963 resultados para Poder administrativo
Resumo:
Este trabajo se dirige a establecer además de las falencias sustantivas y procesales qué otra clase le afectan, que no han permitido ejercer en forma idónea la persecución del delito de enriquecimiento ilícito de funcionarias o funcionarios públicos; con ese fin se analizará en forma cuantitativa como cualitativa las sentencias y autos de la Corte Nacional de Justicia, emitidas en procesos sustanciados durante el período de diez años, de 2001 a 2010. La investigación está estructurada en dos capítulos: en el primero se exponen los antecedentes del ilícito, las convenciones internacionales que lo tratan, la estructura, los elementos que lo conforman; si la norma cuenta con validez, vigencia, efectividad; cuál de ellos es cuestionable; analizamos la autonomía y la subsidiariedad de este tipo penal. El segundo capítulo trata sobre el proceso administrativo previo a cargo de la Contraloría, sus falencias; el monto de los casos que no merecieron pasar de la fase de indagación, debiendo sancionarse en forma administrativa o pecuniaria; la investigación administrativa, el informe con indicios de responsabilidad penal y su relación con la actividad de la o el fiscal, en el inicio de la acción penal; y, con los tribunales; las resoluciones con fuerza obligatoria de la Corte Nacional de Justicia, relacionadas con el tema. La denuncia como forma de iniciar la investigación, los casos iniciados por ese medio; los principios que rigen la investigación; la defensa técnica penal; la formulación de la teoría del caso, su presencia en los procesos estudiados; el juicio. El principio o valoración de la prueba, la utilidad de la dogmática penal en la prueba, en el desarrollo de la jurisprudencia. De la investigación se concluye: que los límites están en el respeto de los principios, derechos y garantías constitucionales; que la Constitución de 2008 ha ampliado el poder punitivo del tipo penal enriquecimiento ilícito de funcionarios públicos; que el escaso número de procesos iniciados y resueltos permite cuestionar su eficacia; y, que es recomendable estructurar un nuevo tipo penal sobre esa conducta, que no menoscabe el principio de inocencia.
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El presente trabajo investigativo titulado “Efectos jurídicos por la falta de motivación de los Actos de Determinación Tributaria del SRI” tiene como propósito realizar un estudio descriptivo y ejemplificativo los efectos jurídicos de la motivación vista desde su inaplicación en la esfera administrativa tributaria, la cual constituye una institución primordial en la relación entre el contribuyente y la Administración Tributaria cuando esta última realiza un procedimiento que derivará en una acto administrativo, dentro del ejercicio de la Facultad Determinadora de impuestos. Esta facultad si bien está establecida dentro de las normas jurídicas, constituye un actividad eminentemente discrecional, que se regirá por parámetros razonables de juridicidad, adquiriendo, por tanto, la motivación, una importancia fundamental que significará que su vulneración, convierte a la actividad determinadora de impuestos en una vía de hecho carente de contenido jurídica que deja al sujeto pasivo en estado de completa indefensión y a la Administración Tributaria en una situación de supremo y desorbitante poder arbitrario que deslegitima su actuación.
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En los territorios de la parte alta del cantón Cotacachi habita una gran cantidad de pobladores de la etnia kichwa-otavalo. Allí se ha experimentado durante décadas un detrimento en la calidad de los suelos, en parte por la implementación de prácticas “modernas” de la llamada Revolución verde, las cuales han afectado la cotidianidad de las comunidades rurales mayoritariamente dedicadas a las labores agrícolas. Estas dinámicas entran en juego con visiones del territorio donde lo sagrado es un componente importante para la comprensión y el proceder frente al entorno. Algunas de las manifestaciones de lo sagrado para las comunidades se presentan en la realización de ritos a lo largo de los tiempos de cultivo. En este contexto, el presente trabajo explora cómo entran a jugar los ritos dentro de estas dinámicas agrícolas, señalando que las diferentes representaciones rituales, que oscilan entre los imaginarios católico y los llamados ancestrales, se han presentado a lo largo del tiempo como variables que intervienen en la obtención de frutos de los suelos. En esta búsqueda, se realiza un análisis de teorías sobre la naturaleza de los ritos y la relación de estos últimos con el eco-sistema. Dichos análisis se articulan con el trabajo etnográfico en la región, con el fin de contextualizar las acciones en las que se recurre a manifestaciones de tipo ritual.
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El presente trabajo aborda la problemática del ritual procesional de Jesús del Gran Poder. Parto por comprender la Procesión como una instancia movilizadora capaz de configurar los códigos, las creencias y los imaginarios ciudadanos, en una relación de resistencias, luchas e imposiciones, en el contexto de una compleja relación. Importa no perder de vista que el ritual está atravesado por elementos provenientes de diferentes matrices culturales; remite a cuestiones de identidad, a la lucha por la posesión de las imágenes, y la instrumentalización política de la celebración. Interesa también abordar el estudio de la procesión en el marco de las diversas estrategias hegemónicas y proyectos culturales que, en diferentes coyunturas históricas, han institucionalizado o prohibido el rito. Analizo la composición misma de la Procesión, sus representaciones más importantes, la presencia de la fiesta y la fórmula Barroca que trasciende su momento histórico, para pensar su impacto contemporáneo en el espacio público. En este marco de reflexión, me pregunto también por las tensiones y negociaciones entre lo popular y lo “culto” presentes en esta celebración. Finalmente, abordo la Procesión como un escenario de disputa política que combina lo religioso, lo cultural y lo identitario. En este contexto, resulta clave no olvidar el rol que desempeño la Iglesia Católica en la oficialización de la fiesta, durante la década de los años sesenta, en la lucha anti-comunista, como reacción al impacto que tuvo las tesis de la Teología de la Liberación. Los órganos oficiales del poder en alianza con la Iglesia Católica desarrollaron estrategias que combinaron hábilmente las ideologías del Hispanismo y la Fiesta Taurina.
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Vivimos una época en la que la independencia judicial, interna y externa, se encuentra cada vez más amenazada, pues tanto las otras funciones del Estado, como el órgano encargado de asegurar el correcto, eficiente y coordinado funcionamiento de los órganos jurisdiccionales, han llevado a cabo frecuentes intentos para influir ilegítimamente en las actuaciones jurisdiccionales de los y las juezas, ocasionando de esta manera la pérdida de confianza y legitimidad de esta función. Por esta razón, el presente trabajo investigativo tiene como propósito estudiar el rol que cumple el Consejo de la Judicatura como órgano de gobierno judicial dentro de los modernos Estados constitucionales de derecho y su relación con el principio de independencia del Poder Judicial y de los jueces, con el fin de comprender la trascendencia, las ventajas e implicaciones del diseño de esta institución para la garantía de la independencia judicial. Para ello, inicio la investigación con un acercamiento teórico conceptual a la independencia del Poder Judicial y de los jueces. Estudio sus ámbitos y sus distintas concepciones en las diferentes etapas evolutivas del Estado de Derecho. Luego, analizo los modelos existentes de gobierno judicial y el origen europeo de los consejos de la judicatura o magistratura y su trasplante, en las últimas décadas, a Latinoamérica. Enseguida realizo un breve recuento histórico de las múltiples intervenciones ilegítimas en la Función Judicial vividas en nuestro país en su vida republicana y contextualizo la creación del Consejo Nacional de la Judicatura en los noventas del siglo pasado. Con estos conocimientos, en la última parte, estudio tres temas imprescindibles para comprender las ventajas y desventajas del actual diseño del Consejo: la forma de integrarlo y los mayores o menores vínculos y dependencias políticas que conserva; las atribuciones disciplinarias que ostenta sobre los jueces y su influencia sobre sus actos jurisdiccionales; y, la responsabilidad judicial como contrapartida de su independencia.
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La construcción de una CIENCIA auténticamente humana, socialmente justa, culturalmente plural, ecológicamente sustentable y científicamente rigurosa, no es un problema que se va a dirimir principalmente en los cenáculos de la academia, ni en las cúpulas de la política, sino en espacios de construcción colectiva, apoyados en la voluntad y la opinión de los pueblos y las organizaciones que representan sus sueños e intereses estratégicos.
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El posicionamiento de la Constitución, como centro irradiador del Derecho en un Estado, representa para la Administración Pública la transición de la legalidad hacia el principio de juridicidad, la incorporación de nuevas fuentes del Derecho, y la necesidad de la aplicación no solo del método de subsunción normativa sino de otras herramientas de la hermenéutica jurídica. Sin embargo, este proceso de transformación no puede significar una vulneración a la legalidad en las actuaciones del poder público, ya que en un Estado Constitucional (de derechos y justicia) con un sistema presidencial, la interdicción a la arbitrariedad se vuelve indispensable frente a la vulneración de los derechos fundamentales que, en la mayoría de ocasiones, se confirma en la sede administrativa sin que su conocimiento alcance la fase jurisdiccional. En una posición crítica frente a las normas legales y reglamentarias, las aplicaciones constitucionales se materializan desde el principio de jerarquía normativa a través del método de subsunción; pero aún más, frente a los errores o en ausencia de ley, se concreta en la aplicación directa e inmediata de los derechos y garantías a través de métodos argumentativos, con mayor incidencia de una posición crítica de la norma, y el ejercicio de la potestad discrecional para determinar la opción jurídica más legítima. La práctica administrativa demuestra un gran distanciamiento de la aplicación directa de la Constitución, pues es constante el respaldo en la mera legalidad que somete a la Constitución a operar bajo lineamientos de la hermenéutica legal; sin embargo, la constitucionalización del ordenamiento jurídico debe ir más allá e innovar el ejercicio de la función administrativa y de la jurisdicción contencioso administrativa como una nueva visión del propio Derecho Administrativo.
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La conjunción del varón, el ser político y el epidemiólogo, para realizar esta profunda e importante reflexión de la problemática de género y su relación con la salud, pasa por una visión fundamentalmente humana y de compromiso por la vida. Al hacerlo, plantea superar los dos grandes prejuicios que desde distintas posiciones, envuelven la reflexión y trabajo en este campo, el primero que es considerarlo como un asunto y una lucha que atañe exclusivamente a la mujer por su posición de subordinación y desventaja frente al varón y, el segundo, que involucrarse en ella, significa desvirtuar y/o relegar la lucha por una transformación global de la sociedad. Son estos aspectos, sobre los que gira el trabajo para develar, por un lado, que las relaciones de subordinación de género, son relaciones sociales que se articulan funcionalmente al engranaje de explotación, injusticias, desigualdades, en las que se sustentan las organizaciones sociales clasistas y, por otro, que son relaciones enajenantes para mujeres y varones, que significan pérdidas para ambos con diferentes magnitudes y expresiones y, pérdidas sociales generales en la medida en que limitan la posibilidad de construcción de una sociedad escencialmente humana.
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Partiendo de la requisitoria de emprender estudios desde la academia que den cuenta de la problemática urbana, la presente tesis indaga las relaciones de poder en un contexto histórico problemático y de importantes transformaciones de la sociedad ecuatoriana. La investigación, en tal sentido, se enfoca sobre el proceso de modernización urbana de la ciudad de Quito entre los años 1895-1932. El objetivo principal, que guía la interpretación, es mirar sobre la escena urbana la superposición, yuxtaposición y re-significación de mecanismos tradicionales de ejercicio del poder y de dispositivos modernos de control social. En atención al objetivo planteado, la pregunta que surge como vertebradora del desarrollo de la investigación es ¿cómo se expresan discursivamente las relaciones de poder y las estrategias de resistencia sobre la escena urbana?, sin embargo, para dar respuesta a la interrogante planteada y considerando, además, el contexto de transición política, económica y social de la ciudad de Quito a inicios del siglo XX, se puede pensar en la posibilidad del desplazamiento y continuidad de los dispositivos de dominación del campo a la ciudad. Esta última observación, pensada como hipótesis, articula el texto en una propuesta de entendimiento del fenómeno urbano que considera un continuum de análisis tanto la realidad del campo (rural) como de la ciudad (urbano).
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El proceso de modernización del Estado, iniciada en el primer lustro de los años 90 bajo lineamientos de la Ley de Modernización del Ecuador, dio lugar al concepto de rentabilidad social, caracterizada principalmente por promover el acceso del mayor número de ecuatorianos a los servicios públicos básicos. Dicha ley habilitó al Estado ecuatoriano para delegar a empresas mixtas o privadas, la prestación de los servicios públicos, entre ellos los de telecomunicaciones, utilizando mecanismos legales reconocidos por el derecho administrativo e implementado por el Poder Ejecutivo del Ecuador. Es así, que la Ley Especial de Telecomunicaciones en 1992, habilitó al Estado para otorgar concesiones al sector privado para la prestación de varios servicios de telecomunicaciones, por lo que, en 1993, la Superintendencia de Telecomunicaciones creada por dicha ley, suscribió contratos de concesión con la compañías privadas COnECEL S.A. y OTECEL S.A., autorizándoles a operar servicios de telefonía móvil celular con cobertura limitada dentro del territorio nacional ecuatoriano por un período de 15 años. Posteriormente, una nueva constitución política de la República del Ecuador expedida en 1998, facultó al Estado la explotación racional de los bienes de su dominio exclusivo, de manera directa o con la participación del sector privado, lo cual motivó también una nueva reforma a la Ley Especial de Telecomunicaciones para que el Consejo nacional de Telecomunicaciones instituya el régimen de libre competencia en todos los servicios de telecomunicaciones prestados en nuestro país.