979 resultados para Contratos de direitos de autor
Resumo:
Resumen tomado de la publicación. Contiene dos esquemas explicativos: STI según Carbonell y Arquitectura básica
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La investigación aborda la problemática del contrato estatal atípico a partir de un marco teórico, con el fin de encontrar los contratos estales atípicos en la práctica pública, y a partir de allí realizar un análisis de su contenido de acuerdo al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública.
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Promover el desarrollo de nuevos programas docentes a nivel pregrado y postgrado.
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Desde la introducción del postulado de la “autonomía de la voluntad” en el Estatuto de Contratación Estatal, es posible afirmar que trajo consigo grandes cambios, los cuales se ven reflejados en varios escenarios de la contratación y que sin lugar a duda revelan suma importancia, pero cuando nos referimos a la tipología contractual, primer estadio al cual deben enfrentarse las partes al momento de contratar, este postulado toma real trascendencia al proporcionar libertad a los contratantes, tanto para la entidad como para el particular, de crear conforme a sus necesidades y a los fines estatales la forma contractual que más se ajuste, teniendo en cuenta las limitantes generales que el ordenamiento jurídico le impone. Este entorno ha sido la clave para que se llegue a hablar del contrato estatal atípico, tópico que ha generado discusiones entorno a su admisibilidad en el derecho público por no serle originalmente propio a este.
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El documento expone el análisis de la supervisión de los contratos estatales celebrados por las entidades autónomas del orden nacional a partir del marco legislativo vigente.
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Esta investigación busca analizar los factores de localización urbanos que se convierten en componentes importantes para establecer Parques Tecnológicos en Colombia como estrategia de competitividad y desarrollo territorial. Particularmente se ha enfocado en la configuración del Centro de Innovación Ruta N en la ciudad de Medellín en el marco de los procesos de competitividad para la ciudad durante el periodo 2007-2011.
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La Mesa para la inserci??n laboral de las personas con discapacidad tiene como finalidad ??ltima conseguir desde las entidades e instituciones de las Islas Baleares, la plena integraci??n laboral de las personas con discapacidad con necesidades de apoyo a trav??s de la unificaci??n de esfuerzos, la aglutinaci??n de estrategias y la mejora de resultados de inserci??n laboral. Se presentan la Mesa, integrantes, finalidad y objetivos. Se resume su actividad y se detallan los resultados anuales tanto de actividades realizadas como de informes elaborados. Se presentan los datos de ocupaci??n laboral . Se prest?? servicio a 353 personas, con los siguientes resultados: 192 personas consiguieron contrato laboral. 161 personas utilizaron los servicios de orientaci??n laboral. 141 empresas colaboraron con este servicio. Se realizaron 84 contratos indefinidos. M??s que conclusiones, el documento presenta los retos de futuro de esta Mesa.
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Determinar la situación del colectivo de jóvenes de 16 a 25 años, principalmente en cuanto a formación curricular, situación laboral durante todo el año, aspiraciones laborales y de formación ocupacional. Determinar la situación laboral de los jóvenes durante todo el año, el tipo de contratos y los sectores de ocupación preferentes por perfiles. Determinar los niveles de conocimiento, uso, importancia y satisfacción de las acciones de inserción laboral y de formación ocupacional de las que son beneficiarios cuando están en paro. Determinar si siguen formando parte de la población activa cuando están en el paro. Valorar las necesidades y preferencias de formación ocupacional de este colectivo. Estudiar las posibilidades de inserción laboral estable de este colectivo, de manera diferenciada por sectores de ocupación. Conocer la percepción de los propios jóvenes respecto a la influencia que la estacionalidad laboral tiene en su calidad de vida. Determinar posibles acciones encaminadas a fomentar la formación de los jóvenes, el argumento de su cualificación profesional y favorecer una mejora de la calidad del trabajo al que tienen acceso. Universo de jóvenes de 16 a 25 años de la isla de Menorca. Muestra de 400 jóvenes. Margen de confianza del 95 por ciento. Margen de error del 4,5 por ciento. Selección del personal cualificado para realizar las encuestas y las entrevista en profundidad a jóvenes y a profesionales, prueba pre-test, trabajo de campo, procesamiento de los datos, análisis de resultados. Encuestas, entrevistas semiestructuradas y entrevistas estructuradas. Este estudio se ha basado en el criterio metodológico de la triangulación, es decir la combinación de técnicas cuantitativas (encuestación), cualitativas (entrevistas en profundidad, entrevistas estructuradas y reuniones en grupo) y análisis de fuentes documentales. En este trabajo se han definido unos indicadores sintéticos de conocimiento, uso y satisfacción de los jóvenes respeto a los servicios de orientación laboral, la formación ocupacional y los servicios de asesoramiento y ayudas para emprendedores, que al ser comparados periódicamente proporcionarán una información muy valiosa. El mercado laboral de Menorca pivota en torno al turismo estacional. Se observa una gran facilidad para insertarse en el mercado laboral, especialmente en aquellas ocupaciones temporales y sin requerimientos formativos. Se observan tres perfiles: el primer perfil de jóvenes debe ser motivados, habrá que plantearles un abanico de objetivos claros y adaptados a la realidad del mundo laboral para que elijan el suyo propio, transmitirles la necesidad de una formación continuada, de una cualificación profesional y de una actitud responsable y activa, teniendo especial atención para un pequeño subgrupo de jóvenes con dificultades de integración en el medio social, para los que deberían establecerse medidas diferenciadas encaminadas a su integración, mediante educadores de calle por ejemplo. Al segundo perfil se le debe transmitir la necesidad de una formación adecuada para conseguir trabajos estables y bien remunerados, ponerles en contacto con los servicios de orientación profesional y formación no reglada, facilitarles la formación, teniendo en cuenta los horarios de trabajo, establecer servicios subvencionados para la atención de los hijos o las tareas del hogar. En cuanto al tercer perfil, debe recompensarse el esfuerzo formativo de estos jóvenes, prestigiar la formación profesional y los estudios no reglados de nivel técnico, adecuando los contenidos y las titulaciones a las necesidades del mercado laboral, y asegurando en la medida de lo posible una rápida y efectiva inserción laboral en los lugares de trabajo. Finalmente, respecto al cuarto perfil, deben recuperarse los jóvenes que se forman con estudios superiores fuera de la isla de Menorca, estableciendo canales de información laboral y procurándoles un acceso preferente a las ofertas de ocupaciones especializadas. Se proponen también las siguientes acciones: transmisión de actitudes y valores a los jóvenes, acercamiento de los jóvenes la realidad del mundo laboral de Menorca y los diferentes itinerarios formativos con especial atención a la formación no reglada, dar valor a la ocupación, favorecer la autoocupación y la formación de empresas, recuperar a los jóvenes con estudios superiores que se forman fuera de la isla.
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El presente trabajo de investigación, parte de un análisis histórico general del contrato de concesión en Colombia, así como de las diferentes figuras y cambios que el mismo ha tenido a lo largo de los años, con el fin de acercar al lector de una manera más clara a las disposiciones previstas en nuestro ordenamiento jurídico, que regulan los temas del contrato de concesión, equilibrio económico del contrato y distribución de riesgos previsibles en materia de contratación pública. El autor realiza una análisis normativo de todas y cada de las disposiciones jurídicas relevantes, así como el entendimiento que sobre dichas disposiciones y los conceptos de riesgo previsible y equilibrio económico del contrato, ha existido en la doctrina, jueces y árbitros, en los últimos años; conceptos que contrapone con las políticas públicas que en materia de contratación estatal, ha fijado el Estado y los cuales evidencian, diferentes posiciones y entendimientos, de lo que es, del deber ser y del entendimiento de las normas pertinentes en materia de distribución de riesgos. Finalmente, presenta un análisis propositivo frente a la definición de riesgo previsible, su posible tipificación, estimación y cuantificación, lineamientos que se deben respetar en una adecuada distribución de riesgos, los errores que generalmente se han cometido en algunos procesos licitatorios de gran envergadura, y las consecuencias jurídicas que en vía judicial o arbitral puede implicar una indebida o ilegal distribución de riesgos previsibles en el contrato estatal.
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Resumen tomado del propio recurso
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ante la existencia de un marco legal y reglamentario precario, se han identificado algunos problemas en el desarrollo de la función de supervisión e interventoría desde la óptica meramente contractual aplicada en los organismos que hacen parte de las ramas legislativa y judicial. en tal sentido resulta pertinente realizar un análisis comparativo de los instrumentos adoptados al interior de cada entidad, en consecuencia el problema de la presente investigación se plantea a partir del siguiente cuestionamiento: ¿las formas de autorregulación implementadas por los órganos de las ramas legislativa y judicial para el control de la actividad de contratación en defecto de una regulación legal y reglamentaria al respecto les permiten disponer de un marco jurídico apropiado para el ejercicio adecuado de la supervisión?.
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En la ciudad de Bogotá se han ido creando escuelas de formación musical que se fortalecen con el tiempo en razón a diversos factores tales como el interés de la población juvenil, la formación de docentes en música, el auge comercial de músicos colombianos de impacto internacional, entre otros.1 Sin embargo, una falencia que he identificado en mi condición de abogado y de músico aficionado ha sido la falta de formación de estos centros de enseñanza en el tema de Derechos de Autor y la apatía evidente en los alumnos para abordar el tema.
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El presente trabajo de investigación, el cual fue elaborado dentro de la línea de investigación en Derecho Comercial del Grupo de Derecho Privado 12 de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario, tiene como fin realizar un estudio de las diferentes maneras de contratación internacional, sus modalidades, la normativa aplicable a cada una de las formas, operaciones y transacciones que las contrataciones implican. Por esta razón este trabajo se desarrollará en tres capítulos, en el primero de ellos se estudiará la evolución histórica de la contratación internacional, empezando desde las antiguas civilizaciones como lo fueron romana, griega e islámica hasta la creación de la lex mercatoria en la edad media, y el avance de esta a través de los años posteriores. Igualmente, dentro de este primer capítulo se expondrán los principales organismos internacionales que contribuyen con la internacionalización de los mercados. Luego de realizar el anterior examen, en el segundo capítulo se estudiará la lex mercatoria como fuente principal de la contratación internacional. Esta figura es de gran importancia, pues fue la que dio el origen al actual derecho comercial internacional. Así mismo, se estudiarán sus diferentes fuentes específicas, con el fin de entender el comercio actual. En el tercer capítulo se estudiarán los principales contratos internacionales, utilizados dentro del giro ordinario de los negocios de los comerciantes. Es así como, se estudiarán los contratos de compraventa internacional de mercaderías, el joint venture, la agencia comercial internacional, el crédito documentario y la franquicia.
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El avance del Comercio Electrónico ha facilitado las transacciones mercantiles a nivel global y su uso se ha vuelto cada vez más común en las relaciones comerciales de la sociedad. Al respecto, el Secretario de las Naciones Unidas ha expresado lo siguiente: “El comercio electrónico es uno de los ejemplos más visibles, de la manera en la cual, las tecnologías de la información y la comunicaciones (TIC) pueden contribuir al crecimiento económico. El mismo ayuda a que los países mejoren la eficiencia comercial y facilita la integración de los países en vías de desarrollo dentro de la economía global. Permite que empresas y empresarios sean más competitivos, provee a los trabajadores de empleo, y de ese modo se facilita la creación de riquezas.”1 Es tanta la importancia del comercio electrónico hoy en día que nuestro ordenamiento jurídico no podía pasar por alto su aplicación y regulación. Como resultado de ello, se dio paso a la creación de la ley 527 de 1999, la cual define varios términos sobre el tema y conceptualmente sobre comercio electrónico relata lo siguiente: “Abarca las cuestiones suscitadas por toda relación de índole comercial, sea o no contractual, estructurada a partir de la utilización de uno o más mensajes de datos o de cualquier otro medio similar. Las relaciones de índole comercial comprenden, sin limitarse a ellas, las siguientes operaciones: toda operación comercial de suministro o intercambio de bienes o servicios; todo acuerdo de distribución; toda operación de representación o mandato comercial; todo tipo de operaciones financieras, bursátiles y de seguros; de construcción de obras; de consultoría; de ingeniería; de concesión de licencias; todo acuerdo de concesión o explotación de un servicio público; de empresa conjunta y otras formas de cooperación industrial o comercial; de transporte de mercancías o de pasajeros por vía aérea, marítima y férrea, o por carretera”. Además, con la entrada en vigencia de la presente ley, se dejo un precedente relativo a la validez jurídica contenida en los mensajes de datos y sobre los requisitos jurídicos que éstos deben contener, así, el artículo 5 sobre la validez de los mensajes de datos relata: “No se negarán efectos jurídicos, validez o fuerza obligatoria a todo tipo de información por la sola razón de que esté en forma de mensaje de datos.”
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William Murray fue un jurista singular. Con el nombre literario de Lord Mansfield, creó para su época y para la posteridad una expresión inolvidable: ―Una persona puede usar una copia tocándola, pero no tiene ningún derecho a robarle al autor los beneficios multiplicando las copias y disponiendo de ellas para su propio uso‖1 . En esa opinión se apoyó para decidir el memorable caso de Millar v. Taylor2, donde por primera vez se sostuvo que los derechos de autor son perpetuos y nunca entran a hacer parte del dominio público. La disputa involucraba a Andrew Millar, un vendedor de libros que, en 1729, adquirió los derechos de edición sobre ‗The Seasons’, un poema de James Thomson. Cuando la protección de esos derechos expiró, Robert Taylor comenzó a publicar sus propias copias y a competir con Millar.