1000 resultados para Comercialización de los servícios de salud
Resumo:
La Corte Suprema de la Nación de Argentina dictó en el día de la fecha (13.03.12) una sentencia en un caso de aborto no punible por violación. El fallo deja en claro que la interpretación adecuada es aquella que sostiene que toda mujer que tiene un embarazo impuesto por una violación, y no solamente aquella mujer con discapacidad mental, puede solicitar la interrupción del embarazo en un servicio de salud, sin necesidad de autorización judicial.
Resumo:
Desde la Alianza de abogadas/os por los Derechos Humanos de las Mujeres reconocemos el histórico fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que confirmó la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Chubut que hizo lugar al pedido de aborto legal de una adolescente de quince años con un embarazo impuesto por una violación. Con esta sentencia la Corte termina por clarificar el alcance del artículo 86 del Código Penal, esto es, los casos actualmente permitidos por nuestra legislación penal. Asimismo establece pautas para la atención de las mujeres en situación de aborto no punible en los servicios de salud, y reclama que las autoridades nacionales y provinciales asuman sus responsabilidades para terminar con las barreras de acceso al aborto legal.
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Este artículo pretende describir la magnitud de la atención médica en casos de embarazo de un feto con anencefalia, a través de una investigación empírica con los médicos. La anencefalia es una malformación incompatible con la supervivencia del feto después del nacimiento. El derecho a abortar en este caso se encuentra en litigio en la Corte Suprema. Se realizó una investigación de la encuesta entre 1.814 médicos afiliados a la Federación Brasileña de Ginecología y Obstetricia (FEBRASGO), que corresponde al 12% del total de la entidad médica. Los resultados indican que en un grupo de 9.730 mujeres atendidas por los médicos en los últimos veinte años, el 85% prefiere interrumpir la gestación en estos casos. Estos datos muestran qué tan común es la experiencia de ayudar a las mujeres embarazadas con un feto anencefálico en los servicios de salud, así como el desafío ético impuesto por la ilegalidad del procedimiento médico de interrupción de la gestación en estos casos en Brasil.
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A fin de ampliar el acceso a la atención segura del aborto mundialmente, debemos nutrir un modo de pensar de advocacy entre una variedad de partes interesadas. Los prestadores de servicios de salud tienen fortalezas específicas, estatus y acceso para lograr cambios amplios y de larga duración en los sistemas de salud. Asimismo, se encuentran en una posición única para influenciar a sus pares, el público, los medios de comunicación y los formuladores de políticas en lo que respecta a los servicios de salud y la prestación de servicios de atención segura del aborto para las mujeres
Resumo:
La capacitación del personal hospitalario para mejorar la atención médica de urgencia para mujeres con complicaciones por abortos espontáneos o inducidos mejora la atención que reciben las pacientes, reduce la estancia hospitalaria y los costos, y aumenta el uso de anticonceptivos. La anestesia local es esencial para el control del dolor. Los médicos capacitados en atención postaborto han adiestrado a otros equipos médicos de Burkina Faso, así como de Senegal, Guinea y Haití. Los funcionarios de salud de otros países de África Occidental han manifestado interés en este tipo de capacitación
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Este manual sirve de guía para el participante y forma parte de un currículo destinado a preparar a los trabajadores de salud para la prestación de servicios de APA de alta calidad. El manual abarca todos los aspectos de la APA, incluidos los principios rectores de la atención centrada en la mujer, la consejería y los servicios de anticoncepción, y la práctica del procedimiento de evacuación endouterina con el aspirador Ipas AMEU Plus y las cánulas Ipas EasyGrip®.
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Trabajo seleccionado en el marco del Primer Congreso Jurídico Latinoamericano sobre Derechos Reproductivos
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El informe se realizó en seguimiento de la audiencia temática regional en la que ADC, GIRE y otras 12 organizaciones de la sociedad civil de distintos países de Latinoamérica y el Caribe participaron, ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en Washington D.C., Estados Unidos, el 28 de marzo de 2011. Durante esta audiencia se presentó un diagnóstico sobre los obstáculos que enfrentan las mujeres en el efectivo ejercicio del derecho a la salud reproductiva
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Asumen (Alianza Argentina para la Salud de la Madre, el Recién Nacido y el Niño) insta al Ministerio de Salud de la Nación y a los Ministerios de Salud Provinciales a que desplieguen todas sus capacidades y recursos necesarios para la inmediata extensión a escala nacional de la implementación del Plan Operativo para la Reducción de la Mortalidad Materno infantil, de la Mujer y de las Adolescentes (resolución 1087/10), prorrogado hasta el año 2015 mediante la Resolución 934/2012 de la cartera de Salud
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El aborto está penalizado en nuestro país, con excepción del que se practica por razones terapéuticas. Sin embargo, la desproporción entre el número de abortos que se producen –el último estudio estimado de Delicia Ferrando habla de 410,000 al año1[2]-, aquellos que son denunciados y, los que terminan en procesos judiciales, revela que si bien la práctica del aborto es ilegal, la sociedad, con su silencio, parece ampararla y de esa manera, tolerar la muerte de miles de mujeres por esa causa. Desde el Derecho Penal y los estudios de criminología se puede afirmar que las leyes penalizadoras no han cumplido con su finalidad de prevención específica ni general2, es decir, la amenaza de una posible sanción no ha logrado inhibir la práctica del aborto, sino más bien, se ha convertido en una forma de ejercer violencia contra las mujeres en múltiples planos. Ello se manifiesta en el incremento de las muertes maternas y en los altos costos que la atención de abortos incompletos y de los problemas derivados de su práctica clandestina representan para los servicios de salud. En este sentido, es válido y pertinente considerar al aborto como un problema de salud pública.
Resumo:
Desde sus inicios, el Centro de Promoción y Defensa de los Derechos Sexuales y Reproductivos (PROMSEX) viene abogando por la implementación de una guía práctica clínica o protocolo para la atención de mujeres que necesitan y solicitan un aborto terapéutico, el único legal en el Perú. Para el Centro, es trascendental que las mujeres cuyos embarazos constituyen un riesgo para su vida o salud accedan al servicio de aborto terapéutico para evitar el efecto adverso en el caso de acudir a servicios de aborto clandestino e inseguro en perjuicio de sus vidas. Siendo las mujeres de escasos recursos económicos las que en su mayoría concurren a los centros de salud del Estado, este ente se encuentra obligado a regular su acceso para así garantizar derechos de una parte de la población que históricamente es excluida.
Resumo:
Presentación en la Segunda Conferencia Subregional del Cono Sur del Consorcio Latinoamericano contra el Aborto Inseguro (CLACAI. Buenos Aires, 4 y 5 de noviembre de 2013.
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Presentación en la Segunda Conferencia Subregional del Cono Sur del Consorcio Latinoamericano contra el Aborto Inseguro (CLACAI. Buenos Aires, 4 y 5 de noviembre de 2013.
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Presentación en la Segunda Conferencia Subregional del Cono Sur del Consorcio Latinoamericano contra el Aborto Inseguro (CLACAI. Buenos Aires, 4 y 5 de noviembre de 2013.
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Presentación en la Segunda Conferencia Subregional del Cono Sur del Consorcio Latinoamericano contra el Aborto Inseguro (CLACAI. Buenos Aires, 4 y 5 de noviembre de 2013.