1000 resultados para DERECHO INTERNACIONAL - AMERICA LATINA
Resumo:
En procura de que los tres capítulos que contiene esta tesis estén bien delimitados y mantengan orden y coherencia suficiente, el primero de ellos aborda la biodiversidad y buena parte de sus implicaciones. Así tenemos corno temas principales dentro de este capítulo: el significado de la biodiversidad y los elementos que la constituyen, su importancia, los principales procesos que la afectan y las estrategias para su conservación. El segundo capítulo se ocupa, en cambio, del estudio de la contaminación, que encierra uno de los problemas más crecientes para la protección de la biodiversidad. De esta manera, nuestra tarea fue aproximarnos a los conceptos de contaminación, a sus clases, a sus efectos y a esbozar posibles soluciones. En el tercer y último y capítulo, el análisis de los Convenios de Diversidad Biológica y Marco Cambio Climático, de las Decisiones Andinas N° 391. 523, 435 y 436 y de la Constitución Política del Ecuador y su comparación con la Constitución de Colombia, en lo que conciernen a la biodiversidad, constituyen los ejes primordiales, por los que transcurre este capítulo que, conjuntamente con la síntesis de ejemplos de gestión contra la contaminación emprendida en algunos países, constituyen elementos que nos servirán de base para determinar la verdadera eficacia de la legislación andina en la protección de la biodiversidad y en el control de la contaminación.
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La presente tesis trata sobre los conocimientos y técnicas tradicionales cura ti vas de los pueblos indígenas amazónicos, asociados a la biodiversidad y la factibilidad de que se constituyan en objeto jurídico de la propiedad industrial en el régimen de las invenciones. Dicho régimen tiene como objeto jurídico el hallazgo inventivo aplicable industrialmente, novedoso y no evidente. Los conocimientos y técnicas tradicionales conforman un objeto jurídico, el denominado componente intangible, en tanto que la biodiversidad, a la que se asocian, forma un distinto objeto jurídico, sin embargo las características de ambos imposibilitan el que puedan regularse en el ámbito de la propiedad industrial inventiva. Los componentes intangibles como las prácticas cura ti vas no pueden enmarcarse dentro del régimen inventivo industrial por ser un conjunto de constataciones de hechos que se dan en la naturaleza circundante y que es utilizado por medio de técnicas determinadas por la cosmogonía de cada grupo étnico pero compartidas ampliamente, caracterizándose dichas técnicas por aprovechar la biodiversidad sin afectar cualitativamente su estado efectivo. Sin embargo los componentes intangibles son un objeto jurídico sobre el cual existen derechos y obligaciones de los cuales las comunidades son los titulares. Se recomienda por lo tanto un sistema contractual que permita a comunidades y empresas interesadas en sus conocimientos negociar en un marco jurídico en que se prevea la protección y justa compensación para los proveedores de intangibles. La biodiversidad, producto de naturales procesos biológicos, es un recurso y toca al Estado su administración.
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El derecho a la vivienda es un principio de carácter universal, previsto en nuestro ordenamiento jurídico y garantizado por el estado. Sin embargo, el déficit de vivienda afecta a un segmento cada vez más representativo de la población, que incentivada por los modelos de desarrolle vigentes en el pais, ha ocasionado la expansión y concentración urbana, con los consiguientes problemas habitacionales que ello conlleva, afectando especialmente a las familias de bajos recursos económicos, que se ven precisados a vivir en precarias condiciones, en viviendas inadecuadas y carentes de servicios básicos. Ante esta situación, las políticas nacionales no han dado una respuesta apropiada a esta demanda mayoritaria, lo que ha permitido que en los últimos años se acentúe el déficit habitacional, lo que se confirma con la presente investigación, basada en los enunciados de los gobiernos que se han sucedido y la variación de legislación sobre vivienda de interés social y sus mecanismos de financiamiento, dictados en el periodo 1988 - 1994. Esta circunstancia ha derivado en el ensanchamiento de la marginalidad e informalidad de la vivienda por la aplicación de un marco legal inconsulto y disperso, que requiere de urgente revisión, actualilación y simplificación para que sea dinámico, flexible y sea un conductor para la provisión de vivienda hacia los estratos de menos recursos económicos.
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Se parte de abordar un tratamiento conceptual sobre los enfoques teóricos de la integración que de alguna manera evalúan el rol que el Estado debe cumplir en estos procesos. Se advierte que la teoría liberal, basada en principios estáticos, no explica la importancia de la integración para los países en desarrollo~ y que por otra parte, el Neoliberalismo, que ha inspirado la oleada aperturista y regionalizadora en América Latina, no teoriza rigurosamente sobre el rol que el Estado debe cumplir en estos procesos, y se limita a sostener la no intervención estatal en beneficio de una participación del mercado. Así mismo se sostiene que el enfoque estructuralista -constituido desde varias vertientes, pero que tiene en el cepalismo de los sesenta su mejor expresión- ha visualizado a la integración como un mecanismo de constitución de mercados ampliados que harían posible el objetivo de la industrialización. El mercado, al no ser el mejor asignador de recursos debe dar paso a políticas estatales planificadas y a una intervención impersonal del Estado. Para la elaboración de una teoría alternativa de la integración deberían tomarse en cuenta elementos económicos, en la perspectiva de lograr el desarrollo regional, pero también deben considerarse elementos políticos que evaluen la importancia estratégica de la integración para nuestros países, elementos sociales en la perspectiva de eliminar las asimetrías existentes, e incluso sustratos culturales comunes. Al tratar el tema del Estado y la integración en el Ecuador, se parte de una definición conceptual sobre el Estado, y de un análisis de dos épocas diferenciadas dentro del Grupo Andino, la primera fase guiada por el enfoque estructuralista y la de ahora en la que prima una visión neoliberal y de mercado; se ha constatado en esta última fase una franca expansión del comercio provocada por la liberalización acelerada, sin embargo no se advierte que sea una tendencia sostenible en virtud de que no se basa en una integración productiva sino comercialista. Se plantea que ha habido un cambio de rumbo en la conducción del Estado en el Ecuador en materia de integración, tendencia que inicialmente fue provocada por la oleada aperturista que afectaba al resto de países, pero que poco a poco ha ido tomando sustento propio como consecuencia del viraje ideológico que han experimentado nuestros propios gobiernos, quienes han cambiado desde una postura tradicional en el Grupo Andino de plantear políticas heterodoxas por su condición de país de menor desarrollo relativo, en favor de posiciones más liberales. Se aborda un análisis sobre las preocupaciones que la sociedad civil ha manifestado en este último período acerca de la integración subregional. Se constata que hay un acuerdo generalizado por exigir una mayor participación de los distintos actores sociales tanto en la definición como en la implementación de los mecanismos del Acuerdo. Se concluye que el Estado en los países en desarrollo debe desempeñar un papel relevante en los procesos de integración, no solo para corregir distorsiones y desequilibrios, sino para promover activamente sectores productivos estratégicos seleccionados como parte de una planificada estrategia de desarrollo.
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El presente trabajo de investigación es un estudio de Derecho Económico e Integración Económica, que parte de la base de cuatro macro variables, económica, geopolítica, jurídica y teórica, que a su vez constituyen cada una un capítulo, así se analiza el problema que surge para Bolivia, con la aparición del MERCOSUR y quedando aprisionada entre dos polos de atracción por un lado el Grupo Andino, del cual es fundador y miembro regular y por otro lado el MERCOSUR, con cuyos miembros Bolivia tiene un gran volumen de relaciones no solo comerciales, sino económicas en general y un avanzado proceso de integración física, a través de un sin número de acuerdos y convenios suscritos por Bolivia con los países miembros del MERCOSUR en el seno de la ALADI. Esta investigación coloca a los dos procesos de integración en una balanza y evalúa los convenios, sus aplicaciones y las relaciones de Bolivia con cada grupo y con cada país, en el afán de encontrar la mejor forma de inserción de Bolivia, en todo lo que representa la nueva dinámica del mundo, partiendo de lo que sería más conveniente para Bolivia como país y; cómo podría aportar más efectivamente al proceso de convergencia, actuando como eje entre los dos esquemas sudamericanos, con miras a una convergencia de los esquemas de integración de Latinoamérica y posteriormente del continente. Finaliza, con una propuesta estratégica de integración, en la que Bolivia juega papel preponderante como eje de convergencia, en un proceso de multilateralización que par~·~ de abajo hacia arriba, que llegará también a la zona de libre comercio hemisférica planteada en la Cumbre de las Américase de Miami en 1994, pero no con países que por sí solos buscan la adhesión al NAFTA, sino con una comunidad de países, unidos, con un mercado ampliado de importancia y sobre todo con un poder de negociación considerablemente mejorado, de tal manera que la zona de libre comercio se negocie en beneficio de Latinoamérica, con miras a un mundo globalizado.
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En el presente trabajo se analizan las causas de la reforma del sistema jurídico regulador de la economía durante el actual gobierno, desentrañando las motivaciones económicas, políticas y sociales que la han impulsado. Se considera que los actuales cambios legales no solamente dan respuesta a procesos internos, sino que obedecen a una lógica que traspasan la fronteras nacionales y tienen correspondencia con el fenómeno de la "globalización". Desde esta óptica se revisa el proceso de crisis del capitalismo de postguerra, su reestructuración y las nuevas modalidades de acumulación y centralización del capital a nivel mundial que han promovido la modificación de la forma de Estado intervencionista y por tanto han generado una radical transformación de la estructura jurídica. El análisis está centrado en América Latina y Ecuador. A la luz de estos elementos se analiza el proceso de reforma legal vivido en el Ecuador desde agosto de 1992, considerando las condiciones económicas, políticas y sociales del país y examinando las leyes relacionadas con la economía.
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Sumario: I.¿Qué es el delito de desacato? 1. La definición del delito de desacato. 2. El delito de desacato en el derecho internacional de los derechos humanos. 3. El delito de desacato en el Código Penal ecuatoriano. 4. Características del delito de desacato. 5. Conclusión. II. ¿Cuál es la relación entre libertad de expresión y sociedad democrática? 1. La libertad de expresión y la democracia en la Constitución. 2. La libertad de expresión y su función instrumental para el ejercicio de los derechos a la autonomía individual y a la deliberación colectiva. 3. La libertad de expresión: el ideal de ciudadano deliberante y las instituciones necesarias para realizarlo. 4. Conclusiones. III. ¿Son compatibles las leyes de desacato con la libertad de expresión en una sociedad democrática? 1. La solución de antinomias y el principio de proporcionalidad. 2. Conclusión. IV. Bibliografía.
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La institución jurídica constitucional del estado de excepción no siempre ha sido conocida con este nombre en el constitucionalismo ecuatoriano, sino que ha tenido varias denominaciones tales como: facultades extraordinarias, estados de urgencia, estado de sitio y estado de emergencia, no obstante, con la vigencia de la Constitución de 2008, se introdujo la denominación “estado de excepción”, concebido como un mecanismo jurídico, constitucional y político que permite restablecer el orden público en circunstancias extraordinarias con el fin de garantizar, los derechos constitucionales, la democracia y el Estado de Derecho. La declaratoria del estado de excepción es emitida por el ejecutivo, mediante decreto ejecutivo el mismo que está sujeto a control político, constitucional e internacional, ya que en algunos casos podría restringir o suspender derechos constitucionales (contexto nacional) y derechos humanos (contexto internacional), los cuales son protegidos por tratados internacionales y por el Derecho Internacional Humanitario. En este contexto, la presente tesis iniciará revisando la evolución del estado de excepción en el constitucionalismo ecuatoriano, abordaremos de forma analítica y comparada (Estados miembros de la Comunidad Andina -CAN-) la naturaleza jurídica del estado de excepción, su regulación, funcionamiento, así como su relación con el Estado de Derecho (concebido éste como una estado legal y constitucional), fortaleciendo nuestro trabajo con el auxilio de la norma, la doctrina y la jurisprudencia.
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Los tratados bilaterales sobre promoción y protección recíproca de inversiones (TBIs) tienen dos grandes objetivos: uno concreto e inmediato, el otro vago y mediato. Primero, estos acuerdos brindan garantías al inversor extranjero respecto del tratamiento que el Estado receptor otorgará a sus proyectos. Segundo, la firma de estos tratados pretende atraer más inversión extranjera a los países signatarios. El esquema de los TBIs, por lo tanto, se sustenta en la creencia de que los flujos de capitales extranjeros son afectados por la incapacidad institucional de los potenciales estados receptores. Estos tratados servirían para remediar esta falencia. Desde una perspectiva de política económica, no obstante, los beneficios para los países receptores son motivo de grandes discusiones. El presente trabajo busca ampliar este debate, analizando en qué medida los TBIs ayudan a los estados receptores a desarrollar las instituciones adecuadas para sus democracias y sus economías de mercado.
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Presenta las reseñas de los siguientes libros: María Paz Ávila Ordóñez, Ramiro Ávila Santamaría, Gustavo Gómez Germano, edits., Libertad de expresión: debates, alcances y nueva agenda, Quito, Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OHCHR) y Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), 2012. -- Andrew T. Guzmán, Cómo funciona el Derecho Internacional: una teoría de elección racional, Nueva York, Oxford University Press, 260 pp.
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Debido a la globalización y mundialización de la economía, han aumentado los flujos comerciales y por ende la contratación internacional; por lo que es necesario tomar en cuenta la transición de carácter económico que experimentan los países latinoamericanos. Esta globalización la podemos atribuir a dos factores, por un lado la búsqueda de inversiones económicas y por otro las nuevas tecnologías que revolucionan a la sociedad. Con el comercio internacional se produce un reemplazo de producción interna por importaciones más baratas; gracias al acuerdo comercial que trae como consecuencia el aumento del comercio entre sus miembros con la reducción o eliminación de las barreras comerciales que existan entre ellos. Se habla de eliminar las barreras de aranceles para que así se dé un comercio más abierto y generalizado, pero no se tienen en cuenta las consecuencias laborales. Al momento de celebrarse un tratado de libre comercio pueden surgir múltiples problemas y hay que tener en cuenta la movilidad de los trabajadores de los países signatarios de dicho tratado, puesto que al darse la movilidad de capitales y libertad en las barreras económicas se debe considerar uno de los factores de producción que es la mano de obra. La movilidad se la puede considerar como la expresión de la separación o la falta de equilibrio entre la actividad y la población.
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El Fondo Monetario Internacional tiene un programa de condicionalidad que materializa por diferentes métodos, entre los que se encuentra las cartas de intención, a través de ellas exigió a Colombia modificar la política macroeconómica a cambio de asistencia financiera y técnica en las que se determinó la orientación de la normatividad jurídica en materia macroeconómica, es decir, la política fiscal, monetaria, de comercio exterior, financiera y política cambiaria; de esta manera, el FMI interviene directamente en la política interna de Colombia bajo el pretexto de ayudar al crecimiento económico sostenible, mejorar los niveles de vida y reducir la pobreza. La aplicación de estos condicionamientos se dio a través de reformas laborales, tributarias, de reestructuración al Estado, financiera, de comercio exterior, régimen cambiario, de seguridad social y pensiones, y de regalías. Por lo tanto, en estas circunstancias es importante analizar el tema desde el ámbito del derecho económico, constitucional e internacional, a fin de determinar cuáles son los problemas jurídicos y sociales que han generado estos condicionamientos al supeditar la estabilidad macroeconómica a la balanza de pagos y a los ajustes fiscales, sin importarle el coste social generado y el desmedro a los derechos de los colombianos, contrariando los fines del Estado, debilitando la Constitución y poniendo en crisis el Estado Social de Derecho.
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En un escenario internacional marcado por la globalización y los desafíos que plantea surge el “regionalismo posliberal” como una nueva tendencia integracionista que pretende ir más allá de una integración económica – comercial, ampliando su agenda a temas sociales, ambientales, culturales y con predominio en el ámbito político. En este contexto, nace la Unión de Naciones Suramericanas como un esquema alternativo, propulsor de una nueva historia para la región, con ambiciosos objetivos que requieren una estructura institucional sólida y un sistema normativo que otorgue seguridad jurídica para su consecución. Es evidente que en los bloques de integración, independientemente del tipo de esquema que se trate, pueden surgir diversos conflictos de orden jurídico. En este entendido, el sistema de solución de controversias es fundamental para mantener con éxito el equilibrio institucional y en consecuencia alcanzar los objetivos que se plantean. De esta manera, el objeto de la presente investigación es establecer los elementos base para la construcción de un sólido y efectivo sistema de solución de controversias, que sea coherente con la naturaleza y los objetivos de UNASUR. Para tal fin, se considera que el grado de profundidad de un proceso de integración define la configuración de su sistema de solución de controversias, pues se entiende que mientras más profunda sea la integración, los Estados Parte comprometen más atribuciones que demandan mayor estabilidad y seguridad jurídica del esquema. Asimismo, se toman en cuenta algunos elementos de los sistemas de solución de controversias vigentes en los principales procesos de integración latinoamericanos.