1000 resultados para Libertad de pensamiento
Resumo:
Esta tesis se constituye en una lectura transversal de los aportes epistemológicos y metodológicos de la recuperación colectiva de la historia a los debates recientes en torno al pensamiento crítico latinoamericano y a la memoria social. Desde el análisis de estos aportes que surgieron en América Latina en las décadas de los setenta y ochenta bajo la influencia particular de Orlando Fals Borda y Paulo Freire y en experiencias como la de CEDHIP en Perú, la tesis busca, por medio de la “autoindagación en la memoria colectiva”, avanzar en la construcción de una “memoria del desprendimiento”. Al introducir ambos conceptos de autoindagación y desprendimiento, la tesis pretende cuestionar la fragmentación que el pensamiento de Occidente estableció entre el sujeto y el espacio y entre el cuerpo y el lugar, así abriendo caminos a la construcción de proyectos que en el campo de la memoria social se contemple a los sectores subalternos como parte de una apuesta epistémica distinta, que se interrogue por el impacto que desde la colonialidad se ha producido en los distintos ordenes del poder, del saber y del ser.
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A inicios de los años ochenta del siglo XX, se abrió un debate en el mundo académico e intelectual en torno a las minorías étnicas, nacionales, grupos culturales, lingüísticos y religiosos, así como sobre toda clase de entes colectivos que reclamaban extensas reivindicaciones sociales y la titularidad de derechos como sujetos. En Europa y América del Norte, especialmente en este, las minorías étnicas y nacionales en algunos Estados plantearon una fuerte crítica a estas sociedades liberales occidentales. Amparados, estos grupos sociales (“culturales”) por políticas del multiculturalismo y propuestas teóricas del comunitarismo, el valor “identidad” se ha sumado a los valores “libertad” e “igualdad” como la tríada que da sostén a los derechos humanos.
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El presente trabajo investigativo titulado “Competencia, ámbito e incidencia del habeas corpus en la protección de la libertad en el Ecuador”, tiene como propósito hacer un estudio de esta garantía constitucional, destinada a la protección de la libertad personal, dentro de los contenidos de adecuación, eficacia e independencia. Con la vigencia de la actual Constitución de la República del Ecuador, el habeas corpus por primera vez desde su inclusión en el ordenamiento normativo constitucional, va a ser conocido y resuelto por los jueces, lo cual, podría traer incidencias notables para la protección y garantía de la libertad personal, respecto al accionar de los alcaldes, cuya facultad les fue concedida con las anteriores Cartas Constitucionales, situación que genera expectativas en la comunidad. La actuación de los jueces en el conocimiento y resolución del habeas corpus, determina nuevas perspectivas constitucionales, básicamente de abandonar las criterios y prácticas decimonónicas fundamentadas en los jueces como “la boca de la ley” o su recurrencia a simples silogismos o a la “subsunción”; exigiéndose de los jueces una mayor responsabilidad y razonamiento jurídico en sus actuaciones, que los involucre en el garantismo y nuevo constitucionalismo. Ello no significa, que se de como un hecho su evolución, respecto a la anterior actuación de los alcaldes en la protección y garantía de la libertad personal. En este contexto, se emitirán algunos criterios sobre de la actuación de los alcaldes y hoy de los jueces en el conocimiento y resolución del habeas corpus, respecto de los contenidos de la adecuación, eficacia e independencia. Mediante el análisis empírico de casos, se procura demostrar algunos posicionamientos con relación a las actuaciones de los alcaldes en el conocimiento y resolución del habeas corpus, en cuanto a los parámetros de adecuación, eficacia e independencia de la garantía jurisdiccional.
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El color de la razón y del pensamiento crítico en las Américas, ha requerido de búsquedas encaminadas a explicar el porqué del color y sus matices. La modernidad europea y latinoamericana, constituyen el escenario en donde hemos visualizado la actuación de imágenes conceptuales que enfatizan el “color” de cada actor y acción. Para el efecto, analizamos “ciertos” aspectos de las propuestas de algunos pensadores, en tres momentos: En el primero a Leopoldo Zea, quien enfatiza la articulación entre la dialéctica del colonialismo y la dependencia, mediada por la dialéctica hegeliana y marxista; y, a Bolívar Echeverría, en lo referente a la relación que se da en América Latina entre modernidad, capitalismo y mestizaje (barroco) o apartheid. En el segundo, la intersección mediada clase/raza manifiesta en las tesis de Aimé Césaire y Frantz Fanon. En el tercero, la “crítica negativa” del paradigma modernidad/colonialidad, elaborada por Aníbal Quijano, Enrique Dussel, Walter Mignolo y Nelson Maldonado, entre otros. La elaboración teórica y la re-construcción de los momentos históricos, simultáneamente concebidos, nos han permitido descifrar el “color” de la razón, como momento necesario para establecer las condiciones que posibilitan un diálogo filosófico intercultural.
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Para referirnos a los jóvenes, lo primordial es definir qué se entiende por este concepto, lo cual implica una revisión histórica, ya que no en todas las épocas el joven fue definido de la misma manera. La mayoría de estas concepciones eran construidas desde posiciones reduccionistas basadas en una perspectiva adultocéntrica. Desde este posicionamiento se considera al joven inseguro de sí mismo, como ser en transición, no productivo, incompleto, sin deseo, desviado, peligroso, así también como ser del futuro. Estos discursos conducen a una única mirada del joven basada en prejuicios y estigmatizaciones desde atributos de “imposibilidad”, favoreciendo y justificando prácticas paternalistas que conducen a intervenciones que judicializan a la juventud y por ello no la comprenden desde su complejidad y contextualizada en la misma sociedad. Desde este marco, los jóvenes menores de 18 años al ser privados de libertad se constituyen como uno de los grupos sociales en situación de alta vulnerabilidad, pues a los institutos de menores confluyen bajo un tratamiento estatal unívoco todos quienes cometieron algún tipo de delito. Esta solución se presenta como la única alternativa, el cual se ha profundizado a través de la trayectoria tutelar impuesta por el estado argentino.
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El presente artículo recoge los elementos que conforman el derecho a la libertad y otros, desde un acercamiento a las percepciones de adolescentes y jóvenes recogidas en conversaciones informales y experiencias de trabajo con grupos juveniles. Se analiza el significado de la libertad y sus relaciones con la educación y el trabajo en el contexto de sociedades marcadas por la desigualdad e inequidad. El artículo enfatiza en la diversidad de los mundos juveniles debido a la estratificación socio económica que caracteriza a una sociedad como la ecuatoriana. El artículo no considera –por espacio- las particularidades del tema para la población juvenil por género o etnia. Sin embargo, hay que destacar que las condiciones del derecho a la libertad, a la educación, al trabajo y otros, muestran marcadas inequidades en perjuicio de la mujer y de las poblaciones indígenas del país. Aunque el movimiento organizado de mujeres, otras organizaciones sociales y –en consecuencia- el Estado, estatal luchan desde hace unas tres décadas contra los estereotipos, la discriminación y la violencia por género, aún hay mucho que trabajar desde y con la sociedad y, específicamente, con juventud.
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El Movimiento Humanista se basa en la corriente de pensamiento conocida como Nuevo Humanismo o Humanismo Universalista. Ésta se encuentra expuesta en la obra de Silo y en la de los diversos autores que en ella se inspiraron. Este pensamiento, que implica también un sentimiento y una forma de vivir, se plasma en múltiples campos del quehacer humano, dando origen a diversos organismos y frentes de acción. Todos ellos se aplican en sus campos específicos de actividad con un objetivo en común: humanizar la tierra, aspirando a contribuir así a aumentar la libertad y la felicidad de los seres humanos.
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La Constitución colombiana le ofrece a los constituyentes la posibilidad de la cooperación voluntaria en el mercado, el cual se traduce en un sistema competitivo y de libre empresa que presupone la libertad de realizar todo tipo de transacciones de bienes y servicios sin otras restricciones que el derecho de los demás a hacer lo mismo. Pero en muchas ocasiones dichas libertades se exceden de tal forma que los instrumentos que nos da la Constitución afectan a los ciudadanos, especialmente a los consumidores. Por lo tanto, el propósito de este trabajo es dar respuesta al siguiente interrogante: ¿La Corte Constitucional Colombiana, en sus sentencias fundamentadas en los principios constitucionales de libre empresa, libre competencia y libertad económica garantiza el bienestar del consumidor colombiano? Este interrogante nace para confirmar si en Colombia el consumidor es “la parte débil del acuerdo”, teniendo presente que en el tráfico de masa es donde se puede visualizar al consumidor como la parte débil de las relaciones de consumo, es donde se verifica que en los hechos no existe una presunta igualdad entre los agentes económicos –empresario y consumidor-. Para el desarrollo de esta investigación se utilizó como fuente primaria la jurisprudencia de la Corte Constitucional colombiana entre los años 1992 y 2007, ya que a partir de la Constitución de 1991 aparece el juez constitucional a través de la jurisprudencia como un creador consistente de sub-reglas constitucionales y no simplemente como un aplicador pasivo de los textos superiores, observando el derecho mucho más allá de la norma, es así como esta investigación logra una cercanía con la realidad: “las circunstancias que se denuncian a través de demandas de inconstitucionalidad y acciones de tutela”. Es así como esta tesis presenta: 1. Para cada principio constitucional económico (libertad económica, libertad de empresa y libertad de competencia) un conjunto de sub-reglas constitucionales según los escenarios constitucionales en los que se desarrolla. 2. Escenarios constitucionales, como el patrón fáctico en el que la Corte ha especificado, mediante sub-reglas, el significado concreto de los principios constitucionales económicos antes mencionados. 3. La relación que se puede deducir con dichas sub-reglas entre cada principio y el bienestar al consumidor. Palabras claves: principios constitucionales económicos, libertad económica, libertad de empresa, libertad de competencia económica, consumidor, jurisprudencia, Corte Constitucional.
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Don Simón Rodríguez, el educador popular, impugnó a finales del siglo XVIII la que denominó, construcción de una ciudad escrituraria, montada en la negación cultural, política, social y económica de los pueblos originarios, los afrodescendientes, los criollos pobres, los expósitos. Esta tesis busca restaurar la dimensión histórica de don Simón Rodríguez, creador contra-hegemónico y anticolonial, presente en los movimientos de liberación y emancipación que alimentan la educación popular en América Latina, en las últimas tres décadas; explicita sus aportes teóricos, revela su práctica pedagógica y política. La tesis está dividida en cuatro capítulos y las conclusiones: 1. La matriz colonial educativa imperante en el momento de la independencia. 2. Semblanza de Don Simón Rodríguez. 3. Don Simón Rodríguez: un nuevo lugar de enunciación 4. José Martí y Simón Rodríguez: viaje descolonizador. 5. Conclusiones. Como educador popular pretendo que dialoguen saberes y conocimientos de la educación popular con la academia y entregar una reflexión a los educadores populares; un instrumento para que en distintos contextos amplíen su caja de herramientas pedagógicas y políticas, a punto de conmemorar el bicentenario de la independencia.