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La decisión de abordar como tema de tesis la “Gestión de riesgo operativo: diseño de una metodología para su identificación y propuesta de planes de acción en cooperativas de ahorro y crédito no reguladas miembros de una organización representativa”, responde a la preocupación, cada vez más acuciante, de que las cooperativas dispongan de una metodología de identificación de riesgo operativo para reducir posibles pérdidas resultantes de una mala gestión en factores de riesgo, tales como: procesos, políticas, personas, tecnología de información y eventos externos. El estudio se inicia con la revisión de varias fuentes bibliográficas dirigidas a reforzar conocimientos y conceptos, así como a lograr una definición más acertada del contexto. Se completa con una investigación de campo realizada en cuatro cooperativas de tres provincias, seleccionadas por su apertura para participar. El período estudiado fue 2006 – 2010. La recolección de la información se realizó a través de encuestas a los gerentes y directivos, entrevistas al personal operativo y observación de campo. Con los datos obtenidos, se procedió a identificar procesos gobernantes, operativos y de apoyo; y, se levantaron macroprocesos, procesos, subprocesos y actividades del proceso de ventanilla y crédito; para posteriormente identificar los riesgos en cada una de las actividades con el impacto y la probabilidad. De esta forma se aporta con un plan de acción recomendado para prevenir eventos de riesgo. Se concluye afirmando que todas las organizaciones del sector financiero popular y solidario están obligadas, no por Ley, sino por estrategia de seguridad, a gestionar riesgo operativo, como una prioridad ineludible, que no debe limitarse a crear un departamento o área de riesgos, sino creando y desarrollando una verdadera “cultura de riesgo”, como parte de una planificación integral de la entidad, que se la trabaje todos los días.

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La consideración de bienes intangibles como generadores de regalías es un tema importante dentro de la fiscalidad internacional, mas aún si estamos en una realidad en la que el surgimiento de transacciones sobre tecnología, comercio electrónico, software, intercambio de bienes y servicios, y otros son considerados fundamentales dentro del comercio internacional y la correspondiente aplicación de normativa tributaria. Sin embargo este tipo de rentas conlleva en esencia la característica de ser muy compleja y de complicado tratamiento, abarcando una gran variedad de bienes y servicios como son los derechos de propiedad intelectual, propiedad industrial y know-how. Estos problemas se presentan al ser erróneamente categorizadas con otros tipos de renta siendo esto un cuello de botella para la pertinente calificación impositiva que recae sobre ellas. Con esta investigación se expone cual es el tratamiento que reciben estas rentas, bajo un enfoque dogmático conformado por las distintas posiciones doctrinarias, la consideración que merecen en el ámbito internacional y supranacional, los diferentes instrumentos que conforman el ámbito donde se desarrollan como los modelos de convenio, convenios para evitar la doble imposición, y posteriormente ver cual es el tratamiento normativo que brindan los estados miembros de la CAN con sus legislaciones internas. Culminada la presente investigación el resultado mostrará si es o no coincidente la regulación interna de los países miembros con lo señalado por la doctrina y la práctica internacional.

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Sobre el acceso a medicamentos y el derecho a la salud en el marco de la propiedad intelectual, múltiples cuestionamientos se pueden plantear, en esta tesis. Lo cierto es que a la fecha, el trabajo normativo, jurisprudencial y doctrinario que se ha suscitado entorno a él, da cuenta de una realidad que ya se había evidenciado en el Informe de la Comisión de Derechos de Propiedad Intelectual, Innovación y Salud Pública «Salud Pública, innovación y derechos de propiedad intelectual» de la Organización Mundial de la Salud en el año 2006 “una cuestión fundamental es la relación entre la combinación de políticas que podrían fomentar la innovación biomédica de interés para los países en desarrollo y la capacidad de los países para poner a disposición del público los productos de la innovación, lo que contribuiría a hacer realidad el derecho de las personas a disfrutar del más alto nivel posible de salud”. En este contexto, los Estados miembros de la Comunidad Andina como signatarios de diversos instrumentos internacionales y de las disposiciones normativas contenidas en sus Cartas Fundamentales en materia del derecho a la salud, no pueden ser ajenos a su obligación de garantizar el acceso a medicamentos para su población, así deban, entre otras posibilidades, «valerse» del régimen de flexibilidades y/o excepciones «licencias obligatorias» que consagra el régimen de protección de las innovaciones farmacéuticas «principalmente el Acuerdo sobre los Aspectos de la Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio y/o la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina» en procura de materializar la eficacia del derecho a la Salud. Por todo lo anterior el problema a analizar con la presente investigación académica estará orientado a demostrar cuáles son las razones por las que las flexibilidades que contiene el régimen de patentes farmacéuticas, particularmente las licencias obligatorias, resultan insuficientes o no para garantizar el acceso equitativo a los medicamentos de la población de los Estados miembros de la Comunidad Andina.

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