900 resultados para Derecho canónico-Diccionarios-Trabajos anteriores a 1800


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Este artículo pretende repasar y presentar al lector interesado la corta experiencia de evaluación de Trabajos Fin de Grado en la Facultad de Derecho de la Universidad de Zaragoza, siguiendo el curso de la normativa destinada a evaluar esos Trabajos vigente en cada momento, relatando alguno de sus efectos a la hora de su puesta en práctica y planteándose una serie de dudas e inquietudes en torno al método mejor de evaluación del Trabajo Fin de Grado. Asimismo, ello se verá complementado por lo recogido en la Guía Docente de la asignatura “Trabajo Fin de Grado”, con el fin de mostrar de manera más ajustada los criterios existentes en la evaluación del TFG.

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En los nuevos planes de estudio la función tutorial alcanza un papel clave en el proceso de aprendizaje del estudiante. A diferencia del viejo concepto de acción tutorial que existía en los antiguos estudios de licenciatura, actualmente la tutorización del estudiante por parte del profesor es parte esencial de su profesor de aprendizaje. En el caso de los trabajos fin de grado esta función toma un mayor protagonismo al ser necesario que el profesor realice un seguimiento del alumno para orientarle desde su inicio hasta la finalización del trabajo fin de grado. A través de este trabajo expondremos cuáles son las funciones que el profesor-tutor debe desarrollar durante la tutorización del trabajo fin de grado y cuál es la valoración que podemos realizar de su regulación y funcionamiento en la titulación de Grado en Derecho de la Universidad de Málaga, tras dos años de experiencia.

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Derecho natural y iusnaturalismos recopila las presentaciones realizadas por prestigiosos autores con ocasión de dos encuentros iusfilosóficos internacionales, llevados a cabo por única vez –en razón de la afinidad de sus ejes temáticos– de forma conjunta, en la ciudad de Arequipa, entre el 24 y el 26 de octubre de 2012: las “VIII Jornadas Internacionales de Derecho Natural” y las “III Jornadas de Filosofía del Derecho”. Aquello da cuenta, en cierto modo, de lo que el título de la obra adelanta por sí mismo: la columna vertebral del libro, el núcleo temático que subyace en cada uno de los trabajos que lo integran es un reexamen del iusnaturalismo a la luz de las problemáticas actuales y de los principales debates jurídicos contemporáneos que ponen en jaque sus doctrinas tradicionales y exigen, muchas veces, su reinterpretación. La coordinación de la obra, a cargo de los profesores José Chávez-Fernández Postigo y Rafael Santa María D’Angelo, es minuciosa: su organización está intencionalmente pensada para acompañar al lector en un camino de comprensión simultánea del verdadero iusnaturalismo –de sus bases fundantes y de su correcta interpretación– y del contexto ideológico actual...

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En la primera lectio con la que iniciamos el año académico 2013 expuse sobre el tema: “En defensa de la racionalidad del Derecho”. Cicerón ya decía que la naturaleza del Derecho debíamos buscarla en la naturaleza del hombre, y ésta justamente en su especificidad es racional (lo que nos permite distinguirnos de los otros seres irracionales), por eso el Derecho debe fundarse en su ser racional. Por su parte, en el inicio del año académico 2014 expuse: “En defensa de la politicidad del Derecho”, en consonancia con la defensa de su racionalidad que hicimos aquella primera vez. Esto es posible por la estrecha relación que existe entre ambas dimensiones (la racionalidad y la politicidad), debido a que el hombre es un animal político, como decía Aristóteles (zoom politykon), porque es un animal racional (zoom logotykon). A diferencia de otros animales, donde lo gregario se da en el orden instintivo, en el hombre la sociabilidad y la politicidad suponen la racionalidad. Siguiendo la misma línea, este año voy a referirme a la moralidad del Derecho, a fin de completar la trilogía (racionalidad, politicidad y moralidad). De ahí el título de la presente lectio: “En defensa de la moralidad del Derecho”. Esto es así porque de la misma manera que el hombre es también un animal ético (zoom ethykon), es racional y así todo su obrar ético se funda en su racionalidad, por aquello de que el obrar sigue al ser (operari sequitur esse). De esta manera, lo que pretendo demostrar en la presente tesis es que tanto la politicidad del Derecho a la que me referí el año pasado, como a la moralidad del Derecho a la que me referiré en esta disertación se fundan en la racionalidad del Derecho abordada en la primera lectio. Por eso, en algunas partes de esta disertación me remitiré a las dos anteriores ya que las tres lecciones forman un conjunto...

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Data aproximada de publicação : 18-?.

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Cuando se aborda el estudio de la teoría del estado o del derecho se investiga desde una perspectiva androcéntrica, fruto del sistema patriarcal en el que estamos inmersas e inmersos investigadoras e investigadores, de manera que se obvia la presencia o ausencia de las mujeres en el ámbito de estudio del que se trate. Y el estudio de la historia de las mujeres es necesario para cualquier investigación que pretenda referirse a la humanidad entera. Hay muchos trabajos que abordan el estudio de las materias que aquí se tratan, pero ninguno de ellos se ocupa de manera sistemática o detallada de la participación de las mujeres en ese momento histórico o en la elaboración de los conceptos que sirven de base a nuestros actuales estados constitucionales.

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139 hojas : ilustraciones.

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Se ha realizado un estudio florístico y ecológico de las comunidades rupícolas dcl Moncayo silíceo. Para ello se han inventariado sistemáticamente parcelas de vegetación, con una clara definición geomorfológica y se han considerado una serie de variables ambientales que podían tener importancia en la delimitación de los microhábitats (altitud, desarrollo edáfico, superficie, inclinación, zona de la pared, orientación, etc.), Los datos han sido tratados mediante diferentes técnicas de ordenación, tanto de gradiente indirecto (CM) como de gradiente directo (CCA) con el fin de desvelar su estructura interna, desde el punto de vista florístico, filosociológico y ecologico, y se ha propuesto un modelo de explotación ecológica y espacial de los medios rupícolas silíceos del macizo del Moncayo. Las comunidades reconocidas han sido ocho: Comunidades humícolas y esciófilas de base de cantil y grandes grietas del horizonte oromediterráneo inferior. Comunidades graminoides culminícolas y psicroxerófilas de las zonas más elevadas del macizo. Comunidades casmofíticas de los pisos supra- y oromediterráneo inferior. Comunidades comofíticas dominadas por crasuláceas de las repisas o zonas de baja inclinación. Comunidades casmofiticas de carácter transicional. Comunidades humícolas y esciófilas de base de cantil y grandes grietas en las zonas elevadas del macizo. Comunidades casmofíticas de las zonas elevadas del macizo. Comunidades nanofanerofíticas de grandes repisas y zonas cacuminales.

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This paper aims to demonstrate how in the constitutional rule of law the right of resistance plays a key role in its development, its adaptation to the changing reality of society and the satisfaction of the interests of all the people involved in this common project. Firstly, we will analyze how individuals or social groups must act when they suffer injustices due to state acts or laws that violate their most basic rights. In some cases, we believe that they have the right to exercise any form of weak resistance that they deem appropriate to present at the public scene a cause that must be socially and politically recognized. Secondly, we will see what happens when the rule of law itself is in danger. In that case, we believe that society will have not only the right but the duty to exercise the resistance in its most extreme form to defend the existing constitutional order of any illegitimate authority that seeks to impose itself on it and the sovereignty of the people.

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UANL

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La comunicación sintetiza mi propuesta metodológica para la enseñanza y el aprendizaje del Derecho del trabajo en el ámbito universitario. Se trata de una propuesta adaptada en parte a las exigencias del Espacio Europeo de Educación Superior, así como a las recomendaciones ministeriales para la renovación de las técnicas didácticas. Se presta especial atención, en primer lugar, al contexto de la propuesta y a la exteriorización formal de la misma a través de la guía docente. En segundo lugar, a los objetivos del aprendizaje, a saber, conocimientos jurídicolaborales abstractos y esenciales, destrezas o habilidades genéricas y específicas y, por último, determinados valores especialmente conectados con el Derecho del trabajo. En tercer lugar, al núcleo central de la comunicación, esto es, a las distintas técnicas didácticas empleadas para la consecución de los objetivos citados: clases magistrales introductorias o de presentación de conceptos, clases prácticas de diversa tipología, clases magistrales de fijación de los conceptos abordados en sede práctica, tutorías colectivas, talleres de búsqueda de información jurídico-laboral, seminarios monográficos, dirección de pequeños trabajos de investigación, etc. En cuarto y último lugar, a la evaluación del aprendizaje a través de distintas técnicas, complementarias, suficientemente conocidas y aplicadas de modo transparente

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Resumen tomado de la publicaci??n

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El control sobre los bienes y recursos públicos y la eficacia del mismo ha sido una constante preocupación en la historia del país y en la evolución de nuestras instituciones polito-administrativas, como también lo ha sido la insatisfacción por los malos resultados de este control. Cabe entonces preguntarse ¿Por qué en Colombia no funciona bien el control fiscal?. Para responder a este interrogante el autor parte de un grupo de premisas básicas que hacen relación a la escasez creciente de recursos públicos y a la necesidad de estudiar, por una parte, otros sistemas que funcionan mejor que el nuestro y, por otra, la historia de la evolución institucional de las contralorías; para así comprender cómo se llegó a lo que hoy tenemos. A estos supuestos teóricos se agregan la ubicación del control fiscal dentro de los demás controles al ejercicio del poder político (difícilmente habrá algo más político que la asignación y el uso de los recursos públicos); la ubicación de las contralorías como pieza principal, mas no única, en el sistema de control fiscal, y, finalmente, su papel como parte del conjunto de “instituciones presupuestales”, es decir, aquellas a través de las cuales se expresa la economía pública. Consecuentemente, la obra está dividida en tres partes. En la primera se estudia el tema de la eficacia del control sobre los bienes y fondos públicos, desde el punto de vista del derecho comparado. En la segunda, se aborda el tema desde el punto de vista de su evolución histórica. En la tercera y última parte, se utilizan los elementos teóricos definidos en los dos capítulos anteriores y un cuadro conceptual, elaborado a partir de la teoría de las macro-organizaciones (Matus) y de la teoría neo-institucional (North), para intentar explicar por qué no funciona el control fiscal. La tesis que en general se sostiene es que el control de gestión y resultados no tiene los efectos que de él se esperaban, porque el diseño institucional dentro del cual actúan las contralorías, en especial la Contraloría General de la República, hace que la evaluación de la gestión y resultados de la administración pública no esté llamada a tener impacto alguno.