, poniendo especial atención a la dimensión simbólica y a la significación real de la ley, es decir, a su efecto jurídico. El análisis de algunas fazañas del manuscrito 431 de la Biblioteca Nacional de Madrid permitirá poner de relieve la particular formulación simbólica del espacio que caracteriza estos textos jurídicos de mediados del siglo XIV. Este códice constituye uno de los mayores testimonios de un intento de formalización escrita del derecho señorial (consuetudinario) nunca fijado oficialmente en Castilla. Teniendo presente la representación del espacio en los textos jurídicos alfonsíes (especialmente las Siete Partidas) será especialmente productivo el análisis narrativo de los textos mencionados dado que allí se contraponen dos formas de impartir la justicia pero también de concebir el derecho y ordenar el mundo: el particularismo del derecho señorial y la concepción abstracta y universalista de la norma jurídica hacia la que tienden los códigos alfonsíes y que proporcionaría los fundamentos para la consolidación del Estado. Los textos incluidos en el manuscrito 431 de la Biblioteca Nacional de Madrid manifiestan, por su parte, una inclinación no por la abstracción teórica sino por un sentido concreto de justicia que privilegia el caso excepcional a la regla general, lo concreto a lo abstracto, lo local a lo universal que se pone de relieve en las fazañas, breves textos narrativos de carácter jurídico

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Este trabajo investiga el concepto de reflejo que Lukács desarrolló a lo largo de su carrera como filósofo y crítico literario marxista. Examina la evolución en la construcción de una "teoría marxista del reflejo", desde los avances teóricos orientados a la demarcación de los problemas estéticos a partir de una perspectiva marxista que se encuentran en los artículos moscovitas de los años treinta, hasta la fundamentación ontológica y sistemática de la teoría que se encuentra en los trabajos tardíos sobre teoría estética y ontología. En este recorrido avanzamos desde los primeros esbozos de una teoría marxista sobre el reflejo -como parte limitada de un amplio conjunto de cuestiones estéticas que se interrelacionan-, hasta la culminación de una acabada y precisa teoría del reflejo intelectual, y partiendo de aquella, la concretización de una específica teoría del reflejo intelectual estético

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Este trabajo investiga el concepto de reflejo que Lukács desarrolló a lo largo de su carrera como filósofo y crítico literario marxista. Examina la evolución en la construcción de una "teoría marxista del reflejo", desde los avances teóricos orientados a la demarcación de los problemas estéticos a partir de una perspectiva marxista que se encuentran en los artículos moscovitas de los años treinta, hasta la fundamentación ontológica y sistemática de la teoría que se encuentra en los trabajos tardíos sobre teoría estética y ontología. En este recorrido avanzamos desde los primeros esbozos de una teoría marxista sobre el reflejo -como parte limitada de un amplio conjunto de cuestiones estéticas que se interrelacionan-, hasta la culminación de una acabada y precisa teoría del reflejo intelectual, y partiendo de aquella, la concretización de una específica teoría del reflejo intelectual estético

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A partir de una breve exposición de la ética del discurso en sus versiones apelianas y habermasianas, nos interesa discutir en esta ponencia cómo Habermas abandona el principio moral en favor de una teoría del discurso que justifica un modelo de democracia basado en el procedimiento donde las normas generadas racionalmente por medio del discurso tienen preeminencia ante una excesiva instrumentalización de lo moral. Veremos que para Habermas, el principio democrático tiene que asumir una posición de independencia en relación al principio moral, en razón de la necesidad de proporcionar al derecho una justificación neutra ante las diferentes visiones de mundo y también en virtud del entrelazamiento del derecho con el poder político

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La problemática a ser investigada se articula en torno al interrogante acerca de cómo elaborar una perspectiva crítica de los mecanismos de reproducción de la desigualdad social de nuestro presente, que no se asiente en un referente de certeza producto de algún tipo de fundamento normativo. Con este fin se estudiarán, centralmente, dos registros de la teoría sociológica del siglo XX: la teoría crítica de la sociedad producida por Horkheimer y Adorno, y la sociología reflexiva de P. Bourdieu. Buscando, en la tensión entre ambas, los elementos conceptuales que permitan dar cuenta del interrogante planteado. De allí que esta investigación se enfoque en la forma en que estos autores construyen sus respectivas críticas culturales, estudiando los "fundamentos metódico-conceptuales" de las mismas. Así la puesta en diálogo de las teorías sociológicas alemana y francesa será la vía por la cual hacernos de los hilos conceptuales con los que elaborar la trama de una teoría crítica de nuestro presente que no se funde en un referente de certeza. Pero que aun así sea capaz de abordar diversos materiales culturales para, a través de esa crítica cultural, aprehender los mecanismos que reproducen la forma en que la sociedad se da un orden a sí misma, la estructuración de lo político. En pos de luchar por la desarticulación de aquellas estructuras funcionales a la reproducción de las relaciones de dominación establecidas.

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Frente a la elaboradísima teoría del delito que la doctrina jurídica ha levantado a lo largo de tres siglos, pareciera que el derecho penal se ha transformado en patrimonio exclusivo de la corporación de los expertos en derecho. Términos técnicos sofisticados y a veces intencionalmente oscurecidos, construcciones sistemáticas dotadas de criterios sutiles, argumentos retóricos de uso frecuente aunque muchas veces falaces, constituyen el arsenal de quienes pretenden el monopolio del conocimiento y la aplicación de la ley penal. Se trata de un esfuerzo que conduce a neutralizar el valor político de la decisión judicial y que busca tecnificar lo que primariamente es un bien accesible a todos, principalmente a aquellos a quienes se les impone su normatividad. La consecuencia es la 'alienación del derecho', haciendo del ciudadano un extranjero frente a su propia ley. En el presente trabajo nos proponemos analizar la figura del juicio por jurado en Córdoba, ya que nos encontramos ante una nueva institución que conjuga dos raíces culturales distintas. El carácter mixto del nuevo tipo de tribunal es motivo de una indisimulable tensión que estimamos merece una reflexión detenida. A partir de la observación de algunos juicios, nos preguntamos en qué medida el garantismo se ve lesionado o por el contrario, beneficiado, con la incorporación de los ciudadanos y ciudadanas al estrado judicial

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El presente trabajo tiene como marco general la consideración de que el campo jurídico forma parte del espacio social en el que se juegan los conflictos de una comunidad, poniendo especial atención a la dimensión simbólica y a la significación real de la ley, es decir, a su efecto jurídico. El análisis de algunas fazañas del manuscrito 431 de la Biblioteca Nacional de Madrid permitirá poner de relieve la particular formulación simbólica del espacio que caracteriza estos textos jurídicos de mediados del siglo XIV. Este códice constituye uno de los mayores testimonios de un intento de formalización escrita del derecho señorial (consuetudinario) nunca fijado oficialmente en Castilla. Teniendo presente la representación del espacio en los textos jurídicos alfonsíes (especialmente las Siete Partidas) será especialmente productivo el análisis narrativo de los textos mencionados dado que allí se contraponen dos formas de impartir la justicia pero también de concebir el derecho y ordenar el mundo: el particularismo del derecho señorial y la concepción abstracta y universalista de la norma jurídica hacia la que tienden los códigos alfonsíes y que proporcionaría los fundamentos para la consolidación del Estado. Los textos incluidos en el manuscrito 431 de la Biblioteca Nacional de Madrid manifiestan, por su parte, una inclinación no por la abstracción teórica sino por un sentido concreto de justicia que privilegia el caso excepcional a la regla general, lo concreto a lo abstracto, lo local a lo universal que se pone de relieve en las fazañas, breves textos narrativos de carácter jurídico

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El derecho humano al agua y al saneamiento está seriamente amenazado. Además del ámbito del Derecho internacional de los derechos humanos, este derecho se ve afectado por otras normas, como las del Comercio Internacional, entre las que se encuentran los tratados multilaterales y bilaterales de inversión -TBI. Estos últimos contienen cláusulas que muy frecuentemente colisionan con las normas internacionales de protección del derecho al agua y al saneamiento, como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Los conflictos que surgen en la práctica entre empresas afectadas por TBI y estados se resuelven ante tribunales arbitrales, que no incorporan en sus decisiones las categorías y principios del derecho humano al agua potable y al saneamiento. Este texto aborda estos problemas, y propone ciertas recomendaciones