121 resultados para IMPUGNACIÓN


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Esta obra se encuentra estructurada en dos grandes partes. En la primera parte, el lector encontrará generalidades sobre los créditos y las maneras en que los mismos pueden hacerse valer al interior de un proceso concursal. Aspectos como la insinuación del crédito, su reconocimiento al interior de estos procesos y la impugnación, son trabajados de manera extensa, indicando en cada caso, de manera precisa, la regulación a aplicar para cada uno de estos momentos procesales al interior del concurso de acreedores. En la segunda parte, encontrarán un estudio detallado de los créditos privilegiados al interior del proceso concursal. Como podrá apreciarse, se trata de una obra comprensiva de todos los aspectos que una persona interesada en un proceso concursal, cualquiera sea su posición al interior del mismo (deudor, acreedor, etc.), debe tener en cuenta para resolver todas las dudas que le surjan, aspectos todos abordados con la mayor rigurosidad y profundidad. Como podrá apreciarse, se trata de una obra comprensiva de todos los aspectos que una persona interesada en un proceso concursal, cualquiera sea su posición al interior del mismo (deudor, acreedor, etc.), debe tener en cuenta para resolver todas las dudas que le surjan, aspectos todos abordados con la mayor rigurosidad y profundidad.

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Afirmar desde la misma experiencia de que es posible hoy establecer un camino, entre otros, de articulación y de convergencia entre la educación en la fe y la maduración del hombre, en el campo de las relaciones humanas. Estimular a otros educadores cristianos para que, desde sus particulares perspectivas y situaciones, acojan con empeño la tarea de hacer cada día más accesible la acción de la iglesia en el ámbito de la escuela. Estudio acerca de la problemática de como hacer válida y significativa la misión de la catequesis escolar; cómo remontar el riesgo y el fracaso de un lenguaje paralelo. El trabajo esta divido en siete capítulos. En el primero de ellos explica el punto de partida de un proyecto común realizado por un grupo de educadores para acercarse a la problemática y a la vez a la participación activa en el esclarecimiento de nuevas orientaciones educativas. El segundo capítulo hace un análisis de la situación actual de la educación, sobre la crisis mundial de la educación y el valor de la impugnación escolar. El tercer capítulo es una búsqueda de instrumentos de trabajo y de criterios para el análisis de la educación en los últimos tiempos. El cuarto capítulo realiza un análisis crítico de los diferentes modelos pedagógicos: de Pedagogía Clásica, de Pedagogía Nueva, de Búsqueda de Grupo y de Pedagogía Institucional. En quinto capítulo aborda la problemática de la participación, la relación educación-sociedad y los caminos hacia la participación educativa. En el capítulo sexto analiza como la relación reestructura y educa al hombre, la relación y el desarrollo intelectual y la relación como alternativa ante la crisis. El último capítulo señala las grandes líneas para un proyecto educativa, la importancia de la madurez personal del educador, la creatividad y el cambio como exigencias para el grupo y los objetivos y opciones pedagógicas fundamentales. Estudio teórico. 1)Los cambios producidos durante los últimos años en nuestra sociedad, así como las nuevas sensibilidades culturales, han dejado al descubierto una serie de problemas que permanecían encubiertos en virtud de una determinada situación sociopolítica y de su consiguiente ordenamiento escolar. 2) Una corriente generalizada con caracteres de ineficacia y desilusión atraviesa la mente y el ánimo de los educadores cristianos más entusiasmados por su tarea en tiempos aun no lejanos. 3) La sensación cada vez más extendida de que el mensaje de la fe no incide significativamente en el niño y en el adolescente contemporáneo llega a ser hoy uno de los factores más perturbadores de la catequesis escolar. 4) Es cierto que la catequesis se ha renovado y ha adquirido un carácter orgánico y disciplinario, pero a pesar de su fuerza unitaria aparece para muchos como una especie de cultura paralela alejada de la suya propia, ajena a sus categorías más vitales. 5) Es necesario que la catequesis actual se replantee una vez más sus categorías relacionales con el hombre de nuestro tiempo y con sus cultura en la trama siempre compleja de los valores, aspiraciones, esperanzas y fracasos. 6) Si se acepta pasivamente que el mundo de la cultura y el de la catequesis marchen por caminos paralelos, queda reducido a utopía el encuentro proclamado entre la fe y la cultura. 7) La catequesis llegará a ser auténtica educación en la fe solo cuando sea capaz de implicarse plenamente en la propia acción educativa del centro y en su dinámica relacional e instrumental. Estos son los supuestos orientadores de la hipótesis que con este trabajo se quiere apoyar. 8) La catequesis debe asumir la realidad escolar tal como se presenta para ofrecer su servicio de inspiración, promoción y crítica de cara a la educación integral del hombre.

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La existencia de unos derechos supone como correlato la vigencia de garantías que hagan efectivos los mismos. La acción de amparo constitucional -hoy acción de protección- constituye ese mecanismo ágil y efectivo de defensa de los derechos constitucionales, sin embargo, ha sido común en nuestro ordenamiento jurídico, restringir el uso y aplicación de esta garantía. Resoluciones de la ex Corte Suprema de Justicia y reglamentos del anterior Tribunal Constitucional han servido de fundamento para aquello. Así, los actos políticos, una categoría de actos con origen en la doctrina francesa, han sido invocados constantemente como actos no susceptibles al control vía amparo, no obstante, una concepción moderna determina que el ejercicio de las funciones políticas que también son administrativas no deberían ser inmunes a ningún tipo de control jurisdiccional, ya que los actos políticos no son más que una categoría de los actos jurídicos. Igualmente, se ha invocado que el amparo es improcedente respecto de actos normativos, en cuyo caso, el mecanismo de impugnación es la acción de inconstitucionalidad, no obstante, ¿qué sucede con los actos de aplicación de una ley? Creemos efectivamente que los actos de aplicación de una ley pueden afectar derechos constitucionales en un caso en concreto, y por lo tanto, son susceptibles de impugnación vía acción de protección. Finalmente, la acción extraordinaria de protección, aun cuando constituye una garantía autónoma, posibilita una impugnación en contra de sentencias y autos definitivos que vulneren derechos fundamentales sin que ello implique desconocer instituciones jurídicas procesales como la cosa juzgada, sino más bien dotar a las sentencias de un verdadero sello de certeza que asegure la vigencia de los derechos y una interpretación uniforme del texto constitucional. Bajo estos criterios, la acción de protección prevista en nuestra Constitución necesita ser regulada pero bajo ningún aspecto restringida en desmedro de su necesaria vigencia.

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El presente estudio gira en torno del análisis de los principios de la tributación plasmados en la Constitución Política de la República. Se contrasta el cumplimiento de los principios tributarios al momento del análisis constitucional de leyes, reglamentos resoluciones y en general actos y omisiones de la Administración Tributaria sometidos a impugnación; se investiga también sobre su acción dinámica, sus facultades y atribuciones contextualizándolas con el cumplimiento de los principios constitucionales de la tributación. En base de ello, se estudia la estructuración de un ‘Derecho Constitucional Tributario’. De manera central se compendia, resume y discute la jurisprudencia constitucional tributaria emitida por el Tribunal Constitucional del Ecuador, desde el año de su creación, 1998, hasta el año 2006, con ayuda de la doctrina, la jurisprudencia y los criterios del autor, en el marco de las acciones de amparo y de inconstitucionalidad.

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El presente trabajo parte del principio de que el régimen jurídico de todo estado debe sujetarse a normas claras que permitan que los entes del poder público, cumplan con sus propósitos. Ahora bien debemos entender que la administración publica es: “...la actividad práctica que el Estado desarrolla para atender de manera inmediata los intereses públicos que tiene a su cargo para el cumplimiento de sus fines”1; y el no hacerlo de este modo, genera incomodidad entre sus administrados; y, que esta actividad se manifiesta o expresa a través de actos y hechos administrativos los cuales deben responder al marco constitucional vigente. El profesor Enrique Sayagués Laso a este respecto manifiesta: “...para lograr la realización de sus fines propios, las entidades estatales actúan mediante actos jurídicos y operaciones materiales... Las entidades estatales realizan esos actos y operaciones en virtud de los poderes jurídicos que el derecho objetivo establece...2. Es indispensable subrayar que todo acto administrativo, goza de la presunción de legalidad, por ello conceptualmente podemos decir que el acto administrativo por sí, es de cumplimiento mandatario; sin embargo, frente a la realidad jurídica, todo acto administrativo puede ser impugnado por que a decir de demandante fue fruto de vicios y dependiendo de la gravedad de ellos pueden ser convalidados, o declarados de nulidad absoluta. Partiendo del tema central de este trabajo que es los “EFECTOS DE LOS VICIOS DE LA VOLUNTAD EN EL ACTO ADMINISTRATIVO”, debo decir que fue primordial saber que la voluntad dentro del derecho administrativo es la conciencia cierta de la autoridad administrativa de hacer algo; y, que todo acto administrativo lleva sobre entendido la manifestación de la voluntad de los órganos administrativos, es decir, es la adopción de cierta conducta voluntaria por parte de la administración, frente a una situación que involucre a los administrados. El marco jurídico de nuestro estado, dispone normas claras que todo acto administrativo de contener, por esto, la falta o el vicio de ellos provoca que quien deba cumplirlos no pueda hacerlo, luego entonces, frente a esta eventualidad, el administrado tiene el derecho de impugnarlo si considera que lesiona sus intereses. Impugnación que por supuesto, tendrá que regirse a las normas legales vigentes que respecto a este tema contempla la legislación ecuatoriana.

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Toda persona posee un derecho general a impugnar las actuaciones de las autoridades públicas. En sede administrativa, este derecho se encuentra instrumentado principalmente a través de los institutos procesales denominados Recursos. La legislación tributaria ecuatoriana, prevé la existencia de tan sólo un Recurso, lo cual limita el derecho a la impugnación del contribuyente. Es por ello que este trabajo se encarga del estudio de los diferentes Recursos que la doctrina y las distintas legislaciones han desarrollado. De manera especial, se analiza la naturaleza jurídica de estos medios de impugnación, a fin de identificar el contenido y alcance de cada una de las clases y subclases de Recursos. Todo lo cual aporta elementos de juicio para la elaboración de nuestra postura por la rehabilitación normativa de Recursos derogados –Reposición– y por la creación de uno nunca previsto en materia tributaria común –Apelación–.

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En la legislación boliviana no se encuentra normado el Recurso de Inconstitucionalidad por Omisión Legislativa, aunque es evidente la necesidad de su incorporación como un mecanismo de control constitucional de -omisiones de desarrollo normativo del Poder Legislativo-, con el objeto de restituir el orden constitucional y la eficacia plena de lo contenido en la Constitución Política del Estado. En este sentido, comenzamos revisando lo sostenido por la doctrina y la jurisprudencia constitucional de países donde no han instituido este recurso constitucional, como de aquellos que si lo incluyen en su legislación; para lo cual hacemos un examen de sus rasgos característicos. Con una base teórica y practica del señalado recurso, exploraremos la legislación boliviana en cuanto a las atribuciones del Tribunal Constitucional, respecto a los Recursos Directo e Indirecto de Inconstitucionalidad instituidos para la impugnación de –acciones inconstitucionales-; recursos que fueron interpretados por este órgano jurisdiccional como adecuado para el conocimiento también de omisiones legislativas, a pesar de no estar expresamente prescrito este control en el texto constitucional , ni en la Ley Nº 1836 (orgánica del Tribunal Constitucional). En este sentido, para identificar las consecuencias negativas de las omisiones del legislador, se analizan diferentes casos de omisiones de desarrollo normativo del Poder Legislativo. Para finalmente, proponer normativamente la incorporación del “Recurso de Inconstitucionalidad por Omisión Legislativa” en la legislación boliviana, como un mecanismo de control constitucional.

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La presente tesis contiene 4 capítulos. En el primero se encuentra la culminación de la Instrucción Fiscal, es decir, la terminación de la investigación o indagación que efectúa la fiscalía, por si misma o a través de la Policía Judicial. Como subtemas de este capitulo tenemos el Dictamen Fiscal Acusatorio y el expediente a disposición de las `partes. Estos subtemas se refieren a la opinión que vierten los señores fiscales basados en las investigaciones efectuadas y en fundamento a los elementos de convicción que se han formado en él. El expediente a disposición de las partes significa que todo el legajo o cuaderno fiscal esta a disposición del procesado y ofendido para que sea consultado y analizado cada una de sus piezas procesales. El segundo capitulo se denomina la convocatoria a la Audiencia Preparatoria de Juicio, el mismo que contiene subtemas como el desarrollo de la Audiencia Preliminar o Audiencia Preparatoria de Juicio; los alegatos en relación a los requisitos de procedibilidad o asuntos prejudiciales. La competencia y la cadena de custodia; alegaciones del dictamen fiscal y de la acusación particular. En este capitulo se analiza los requisitos para que el juez de garantías penales dicte el denominado auto de llamamiento a juicio. El tercer capitulo se denomina la etapa de impugnación, el mismo que contiene la naturaleza jurídica el recurso de apelación; la apelación del auto de llamamiento a juicio y el recurso de nulidad; en éste capitulo se estudia los recursos de nulidad y de apelación cuando las partes se sientan inconformes con la resolución del juez de garantías penales del auto de llamamiento a juicio. El capitulo cuarto se denomina naturaleza jurídica de la resolución de los recursos de apelación y nulidad; en los diferentes subtemas se estudia la nulidad del auto de llamamiento a juicio, el merito de los autos y los fundamentos de los recursos de apelación y nulidad en merito de los autos.

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El Art. 169 de la Constitución Política de la República dice: “El sistema procesal es un medio para la realización de la justicia. Las normas procesales consagrarán los principios de simplificación, uniformidad, eficacia, inmediación, celeridad y economía procesal, y harán efectivas las garantías del debido proceso . No se sacrificará la justicia por la sola omisión de formalidades”. El fin inmediato de la ley procesal es entonces la aplicación de la disposición legal al caso concreto. Lo que se busca en todo este andamiaje constitucional es hacer cumplir los derechos que el Estado garantiza a todo ciudadano, cuales son el derecho al debido proceso, la defensa en juicio , y a una justicia sin dilaciones. El objetivo del trabajo es analizar las causas que dan origen a las nulidades por omisión de solemnidades tanto en el ámbito sustantivo como en el procesal. Si la declaración es en el orden sustantivo, se analizará los motivos que dieron lugar a esta anormalidad. Pero si la declaración es en el campo procesal, entonces se estará frente a la omisión de solemnidades de otra índole, este tipo de anormalidades se presentan cuando existen vicios en el procedimiento, un defecto en el trámite. La investigación enfrenta el estudio de la nulidad y la ineficacia a partir de una concepción integral y dinámica, agrega otros problemas complejos que parten de la ley procesal, siempre de interés público, cuya correcta aplicación “ constituye la garantía del proceso” .

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Esta investigación se enmarca en el ejercicio del debido proceso, institución jurídica garantizada por la Constitución del Ecuador y contemplada en Código de Procedimiento Penal, la investigación se realizó en Quito en los juzgados, tribunales penales, policía técnica judicial y centros de rehabilitación; con la finalidad de contribuir a que cada día se respete en todas las instancias el debido proceso, así como los derechos humanos, esto es, desde el momento de la aprehensión, indagación previa, instrucción fiscal, etapa intermedia, etapa del juicio y en la etapa de impugnación, es decir en toda la tramitación de las causas penales, inclusive hasta en el recurso de revisión y con la aprobación de la constitución vigente hasta la resolución de la causa penal ante La Corte Constitucional. Lamentablemente se ha evidenciado que las violaciones a los derechos humanos a los detenidos se siguen dando en forma alarmante por lo que, es necesario insistir una y mil veces que los operadores de justicia actúen dentro del marco jurídico existente. El debido proceso en el nuevo sistema procesal penal garantiza tener una justicia independiente, respetando la Constitución, los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos y la aplicación correcta de la Ley, hasta que en sentencia al procesado se le absuelva o se le condene.

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En el presente trabajo se revisan desarrollos jurisprudenciales relevantes sobre los principales mecanismos de control de la legalidad a nivel comunitario tanto en el seno de la Unión Europea (UE) como en el de la Comunidad Andina de Naciones (CAN). El análisis parte revisando jurisprudencia sobre el entendimiento de los tratados fundacionales como constituciones en sentido material. Posteriormente, se revisa jurisprudencia sobre el alcance de actos impugnables, legitimación activa, y causas de impugnación, enfatizando en tendencias relevantes como la flexibilización en la interpretación de los actos susceptibles de impugnación y la apertura a la actuación de particulares. El análisis jurisprudencial se complementa con revisión de doctrina y Derecho positivo, bajo la perspectiva de que el estudio del control de la legalidad en el ordenamiento jurídico comunitario es de esencial importancia para la cabal comprensión de los procesos de integración en su dimensión de comunidades de derecho.

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El propósito de esta tesis es aportar elementos para perfeccionar el ejercicio del derecho a la participación social en el procedimiento legislativo, como un mecanismo para que el contenido material de los proyectos de ley esté adecuado a los valores, principios y derechos fundamentales previstos en la Constitución y en los instrumentos internacionales de protección de derechos humanos. Esta adecuación constituirá una evidencia de la realización de la justicia a través de la creación del Derecho y de la vigencia de una democracia sustancial. En el caso de que el derecho a la participación en el procedimiento legislativo no sea respetado, ni garantizado por el Estado, es necesario institucionalizar un nuevo mecanismo de control constitucional, como el control previo de constitucionalidad de los proyectos de ley, a fin de que sea la Justicia Constitucional la encargada de dar cumplimiento a la obligación estatal de prevenir violaciones a derechos humanos que pueden derivarse de la expedición de leyes inconstitucionales. Para perfeccionar el ejercicio del derecho a la participación social en el procedimiento legislativo he ubicado diversos elementos histórico-políticos, entre los que destaco los elementos de la democracia de la comunidad originaria, de los Estudios Decoloniales, de los modelos de democracia diseñados por la Teoría Política, que permiten establecer criterios para reformular el marco normativo vigente. Realizo el análisis del caso del procedimiento legislativo que dio origen a la Ley de Minería, estableciendo las limitaciones que determinaron su impugnación por inconstitucionalidad; y el rol de la Corte Constitucional al resolver sobre el tema. Finalmente, establezco los criterios para el diseño de la institución del control previo de constitucionalidad de proyectos de ley.

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La presente investigación tiene como propósito analizar en qué forma la justicia estatal ecuatoriana, a través de la Corte Constitucional, examina o debería examinar las decisiones de carácter jurisdiccional emitidas por autoridades indígenas en la resolución de sus conflictos. El análisis propuesto pretende determinar de qué manera el máximo organismo de interpretación y control constitucional, debe conciliar las diferencias de la visión indígena y la visión eurocéntrica, en la sustanciación de la acción extraordinaria de protección en contra de decisiones jurisdiccionales indígenas. Para alcanzar los fines planteados, empiezo explorando el alcance y relaciones de los conceptos de Estado plurinacional; pluralismo jurídico, nación cívica y nación étnica cultural; control constitucional; decisiones jurisdiccionales indígenas y límites a la Corte Constitucional en la acción extraordinaria de protección en contra de resoluciones indígenas. Finalmente realizo un breve estudio del denominado caso La Cocha 2, que actualmente se sustancia en la Corte Constitucional por impugnación a una decisión judicial indígena, a fin de determinar cuáles son los parámetros que la Corte Constitucional debe considerar al momento de resolver.

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La presente investigación tiene por objeto identificar los efectos jurídicos y operativos de la resolución de acciones de pago indebido y en exceso presentadas por Internet tanto para la administración tributaria como para el sujeto pasivo del impuesto a la renta, y a través de su identificación y análisis considerar la conveniencia positiva o negativa de la continuidad de este proceso. Presenta una guía práctica y concreta de cómo los contribuyentes del impuesto a la renta pueden presentar sus acciones de pago indebido y en exceso por Internet como por ventanilla y las consideraciones sobre qué vía elegir según su propia realidad, satisfaciendo así la necesidad inminente de capacitación requerida para este proceso que inició su aplicación en marzo del año 2010. Por otro lado, evidenciará el impacto en la resolución de dichos trámites por parte de la propia administración tributaria, señalando los controles previos que deben considerarse para garantizar el equilibrio de la relación técnica y jurídica entre el contribuyente y el Servicio de Rentas. Así también, el análisis de los efectos jurídicos de las peticiones presentadas por Internet como de su resolución, constituye un aporte al conocimiento de los procesos de impugnación de este tipo de trámites y su debida sustanciación.

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El presente trabajo tiene por objeto analizar la sentencia emitida por la Sala de lo Contencioso Tributario de la Corte Nacional de Justicia, relativa a la impugnación de la legalidad de la “Tasa de Seguridad ciudadana”, que aplica el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito. Fallo controversial en que se decidió desechar la demanda por caducidad del derecho para la impugnación, toda vez, que a criterio de los juzgadores ha transcurrido más de tres años desde que la referida tasa entró en vigencia. Con tal propósito, se examina críticamente los fundamentos sobre los cuales la Sala decidió desechar la demanda, así mismo, se establece los parámetros de orientación sobre cuál pudo ser el contenido de un pronunciamiento conforme con la Constitución y leyes vigentes.