1000 resultados para DERECHO A LA REPARACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS


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El presente trabajo de final carrera, como su título indica, “Aplicación de los convenios de la OIT a través de la jurisprudencia de los tribunales españoles”, se ciñe al estudio de la aplicación de los Convenios ratificados por el Estado español en los procesos judiciales que les han sido de aplicación. Los referidos Convenios son, en esencia, tratados internacionales sujetos al régimen jurídico que establece el Derecho Internacional Público y, atendiendo a éste, se rigen por la voluntad de las partes. Cada Estado miembro y firmante, establece el alcance que tendrá cada Convenio, el cual entrará en vigor cuando este Estado receptor lo haya ratificado. Resulta interesante el estudio de las normas de la OIT, principalmente los Convenios, pues son las únicas normas que, una vez ratificadas, tienen el peso de norma sustantiva y los tribunales proceden y deben proceder a su aplicación como tal. De ello, se deduce que existe un mínimo de garantías en el Derecho de Trabajo Internacional, las cuales, afectan a las condiciones laborales de los trabajadores de la mayor parte de los países y como objetivo ambicioso, se debería procurar y conseguir que su aplicación, como norma mínima, fuera en todos los Estados de planeta. Para ello, se realiza un estudio genérico de la aplicación jurisprudencial de los Convenios de la OIT ratificados por España, para finalmente concretar con un Convenio determinado, siendo el mismo, el Convenio número 155, sobre Seguridad y Salud de los Trabajadores y Medio Ambiente de Trabajo, en su aplicación en reclamaciones por daños y perjuicios, así como en recargo de las prestaciones económicas de la Seguridad Social, entre otras, todo ello, derivado de las consecuencias producidas por accidentes de trabajo. Recientemente se ha publicado el instrumento de Ratificación del Convenio número 187, (BOE 04.08.09), sobre el marco promocional para la seguridad y salud en el trabajo, si bien, su entrada en vigor para España será el próximo 5 de mayo de 2010; el mismo, hace hincapié en la importancia de promover de forma continua una cultura nacional de prevención en materia de seguridad y salud, el cual, también tendrá en un futuro su aplicación en el ámbito laboral como norma sustantiva.

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La insuficiencia pulmonar después de la reparación de la Tetralogía de Fallot ocasiona una dilatación del ventrículo derecho, IT y/o empeoramiento de la CF. El momento de la cirugía viene marcado por la presencia de la clínica y/o dilatación ventrículo derecho. El motivo del presente estudio es realizar una revisión de los pacientes sometidos a sustitución valvular pulmonar, un seguimiento clínico y ecocardiográfico. MÉTODOS Desde enero 2003 a enero 2009, 33 pacientes fueron sometidos a una cirugía de sustitución valvular pulmonar. El 41 % de los pacientes fueron mujeres y el 59 % varones. La edad media de los pacientes fue de 31,3 años, ( 18 - 63 a ). La edad media de la primera intervención fue a los 3,8 años ( 6 meses – 28 años ). Sólo un paciente no haa sido sometido a ningún tipo de intervención en la infancia, realizándose una cirugía paliativa – correctora a los 28 años. La indicación de intervención quirúrgica vino marcada por la presencia de clínica en 11 pacientes ( 37 %) y por dilatación VD, ( única o asintomática) en 18 pacientes ( 62%). RESULTADOS No hubo mortalidad operatoria con una estancia media post IQ de 15,21 días ( 9- 27 días). Se analizan los resultados quirúrgicos de estos pacientes a tres niveles: Clínica y tolerancia al esfuerzo en postoperatorio inmediato y tardío. Eventos arrítmicos en el postoperatorio inmediato y seguimiento y Parámetros ecocardiográficos en postoperatorio inmediato y tardío. (Dimensiones cavidades derechas y función contráctil del VD ( TAPSE )).En el seguimiento al año de la intervención ningún paciente presentaba clínica de IP. El 67 % de los pacientes fueron intervenidos manteniéndose asintomáticos con un 37% ( 11 pacientes ) de eventos arrítmicos pre cirugía ( 9 ; 31 % pacientes) fueron sometidos a ablación precirugía y 3 pacientes ( 10 %) requirieron implante de un dispositivo DAI. Después de la cirugía el 86 % de los pacientes, 24 pacientes, se mantenían en CF I; 3 pacientes ( 10 %) continuaron presentando eventos arrítmicos y un solo paciente requirió implante de DAI. El remodelado del VD al año y medio de seguimiento presentó una reducción del 11 % respecto al diámetro teledistólico precirugía ( DTDV x 54,43 ( 41-70 mm), postcirugía ( DTDV x 44,29 ( 32-61), p ≤ 0,01; sin encontrar diferencias significativas en la reducción del dTS pre/postcirugía. La función del VD ( TAPSE pre IQ 16,35 ( 13-229;postcirugía inmediata 15,54 ( 11-23) y al año 17,5. El gradiente medio es inferior al 15 mmHg en el 84 % de los pacientes portadores de válvula biológica. 11 pacientes ≤ 11 mmHg ( 44 %); 10 pacientes ≤ 15 mm Hg ( 40 %). CONCLUSIONES En este estudio realizado en el Hospital Vall d’Hebron, la sustitución valvular pulmonar en pacientes afectos de una Tetralogía de Fallot mejora los diámetros ventriculares, la función contráctil y por lo tanto la capacidad funcional de los mismos. En los pacientes sometidos a Estudio electrofisiológicos que no presentaron inducción de eventos arrítmicos ventriculares, no han presentado episodios arrítmicos tras la cirugía de sustitución valvular pulmonar. Todos los pacientes se mantienen en Clase funcional I tras la cirugía y libres de reintervención con un seguimiento medio de 16,9 ( 5-33 ) meses. Los factores de riesgo para presentar una peor evolución son un retraso en la corrección inicial de la TOF y por lo tanto aparición de enfermedad pulmonar por hipertensión vascular subyacente, edad avanzada en el momento del PVR, deterioro funcional preoperatorio con Clase Funcional según NYHA ( III- IV), o bien aparición de eventos arrítmicos.

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En aquest treball, prenent com a marc teòric de referència la deconstrucció de la dicotomia públic/privat realitzada per la teoría feminista en aquestes últimes dècades, i les anàlisis jurídicfeministes del dret, posem de manifest com el Dret de la Unió Europea sobre la conciliació de la vida familiar i laboral està articulat acord amb aquesta dicotomia, i en conseqüència, no té en compte els interessos de les dones en tot el seu abast, ja que potencia la seva participació en el treball remunerat però sense resoldre el problema de les desigualtats entre homes i dones en relació amb les càrregues familiars i domèstiques.

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[eng] Aim: The paper examines the current situation of recognition of patients' right to information in international standards and in the national laws of Belgium, France, Italy, Spain (and Catalonia), Switzerland and the United Kingdom.Methodology: International standards, laws and codes of ethics of physicians and librarians that are currently in force were identified and analyzed with regard to patients' right to information and the ownership of this right. The related subjects of access to clinical history, advance directives and informed consent were not taken into account.Results: All the standards, laws and codes analyzed deal with guaranteeing access to information. The codes of ethics of both physicians and librarians establish the duty to inform.Conclusions: Librarians must collaborate with physicians in the process of informing patients.

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En el presente trabajo se analizan diferentes mecanismos de simplificación contable y tributaria del ordenamiento tributario italiano. En particular, se estudian regímenes como: el régimen de contabilidad simplificado, supersimplificado, forfetario, de actividades marginales u otros. También se estudia el sistema objetivo de determinación de la base imponible denominado "estudio de sectores".

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El objetivo del presente trabajo es doble. En primer lugar, pretendo defender un concepto simpliciter de tolerancia según el cual la autonomía personal o la necesidad de fortalecer una cultura son las únicas razones que debe ponderar el agente-Estado para tolerar. En segundo lugar, pretendo responder afirmativamente a la pregunta de si puede el liberalismo perfeccionista y multicultural de Joseph Raz sostener desde la teoría moral y política un derecho intercultural. Para cumplir estos objetivos, me concentraré en los usos morales del término tolerar para luego siguiendo a Michael Sandel, analizar los casos de tolerancia crítica y no crítica. Posteriormente, desarrollaré el liberalismo de Raz con el fin de mostrar los problemas teóricos que genera el fundamento de los derechos colectivos. Concluiré afirmando la existencia de derechos colectivos como recurso institucional para permitir el desarrollo de grupos culturales minoritarios dentro del actual desarrollo del Estado- nación.

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UANL