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Resumo:
Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 4415 a sesión, celebrada el 14 de noviembre de 2001. Tomado de www.un.org/spanish/terrorismo/cs/sc
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La presente tesis tiene como propósito fundamental el estudiar el funcionamiento del actual régimen mlUldial del comercio y su sistema de resolución de disputas. Este estudio tiene como su propósito final establecer si la organización y las dinámicas que genera, pueden ser comprendidas acertadamente como pilares de lUl régimen interestatal, o si es necesario utilizar la categoría de supranacionalidad para explicar el fenómeno actual de las interrelaciones comerciales, bajo el amparo de la OMC. En otras palabras, se busca establecer si la OMC estaría ejerciendo el tipo de autoridad especial por sobre los estados miembros, a través de su SRD y otros mecanismos. Luego de haber realizado el estudio, se concluye que, en ciertas instancias, y a partir de sus sistema de resolución de disputas, la OMC se estaría desempeñando como lUl poder supranacional, por encima de sus miembros, sin aparentemente ninglllla excepción y llegando a momentos, a incidir en temas extremadamente sensibles y tradicionalmente soberanos de los países. Esta tesis está dividida en dos partes. La primera parte, intenta dar una panorámica general del Sistema de Resolución de Disputas y las tendencias históricas de su uso. Por medio de un estudio cuantitativo de los 242 pedidos se consulta se analiza el funcionamiento del SRD, y quiénes han sido los países más activos, en cuanto a la presentación de quejas, así como quiénes han sido los más acusados; además de productos y políticas más cuestionadas. En la segllllda parte de este estudio, en cambio, se realiza lUl estudio de caso en tomo a la queja presentada por la Unión Europea frente a Estados Unidos, por los subsidios a las corporaciones extranjeras.
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Resolver por parte de los operadores jurídicos y en los casos en los que el derecho aplicable es indeterminado, con mecanismos y técnicas que son asimismo imprecisas, genera ciertas consecuencias: en estos supuestos los jueces no cuentan con criterios nítidos que guíen su toma de decisiones. dado que la extensión de lo indeterminado es indeterminada, la indeterminación es ineliminable no solo del contenido de las reglas jurídicas sino también de los recursos y mecanismos interpretativos del derecho. Así sucede en los “casos difíciles”, en los que el “deber de resolución” que impone a los jueces el Estado de derecho deviene impreciso y de realización incierta.
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La Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública fue dictada por la Asamblea Nacional Constituyente de Montecristi en el mes de agosto del año 2008, meses antes de que sea expedida la actual Constitución de la República del Ecuador, lo que ha hecho que existan ciertas incongruencias entre los dos cuerpos normativos. Múltiples problemas se han suscitado desde que esta ley entró en vigencia, debido en gran parte al profundo desconocimiento que existe sobre la materia de parte de todos quienes pasaron a integrar el Sistema Nacional de Contratación Pública. Es por ello que hemos entendido necesario hacer un breve análisis de uno de los aspectos más relevantes de la materia, como son los actos administrativos emanados de las entidades contratantes: sus elementos, características y naturaleza jurídica; así como los mecanismos con los que cuentan las entidades y los particulares para dejarlos sin efecto por diversos motivos, y los medios con los que cuentan los administrados para defenderse en caso de que vean vulnerados sus intereses o el interés colectivo. Adicionalmente hemos pensado pertinente analizar un caso práctico y su desarrollo dentro del ordenamiento jurídico vigente, a fin de entender mejor el proceder de los oferentes, entidades y autoridades de control.
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Con el artículo 283, la Constitución define a la economía del Ecuador, como un sistema económico popular y solidario, la misma que está compuesta por los sectores cooperativos, asociativos y comunitarios. De esto nace la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, creada a fin de controlar el sector cooperativo, bajo normas, y herramientas técnicas que permitan garantizar la sostenibilidad de las organizaciones en el tiempo. Si bien es cierto, las cooperativas se han venido desarrollando en base a la autogestión financiera y administrativa, por lo que se ha podido determinar organizaciones vulnerables que ponen en riesgo la estabilidad financiera del sector. Por lo que es necesario desarrollar herramientas técnicas, que alineadas a la ley, se pueda identificar las fortalezas y debilidades financieras, con el fin de tomar medidas que ayuden al crecimiento sostenible del sector cooperativo. En base al análisis financiero de los balances, y la interpretación de indicadores especializados, permita conocer las cooperativas estables y las cooperativas vulnerables, las mismas que pueden ser sujetas a la aplicación de un mecanismo de resolución, que previo análisis de escenarios, se determinen la ejecución en cooperativas con niveles de riesgo considerables. La aplicación de las estrategias de resolución, evita impactos económicos y sociales que pongan en riesgo a quienes confían en el sector cooperativo, así como la mitigación del riesgo sistémico y reputacional; por lo que estas posibles pérdidas deberán ser analizadas a fin de aplicar la que menor costo provoque.
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