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Resumo:
La Constitución Política del Ecuador, al igual que instrumentos internacionales sobre derechos de los indígenas, ha reconocido la potestad de las autoridades indígenas para ejercer jurisdicción en sus conflictos y que puedan resolverlos de conformidad con sus propias normas. Lamentablemente estos principios constitucionales no han sido desarrollados por una ley y tampoco han merecido un trato serio, salvo contadas excepciones, por parte de la Función Judicial y el Ministerio Público. En este ensayo se reflexiona sobre las tensiones entre la jurisdicción indígena y los derechos humanos, entre la jurisdicción indígena y ordinaria, se establecen algunos parámetros para determinar la validez del sistema ancestral de solución de conflictos y las obligaciones que tienen los operadores de justicia frente al derecho consuetudinario indígena. Finalmente, se insiste en la necesidad de reconocer, con todas sus implicancias, el pluralismo jurídico.
Resumo:
Presenta las reseñas de los siguientes libros: BAUD, MICHIEL, ET AL., ETNICIDAD COMO ESTRATEGIA EN AMÉRICA LATINA y EL CARIBE, ABYA-YALA, QUITO, 1996,215 PP. -- GARCÍA JORDÁN, PILAR (COORD.), LA CONSTRUCCIÓN DE lA AMAZONÍA ANDINA (SIGLOS XIX-XX). PROCESOS DE OCUPACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DE LA AMAZONÍA PERUANA Y ECUATORIANA ENTRE 1820 y 1960, ABYA-YALA, QUITO, 1995,365 PP. -- IBARRA, HERNÁN, LA OTRA CULTURA, IMAGINARIOS, MESTIZAJE Y MODERNIZACIÓN, MARKA/ABYA-YALA, QUITO, 1998, 144 PP. -- JIMÉNEZ DE VEGA, MERCEDES, LA MUJER EN LA HISTORIA DEL ECUADOR. LAS MUJERES TAMBIÉN HACEN HISTORIA, COMITÉ ECUATORIANO DE COOPERACIÓN CON LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE MUJERES, QUITO, 1998, 248 PP. -- VERA, PEDRO JORGE, GRACIAS A LA VIDA, AUTOBIOGRAFÍA, 2A. ED., COLECCIÓN TESTIMONIOS, VOL. 8, CORPORACIÓN EDITORA NACIONAL, QUITO, 1998, 354 PP.
Resumo:
Este artículo describe los elementos centrales que conforman dos formas de Estado: el Estado liberal de Derecho y el Estado Social de Derecho. Respecto de este último desarrolla con mayor profundidad dos de sus elementos constitutivos: el valor de la igualdad sustancial o real y el reconocimiento y garantía de los derechos económicos, sociales y culturales. Plantea algunas reflexiones en la coyuntura actual del Ecuador respecto de la constituyente y las ventajas y desventajas del denominado constitucionalismo aspiracional. Finalmente propone la incorporación constitucional de tres aspectos que pueden apuntalar a nivel normativo la igualdad real y los DESC con el fin de consolidar el Estado Social de Derecho y los derechos humanos como razón de ser del Estado y factor de legitimación del mismo. No deja de advertir que la Constitución es una herramienta que puede o no servir para transformaciones sociales y que el reto fundamental de encarnarla en la cotidianidad pasa por un esfuerzo sostenido y complejo.