1000 resultados para Derecho fundamental a un medio ambiente ecológicamente equilibrado
Resumo:
Monogr??fico con el t??tulo: "La participaci??n de las familias en la escuela"
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La participación pública constituye un pilar fundamental de nuestra sociedad y se integra dentro de las fases de elaboración de planes de ordenación del territorio y en la planificación hidrológica. Las Administraciones Públicas tienen el reto de aprovechar las nuevas posibilidades de comunicación para mejorar su gestión y hacer efectivo el derecho de la ciudadanía al acceso a la información y la toma de decisiones, por ejemplo, en materia de medio ambiente como recoge la Ley 27/2006 entre otras normativas. Para que esta participación sea satisfactoria, se requiere de la implantación de mecanismos de creación colaborativa y transmisión de conocimiento relativo al territorio. Es aquí donde las dinámicas de las comunidades de software libre (FLOSS) y contenidos abiertos han demostrado ser tremendamente efectivas y parecen de gran interés para los gobiernos como complemento a los servicios de las IDE. La Xunta de Galicia es consciente del gran potencial de la ciudadanía para aportar datos que mejoren los planes y actuaciones sobre el territorio. Por ello, dentro de los planes de creación del SIG Corporativo de Galicia se contemplan componentes geomáticos libres que mejoren los procesos de participación. En este artículo se presentará la plataforma con soporte espacial del “Proxecto Ríos” creada en 2011 desde la Xunta que facilita la coordinación de más de 200 grupos de voluntarios que recogen datos de los ríos gallegos de forma colaborativa. Esta herramienta hace uso de proyectos como OpenLayers, GeoExt y PostGIS. Siguiendo las líneas de acción FLOSS definidas por la Secretaría General de Modernización e Innovación Tecnológica de la Xunta de Galicia se tiene previsto liberar estos desarrollos para su uso en el resto de la Red de Proyectos Ríos de la península y contribuir a la forja de software libre del gobierno gallego
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El derecho al desarrollo es un derecho de muy reciente aparición. Junto con el derecho a la paz, al medio ambiente, a disfrutar del patrimonio común de la humanidad o a la asistencia humanitaria, el derecho al desarrollo cierra, por el momento, el proceso de evolución de los derechos humanos iniciado con la Revolución Francesa.
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La realización de proyectos de protección ambiental y de control de contaminación en Venezuela ha estado inscrita en un marco legal sujeto a cambios importantes, y ya se ha anunciado que vienen otros. Si bien es cierto que este fenómeno no es exclusivo del caso venezolano, no es menos cierto que, en el caso de este país, esta situación ha tenido gran incidencia en la manera de abordar dichos proyectos. La preocupación internacional, por el impacto ambiental causado por la aceleración de las actividades de industrialización en el mundo a partir de la segunda guerra mundial, tiene menos de treinta y cinco años. La Primera Conferencia sobre Ambiente y Desarrollo, convocada por la Organización de las Naciones Unidas, tiene lugar en Estocolmo, Suecia, en 1972. El Primer Congreso Internacional de Ecología se celebra en La Haya, Holanda, en 1974. Los resultados de esta actividad, en el caso de Venezuela, comienzan a sentirse en 1976, cuando se promulga la Ley Orgánica del Ambiente, y en 1977, cuando se crea el Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales Renovables, MARNR. Sin embargo, las primeras regulaciones que requieren inversiones en adecuación, y que establecen plazos de cumplimiento, aparecen hacia 1985, acompañadas de decretos con incentivos positivos, de naturaleza financiera y fiscal.
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El 26 de julio de 1996, el Estado Ecuatoriano concesionó a favor de la Compañía General de Combustibles (CGC) el denominado bloque petrolero 23 que comprende una extensión de 200.000 hectáreas en la amazonía ecuatoriana, un 65% de las cuales afectan al territorio de Sarayaku. Actualmente la petrolera estadounidense Burlington Resources es propietaria del 50% de los derechos en el Bloque 23. Esta concesión fue efectuada sin que se haya realizado ningún proceso jurídico de información, consulta o pedido de consentimiento al Pueblo de Sarayaku para la realización de actividades petroleras en el territorio de su propiedad, pese a que dicho proceso constituye un estándar obligatorio que debe cumplir de acuerdo a la legislación ambiental nacional y al Derecho Internacional de los Derechos Humanos.
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El estudio tiene como propósitos relacionar la participación ciudadana como marco general y la consulta previa como uno de sus manifestaciones puntuales que ponen en ejercicio el derecho de participación, el de la información disponible, permite la exigibilidad de los derechos ambientales por parte de la ciudadanía, veedora del cuidado del ambiente, patrimonio e interés público; estudiar algunos elementos para la comprensión del alcance de la normativa legal, constitucional y la contenida en instrumentos internacionales, que resaltan el rol de la participación directa del pueblo en el proceso de adopción de decisiones públicas que afecten al entorno y cuyo fin es el respeto al derecho colectivo a vivir en un ambiente ecológico y equilibrado; adicionalmente contribuir u orientar una adecuada normativa que recoja los criterios y mecanismos de la participación ciudadana y consulta previa a ser adoptados por las autoridades que integran el Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental, coordinados por el Ministerio del Ambiente, a fin dar cuenta con el mandato constitucional referido a la consulta en materia ambiental, y salvaguardar la seguridad jurídica y la gobernabilidad de la gestión publica en este campo. En este sentido mi reflexión aborda en el primer capitulo temas sobre el medio ambiente, los factores causantes del deterioro ambiental, y el cuidado del medio ambiente como una obligación de todos y todas. En el segundo capitulo enfoca el significado de la democracia, la participación ciudadana como ejercicio democrático, el ejercicio de este derecho contenido en instrumentos internacionales, y el alcance de la participación ciudadana y la consulta previa en la Constitución y más normativa interna. En el tercer capitulo aborda el carácter de la consulta previa, analizaré cual es su propósito, quienes deben ser consultados, cuando procede la consulta previa, su procedimiento, la construcción de la decisión y su obligatoriedad y la vigilancia ciudadana. El análisis de este trabajo ha sido realizado desde una visión sociológico-jurídica, que equivale a que la interpretación y aplicación de la norma no puede realizarse por la simple vía del mero razonamiento deductivo, sino que es preciso una comprensión apropiada de las distintas realidades y necesidades sociales, que respondan a contextos económicos, políticos, culturales, costumbres y convicciones e inspirada en principios como la justicia, la equidad y el bienestar colectivo y social.
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La Iniciativa IIRSA, que consiste en el impulso de la integración regional sudamericana a través de obras de infraestructura para el comercio, amenaza seriamente los derechos de las poblaciones y los sistemas ecológicos del continente. Tanto el ambiente como las personas están en riesgo por proyectos de gran envergadura con inadecuada planificación, que abarcan represas hidroeléctricas, carreteras, oleoductos, gasoductos, hidrovías, etc. En Ecuador, el eje multimodal Manta-Manaos es el proyecto de IIRSA que más ha motivado la alerta en la sociedad civil y las organizaciones indígenas, ya que buscaría convertir al río Napo en una hidrovía para el transporte de mercaderías en grandes cantidades, poniendo en peligro uno de los puntos de mayor diversidad biológica del planeta por su especial ubicación, así como los derechos de las personas pertenecientes a las comunidades indígenas y campesinas de la zona. En este marco, es de suma importancia el respeto y garantía de los derechos colectivos de los pueblos indígenas y tribales, quienes han conservado su modo de vida tradicional a lo largo de los años. Dada la particular relación con sus territorios, son ellos quienes deben decidir, por medio de adecuados procesos de consulta previa y consentimiento libre e informado, sobre la posibilidad de ejecutar proyectos de “desarrollo” o “integración regional” en sus territorios ancestrales. Los objetivos específicos de este trabajo son dar a conocer la existencia de la Iniciativa IIRSA y su cartera de proyectos en el Ecuador, definir los estándares ambientales y de derechos humanos que debe cumplir un proyecto de infraestructura y analizar el proyecto Manta-Manaos desde un enfoque jurídico, tomando como eje su adecuación a los estándares nacionales e internacionales de derechos humanos. En este sentido, resultan fundamentales los avances jurídicos recogidos en la normativa internacional, principalmente en el Convenio No. 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes, así como la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, que constituyen instrumentos jurídicos clave para la exigibilidad de estos derechos. Del mismo modo, el establecimiento de garantías ya no sólo jurisdiccionales, sino también políticas y normativas en la nueva Constitución, son avances que debemos aprender a utilizar para la protección de los derechos y el ambiente. En esta investigación, en primer lugar se hace una aproximación descriptiva a IIRSA, a continuación se describe la cartera de proyectos de la iniciativa en el Ecuador, tanto del Eje Andino como del Eje Amazónico, pasando directamente al análisis del proyecto del eje multimodal Manta-Manaos y los estándares internacionales ambientales y de derechos humanos aplicables en el diseño, ejecución y funcionamiento de proyectos de infraestructura. En esta sección se tratan los estándares internacionales en materia de participación social, consulta previa, consentimiento libre e informado en relación a derechos colectivos de los pueblos indígenas, acceso a la información pública, beneficios compartidos y la obligación de realizar estudios de impacto ambiental, así como del derecho al desarrollo como un derecho síntesis, que pretende un reforzamiento y profundización de la indivisibilidad e interdependencia de todos los derechos humanos. Finalmente, esbozamos algunas conclusiones y recomendaciones.
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El desarrollo de la presente tesis es hacer un estudio comparativo de la implementación de los tributos Medioambientales en nuestro país, a partir de la experiencia de la Comunidad Europea quienes desarrollaron y siguen desarrollando la protección y conservación del Medio Ambiente a través de la imposición tributaria. En ese sentido partimos definiendo y precisando el término Medio Ambiente y ecología a fin de delimitar el tema de estudio, ya que el objetivo de la tesis es identificar las formas o mecanismos de protección del Medio Ambiente, enfatizando en la imposición Medioambiental que pueden ser a través de los impuestos, tasas o contribuciones; además de la consideración por nuestra Constitución del medio ambiente como un derecho humano fundamental de los seres humanos. Durante el desarrollo de la tesis, exponemos los instrumentos nacionales e internacionales, cuya finalidad busca garantizar la protección y conservación del Medio Ambiente, bajo el principio “quien contamina paga”, que no es otra cosa que la el criterio objetivo en la que el sujeto que deteriora o contamina el Medio Ambiente debe ser el responsable de reparar el daño causado. Finalmente analizamos la viabilidad de la protección del Medio Ambiente en los países andinos y en nuestro texto constitucional.
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Este escrito, pretende poner en evidencia la falta de límites jurídicos a la actual política económica extractiva en los países de la comunidad andina (CAN), actividad impulsada por los actuales gobiernos, quienes sin duda dan mayor importancia al modelo de desarrollo capitalista que a su propia riqueza ambiental, cultural y social; factores gravemente amenazados por el neoextractivismo que recientemente ha generado diferentes tensiones y disputas a nivel jurídico-ambiental; por tanto, esta investigación invita a reflexionar sobre este tipo de problemáticas y sobre la necesidad de cambiar la perspectiva materialista y consumista que envuelve actualmente a nuestra sociedad. En este sentido, se abordará la evolución histórica del Derecho Internacional Ambiental, con el fin contextualizar estos principios en los ordenamientos jurídicos de Perú, Ecuador, Colombia y Bolivia y así dilucidar los problemas que existen en estos países frente a la falta de protección de sus recursos naturales, provocados por la escasez de garantías legales y la permisividad que existe por parte de los gobiernos en lo que a minería y problemas ambientales respecta. Se describe además de forma genral las diferentes dificultades legales que el extractivismo ha generado en cada país analizado, pues cada uno cuenta con particularidades ambientales y normativas que hace difícil abordar a profundidad cada problemáticas en esta investigación, sin embargo se plantean diferentes estrategias que los estados deberían conocer y aplicar para reducir el impacto socio-ambiental que está generando la actual política económica. Cabe resaltar que en esta tesis no se abordarán perspectivas políticas ni sociológicas, pues se limita a realizar un análisis jurídico de los posibles problemas que tendría la legislación actual frente al neoextractivismo (minería a gran escala), que afecta los diferentes territorios biodiversos que se encuentran en inminente peligro por los proyectos económicos que estos gobiernos desean implementar.
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La presente pesquisa contempla reflexiones referentes de la actividad turística en la organización socio-espacial en el litoral de las comarcas de Extremoz y Ceará-Mirim, región de la Grande Natal. Nuestro objetivo principal es el estudio de las transformaciones del espacio y de sus implicaciones socio-ambientales en curso en el proceso de producción del espacio turístico en el litoral de las referidas comarcas desde 1997 hasta 2007, momento de importancia publica-privada que, a partir del PRODETUR, tuvo la base para el incremento de las potencialidades turísticas. En este sentido, varias fueron las técnicas para una mejor compresión de las aspiraciones y de la percepción de los actores envueltos con la actividad turística (comerciantes, turistas, populación y poder publico local) para conocer cuales son sus consideraciones en cuanto a los cambios que proceden de la implantación de la actividad turística en el lugar, cuanto a la mejora de la calidad de vida, de la generación de empleo y de renta, comercialización, conservación, preservación del ambiente, cumplimiento de la legislación, afirmación cultural así como las acciones puestas en ejecución en las comarcas. Para tal necesidad, se buscó analizar los datos estadísticos a partir del uso de los cuestionarios con preguntas estructuradas y semi-abiertas como instrumento de colecta de información que les era correlacionada con la opinión de los actores locales de modo que podamos formar y entender los elementos básicos que son parte de los espacios turísticos en foco. Fueran utilizadas fotografías aéreas de las comarcas de Extremoz y Ceará-Mirim, provistas por el IDEMA, con la intención de percibir acerca de los cambios del espacio y las implicaciones socio-ambientales de la área en estudio. Concluimos en función de los resultados que el modelo de Turismo concebido por lo Brasil, estimulado y financiado por lo Gobierno Federal, está insertado en el contexto de la economía global y, por lo tanto, el Estado del Rio Grande del Norte, en específico los espacios litoraneos de las comarcas de Extremoz y Ceará-Mirim, que poseen características similares a este modelo, con sus particularidades, que si traduzca por la exclusión social, formas de apropiación privada de los espacios público y áreas de protección ambiental como las playas, las dunas y las lagunas, el desacato o no el cumplimiento de la legislación ambiental, aumento de las desigualdad de renta en una región que posee una problemática social grave y sin inversión, implantación de la infraestructura, ausencia de política pública local, donde los intereses económicos son prioridad delante de las aclamaciones populares. Se sugiere un repensar cuanto al modelo actual de desarrollo adoptado, que el planeamiento sea pautado en base a la participación integrada de los varios agentes implicados con la actividad turística, incluyendo en la medida del posible, las aspiraciones de la población local como precusoras de sus reales necesidades, donde esta acción interactiva contestará ciertamente en un esfuerzo significativo en la construcción de un nuevo paradigma, modelo del desarrollo sustentable, siendo posible superar gradualmente el incremento de la pobreza, de la exclusión y de los impactos ambientales, donde la calidad de vida sea factor fundamental
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Prólogo de Alicia Bárcena
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