996 resultados para Adolescente, responsabilidade penal


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En el mundo cada cinco minutos se produce un suicidio en adolescentes por problemas inherentes a su sexualidad. Frente a este escenario la genealogía de los discursos médico, jurídico y literario se entreteje apretando los hilos, convirtiéndose en cábala del suicidio; un reflejo difuso de una realidad menos ficcional y más dolorosa. A pesar de las cifras alarmantes, no se ha trabajado el tema; menos aún con la perspectiva de encontrar relación entre los discursos históricos que en su búsqueda de poder y control han dibujado sobre los cuerpos, representaciones de una disciplina heterosexual. Es indispensable una perspectiva cualitativa, reflexiones que aporten a una práctica ética diferente, que incluya los nuevos cuerpos filosóficos, legales, concibiendo al adolescente como sujeto, con la agencia que deben tener sus cuerpos. En contraste en la literatura (¿mundo ficticio?) se describe y resignifica de manera exhaustiva esta realidad, rescatando la capacidad creativa y re-creativa del lenguaje. Esto por un lado permite analizar los contextos y coyunturas sociales, culturales; y, por otro interpretar los imaginarios sociales y las metáforas que refuerzan este contexto. Como mencionara Stuart Hall, a través de la representación conectamos el lenguaje al sentido y la cultura. Y esto nos licencia a referirnos al mundo real pero también a un mundo ficticio. Esta exploración pretende aportar a esta problemática mediante la descripción de esa compleja interseccionalidad y la identificación de posibles intersticios en el lenguaje que pudieran dar sentido y descodificar ciertas incertidumbres, contribuir a cambios micro sociales y, quizás, conducir a lo que pudiera ser el comienzo de un diálogo más amplio que empuje posicionamientos y cambios estructurales, frente a discursos vetustos que siempre encuentran mecanismos para reinventarse. ¿Cómo se representan y entretejen los discursos de homoerotismo1 adolescente y suicidio representados en las novelas Conquering Venus de Collin Kelley, Suicide Notes de Michael Thomas Ford? Lo podremos averiguar examinando las matrices discursivas del homoerotismo y su castigo, la homosexualidad; analizando el suicidio como un acto humano complejo, incomprensible, un tabú en nuestra sociedad, e identificando en las novelas escogidas, las intersecciones entre homoerotismo y tendencias suicidas en el cuerpo adolescente.

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Existen conductas netamente sexuales, en las que la red ha llegado a convertirse en un fin o un medio para que ciertos individuos busquen y logren satisfacción sexual a través del chantaje sexual a menores de edad, delito conocido en la normativa penal anglosajona como “grooming” o “child grooming”, conducta que actualmente en el COIP se encuentra tipificada en su Art.- 173; siendo entonces que a través del presente trabajo pretendemos, en base a la teoría el derecho penal mínimo consagrado en el Art 195 de nuestra Constitución, analizar si el tipo penal incluido en el COIP referente al grooming, o como se lo ha denominado, delito de “Contacto con finalidad sexual con menores de dieciocho años por medios electrónicos”, cumple o no con aquella conducta considerada como tal por la doctrina y las legislaciones extranjeras; y especialmente establecer, conforme a los axiomas de Ferrajoli, si existe efectivamente la necesidad y la lesividad como para tipificar esta conducta a través de un tipo penal autónomo o si bien pueden estos actos encontrar su verbo rector y características especiales en otros tipos penales ya existentes en la legislación sustantiva penal, pues es claro que el Derecho Penal, para legitimar su existencia en un Estado Constitucional de Derechos y Justicia, debe limitar el ejercicio del poder punitivo del Estado.

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El delito de violación ha sufrido varias transformaciones, en cuanto a la concepción de los elementos del tipo penal así como de los sujetos de la relación procesal, pues se ha divido su configuración en dos momentos, el primero cuando el sujeto activo de la infracción solamente puede ser el hombre; y, el segundo cuando el sujeto activo puede ser indistintamente un hombre o una mujer, determinándose además la flexibilidad de los medios probatorios, tomando mucha importancia el testimonio de la víctima. Como objetivos están conocer el papel que desempeñan los sujetos de la relación procesal en este delito, tomando en consideración la tipificación actual y, los cambios que ha sufrido este tipo penal desde el 2005 año hasta la presente fecha, además de cuáles son los medios probatorios que deben ser utilizados por los sujetos procesales. Tomando como base la investigación que se efectuará, debe aplicarse el método analítico, a fin de descomponer el concepto general en varios elementos que nos permita revisar cada uno de ellos por separado y así comprender las reformas que se han dado a este delito. Se debe partir de una premisa general, tomando como base la libertad sexual, que constituye el bien jurídico protegido, para llegar a lo particular, es decir, analizar las circunstancias constitutivas de la infracción y las modificatorias de la misma, aceptando datos generales como verdaderos, utilizando el método deductivo. Es importante analizar todos los conceptos que se han dado, para ello debe aplicarse la Hermenéutica jurídica, porque las concepciones filosófico- doctrinarias, permiten una mayor comprensión del análisis de los partícipes del tipo penal. Es evidente que el sujeto activo de la infracción puede ser indistintamente el hombre o la mujer, pero con una estructuración adecuada del tipo penal, por lo que se debe realizar una reforma al Código Orgánico Integral Penal, puesto que la vulneración del consentimiento de la víctima se la puede dar en la unión carnal.

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El presente trabajo investigativo tiene como propósito constatar la realidad jurídica respecto al delito de femicidio y sus perspectivas procesales en el Ecuador, para lo cual se analizan los problemas jurídico procesales que existen en la identificación, investigación, prueba, juzgamiento y sanción del delito en estudio, ante lo cual se proponen posibles soluciones, encaminadas a detectarlo y procesarlo de manera óptima. En el primer capítulo se realizan precisiones terminológicas, así como un estudio del femicidio a la luz de los instrumentos internacionales de derechos humanos inherentes al tema tratado; además se ejecuta un ejercicio de derecho comparado, necesario y útil, por cuanto el delito estudiado ha sido recientemente incorporado en la legislación ecuatoriana, siendo conveniente estudiar la tipificación, procedimientos, doctrina y pronunciamientos judiciales de los países escogidos para su debida comparación y análisis. En el segundo capítulo se investiga la realidad procesal del femicidio en Ecuador, así como los medios probatorios idóneos para demostrar la existencia del delito y la responsabilidad del procesado; se determinan de manera clara los roles específicos y especializados de los fiscales y juzgadores. Esta investigación finaliza con propuestas claras respecto de los problemas encontrados en la investigación, juzgamiento y sanción del femicidio, con el fin de contribuir con sugerencias encaminadas a mejorar y optimizar los procedimientos a llevarse a cabo.

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Con la evolución del derecho penal, han surgido dos grandes tendencias extremadamente opuestas entre sí y que se han arraigado en el pensamiento penal mundial, y que de acuerdo a la política criminal de cada Estado, para el ejercicio de su poder punitivo, han sido implementadas con el fin de alcanzar los objetivos en materia de delincuencia y seguridad. Estas grandes tendencias son: Eficientismo y Garantismo. El garantismo penal busca controlar el poder punitivo del estado frente a los ciudadanos, y el eficientismo penal intenta luchar contra la impunidad a toda costa, inclusive llegando a desconocer las garantías de los procesados. Con la promulgación del nuevo Código Orgánico Integral Penal, y la implementación de instituciones como el procedimiento directo, el sistema penal ecuatoriano busca conciliar el respeto a las garantías del debido proceso con la eficiencia judicial, pensando no solo en los derechos del procesado sino en los derechos de las víctimas. El procedimiento directo es un procedimiento sumarísimo, que concentra todas las etapas de un procedimiento ordinario en una sola audiencia, obteniendo una sentencia condenatoria o ratificadora de inocencia en 10 días. Este procedimiento se justificó por la necesidad de dar celeridad y simplificación al proceso penal, y así tratar de reducir las causas represadas en los juzgados y tribunales de nuestro país. No obstante, también se debió analizar las afectaciones que la aplicación de dicho procedimiento podría causar a derechos constitucionalmente reconocidos como: defensa, presunción de inocencia, igualdad de armas y contradicción. En cuanto al derecho a la defensa, no es posible ejercer adecuadamente este derecho en apenas 10 días; en cuanto a la igualdad de armas, a pesar de que existe ya un desequilibrio institucional entre el órgano acusador y la defensa, ésta desigualdad se merma aún más con la restricción de varios derechos y garantías reconocidos en la Constitución, en cuanto al contradictorio, no es suficiente que se lo pueda ejercer en la audiencia de juicio, cuando los elementos probatorios que van a obtener la calidad de prueba, son recabados en la etapa de instrucción fiscal, y por último y como consecuencia de lo anterior, si atenta contra estos derechos pues evidentemente se vulnera el principio constitucional de presunción de inocencia.

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En el presente trabajo académico analizamos la aplicación de la justicia penal ordinaria en un atentado contra la propiedad, respecto del juzgamiento ante la justicia indígena, con la finalidad de conocer qué tipo de justicia ofrece mejores resultados y constituye una solución efectiva a la hora de su aplicación. Inicialmente trataremos el pluralismo jurídico y su reconocimiento hasta contemplarse en la legislación ecuatoriana, analizamos las bases legales y constitucionales, su importancia y vigencia, además de recoger los principios rectores, procedimiento, requisitos y efectos de aplicación tanto de la justicia penal ordinaria e indígena. Finalmente, a través del análisis comparativo, el trabajo de investigación pretende descubrir si se puede resolver legítimamente un atentado contra la propiedad sin considerar la pena privativa de libertad como única solución que ofrezca mejores resultados dentro de un Estado constitucional de derechos y justicia.

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El tema central y alcance de la presente tesis de maestría está circunscrito al actual recurso de casación penal, contenido en los artículos 656 y 657 del Código Orgánico Integral Penal. La perspectiva teórico-metodológica utilizada ha sido de tipo documental y dogmática, recurriendo primariamente a textos legales, doctrina y jurisprudencia actualizada. El concepto principal que sigue esta tesis es que actualmente se ha disuelto la pretensión original del fin político de la casación, pues no se puede seguir pensando en términos de una teórica justicia absoluta abstracta, sino más bien en ir hacia una justicia razonable del caso concreto. Por tanto la idea que debe guiarnos es que la protección del sistema jurídico se ha ampliado a la efectiva protección de los derechos y garantías fundamentales, lo cual termina contorneando la casación penal de una manera muy diferente a la originalmente diseñada para su funcionamiento. En el capítulo primero se realiza un análisis histórico de la casación, con su "fin político o Ius constitutionis", esto es las funciones nomofiláctica y la uniformadora, y la creciente importancia del "fin procesal o Ius litigatoris" esto es la función dikelógica. Se analiza las características y principios de la casación penal. Y la llegada y desenvolvimiento de dicha institución procesal penal en nuestro país. En el capítulo segundo, se realiza un análisis de la correcta conceptualización de los conceptos de error in procedendo y error in iudicando, y dentro de éste último el error de derecho (in jure) y el error de hecho (in facto). Se resalta el tema del error de juicio in iudicando in factum, esto es la problemática del segundo inciso del Art. 656 del COIP, que bien puede ser la parte más importante de esta tesis. En el capítulo tercero se analiza la técnica de casación penal; y se hace un análisis de los titulares del recurso, de su admisión, de la audiencia pública de fundamentación; así como de la sentencia de casación.

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En la presente investigación, se identifica un problema jurídico constitucional: el conflicto entre la presunción de inocencia y la prisión preventiva en el proceso penal ecuatoriano, en virtud que en la práctica procesal, tanto la presunción de inocencia como la prisión preventiva crean nudos críticos, que colocan en entre dicho el valor jurídico del derecho a la libertad personal en el Estado constitucional de derechos y justicia; por tal razón en los objetivos investigativos se estableció la necesidad de dilucidar las causas por las cuales estas instituciones jurídicas producen visibles conflictos, con la finalidad de buscar soluciones que permitan subsanar las limitaciones observadas. Viabilizar el derecho de libertad personal y la concreción de los fines del proceso penal, premisa importante para edificar una justicia a tono con el Neoconstitucionalismo imperante en el actual paradigma estatal cuya tendencia garantista es impulsada por la Comunidad Internacional que motiva la practicidad del principio pro persona. El Capítulo I, contiene un estudio de la presunción de inocencia, sus referentes históricos, definiciones, su importancia en el Estado constitucional de derechos y justicia, así como su impacto en la realidad procesal y la justicia penal. El Capítulo II, contiene un estudio sobre la prisión preventiva, su evolución histórica, formas de implementación, su carácter de excepcional y medida de última ratio y su apreciación como una pena anticipada. El Capítulo III, contiene un estudio respecto del conflicto o colisión que presentan los institutos de la presunción de inocencia y la prisión preventiva, y las garantías en juego desde un enfoque legal y constitucional. Por esta investigación llegamos a la conclusión que el conflicto persistente entre la presunción de inocencia y la prisión preventiva, radica por problemas normativos y de la praxis, en casos en concreto.

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Esta revisão integrativa da literatura tem como objetivo conhecer as publicações de enfermagem referente à questão sobre a degradação ao meio ambiente que tem sido muito discutida em diversas áreas de atuação do ser humano. No âmbito hospitalar, a enfermagem é a maior geradora de resíduos, devido suas ações para assistência ao paciente. A coleta seletiva surge como uma iniciativa que visa à redução do impacto ambiental através da separação dos resíduos produzidos para futuro reaproveitamento dos mesmos. Quando essas ações são conscientizadas para o manuseio e destinação corretos destes resíduos através da coleta seletiva, podem contribuir preservando a natureza, já que apenas 1% do lixo hospitalar é considerado contaminado, e trazer benefícios aos participantes deste processo com a venda dos materiais recicláveis

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O objetivo deste trabalho é dissertar acerca da teoria do Direito Penal do Inimigo segundo a concepção de Gunther Jakobs, bem como sua origem, características e as bandeiras defendidas por este...

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Dissertação apresentada ao Programa de Pós- Graduação em Administração da Universidade Municipal de São Caetano do Sul como requisito parcial para a obtenção do título de Mestra em Administração.

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Dissertação apresentada ao Programa de Pós-graduação em Administração da Universidade Municipal de São Caetano do Sul

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A pesquisa realizada visa atentar não só a sociedade, mas principalmente os profissionais envoltos na realidade jurídica para a necessidade de uma sanção adequada aos psicopatas, com a devida urgência. Esta individualização propiciará uma reação adequada dos juristas aos atos cometidos por estes indivíduos que não são ressocializados pela penalização comum, tampouco podem ser considerados doentes mentais, vez que não há tratamento químico benéfico para este transtorno que possuem. Indivíduos que tem consciência e capacidade de determinação na prática de atos ilícitos, mas necessitam biologicamente destas práticaspara satisfazerem-se e assim cometem crimes variados, de acordo com o grau de periculosidade deste transtorno. Reincidentes, que sem o tratamento legislativo adequado oferecem perigo eminente à sociedade. Apresentando e esclarecendo como trabalha a mente, as ações e reações de um psicopata, e, principalmente seus resultados jurídicos. Discorrente sobre a razão de procurar um caminho para realizar justiça, ou especialmente prevenir possíveis condutas criminosas. O desafio enfrentado no decorrer deste é encontrar respostas positivas dentro do que nos limita a Lei Maior, para que em um futuro próximo exista definitiva solução, utilizando-se de fontes bibliográficas em Direito, Psicologia, Psicologia Jurídica, Criminologia, Medicina Legal, Psiquiatria Forense, e ainda, algumas considerações jurisprudenciais.

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O objetivo deste trabalho é deixar clara a idéia do que é a Lei de Responsabilidade Fiscal, apresentando parte de sua forma e mostrando as sanções cabíveis ao seu não cumprimento. Após a leitura, ficará clara a idéia de que essa lei faz com que os administradores usem corretamente o dinheiro público, aplicando da forma mais correta e nos casos mais precisos. Verificaremos as punições em caso de descumprimento da lei, bem como o equilíbrio entre as despesas e as receitas, que tende a ser proporcionado por ela. Aprenderemos que um órgão público nunca se pode gastar mais do que ele arrecada, pois, dessa maneira estará infringindo essa lei, se sujeitando as penas a ela correspondentes.

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Prova é o meio pelo qual as partes buscam esclarecer os fatos apresentados ao Juiz em uma lide. A utilização da prova é vedada quando é produzida em contrariedade a normas do direito material ou processual, podendo ser ilícita ou ilegítima, respectivamente. Ilícitas são aquelas que violam normas de direito material e ilegítimas as que violam regras de direito processual. A respeito da admissibilidade das provas ilícitas, existem três correntes doutrinárias. A primeira as admite, desde que punido aquele que as produziu. A segunda, não as admite por tratar-se de infração à constituição. A terceira, busca a solução através do princípio da proporcionalidade, segundo o qual se deve sopesar o direito fundamental a ser protegido e os interesses da sociedade. Ainda que ilícita, pode a prova ser utilizada se for favorável ao réu, quando podem aplicar-se as excludentes de ilicitude do Código Penal. Se a sentença condenatória se baseou em provas ilícitas, após o trânsito em julgado o réu pode utilizar-se de revisão criminal ou do habeas corpus. São meios ilícitos de obtenção de provas: violação de domicílio, confissão obtida mediante tortura,violação da intimidade pela imprensa e interceptações clandestinas. O Juiz pode autorizar interceptações telefônicas sempre que houver indícios de autoria ou participação em infração penal, desde que não haja outro meio de se produzir a mesma prova e o fato for punível com reclusão. Em tese, todas as provas colhidas por meio de interceptação e escuta telefônicas realizadas antes da lei 9296/96, que regulou o assunto, seriam ilícitas por falta de fundamento.