413 resultados para JURISDICCIÓN


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Tesis de la Universidad Central (Madrid), Facultad de Teología, leída en 1863.

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Texto fechado en Madrid, 26 de Septiembre de 1835 y firmado por Manuel García Herreros.

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El trabajo se aproximará a la problemática del pluralismo jurídico abordando la misma desde una perspectiva sociológica, con el fin de plantear una mirada transversal de las normativas vigentes en la República de Colombia, tomando a este como un caso emblemático en Latinoamérica, así como también de las bases filosóficas que dan un fundamento a esta práctica jurídica. La construcción de una nueva forma del derecho positivo en la región, a partir de la integración de las jurisdicciones especiales indígenas a la Constitución Política de los diversos países y su coordinación con los sistemas judiciales nacionales, es un objeto digno de atención en tanto, de su correcta aplicación y permanente observación, depende la integración de diversos grupos subalternos a la estructura de la sociedad mayoritaria en el subcontinente. El análisis de la experiencia Colombiana y la jurisprudencia vigente en este país, puede guiar y pautar la puesta en práctica de esta forma de pluralismo en el resto de la región, la cual es impulsada, en primer lugar, por los propios representantes del derecho positivo que intenta modificarse a partir de la misma

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El presente trabajo estudia la obra de Kelsen respecto al parlamento, la norma jurídica y, la jurisdicción constitucional. El análisis del objeto de investigación se realiza destacando la neutralidad en el pensamiento de Kelsen, lo cual es propio de una teoría científica del derecho, que no de la moral, la política o, la ética. Se sostiene que Kelsen asume la defensa de la democracia en base a los valores de libertad e igualdad, aunque no con el objeto de instaurar un modelo político o, desde la defensa de un poder político. Del mismo modo, la teoría normativa de Kelsen ha sido desarrollada desde una perspectiva general, no busca adecuarse a un sistema legal, ni dice lo que es el derecho o, cuál debe ser el contenido material del derecho. No prescribe, sólo describe. En igual sentido, la doctrina del Tribunal Constitucional como legislador negativo se sintetiza en verificar la conformidad de la norma con la Constitución, y no en evaluar el contenido material de la norma general. Antes de abordar los postulados antes mencionados se ha considerado conveniente estudiar de modo preliminar la valoración y la neutralidad en Kelsen para entender en qué grado la teoría pura del derecho es neutral destacando dicho componente en los apartados propuestos con el objeto de responder a otra pregunta mayor referida a la utilidad de una teoría neutral y relativista en una sociedad diversa y cambiante. Kelsen admite la inevitabilidad de la valoración en el derecho y en la política en contraposición al valor neutro desarrollado en la teoría pura del derecho y en toda su doctrina. Ciertamente, la teoría pura del derecho prescinde de toda ideología; es decir, de aprobar o desaprobar su objeto de estudio o, de evaluar o justificar por medio de la ciencia del derecho una determinada idea de justicia, moral, política, etc. Sin embargo, considero que a través de toda su doctrina persigue valores comunes como la paz, la libertad, la igualdad, la justicia y la felicidad colectiva.