788 resultados para FILOSOFIA DEL DERECHO


Relevância:

100.00% 100.00%

Publicador:

Resumo:

L’ermeneutica filosofica di Hans-Georg Gadamer – indubbiamente uno dei capisaldi del pensiero novecentesco – rappresenta una filosofia molto composita, sfaccettata e articolata, per così dire formata da una molteplicità di dimensioni diverse che si intrecciano l’una con l’altra. Ciò risulta evidente già da un semplice sguardo alla composizione interna della sua opera principale, Wahrheit und Methode (1960), nella quale si presenta una teoria del comprendere che prende in esame tre differenti dimensioni dell’esperienza umana – arte, storia e linguaggio – ovviamente concepite come fondamentalmente correlate tra loro. Ma questo quadro d’insieme si complica notevolmente non appena si prendano in esame perlomeno alcuni dei numerosi contributi che Gadamer ha scritto e pubblicato prima e dopo il suo opus magnum: contributi che testimoniano l’importante presenza nel suo pensiero di altre tematiche. Di tale complessità, però, non sempre gli interpreti di Gadamer hanno tenuto pienamente conto, visto che una gran parte dei contributi esegetici sul suo pensiero risultano essenzialmente incentrati sul capolavoro del 1960 (ed in particolare sui problemi della legittimazione delle Geisteswissenschaften), dedicando invece minore attenzione agli altri percorsi che egli ha seguito e, in particolare, alla dimensione propriamente etica e politica della sua filosofia ermeneutica. Inoltre, mi sembra che non sempre si sia prestata la giusta attenzione alla fondamentale unitarietà – da non confondere con una presunta “sistematicità”, da Gadamer esplicitamente respinta – che a dispetto dell’indubbia molteplicità ed eterogeneità del pensiero gadameriano comunque vige al suo interno. La mia tesi, dunque, è che estetica e scienze umane, filosofia del linguaggio e filosofia morale, dialogo con i Greci e confronto critico col pensiero moderno, considerazioni su problematiche antropologiche e riflessioni sulla nostra attualità sociopolitica e tecnoscientifica, rappresentino le diverse dimensioni di un solo pensiero, le quali in qualche modo vengono a convergere verso un unico centro. Un centro “unificante” che, a mio avviso, va individuato in quello che potremmo chiamare il disagio della modernità. In altre parole, mi sembra cioè che tutta la riflessione filosofica di Gadamer, in fondo, scaturisca dalla presa d’atto di una situazione di crisi o disagio nella quale si troverebbero oggi il nostro mondo e la nostra civiltà. Una crisi che, data la sua profondità e complessità, si è per così dire “ramificata” in molteplici direzioni, andando ad investire svariati ambiti dell’esistenza umana. Ambiti che pertanto vengono analizzati e indagati da Gadamer con occhio critico, cercando di far emergere i principali nodi problematici e, alla luce di ciò, di avanzare proposte alternative, rimedi, “correttivi” e possibili soluzioni. A partire da una tale comprensione di fondo, la mia ricerca si articola allora in tre grandi sezioni dedicate rispettivamente alla pars destruens dell’ermeneutica gadameriana (prima e seconda sezione) ed alla sua pars costruens (terza sezione). Nella prima sezione – intitolata Una fenomenologia della modernità: i molteplici sintomi della crisi – dopo aver evidenziato come buona parte della filosofia del Novecento sia stata dominata dall’idea di una crisi in cui verserebbe attualmente la civiltà occidentale, e come anche l’ermeneutica di Gadamer possa essere fatta rientrare in questo discorso filosofico di fondo, cerco di illustrare uno per volta quelli che, agli occhi del filosofo di Verità e metodo, rappresentano i principali sintomi della crisi attuale. Tali sintomi includono: le patologie socioeconomiche del nostro mondo “amministrato” e burocratizzato; l’indiscriminata espansione planetaria dello stile di vita occidentale a danno di altre culture; la crisi dei valori e delle certezze, con la concomitante diffusione di relativismo, scetticismo e nichilismo; la crescente incapacità a relazionarsi in maniera adeguata e significativa all’arte, alla poesia e alla cultura, sempre più degradate a mero entertainment; infine, le problematiche legate alla diffusione di armi di distruzione di massa, alla concreta possibilità di una catastrofe ecologica ed alle inquietanti prospettive dischiuse da alcune recenti scoperte scientifiche (soprattutto nell’ambito della genetica). Una volta delineato il profilo generale che Gadamer fornisce della nostra epoca, nella seconda sezione – intitolata Una diagnosi del disagio della modernità: il dilagare della razionalità strumentale tecnico-scientifica – cerco di mostrare come alla base di tutti questi fenomeni egli scorga fondamentalmente un’unica radice, coincidente peraltro a suo giudizio con l’origine stessa della modernità. Ossia, la nascita della scienza moderna ed il suo intrinseco legame con la tecnica e con una specifica forma di razionalità che Gadamer – facendo evidentemente riferimento a categorie interpretative elaborate da Max Weber, Martin Heidegger e dalla Scuola di Francoforte – definisce anche «razionalità strumentale» o «pensiero calcolante». A partire da una tale visione di fondo, cerco quindi di fornire un’analisi della concezione gadameriana della tecnoscienza, evidenziando al contempo alcuni aspetti, e cioè: primo, come l’ermeneutica filosofica di Gadamer non vada interpretata come una filosofia unilateralmente antiscientifica, bensì piuttosto come una filosofia antiscientista (il che naturalmente è qualcosa di ben diverso); secondo, come la sua ricostruzione della crisi della modernità non sfoci mai in una critica “totalizzante” della ragione, né in una filosofia della storia pessimistico-negativa incentrata sull’idea di un corso ineluttabile degli eventi guidato da una razionalità “irrazionale” e contaminata dalla brama di potere e di dominio; terzo, infine, come la filosofia di Gadamer – a dispetto delle inveterate interpretazioni che sono solite scorgervi un pensiero tradizionalista, autoritario e radicalmente anti-illuminista – non intenda affatto respingere l’illuminismo scientifico moderno tout court, né rinnegarne le più importanti conquiste, ma più semplicemente “correggerne” alcune tendenze e recuperare una nozione più ampia e comprensiva di ragione, in grado di render conto anche di quegli aspetti dell’esperienza umana che, agli occhi di una razionalità “limitata” come quella scientista, non possono che apparire come meri residui di irrazionalità. Dopo aver così esaminato nelle prime due sezioni quella che possiamo definire la pars destruens della filosofia di Gadamer, nella terza ed ultima sezione – intitolata Una terapia per la crisi della modernità: la riscoperta dell’esperienza e del sapere pratico – passo quindi ad esaminare la sua pars costruens, consistente a mio giudizio in un recupero critico di quello che egli chiama «un altro tipo di sapere». Ossia, in un tentativo di riabilitazione di tutte quelle forme pre- ed extra-scientifiche di sapere e di esperienza che Gadamer considera costitutive della «dimensione ermeneutica» dell’esistenza umana. La mia analisi della concezione gadameriana del Verstehen e dell’Erfahrung – in quanto forme di un «sapere pratico (praktisches Wissen)» differente in linea di principio da quello teorico e tecnico – conduce quindi ad un’interpretazione complessiva dell’ermeneutica filosofica come vera e propria filosofia pratica. Cioè, come uno sforzo di chiarificazione filosofica di quel sapere prescientifico, intersoggettivo e “di senso comune” effettivamente vigente nella sfera della nostra Lebenswelt e della nostra esistenza pratica. Ciò, infine, conduce anche inevitabilmente ad un’accentuazione dei risvolti etico-politici dell’ermeneutica di Gadamer. In particolare, cerco di esaminare la concezione gadameriana dell’etica – tenendo conto dei suoi rapporti con le dottrine morali di Platone, Aristotele, Kant e Hegel – e di delineare alla fine un profilo della sua ermeneutica filosofica come filosofia del dialogo, della solidarietà e della libertà.

Relevância:

100.00% 100.00%

Publicador:

Resumo:

El artículo fue publicado originalmente en la revista Jueces para la democracia. Información y debate. Madrid, No. 44. 2002

Relevância:

100.00% 100.00%

Publicador:

Resumo:

El tema que provoca esta investigación se inserta en el ámbito de los derechos reproductivos, reconocidos estos como derechos humanos y garantizados en diversos instrumentos internacionales, pero que se hace necesario darles vigencia en el nivel nacional para garantizar su garantía y cumplimiento. Los derechos reproductivos contienen dos principios fundamentales: el derecho a la autonomía reproductiva y el derecho a la atención en salud reproductiva. Este último está contenido en los instrumentos internacionales de derechos humanos que protegen la vida y la salud; y además en informes de órganos del sistema regional de protección de derechos humanos, como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). El misoprostol es un medicamento ampliamente usado en ginecología y obstetricia en otros países de la región latinoamericana, pues técnicamente es menos invasivo que otras procedimientos usados, ya sea para inducción de parto de término o para el tratamiento del aborto incompleto, es más barato que otras prostglandinas, es termoestable (ideal para climas tropicales); su inclusión en listados oficiales de medicamentos contribuye a asegurar el cumplimiento del derecho a la atención en salud reproductiva y el derecho al goce del avance científico de las mujeres. El cumplimiento de este, a través de medidas no legislativas estaría en concordancia con el derecho internacional de derechos humanos al que está adscrito Costa Rica.

Relevância:

100.00% 100.00%

Publicador:

Resumo:

El derecho humano al agua y al saneamiento está seriamente amenazado. Además del ámbito del Derecho internacional de los derechos humanos, este derecho se ve afectado por otras normas, como las del Comercio Internacional, entre las que se encuentran los tratados multilaterales y bilaterales de inversión -TBI. Estos últimos contienen cláusulas que muy frecuentemente colisionan con las normas internacionales de protección del derecho al agua y al saneamiento, como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Los conflictos que surgen en la práctica entre empresas afectadas por TBI y estados se resuelven ante tribunales arbitrales, que no incorporan en sus decisiones las categorías y principios del derecho humano al agua potable y al saneamiento. Este texto aborda estos problemas, y propone ciertas recomendaciones

Relevância:

100.00% 100.00%

Publicador:

Resumo:

El origen de la normativa escrita sobre el uso de las aguas en el territorio peninsular levantino plantea diversas incógnitas. Las primera de ellas sobre los quienes fueron los protagonistas en la redacción y determinación de ese derecho. La segunda sobre el papel que la costumbre de los sarracenos desempeñó en la preservación de tradiciones jurídicas, mantenimiento de infraestructuras y gestión del agua. La tercera tiene que ver con el modo de aunar intereses de comunidades distintas desde el punto de vista religioso y jurídico sobre el derecho de uso de forma equitativa y proporcional a necesidades no necesariamente coincidentes. Lo cierto es que las fuentes conservadas sobre el proceso de reconquista y población siguen siendo una de las mejores referencias para despejar incógnitas y justificar la tradición y pervivencia de un derecho inmemorial y vigente en algunas de sus formas y manifestaciones, no solo en el marco levantino sino en otros muchos espacios de la cuenca mediterránea con idénticas características medioambientales y geo-climáticas.

Relevância:

100.00% 100.00%

Publicador:

Resumo:

Tesis de la Universidad Central (Madrid), Facultad de Jurisprudencia, leída en 1858.

Relevância:

100.00% 100.00%

Publicador:

Resumo:

Al enfrentarse con las Declaraciones francesas de los Derechos del hombre y el Ciudadano en Sobre la cuestión judía, Marx parece reencontrase con la insuficiencia de lo político. Estas Declaraciones dicen disolver todo particularismo directamente político realizando de forma plena el Estado político moderno, pero parecen fallar en extender su universalidad frente a otros particulares: la religión y el interés material. Desde esta conclusión, suele pensarse el desarrollo del pensamiento marxiano como transformación a una teoríade lo económico, cuyo corolario sería una crítica de lo político como falsedad. Si bien es innegable que el espacio de lo económico y sus categorías se vuelven crecientemente centrales, se argumentará que la relación entre política/economía no se resuelve en una oposición simple entre verdad/falsedad. En el siguiente escrito nos propondremos trabajar esta hipótesis sobre la relación política-economía en Marx en particular atención a su análisis crítico del derecho moderno. Nos interesa explorar, a partir de una confrontación de las ideas marxianas con las fuentes de las Declaraciones, sus proyectos y borradores, la manera en que el derecho resulta simultáneamente una forma ilusoria de universalidad y una forma efectiva de juridización de ciertas relaciones sociales: el intercambio de los individuos particulares

Relevância:

100.00% 100.00%

Publicador:

Resumo:

La Teoría del Derecho Penal del Enemigo postula la existencia de un ordenamiento penal que distinga entre personas fieles al ordenamiento jurídico y aquellos que con su conducta demuestran una posición contraria al orden jurídico y tienen como fin la desestabilización del sistema estatal. La presente investigación está destinada al análisis de la Legislación Penal Ecuatoriana y su vinculación con la denominada doctrina penal a través del delito de terrorismo. En un primer momento realizaremos un análisis de la doctrina en mención, sus postulados y finalidades. Posterior a ello, describiremos el Constitucionalismo Garantista y Dignatario y su fuerte contradicción con los postulados del jurista alemán Gunther Jakobs, titular de la teoría delDerecho Penal del Enemigo”. Finalmente analizaremos el tipo penal Terrorismo en relación con el Derecho Penal del Acto, junto al estudio y crítica del caso denominado “Los 10 de Luluncoto” a la luz de los Derechos Humanos.

Relevância:

100.00% 100.00%

Publicador:

Resumo:

Se trata de comprobar si una institución tan clásica del derecho internacional privado está hoy día activa en nuestra realidad jurídica.

Relevância:

100.00% 100.00%

Publicador:

Resumo:

A estas alturas estamos más que familiarizados con el cambio de paradigma que ha supuesto el Espacio Europeo de Educación Superior por el que se sitúa al alumno en el centro del proceso de aprendizaje, junto a la adquisición de competencias más allá de conocimientos. Ahora bien, estamos ante las primeras promociones que han de realizar el trabajo de fin de grado como parte de sus planes de estudio, trabajo que ha de constituir la gran oportunidad de validación de las competencias adquiridas por el alumno. La doble novedad del trabajo de fin de grado, tanto su incorporación obligatoria a los planes de estudio jurídicos que carecían de elementos semejantes, así como su orientación hacia la evaluación de las competencias, nos sitúa en un escenario en el que hemos de identificar cuáles son las competencias que se han de validar a través del trabajo de fin de grado. Ni todas las competencias tienen cabida en el trabajo de fin de grado, ni todas pueden ser trabajadas con la misma intensidad. La modalidad del trabajo, el tema a analizar e incluso el perfil e intereses del alumno serán los criterios que nos pueden ayudar a determinar la identificación de competencias.

Relevância:

100.00% 100.00%

Publicador:

Resumo:

[ES]Las dictaduras europeas emergentes constituyeron una amenaza al orden liberal y democrático del momento, imponiendo su ideología a todo pensamiento contrario al Régimen, incluyendo el Derecho Penal, en el cual se veían reflejados estos valores. Desde esta perspectiva, se van a estudiar las diferentes doctrinas que preceden estos movimientos totalitarios, centrando su atención en la figura tipificada de la reincidencia, sus formas y su tratamiento dentro de los textos legales que estuvieron vigentes durante el periodo fascista y franquista. Se llevará a cabo una visión de la codificación actual en ambos países y un enfoque hacia la situación futura de la reincidencia y los reincidentes.

Relevância:

100.00% 100.00%

Publicador:

Resumo:

La concepción del Estado social de derecho que introdujo la Constitución Política de 1991 plantea un cambio de paradigma fundamental en la forma de operar el sistema jurídico; en consecuencia, constituye una obligación para quienes desarrollan el quehacer en la formación de profesionales del derecho poner de relieve los desafíos que enfrentan al momento de la aplicación del derecho vigente, ya sea en calidad de funcionarios judiciales o abogados litigantes. Uno de los componentes del sistema jurídico es el momento operativo en el que hoy se ha superado su finalidad exclusivamente instrumental, y se le han adicionado componentes axiológicos. Por ello, el interés de los autores se centra fundamentalmente en esta visión valorativa del derecho procesal; además, el eje temático de la obra se inicia con una visión general de la filosofía que presenta el Estado social y democrático de derecho, para pasar, luego, a examinar los fundamentos constitucionales del valor justicia, pues no se trata hoy exclusivamente de indagar por la justicia judicial. El concepto Estado social y democrático obliga, además de las valoraciones jurídicas, a que realicen valoraciones sociales, lo cual, como contrapartida, lleva ínsito el deber de colaboración con la Administración de Justicia que todos tienen para contribuir al fin último del derecho que es lograr la paz social.