996 resultados para Penal colonies, French.
Resumo:
La responsabilidad médica en su completo esplendor trata temas en cuanto a lo civil, penal y la relación con el estado y la prestación de servicios que se deriva del mismo. La responsabilidad medica a su vez trata en el fondo las imputaciones por conductas dolosas, culposas y preterintencionales que a su vez traen consigo las razones de exculpabilidad de las mismas y los beneficios que al médico trae la existencia de la llamada “Lex artis” El tratamiento de la culpa en el ámbito de la responsabilidad penal medica a través de la historia muestra como en el tiempo, desde la misma época arcáica se entendía como responsable el medico o aquella persona que tuviera conocimientos en medicina cuando por una imprudencia o por su propia negligencia o impericia hiciera que el paciente o la persona a cuidar sufriera una lesión que pudiese posteriormente llevarlo a la muerte.
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La idea de realizar el proyecto de monografía, titulado el derecho penal como medio de protección de marcas y patentes, surge de la importancia que reviste el tema de la propiedad industrial a raíz de la globalización en los últimos años, tanto a nivel internacional, como nacional. Lo anterior es reflejado por las últimas decisiones, tratados de la comunidad internacional para la organización y protección de las marcas y patentes. Normatividad supra nacional como Decisión 486, que trata del régimen común sobre la propiedad intelectual aplicable a los países del Pacto Andino, evidencian la preocupación de la comunidad internacional sobre la necesidad de materializar una legislación que permita la regulación de los temas relacionados con el derecho a la propiedad industrial, para así tener una normatividad a seguir por parte de los países que han desarrollado el tema ya antes mencionado.
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La presente investigación deja al descubierto que para llegar a los modelos de procedimiento penal actual, que gozan de una contundente humanización y teorías de vanguardia que incluyen a la víctima dentro de su dinámica, la humanidad tuvo que recorrer un largo camino de aciertos y desaciertos en sus formas administrar justicia penal y mantener el equilibrio de sus sociedades. Colombia ha sido parte de estas transformaciones y avances, y muestra de ello es la implantación del nuevo sistema penal acusatorio a partir de la Ley 906 de 2004 que incluye a la víctima del delito dentro de un nuevo rol protagónico y participativo a lo largo del desarrollo del proceso penal. Sin embargo, el presente estudio permite argumentar que dada la precariedad de la implantación del sistema y la falta de un despliegue adecuado de tiempos, recursos y planes de desarrollo humano, el modelo ha encontrado en la práctica algunas falencias que le impiden una aplicación efectiva de lo preceptuado por el legislador. Asimismo, la naturaleza propia del sistema acusatorio deja varios cuestionamientos acerca de la participación efectiva de las víctimas y los afectados, y finalmente, el papel del Estado como garante de los derechos de todos los ciudadanos en concordancia con los mandatos constitucionales queda en entredicho por la desprotección a la que se ve sometida la víctima en la práctica cuando el proceso penal no cumple el fin de justicia.
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Concretamente, desde una perspectiva meramente académica, analizaremos la guerra contra Iraq y Afganistán por parte de los Estados Unidos, así como de los países que suscribieron Estatuto de Roma que apoyaron esta empresa militar, a fin de determinar si en cada una de las guerras se puede hablar de una conducta amparada por la causal eximente de responsabilidad, o por el contrario, existieron excesos en el ataque, y en consecuencia, los países que participaron cometieron un delito de agresión en contra de los países atacados.
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Estabelecido em 2002, o Tribunal Penal Internacional foi a primeira corte perma-nente com competência para investigar e julgar crimes contra a humanidade. Emborarecente,a Cortejá tem uma jurisprudência considerável na qual tem fixado critérios para determinar autores e cúmplices. Avalia rcriticamente as escolhas de uma Corte depende primeiramente de uma visão geral de qua issão essas escolhas.Assim,o presente ensaio analisa e sistematiza , por meio de um diagrama de decisão ,os critérios fixados na jurisprudência do Tribunal Penal Internacional para sedeterminar autores e cúmplices.
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El narcotráfico es una actividad delictiva que se ha convertido en un problema internacionalde creciente magnitud.En algunas regioneses una fuente incipiente de inestabilidad que amenaza con poner en peligro la seguridad internacional.Dada la peligrosidad de este fenómeno, algunos Estados han intentado que los actos de tráfico de drogas sean competencia de un tribunal penal internacional. Aunque finalmente no se llegóa un acuerdo sobre su inclusión en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, desde diversos frentes se ha planteado la posibilidad deque este tipo de actos podrían ser calificados como crímenes de lesa humanidad, lo que permitiría su investigación y enjuiciamiento por la propia Corte Penal Internacional.En este artículo se analizará si las organizaciones criminales dedicadas al narcotráfico podrían cumplir los elementos contextuales de los crímenesde lesa humanidad en su definición del Estatuto de Roma y, si así fuera ,si los actos de tráfico de drogas podrían considerarse como “otros actos inhumanos”de carácter similar a los demás enumerados en elArtículo7 (1) del Estatuto de Roma a pesar de no haberse incluido en el propio Estatuto de manera expresa.
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Decisiones comentadas con el acompañamiento de la profesora Andrea Mateus Rugeles
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La cooperación internacional constituye uno de los pilares sobre los que se basa la actuación de la Corte Penal Internacional. La experiencia acumulada, sobre todo en las situaciones remitidas por el Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas, permite observar las dificultades existentes ante la negación de los Estados de cooperar con la Corte. Este trabajo analiza las causas por las cuales se produce el incumplimiento de los Estados y las medidas que se proponen para fortalecer la cooperación con la Corte como presupuesto para su actuación eficaz.
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Este trabajo presenta una eximente de responsabilidad criminal recientemente incorporada en el Código Penal chileno basada en el estado de necesidad. Esta se agrega a partir de la discusión sobre la defensa de la mujer, que vive dentro de un contexto de violencia intrafamiliar por conductas no protegidas bajo la legítima defensa. A pesar de ello, el texto reformado terminó por incluir una eximente general que no se refiere a la mujer y que –sobre la base del conflicto de necesidad– contempla requisitos que van más allá de una causa de justificación basada en el mal menor, sin que sea clara la clase de defensa que establece. La definición de esta eximente de responsabilidad penal y la identificación de los problemas que provoca son los objetivos centrales de este estudio. En primer lugar, se nota que la norma pareciera aceptar ambas clases de defensa por necesidad: justificación y exculpación o excusa. La determinación exige un especial análisis de las bases de cada modalidad de defensa para distinguirlas y precisarlas en sus alcances y límites.
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