1000 resultados para Comisión Nacional de Emergencia


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Ponencia presentada en le congreso CILCA 2010-León, Nicaragua Marzo 26 de 2010

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El presente estudio desarrollado en el Hospital Nacional Especializado de Maternidad, inaugurado oficialmente en diciembre 1953, y que comenzó a dar servicio el 20 de abril de 1954, considerado dentro de la red nacional de hospitales, como centro de tercer nivel por el grado de complejidad de servicios ofertados. El objeto de estudio que servirá de base es la embarazada que consulta la unidad de emergencia y que finaliza el embarazo en un aborto, entendido éste como la pérdida del producto de la concepción que pesa menos de 500 g ó que ocurre antes de las 20 semanas. El estudio pretende describir el perfil epidemiológico de pacientes con diagnóstico de aborto en el Hospital Nacional Especializado de Maternidad durante el período de enero a diciembre del 2013 , pretende identificar de forma más puntual la incidencia de aborto; describir las características demográficas y gineco-obstétricas de las mujeres atendidas; cuantificar la estancia hospitalaria, de las mujeres atendidas por aborto; identificar el tipo de aborto más frecuente y su correlación anatomo-patológica; describir el tratamiento y complicaciones más frecuentemente brindado a las mujeres que consultaron por aborto. Es un estudio descriptivo, transversal y retrospectivo. Se realizó la compilación de datos a partir de la revisión de expediente clínico en el área de archivo y estadística. Además se realizó la búsqueda de los resultados a través de la verificación del reporte patológico de pacientes a quien se le haya realizado legrado. Las características más importantes y frecuentes fueron 21 y 30 años, áreas urbanas, área central del país, secundaria y tercer ciclo, nulíparas, unión libre, área nor-oriente de San Salvador, factores de riesgo más importantes aborto previo y paciente adolescente, solo un 6% periodo intergenésico de riesgo, diagnostico al ingreso abortos incompletos y estables en su mayoría, 92% de la población estudiada el pilar de tratamiento legrado, no se encontraron complicaciones posteriores al manejo de aborto en la mayoría, un poco más de la mitad de los casos se encontró reporte histopatológico anexado al expediente, y la gran mayoría prefirió ningún método de planificación familiar al alta.

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El objetivo general es establecer cuáles son los criterios clínicos o de laboratorio utilizados en la unidad de emergencia del Hospital de Nacional de Niños Benjamín Bloom para realizar una tomografía axial computarizada cerebral en pacientes de las edades de 1 mes a 12 años que presentan una primera convulsión en el periodo de enero de 2009 a diciembre de 2013. Método y diseño: descriptivo, retrospectivo, transversal; la población del estudio son niños de 1 mes a 12 años con primer evento de convulsión afebril y sin signos de focalización, quienes consultaron a la unidad de emergencia, durante periodo de enero de 2009 a diciembre de 2013, en donde se encontró un total de 27 pacientes que se tomaron en cuenta para el estudio. La tomografía cerebral computarizada es un procedimiento de neuroimágen usado en algunas ocasiones en los pacientes con primera crísis convulsiva, por tal motivo ya se crearon algunos protocolos y normas para su uso. Se plantea la siguiente pregunta de investigación: ¿Es necesario el uso de tomografía computarizada cerebral en el primer evento convulsivo generalizado en la edad pediátrica? Los resultados encontrados en éste estudio se correlaciona con los hallazgos reportados en la literatura internacional en los cuales las tomografías realizadas encontraron una incidencia del 10% de alteraciones anatómica.

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Las infecciones de vías urinarias es un problema frecuente en la edad pediátrica, con una prevalencia de 2 al 5%. El diagnóstico de certeza es importante para la administración del tratamiento adecuado, el cual debe de ser eficaz para evitar un alto riesgo de desarrollo de cicatrices renales en niños con pielonefritis, con posibilidad en el adulto de hipertensión arterial e insuficiencia renal crónica. El tratamiento etiológico precisa el empleo de antibióticos, inicialmente de forma empírica atendiendo la etiología más probable, el patrón de sensibilidad y resistencias antimicrobianas, con posibles variaciones locales. Objetivo: identificar el patrón de sensibilidad y resistencia antimicrobiana de las bacterias aisladas en los pacientes de 1 mes a 5 años de edad, con infección de vías urinarias atendidos en la unidad de emergencia del Hospital Nacional de Niños Benjamín Bloom, durante el período de Enero a Diciembre 2012. Metodología: se realizó un estudio descriptivo, de corte retrospectivo, con una población que incluyó los niños de 1 mes a 5 años, con diagnóstico de infección de vías urinarias, atendidos en la unidad de emergencia del Hospital Nacional de Niños Benjamín Bloom, durante el periodo comprendido de Enero a Diciembre 2012. Los datos fueron recolectados a partir de la revisión de expedientes clínicos. Se realizó el análisis de información y determinación de resultados por medio del programa Excel. Dicho trabajo fue sometido a una evaluación por el Comité de Ética en Investigación clínica, siendo aprobado y autorizando su realización. Resultados: el agente etiológico más frecuente fue E. coli, con un patrón de sensibilidad y resistencia antimicrobiano definido con una sensibilidad a amikacina, meropenem, ceftriaxona, nitrofurantoina y cefepime, y una resistencia a ampicilina, TMP SMX y la gentamicina. El tratamiento empírico recomendado en base al agente etiológico más frecuente aislado y su patrón de sensibilidad y resistencia antimicrobiano, es la CEFTRIAXONA.

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En muchos países se han hecho esfuerzos para estudiar la seguridad del paciente en el caso particular de El Salvador, no existe un antecedente de investigación sobre este tópico. El presente estudio pretende ser un precedente en ésta área de conocimiento en nuestro país. La investigación fue de tipo descriptivo, basada en una encuesta estructurada que mide la percepción del personal médico y de enfermería de la unidad de emergencia del Hospital de Niños Benjamín Bloom, en relación a los efectos adversos e incidentes más frecuentes ocurridos durante un año y los factores causales que los propician. Se exploraron los diferentes aspectos acerca de la seguridad del paciente, por medio de una investigación de tipo descriptivo de corte retrospectivo en la unidad de emergencia, la cual fue escogida como área de estudio dado que es uno de los lugares donde es más factible que ocurran incidentes y eventos adversos por: la dinámica de trabajo, la gran cantidad de pacientes que se atienden y por el estado de gravedad de los mismos. Se tomó como muestra a todo el personal médico y de enfermería de dicha unidad que dio su consentimiento para contestar las preguntas del instrumento de ésta investigación y cumplir con los criterios establecidos para la ejecución de la misma que corresponde al 90.7% del personal asistencial. Los datos de ésta investigación fueron recopilados del 3 de Noviembre de 2014 al 10 de Noviembre de 2014. Se puede destacar, que la mayoría de los factores que propician una cultura de seguridad sana se practican en la Unidad de Emergencia del Hospital Nacional de Niños Benjamín Bloom, el evento adverso e incidente que se da con mayor frecuencia es la indicación médica poco legible, el factor que más facilitó eventos adverso fue el no corregir las causas desencadenantes de los mismos, los factores que más facilitaron que sucedieran incidentes en la unidad de emergencia son el exceso de trabajo y el aumento en la demanda asistencial.

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El trauma abdominal es la tercera causa de muerte. Durante años se han utilizado muchos métodos diagnósticos para la evaluación del trauma abdominal: actualmente los utilizados son el lavado peritoneal diagnóstico, el cual es muy sensible pero invasivo y la ultrasonografía en formato enfocado FAST, una buena opción. Igualmente la tomografía computarizada ha mostrado buena sensibilidad diagnostica y ser no invasiva. Materiales y métodos: Se realizó un estudio descriptivo de seguimiento de una cohorte de pacientes que consultaron con trauma abdominal en la Unidad de Emergencia del HNR en el periodo de junio 2012 a mayo 2013, en quienes se utilizó métodos diagnósticos para dicho trauma abdominal. Se realizó también evaluación de pruebas diagnósticas. Resultados: Se encontró una muestra de 278 pacientes que cumplían criterios de inclusión. El lavado peritoneal fue el método más utilizado en nuestra serie en 147 pacientes (52.9%) seguido por el FAST 128 (46%). La modalidad de uso del lavado peritoneal fue de indicación en los pacientes con estado de choque y Glasgow más severo, y en traumas abiertos. La sensibilidad del lavado peritoneal fue de 100%, con especificidad del 87.5, y del FAST sensibilidad del 100% y especificidad del 91,80%. Conclusiones: El lavado peritoneal diagnóstico en nuestra serie fue el método más utilizado y en los pacientes con mayor grado de severidad de choque y Glasgow.

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El dengue es una infección viral autolimitada transmitida en humanos por mosquitos, siendo una enfermedad infecciosa sistémica y dinámica. Enfermedad compleja en sus manifestaciones donde la mayoría son asintomáticas o cursar de una manera leve a grave e incluso mortal. Siendo la miositis una forma de presentación no frecuente en la enfermedad que evoluciona con la elevación de la creatinfosfoquinasa. El involucramiento muscular tiene diferentes grados de intensidad según el tipo de fibra muscular y el grupo de músculos comprometidos. Sin embargo la miositis observada en el curso del dengue tiene una evolución benigna y no requiere tratamiento y tiene una corta duración. Objetivo: Describir la epidemiología de la miositis aguda benigna por dengue en pacientes de 5 a 18 años de edad evaluados en la Unidad de Emergencia del Hospital Nacional de Niños Benjamín Bloom en un período comprendido de Enero 2012 a Diciembre 2013. Método: Se llevó a cabo un estudio descriptivo, retrospectivo, observacional y transversal, de pacientes de 5 a 18 años de edad diagnosticados clínica y serológicamente con fiebre por dengue en la Unidad de Emergencia en el Hospital Nacional de Niños Benjamín Bloom en el periodo comprendido entre Enero del 2012 a Diciembre del 2013. Se realizó revisión de expedientes clínicos buscando las características epidemiológicas, clínicas, sociodemográficas de los pacientes y a quienes se les realizaron las mediciones de los niveles séricos de CPK en dos tomas con diferente intervalo. El total de pacientes a quienes se les realizó dicho seguimiento fueron un total de 200 pacientes, siendo la muestra a estudiar. Resultados: La elevación de los niveles séricos de Creatininfosfoquinasa por encima de su valor esperado se observa con mayor frecuencia después de 3 días del inicio de los síntomas de la enfermedad con un total de 60 pacientes (30.2%): cuyos rangos de elevación oscilaron entre 141 a 500 mg/dl. Sin embargo cabe mencionar una menor frecuencia de 40 pacientes (20.1%) que elevaron dicha enzima antes de las 72 horas manteniendo el mismo intervalo de elevación. Con una menor proporción se encuentra los pacientes que incrementaron dicha enzima entre 501 a 1000 mg/dl y mayor de 1000 mg/dl Si hacemos una comparación con los pacientes que no elevaron CPK en ninguna de las muestras realizadas podemos observar que a pesar de ser la mayoría con un valor porcentual entre el 64.8% - 77.9% , existe una proporción considerable de pacientes que si elevaron dicho valor serológico con un porcentaje entre el 22.1% - 35.2%, constituyendo un dato importante para el diagnostico de Miositis Aguda Benigna en los pacientes que dieron Ig M positivo para Fiebre por Dengue.

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La Constitución de la República de El Salvador, considera en el artículo uno, que es una obligación fundamental del Estado, velar por la salud de sus habitantes, ya que este es un derecho inalienable e innegable al ser humano. El Sistema Nacional de Salud en nuestro país ha tenido cambios en los últimos años, la población ahora debe pagar por los servicios médicos que recibe, lo cual, es inconstitucional ya que según la misma ley primaria del país debería ser gratuita. En los momentos actuales que vivimos, existe la necesidad de que se realicen cambios encaminados a mejorar el sector salud del país. A raíz de la emergencia ocurrida por el terremoto del 10 de octubre de 1986, con la cual sufrió la infraestructura de Salud de la Región Metropolitana, el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (que en adelante se conocerá por la sigla: MSPAS), emitió la Resolución No. 536 de fecha 13 de noviembre de 1986, donde creó la Comisión de Formulación de Proyectos con el fin de resolver la problemática de la reparación de la estructura dañada al más corto plazo posible, así como la construcción de Hospitales de Segundo Nivel, con lo cual se pretende dar una solución integral a la 2 prestación de servicios de salud de la referida región. En las propuestas estaba la construcción de un hospital ubicado en el Centro Urbano “José Simeón Cañas” antes finca Zacamil, entre las calles la Ermita y Castro Morán jurisdicción de Mejicanos, departamento de San Salvador, que atenderá las referencias de las unidades de salud de Zacamil, Ayutuxtepeque, Cuscatancingo, San Antonio Abad y San Miguelito, la cobertura de atención estaba estimada en ese momento en 300,000 habitantes del área de influencia de las zonas mencionadas.

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La República francesa se ofende por los burkas y de los niqab deambulando por las calles. Ve a sus principios rectores de Liberté, Égalité, Fraternité mofados, a su democracia desafiada, a su convivencia arriesgada. Por ello, el Gobierno francés ha impulsado desde hace un año una política pública que persigue la prohibición del velo integral -llámese burka o niqab- en el conjunto del espacio público. Años atrás, Francia, país que tanto aprecia los debates, se vio inmersa en la cuestión más general de la identidad nacional desde las reacciones de las banlieues en el 2005. Y por ello, Nicolas Sarkosy, en su programa electoral camino de las presidenciales en el 2007, ya incluía como una prioridad el tema de los valores y principios genuinamente franceses y europeos. Y en esta perspectiva, el Ministerio de Inmigración añadió sus calificativos de Integración e Identidad Nacional. El burka en el espacio público ha asaltado los medios de comunicación y la sociedad en su conjunto, especialmente desde hace dos o tres años. Es un problema sin precedentes en las democracias asentadas -aunque podríamos recordar el motín de Esquilache en 1766 bajo el reinado de Carlos III- sin una Jurisprudencia asentada al respecto, ni un marco normativo que lo prevea directamente. Y por ello, la élite política se divide estos días entre los prudentes y los atrevidos, los que se conforman con una prohibición parcial y los que persiguen una prohibición absoluta. Se trata de una política pública atípica, pues los bienes afectados son en realidad valores, principios y conceptos abstractos. Es la República francesa y la cohesión social los que se ven desafiados. Veremos en un primer momento, la etapa de identificación como problema público y su inclusión en la agenda política, por ende desde un punto de vista técnico, analizaremos brevemente esta política pública Top down limitada, y en el último apartado compararemos los argumentos de las dos alternativas que dispone actualmente el Parlamento para aprobar o no una ley al respecto. Por su parte, la Comisión Parlamentaria alegará principios de índole más filosófica que pragmática, mientras que el Consejo de Estado se centrará exclusivamente en los términos jurídicos y en la Jurisprudencia reduciendo en gran medida el impulso inicial del Gobierno. Quedará por ver estos días de debate en l’Assemblée Nationale1 si la prohibición será total o parcial.

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En el presente informe se realiza un análisis crítico del sistema español de financiación territorial y se avanzan una serie de recomendaciones para su reforma. La principal conclusión del trabajo es que el modelo actual no se adecua satisfactoriamente a los principios de igualdad, autonomía, responsabilidad y transparencia que deberían orientar su diseño y puede dificultar el cumplimiento de los objetivos básicos de la política macroeconómica. La solución de estos problemas exigiría una reforma en profundidad del sistema actual en la línea que se esboza en la parte final del documento. En el análisis se distingue entre el subsistema de régimen común en el que se integran la mayoría de las comunidades autónomas y el subsistema foral que se aplica en el País Vasco y Navarra. El sistema de régimen común ha sido objeto recientemente de una reforma que ha introducido novedades importantes en su estructura y filosofía. En el lado positivo, la nueva ley se ha traducido en una distribución más equitativa de los recursos asignados a las regiones, reduciendo de forma apreciable la dispersión de la financiación por unidad de necesidad en relación con el sistema anterior. Otra mejora significativa ha sido la creación del Fondo de Garantía, un instrumento que, por primera vez en la historia del sistema, permite ir adaptando la financiación a las cambiantes circunstancias regionales, ofreciendo así a las comunidades autónomas un seguro parcial contra los riesgos ligados a la evolución de sus ingresos y sus necesidades de gasto. A pesar de que éstas son mejoras importantes, el balance global de la reforma no es positivo. El nuevo acuerdo no resuelve satisfactoriamente los problemas que obligaron a la reforma de su antecesor, es bastante más complejo y opaco que éste, introduce un mecanismo de nivelación parcial de dudoso encaje constitucional, opta por un reparto inicial incierto que podría ser difícilmente aceptable ex-post para algunas regiones, y no ha abordado otros problemas estructurales del sistema, incluyendo su excesiva sensibilidad al ciclo económico. El sistema foral tampoco está libre de problemas. Tal como se ha implementado en la práctica, el modelo vasco-navarro de concierto o convenio supone una violación flagrante de la prohibición constitucional de que los regímenes autonómicos comporten privilegios económicos o sociales y constituye una fuente permanente de inestabilidad para el sistema de régimen común al ser percibido como un agravio comparativo en las regiones no forales de mayor renta, y en particular, en Cataluña. Según mis cálculos, la financiación por habitante del País Vasco es superior en un 60% a la media de las regiones de régimen común a igualdad de competencias y la situación no es muy distinta en Navarra. El origen de esta anomalía está en las leyes quinquenales del Cupo, donde los principios y procedimientos de valoración establecidos en la ley del Concierto se concretan de una forma muy discutible. Los problemas fundamentales que se detectan son dos. Primero, la valoración de las competencias estatales no asumidas por el País Vasco que se recoge en los anexos de las leyes quinquenales está fuertemente sesgada a la baja. Y segundo, el ajuste por IVA se realiza utilizando valores desfasados de los coeficientes que recogen el peso del País Vasco en el consumo nacional y en la base del impuesto. El efecto conjunto de ambos factores ha sido el de rebajar la contribución vasca a los gastos del Estado en 2.800 millones de euros en 2002 y en casi 4.500 millones en 2007, lo que supone respectivamente un 6,21% y un 6,89% del PIB del País Vasco. Dado todo esto, resulta difícil evitar la conclusión de que el diseño del sistema de financiación regional sigue siendo un problema abierto que no tardará mucho en volver a ocupar un lugar preferente en la agenda política nacional. Es de esperar que la próxima reforma del modelo sea algo más meditada que la aprobada el pasado diciembre y sirva realmente para dotar de un diseño razonable a uno de los elementos más críticos de nuestra arquitectura legal. Para alcanzar este objetivo, será necesario realizar una serie de reformas que pueden agruparse en tres grandes líneas de actuación: garantizar el cumplimiento efectivo del principio de igualdad, reforzar la responsabilidad fiscal de los gobiernos regionales y asegurar que el sistema contribuye a alcanzar los objetivos fundamentales de la política macroeconómica, o al menos que no dificulta su cumplimiento. Entre las medidas recomendadas cabría destacar las siguientes: - Corregir gradualmente el fuerte sesgo a la baja que existe actualmente en el cálculo de la aportación de los territorios forales a la hacienda central. Para ello no hace falta modificar las leyes del Concierto vasco y el Convenio navarro. Bastaría con que en las correspondientes leyes quinquenales se realizase una valoración razonable de las competencias que permanecen en manos del Estado, entre las que habría de incluirse la nivelación interregional, y se actualizasen los coeficientes que se utilizan para calcular el ajuste por IVA. - Recuperar la garantía de igualdad de acceso de todos los ciudadanos al conjunto de los servicios públicos como principio básico orientador del diseño del sistema de financiación y asegurar su aplicación efectiva en la práctica. Con este fin, sería aconsejable eliminar el Fondo de Suficiencia (excepto como vehículo para la financiación de las competencias singulares) y los Fondos de Convergencia para repartir el conjunto de los recursos del sistema de acuerdo con la fórmula de necesidades de gasto que actualmente se aplica sólo a la dotación del Fondo de Garantía. Con el fin de evitar la necesidad de fuertes recortes en la financiación de algunas comunidades, convendría hacer una transición suave desde la asignación actual hasta la derivada de la fórmula. - Introducir ciertos retoques en la actual fórmula de necesidades de gasto, incluyendo la recuperación de una partida que permita sufragar los costes fijos ligados a las instituciones de autogobierno y a ciertos servicios autonómicos así como la introducción de una corrección por diferencias en niveles de precios entre regiones. - Desdoblar el IRPF, el IVA y los Impuestos Especiales en un tramo estatal y otro autonómico claramente diferenciados, abandonando los actuales porcentajes de cesión. Los dos tramos serían regulados de forma independiente, aunque manteniendo en manos del Estado la determinación de la base imponible y la gestión del impuesto. - Dotar a las comunidades autónomas de competencias normativas sobre un tramo de los principales tributos indirectos y sobre los elementos de copago en sanidad, educación y otros servicios. Dada la oposición de la Comisión Europea a cualquier cambio normativo que pueda abrir la puerta a la existencia de tipos impositivos diferenciados regionalmente, el poder de decisión sobre el tramo autonómico del IVA y los Impuestos Especiales deberá ejercerse de forma colegiada por el conjunto de las comunidades autónomas, que habrán de fijar tipos uniformes en todo el territorio nacional. - Establecer un Fondo de Estabilización Presupuestaria, que se nutriría con el 'exceso' de recudación tributaria que se genera en la parte alta del ciclo económico y serviría para complementar los ingresos autonómicos en la parte baja del mismo. - Reformar la legislación sobre estabilidad presupuestaria para fijar a las comunidades autónomas un objetivo de equilibrio presupuestario año a año similar al que ya tienen las corporaciones locales y para concretar las medidas extraordinarias que el Estado podrá imponer a las administraciones territoriales en situaciones de 'emergencia presupuestaria'.

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Establecer las normas y procedimientos administrativos para una adecuada y oportuna tramitación y autorización de los viajes; así como, la asignación de pasajes y viáticos y su respectiva rendición de cuentas por concepto de comisión de servicios, dentro y fuera del territorio nacional.

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[cat] Aquest article intenta reconstruir la història de quatre pintures de l'artista napolità Andrea Vaccaro, actualment al Museu Nacional d'Art de Catalunya, i originàriament part d'una sèrie de 12 peces dedicada a les històries bíbliques de Tobies, propietat del virrei de Nàpols Pedro Antonio de Aragón. L'anàlisi de les obres i del context de la seva comissió a la llum d'estudis recents permet corregir-ne la datació i comprendre la importància de les quatre peces de Vaccaro del MNAC, en el marc de la circulació d'obres d'art entre el Regne de Nàpols i la península Ibèrica al llarg del segle XVII.

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A la mayoría de abogados nunca se les enseña en la universidad conceptos tales como planeación estratégica, identidad corporativa, posicionamiento en el mercado, atención al cliente o marketing jurídico. De igual forma, los abogados no están entrenados en habilidades fundamentales como la redacción de documentos legales o las técnicas para la presentación oral de los argumentos. Incluso, a veces, en el ejercicio profesional, se encuentran abogados experimentados que desconocen sus obligaciones ante el fisco, el cliente, la administración de justicia y los colegas, lo que los hace incurrir en responsabilidad tributaria, disciplinaria, civil y hasta penal. En este texto el lector encontrará respuestas claras y concisas a interrogantes como los siguientes: ¿puede un abogado ser obligado a responder disciplinaria y civilmente por no manejar al lex artis, es decir, por no conocer la legislación vigente y la jurisprudencia consolidada que habría beneficiado a su cliente en un caso concreto?, ¿Tienen los abogados obligaciones de resultado?, ¿pueden los abogados revelar en su publicidad los nombres de sus clientes o identificar las sumas de dinero que han obtenido en varios procesos?, ¿puede un abogado revelar información cobijada por el secreto profesional para evitar la comisión de un delito? Y ¿cómo diseñar un plan de marketing jurídico a la medida? Esas y muchas otras cuestiones prácticas son desarrolladas por la autora a la luz de la legislación colombiana y el derecho comparado. Por esta razón es posible afirmar que se trata de un libro de referencia tanto para los estudiantes de derecho, como para los profesionales ya graduados, sin importar su especialidad, que quieran estar actualizados en temas de responsabilidad profesional y administración de firmas de abogados.

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Este libro busca analizar, de una manera novedosa, las luchas jurídicas de los Pueblos Indígenas desde las trayectorias sociales de sus protagonistas, utilizando el método etnográfico aplicado a la disciplina de las Relaciones Internacionales, dando cuenta, sin embargo, de procesos estructurales. De esta manera, aporta elementos teóricos y metodológicos para el estudio de la dimensión “transnacional” de las problemáticas globales, desde un tema aparentemente encasillado en perspectivas nacionales o locales. Su público principal son los organismos internacionales, las organizaciones sociales y la comunidad académica nacional e internacional de internacionalistas, antropólogos sociales, politólogos, sociólogos y juristas, y en general estudiosos del tema de los derechos humanos, los Pueblos Indígenas y la globalización jurídica.