1000 resultados para SISTEMA DE INVENTARIO DE PATRIMONIO


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Contiene los antecedentes y resumen de los debates de la reunión que tuvo por objetivo presentar los resultados obtenidos en la elaboración de un inventario y una cuenta del patrimonio natural para el corredor biológico de Chichinautzin, y contribuir por medio de estudios presentados, a la preservación de un cinturón ecológico en torno al Distrito de Morelos.

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[ES] Las captaciones de aguas subterráneas han tenido y tienen una notoria influencia en el desarrollo social y económico de la isla de Gran Canaria, de forma que no es de extrañar el gran número de expedientes tramitados para su ejecución, la alta densidad de captaciones ejecutadas y en funcionamiento, probablemente de las más altas del mundo, y el altísimo número de familias vinculadas a las mismas a través de Comunidades y Heredades de Aguas, sociedades y otras figuras de titularidad. La evolución y situación actual del acuífero insular está estrechamente relacionado con los periodos de desarrollo del número de captaciones, llegando a nuestros días con una clara situación de sobrexplotación y a una preocupante pérdida de calidad de las aguas, cuestiones que ahora se intentan revertir. El incremento incesante de captaciones no estuvo acompañado de unas medidas de control técnico-administrativo, ni de una legislación o normativa adaptada a los avances tecnológicos para la ejecución de este tipo de obras o a la realidad de la explotación, y en consecuencia no ha habido un registro detallado de cada captación y sus características físicas e hidrológicas. Pocos han sido los estudios abordados para la identificación y el conocimiento de las captaciones, relaciones estadísticas (1700-1900), proyectos globales con financiación exterior (1970-1981) y trabajos vinculados al Plan Hidrológico Insular (1988- 2002), siendo el más completo y de alcance científico el denominado como SPA-15, pero sin que ninguno haya cubierto la totalidad de captaciones ni la totalidad del territorio, y mucho menos la totalidad de los datos inherentes a cada captación que se precisan para una correcta protección del acuífero y un adecuado control de las captaciones. Esta cuestión contrasta con la obligación de realizar inventario o censo, muy detallado, señalada por la legislación vigente y con la necesidades derivadas, entre otras, relativas a: ordenación del territorio, protección del patrimonio arquitectónico e industrial, salvaguarda de los valores etnográficos y de la historia, mercado y cultura del agua, las cuales precisan claramente de conocer la realidad de las captaciones de aguas subterráneas.

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[ES] En este trabajo se analiza la creación y funcionamiento de la Comisaría General de Excavaciones Arqueológicas de España desde sus inicios en 1939 hsta su sustitución por el Servicio Nacional de Excavaciones Arqueológicas en 1955 en el contexto político de la dictadura franquista. Nos centraremos en el estudio de su organigrama, el sistema de reclutamiento de los colaboradores y los problemas que surgieron en algunos casos y explicaremos el marco legal en el que la Comisaría desarrolló su labor.

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Desde tiempos inmemoriales, la presencia de sujetos encargados de la administración del patrimonio del concursado ha sido consustancial a la existencia de procesos en los que se declaraba la insolvencia del deudor. Tradicionalmente, estos sujetos ostentaban un papel de singular alcance para el correcto desarrollo del concurso. En la actualidad se erigen en el motor del concurso. El vasto cometido atribuido a la administración concursal nos obliga a restringir nuestra investigación. En particular, centraremos nuestra atención en la posición jurídico procesal de la administración concursal en aquellas actuaciones que desarrolla ésta a la hora de determinar el patrimonio concursal. Para ello, partiendo de las líneas generales que a través de la historia han definido a los órganos de administración concursal, analizaremos el régimen jurídico de la actual administración concursal en España. A continuación, estudiaremos la naturaleza jurídica de la limitación a las facultades patrimoniales que sufre el deudor con la declaración de concurso y el reconocimiento que, como parte procesal, le atribuye la Ley de Enjuiciamiento Civil al patrimonio concursal. Todo ello, nos permitirá pronunciarnos sobre la referida posición de la administración concursal, como parte o como representante. Tras lo descrito, nos ocuparemos de determinar la posición que ocupa la administración concursal en aquellos procesos que ya estuvieran pendientes en el momento de la declaración de concurso y aquellos otros procesos nuevos que inicia aquella por su propia iniciativa. Por último, analizaremos la descrita posición procesal en el ejercicio de acciones de reintegración y demás de impugnación así como en aquellos supuestos en los que se impugna el inventario o la lista de acreedores.

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Il presente lavoro di tesi mira a ricostruire lo scenario evolutivo della responsabilità patrimoniale del debitore, a partire dai principi generali sanciti dall'art. 2740 c.c. sino al diffondersi, sempre più dilagante negli anni più recenti, del fenomeno dei patrimoni separati, il quale ha contribuito a quella che è stata definita da autorevole dottrina l’“erosione” del carattere universale della responsabilità patrimoniale. In questa prospettiva, la ricerca condotta dall'autore si propone il duplice obiettivo di dimostrare, da un lato, l’ormai sostanziale ribaltamento del rapporto regola(garanzia generica)–eccezione(separazione patrimoniale) previsto dalla norma succitata, e, dall’altro, il ridimensionamento del valore della riserva di legge imposta dal secondo comma dell’art. 2740 c.c. con riguardo all’individuazione e alla disciplina dei patrimoni separati, dovuto all’affermarsi di forme di segregazione di carattere generale e flessibile ed al conseguente potenziamento del ruolo assunto dall’autonomia privata nel campo della separazione patrimoniale. Al perseguimento di tale obiettivo si aggiunge, inoltre, una valutazione dei nuovi orizzonti del fenomeno della separazione patrimoniale e, in particolare, dei segnali di apertura del nostro ordinamento all’adozione di una regolamentazione interna del trust, i cui vantaggi e la cui compatibilità con il nostro sistema giuridico vengono dimostrati attraverso il confronto con la disciplina dell'istituto in esame nell’ordinamento inglese.