973 resultados para Psicología de adolescente
Resumo:
Esta investigación planteó la consecución de dos objetivos: mostrarnos la radiografía de las características de los educadores sociales que ejerce la profesión en los recursos residenciales de atención a la infancia y adolescencia en situación de riesgo social y conocer el nivel de desarrollo de las funciones educativas que estos profesionales tienen atribuidas en el marco residencial. El marco teórico que enmarca la investigación se estructura en dos bloques temáticos complementarios, uno primero que presenta un recorrido histórico de la profesionalización de la educación social según las dimensiones que transforman una ocupación en una profesión: corporativa, formativa, social y laboral. Con relación al segundo bloque, se estructura en el marco jurídico, el administrativo y el educativo que recogen las funciones que tiene atribuidas el educador social en los recursos residenciales. La comparación entre estos tres marcos permite plantear una clasificación de las funciones en cinco áreas: atención educativa individual, atención educativa grupal, en relación con el equipo educativo, en relación con el entorno social/red extensa y las funciones en relación con los servicios sociales de protección. Finalmente presenta las conclusiones como resultado de la pasación de un cuestionario autoadminsitrado a un universo poblacional de 600 educadores de centros de acogida y centros residenciales de atención educativa de Barcelona y provincia. Describe las características de estos profesionales: perfil demográfico, perfil formativo y perfil laboral y, propone una nueva clasificación de funciones atendiendo su desarrollo actual: funciones de atención directa, funciones de sistematización de la información e intervención educativa y funciones del trabajo en equipo.
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Los comportamientos suicidas en adolescentes constituyen un serio problema de salud en los países desarrollados. En éstos, el suicidio es la segunda causa de muerte en población joven, después de los accidentes de circulación. Por otro lado, todo un conjunto de factores constituyen serias dificultades en el manejo asistencial de estos adolescentes. En este artículo se revisan los aspectos clínicos más relevantes así como los factores de riesgo haciéndose un especial énfasis en los factores sociales. Finalmente, se realizan una serie de recomendaciones tanto en lo que atañe a la detección precoz de las conductas suicidas como en lo que se refiere a los aspectos institucionales.
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La Ley que presentamos intenta dar respuesta a ciertos aspectos que no ha presentado la Ley Orgánica 5/2000, tales como la modificación de las medidas, las edades, la responsabilidad civil, la acusación particular, entre otras y la falta de infraestructuras en nuestra comunidad, para una adecuada intervención desde el modelo de responsabilidad penal, con una visión jurídico-sancionadora-educativa.
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La necesidad de una especialización de la intervención en justicia juvenil pone de relieve que al intervenir hemos de basarnos en programas y líneas de trabajo contrastadas empíricamente, tal y como nos refleja los trabajos de Spivack y Shure (1974) con el déficit de destrezas interpersonales; Roos, Fabiano y Ewles (1982) en el programa R & R; Segura Morales (1992, 2004) con programas cognitivos de habilidades sociales; Garrido Genovés y López (2005) con el programa de pensamiento prosocial
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[ES] Se presenta el "Anteproyecto de la nueva ley de infancia en Catalunya: Ley sobre los derechos y las oportunidades de las niñas, niños y adolescentes". Un nuevo texto legal muy esperado. Una de sus principales finalidades, es poner orden y unificar toda la legislación vigente y dispersa que existe en esta materia. Por otra parte aportará un cambio sustancial, ya que incorpora el concepto de "protección de los derechos de las personas menores de edad". Se ha de destacar que se presenta una visión educativa de las leyes, ya que éstas, por una parte limitan, pero por otra, potencian y facilitan la intervención socioeducativa. Con el deseo que sea una ley preventiva que incida en la mejora de las condiciones de vida de los niños, niñas y adolescentes, en los diferentes contextos de la vida cotidiana. La elaboración de una nueva ley es, sin duda, el producto de una conjunción de propuestas y voluntades políticas y sociales.
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Una mejora del modelo de justicia juvenil para el procedimiento de evaluación del riesgo en los usuarios está basado en el juicio profesional o clínico y en el procedimiento actuarial, quedando patente en el trabajo que presentamos la según opción tal y como ha demostrado Andrews y Bonta (2003) y Garrido (2003). Se presenta la adaptación del YLS/CMI de Andrews y Bonta (2002) a población de justicia juvenil española, concretamente el IGI-J, que ayuda a planificar el PIEM dentro del marco de la justicia penal de menores.
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[ES] El sistema alemán de formación profesional destaca por su alto nivel de calidad. El Curso de Iniciación Profesional constituye un elemento fundamental de este sistema. Se trata de una herramienta muy útil, de cara a la integración social de los jóvenes con dificultades en este ámbito, ya que ofrece la posibilidad de desarrollar una serie de competencias básicas y necesarias para la posterior integración en el mundo laboral y social.
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[ES] Los jueces otorgan por sistema la custodia de los hijos a las madres y fijan un "régimen de visitas" de fines de semana alternos para el padre. Son múltiples las disfunciones que el modelo de custodia exclusiva o monoparental trae consigo. La custodia compartida, como alternativa a la custodia monoparen tal, es algo más que un concepto legal, es una entidad sociocultural, que está en relación con la definición social que se hace de la maternidad y de la paternidad y, en consecuencia, con la forma cómo los padres continúan sus relaciones paterno-filiales después del divorcio. Tiene relación con los cambios que está experimentando la figura del padre en las sociedades actuales. Establece una estrecha relación directa con la perspectiva de género. Ésta se ha convertido en una categoría interpretativa, que alberga nuevas virtualidades, en una categoría transversal desde la cual se cuestiona y se investiga todos los espacios sociales de la mujer, públicos y domésticos y en un instrumento político para discriminar analíticamente las diferencias y desigualdades entre varones y mujeres. Toca ahora, en los tiempos que corren, someter a consideración desde la perspectiva de género el tema de la custodia de los hijos en situación de ruptura conyugal o de pareja.Teniendo en cuenta el escenario brevemente descrito, el presente artículo desarrolla, desde una perspectiva interdisciplinar, las disfunciones o conflictos anexos a la custodia monoparental, las virtualidades de la custodia compartida, un análisis de ambas realidades desde las teorías implícitas o imaginario social, así como desde la perspectiva legal, y la aportación que al respecto realiza la Mediación Familiar, convirtiendo en objeto de acuerdos el llamado "plan parental".
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[ES] En el mes de noviembre de 2009 celebramos el veinte aniversario de la CONVENCIÓN DE LOS DERECHOS DE LA INFANCIA de NACIONES UNIDAS [ratificada por España un año después, el 30 de noviembre de 1990]. El artículo 40 de dicha Convención se ocupa también de los menores infractores, estableciendo entre los objetivos de la intervención de la justicia en este ámbito: el fomento en los menores del sentido de la dignidad; el fortalecimiento del respeto del niño/a por los derechos humanos y las libertades de los demás, la reintegración social del niño/a como criterio de actuación, y la asunción por éstos de una función constructiva de la sociedad. Éste y otros marcos legislativos e institucionales abogan decididamente por el tratamiento de los menores infractores en su medio natural, apostando por los profesionales, voluntarios y recursos del entorno social más próximo en la atención a las necesidades que presentan los menores, los jóvenes y sus familias. Pero no es suficiente la mera aplicación de las medidas que aplican los jueces de menores, según regula la Ley Orgánica y el Reglamento vigente en el Estado Español, para obtener los resultados educativos perseguidos: es necesario contar con profesionales especializados y la creación de programas y servicios que den respuesta, desde la intervención socioeducativa, a las dificultades detectadas y al reto de la inserción social.
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[ES] Bajo una adaptación del Child´s Report of Parent Behavior Inventory (CRPBI) de Schaefer (1965) a población española realizada en diferentes centros educativos de la Comunidad Valenciana presentamos este trabajo. El CRPBI es un instrumento que al igual que el Parental Bonding instrument (PBI) permite evaluar la disciplina familiar que perciben sus hijos, tanto en la relación con el padre, como con su relación con su madre. El estudio se centra en una muestra de 23 menores, todos varones, de los que 17 son Menores con Medidas Judiciales (MMJ) internados en un centro perteneciente a la Comunidad Autónoma Canaria y el resto, 6, son menores en Situación de Riesgo (MR) los cuales residen en un barrio de la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria. Los resultados obtenidos muestran diferencias en las valoraciones que el menor hace sobre la relación con su padre y con su madre y como estos han percibido unas pautas de crianza que están centradas en el control, en la autonomía -entendida como estimulo de la sociabilidad- en el amor y en la hostilidad. Por un lado, de los progenitores de los menores adolescentes con medidas judiciales y por otro lado, de los menores en situación de riesgo ponen de manifiesto en el CRPBI que no hay una concordancia total entre los factores que describen las respuestas acerca de las relaciones con la madre y entre los factores que agrupan las relaciones con el padre, resultado que viene a avalar o a confirmar los resultados de estudios recientes sobre el tema que muestran diferencias en las valoraciones que el hijo hace sobre su relación con el padre y con la madre (Canamás, 2003; Rodrigo, 2004 y Tur, 2003).
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[ES] En España, llegar a unos procesos de autonomía adecuados con los chicos y chicas tutelados por las Administraciones autonómicas ha sido una tarea compleja. Primero, porque cuando la mayoría de los menores llegan a los centros ya traen acreditados graves pérdidas tiempo respecto a procesos socializadores como son los estudios (absentismo escolar, repeticiones de curso, fracaso escolar, etc) o los aprendizajes necesarios para la vida (educación familiar inadecuada, cambios continuos de roles por parte de sus adultos responsables, desestructuración familiar, malos tratos, etc.). A ello, se suma el hecho de que algunas instituciones de protección, en ocasiones, les crean pautas de de ependencia debido a una concepción inadecuada de los objetivos con los que ha de trabajar con el joven. Así pues, hasta hace relativamente poco tiempo, a los sistemas de protección españoles se les presentaba un problema bastante grave a la hora generar procesos de autonomía en sus jóvenes tutelados. Para ello, cada comunidad autónoma ha ido diseñado su propio programa de desinstitucionalización de forma que el joven se pueda ir acomodando a procesos normalizadores tanto en su vida laboral como en la personal y social. Estos programas, aunque diferentes entre sí, tienen elementos que los hacen afines y que propician que se puedan unificar en unos pocos modelos de intervención de los que se da cuenta en este artículo.
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[ES] Investigación exploratoria sobre las competencias profesionales de los vigilantes de seguridad en centro de menores con medidas judiciales de Canarias (muestra de 73 vigilantes), con el objetivo de delimitar las competencias profesionales básicas y la especialización de este colectivo de trabajadores. A partir de los resultados hemos realizado el perfil competencial-profesional para el vigilante de seguridad con una formación asociada, agrupando las competencias en 5 grandes grupos: preventivas, intervención, registro documental, tecnológicas y personales.
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Programa de doctorado: Formación del Profesorado.
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[ES] El trabajo que presentamos intenta aportar que la Comunicación no Verbal puede ser un instrumento a tener en cuenta en el proceso de la comunicación en su conjunto y donde se intenta medir, a través de un cuestionario (CUVALECORME), la valoración de la comunicación no verbal como herramienta de trabajo en la mediación familiar. Para la elaboración y desarrollo de este estudio, hemos conformado un marco teórico-conceptual con la aportación de diferentes autores que han tratado y analizado el lenguaje corporal. Citamos entre otros, a Parkinson (2005), Mehabian (1972), Cabana (2003), Günter (1995), Pinazu y Musitu (1993), Mucchiello (1998), Berlo (1969), Watzlawick (1974), Polaino y Martínez (1990) y Hervés (1998). Los resultados obtenidos muestran, a pesar de las limitaciones teóricas y metodológicas, una línea de trabajo que nos permiten señalar posturas a favor de la Valoración de la Comunicación no Verbal como Herramienta de Trabajo en la Mediación Familiar. De dichos resultados destacamos el obtenido en el total de niveles de valoración del CUVALECORME, donde el 78,9% de opinión consideran a la Comunicación no Verbal como una Herramienta de Trabajo en la Mediación Familiar, frente a un porcentaje del 21,1% de opiniones desfavorables.
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[ES] La familia y el contexto educativo son los agentes de socialización primaria por excelencia. En ellos los individuos adquieren un mapa o representación del mundo, unas habilidades de adaptación al medio y unos valores morales y sociales. La integración de las normas y convenciones sociales en la familia y en la escuela es crucial en la prevención de la violencia. Pero ambos entornos son permeables a los cambios sociales y los procesos de socialización se han modificado sustancialmente en unas pocas décadas, especialmente por la generalización del uso de los medios tecnológicos de comunicación. Las funciones del sistema educativo se han ido adaptando a las exigencias sociales y, en la actualidad, la prevención de la violencia y la resolución de conflictos configuran una nueva demanda.