970 resultados para Art 83 Constitución
Resumo:
Me he permitido realizar el presente trabajo, por considerarlo un tema de vieja preocupación, como lo indico más adelante, en estos últimos tiempos se ha expedido la nueva normativa legal que recoge algunas de las propuestas de diversos sectores, en torno a la descentralización integral del Estado Ecuatoriano en el campo administrativo, político - funcional, territorial, financiero y legal, siendo esto, mérito suficiente para haberlo estudiado en el marco del Derecho Constitucional y respaldado del extenso material bibliográfico, constante en la página pertinente. El propósito, conocer si las disposiciones constitucionales y legales vigentes cumplen con los cometidos del Estado Ecuatoriano, entendiéndose a la descentralización del Estado, como un proceso integral, que entraña de modo general la reorganización y configuración de un nuevo Estado que persigue el Sumak Kawsay. Previamente, veremos el origen y la evolución del Estado como tal, su doctrina, la diversidad en cuanto a tipología, población, territorio, etc., su naturaleza, justificación y sus fines; trataremos el concepto de descentralización y su rol en el campo administrativo, político y fiscal. En los capítulos subsiguientes, consideré un deber, retroceder el tiempo para darnos cuenta de cómo evolucionó el Estado Ecuatoriano y como va involucrándose el término medular de esta investigación, que es, “descentralización”, como va tomando la importancia en la vida y desarrollo del país, hasta los días actuales. Y, a manera de colofón, emito mis conclusiones sobre el tema y las recomendaciones al respecto, confiando que las autoridades correspondientes tengan una visión clara y equitativa que permita potenciar nuestros recursos, descentralizar, siempre y cuando sea, para hacer del Ecuador una nación diversa, intercultural y plurinacional; pero rica y solidaria, evitando la desintegración nacional.
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La Constitución de Montecristi de 2008 significó una ruptura con los paradigmas constitucionales y económicos clásicos predominantes en el mundo al crear y diseñar nuevos paradigmas de entender el sistema económico, basados en valores éticos y sociales, el papel del Estado, la centralidad de los derechos constitucionales en el accionar público y, sobre todo, la interconexión e interdependencia entre derechos constitucionales, Estado y sistema económico orientados a lograr el buen vivir. Sin lugar a dudas, los aspectos más significativos en los campos jurídico-institucional y económico de la Constitución de Montecristi son el haber establecido el Sistema Económico Social y Solidario (Art.283) y el Estado de derechos y justicia (Art.1), los cuales constituyen una estructura interdependiente orientada a la consecución de los derechos constitucionales y el buen vivir no solo de los ciudadanos, sino también de la naturaleza. El Estado constitucional de derechos y justicia y el sistema económico social y solidario, constituyen nuevos paradigmas basados en el principio de centralidad de derechos y la solidaridad democrática, donde las necesidades y deseos legítimos aseguran el bienestar y la existencia de todas las personas y la naturaleza; en el cual existen diversos actores económicos (públicos, privados, mixtos, populares y solidarios) que interactúan bajo principios de solidaridad, justicia y responsabilidad en el mercado, que es el punto de encuentro de los mismos, más no su ente regulador. Este nuevo modelo económico requiere de un renovado paradigma de Estado, es así que el Estado constitucional de derechos y justicia, el cual tiene como elementos de interdependencia al buen vivir como la filosofía común que sustenta y justifica al nuevo modelo de Estado y economía, un sistema normativo que responde a la centralidad de derechos y una institucionalidad orientada a aplicar el buen vivir.
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Una de las competencias de un contador, según la ley 20.488 de ejercicio profesional, art. 13, inciso 9, es intervenir en las operaciones de transferencia de fondos de comercio sin perjuicio de las facultades reservadas a otros profesionales en la ley 11.867. Cualquier transferencia de un fondo de comercio y en especial cuando se trata de su aporte para constituir una sociedad, es una operación compleja dado que requiere dar cumplimiento a un conjunto de normas legales y además implica la realización de trámites ante la Dirección de Personas Jurídicas de Mendoza (DPJ), la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), la Dirección de Registros Públicos y Archivo Judicial, la Administración Tributaria Mendoza - Dirección General de Rentas de Mendoza (ATM - DGR), el Boletín Oficial de Mendoza (BO), la Subsecretaría de Trabajo y Seguridad Social de Mendoza (STySS) y la Municipalidad que corresponda al departamento donde se encuentra el fondo de comercio. Los objetivos principales de este trabajo son: 1. Brindar un resumen sobre los principales conceptos teóricos relativos a una transferencia de fondo de comercio: concepto, naturaleza jurídica y elementos de un fondo de comercio; intereses protegidos por la ley 11.867. 2. Estudiar el aporte societario de un fondo de comercio, teniendo en cuenta, la normativa societaria, comercial, impositiva, previsional y laboral. 3. Desarrollar en forma cronológica, las distintas etapas a cumplir para llevar a cabo el aporte societario de un fondo de comercio dando cumplimiento a todas las disposiciones legales y reglamentarias.
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Ecuador, país sudamericano, aprobó en el año 2008 una Constitución en la que subyace un modelo de desarrollo humano multidimensional y alternativo al vigente. Sus dimensiones sociales, económicas, políticas, culturales y ambientales se encuentran en los textos correspondientes a los “Derechos”, “Régimen de Desarrollo” y “Régimen del Buen Vivir”; en tanto que las dimensiones territoriales se hallan expuestas en la “Organización Territorial del Estado”, conformada por regiones, provincias, cantones y parroquias rurales, con sus respectivos gobiernos autónomos descentralizados, a los que la misma Constitución les atribuye, entre otras, las competencias exclusivas de “planificar el desarrollo” y “formular los correspondientes planes de ordenamiento territorial”, y al Estado central la “planificación nacional”. No obstante, el marco legal dictado posteriormente -que otorga al Estado central la competencia de ordenación territorial, mediante la “Estrategia Territorial Nacional”-, no logra regular con eficacia, efectividad y eficiencia este ejercicio competencial, incluyendo en esta condición a los lineamientos técnicos dictados por el organismo nacional de planificación; volviendo urgente la vigencia de una ley que lo asuma, pero que demanda previamente el diseño de un modelo de gestión de estas competencias, propósito al cual procura contribuir el presente trabajo. Su estructura es la siguiente: Capítulo 1: “La problemática, objetivos y antecedentes”, en cuya formulación se destaca el estudio del marco jurídico y técnico vigente en relación a la ordenación territorial, partiendo de una breve visión sobre los empeños previos en Ecuador por adoptarla, y que se complementa con una evaluación preliminar de la experiencia vivida por los gobiernos autónomos descentralizados al formular y gestionar sus primeros planes de desarrollo y de ordenación territorial, en acatamiento del mandato constitucional. Luego se avanza en la definición del objetivo general del trabajo y de un conjunto coherente de objetivos específicos. Concluye este capítulo con el análisis del estado de la cuestión: los antecedentes sobre la ordenación territorial en América Latina, en el marco de sus predecesoras históricas. Capítulo 2: “Diseño del modelo de gestión”, que se inicia con el planteamiento de la metodología a seguir, condicionada especialmente por los propios textos constitucionales que vinculan en la relación de “correspondencia” a la ordenación territorial con la planificación del desarrollo y en consecuencia con el ejercicio de las competencias sectoriales asignadas por ella misma a los diferentes niveles de gobierno. Efectivamente, tal relación supone básicamente que la planificación del desarrollo adquiera el carácter de global, total, vale decir integral, en el sentido de que igualmente contemple sus dimensiones territoriales y que la planificación de éstas se integre a la de las dimensiones sociales, económicas, políticas, culturales y ambientales, de manera tal que en cada uno de los niveles la planificación del desarrollo sea un proceso único y un todo. Por estas condiciones, el diseño en cuestión demanda el tratamiento previo de los aspectos contemplados por la metodología en relación con la conceptualización y ordenamiento de la planificación y gestión del modelo de desarrollo humano previsto por la Constitución para los distintos niveles territoriales, seguido del análisis y evaluación del reparto competencial. En este marco se diseña el modelo de gestión en siete componentes específicos que definen los objetivos estratégicos generales a los cuales apuntará la ordenación territorial, estructuran con sus figuras –los planes–, un sistema integrado de alcance nacional, entienden al propio territorio bajo una visión sistémica y proponen un esquema metodológico general para la redacción de tales instrumentos. Luego se aborda en calidad de tema clave, la articulación con la planificación del desarrollo, el establecimiento de las dimensiones territoriales sectoriales y globales de ordenación en cada nivel territorial, que posibilita a su vez la formulación de los contenidos de las determinaciones de los planes y la definición de un conjunto de lineamientos para su gestión. Capítulo 3. “Verificación”, que se ha concretado en la puesta a consideración de un selecto grupo de expertos nacionales en ordenación territorial, el modelo propuesto siguiendo los procedimientos recomendados para este tipo de consultas. Capítulo 4. “Conclusiones Generales”, esto es, un conjunto coherente de proposiciones que condensan los resultados alcanzados en los diferentes capítulos precedentes y que demuestran la validez del modelo propuesto. ABSTRACT Ecuador approved a constitution, by 2008, where a multidimensional human development model, different to the one in force, underlies. Its social, economic, political, cultural and environmental dimensions are at the entries for "Rights", "Development Scheme" and "Rules of Good Living"; while the territorial dimensions are given by the "Territorial Organization of the State" section, consisting of regions, provinces, cantons and rural parishes, with their respective autonomous governments, to which the Constitution conferred, inter alia, the exclusive powers of "development planning" and "land use plan formulation," while the central state has the "national planning" competence. However, the subsequent issued legal framework - which gives the central state competences over land planning, using the "National Spatial Strategy" - fails to effectively regulate this exercise of jurisdiction, including in this condition the technical guidelines dictated by the national planning agency; thus becoming urgent to put in force a law that assume it, which demands the previous design of a management model of these competences, which is the aim that seeks to contribute the present work. Its structure is as follows: Chapter 1: "The problem, objectives and background" that includes the study of the legal and technical framework in force in relation to land planning, starts with a brief overview of previous efforts to adopt it in Ecuador. The chapter is complemented with a preliminary assessment of the experience of the autonomous governments to formulate and manage their early development plans and land planning, in compliance with the constitutional mandate. Subsequently the overall objective of the work and a coherent set of objectives are defined. This chapter concludes with an analysis of the state of art: the history of land use planning in Latin America in the context of their historical predecessors. Chapter 2, "Design of a management model", which begins with the methodological approach to follow, conditioned by the constitutional texts linking the relationship of "correspondence" land planning with development planning and with the exercise of the sectorial competences assigned by itself to different levels of government. Indeed, such a relationship basically means that development planning should acquire a global, comprehensive, complete, total, character in the sense that it also provides for their territorial dimensions and that their planning is integrated to social, economic, political, cultural and environmental factors, so that in each of the levels, development planning is a unique process and a whole. For these conditions, the design in question demands pretreatment of the aspects covered by the methodology in relation to the conceptualization and management of the planning and management of human development model envisaged by the Constitution to the various territorial levels, followed by analysis and evaluation of the distribution of powers. In this framework a management model is designed into seven specific components that define the overall strategic objectives which aim to land planning, structure plans, and an integrated nationwide system, that understand the territory under a systemic vision and propose a general methodological framework to draft these instruments. Then a key issue is addressed, the coordination with development planning, the establishment of sectorial and regional and global dimensions of management at each territorial level, which in turn allows the formulation of the contents of the plans determinations and defining a set of management guidelines. Chapter 3, "Verification", It has traduced into asking for the revision of the proposed model by a select group of national experts in spatial planning by following recommended procedures for such queries. Chapter 4, "General Conclusions", a coherent set of propositions that summarize the results obtained in the different preceding chapters, which demonstrates the validity of the proposed model.
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RESUMEN Su objetivo esencial: Regular el proceso de la edificación, está basado en 3 grandes pilares: 1.- Completar la configuración legal de los agentes que intervienen en el mismo, fijando sus obligaciones para así establecer las responsabilidades. 2.- Fomentar la calidad de los edificios. 3.- Fijar las garantías a los usuarios frente a los posibles daños. Estos tres fundamentos están intensamente relacionados, ya que, las obligaciones y responsabilidades de los agentes son la base de la constitución de las garantías a los usuarios, definidas mediante los requisitos básicos que deben satisfacer los edificios. Partiendo del análisis cualitativo y cuantitativo del grado de cumplimiento del objetivo de la nueva Ley, elaborado a través del estudio de sus tres pilares fundamentales, proponemos medidas tendentes a la plena entrada en vigor de la misma. Para ello se deberá desarrollar el Real Decreto previsto en la Disposición Adicional 2ª, una vez conseguido el grado de madurez de los sectores de la edificación y del seguro. En todo este proceso de estudio hemos podido apreciar que la objetiva identificación de los daños y en especial los que afectan la estabilidad del edificio, constituye una herramienta fundamental para la correcta atribución de responsabilidades a los agentes, basada en la aplicación de los tres grados de responsabilidad “ex lege” por daños materiales y sus plazos de prescripción surgidos del nuevo régimen impuesto por el art. 17 LOE Para avalar esta propuesta hemos analizado: 1.- El entorno económico, general y pormenorizado al sector de la edificación, en Europa y España durante el período comprendido entre los años 1990 y 2013, años previos y posteriores a la entrada en vigor de la Ley, dada la influencia de los ciclos de actividad producidos en la regulación del sector, las responsabilidades atribuidas a los agentes, el fomento de la calidad y las garantías ofrecidas a los adquirentes. 2.- Las diversas legislaciones sobre responsabilidades y garantías de los agentes de la edificación en los países de nuestro entorno económico. 3.- La gestación de la LOE, incidiendo en la evolución de los últimos borradores y su tramitación parlamentaria. 4.- El desarrollo doctrinal de la Transición desde el régimen de responsabilidades, fijado por el art. 1591 de Código Civil, y su Jurisprudencia, hacia el nuevo régimen de responsabilidades establecido por el art. 17 LOE. En esta tarea además de apreciar la asimilación, por parte de los Jueces y Magistrados, de los principios doctrinales de la LOE, hemos observado la labor de los peritos, de cuya experta identificación de las causas de los daños depende la justa y eficaz atribución de responsabilidades. 5 -. El grado de eficacia de la LOE a la vista de la estadística siniestral, de la que ya hay datos consolidados, tras la cancelación de casi 15.000 expedientes de reclamación a Arquitectos. 6 -. También hemos estudiado el grado de cumplimiento con el usuario y propietario de las garantías previstas en el art. 19 de la Ley y en la D.A. 1ª, los efectos reales alcanzados y las tareas pendientes por delante. Analizando la atribución de responsabilidades a los agentes de la edificación, dentro del primer pilar fundamental de la LOE, hemos estudiado las actuaciones de los peritos expertos y su incidencia en este objetivo, previa selección de casos de gran interés y dificultad. Fruto de ello se han formulado propuestas tendentes a la especialización de este colectivo, evitando conductas “irregulares” que tanto daño provocan a los agentes reclamados como a los propietarios afectados. Este daño es evidente pudiendo ocasionar condenas injustas, enriquecimientos ilícitos o bien falsas expectativas de satisfacción de daños mal dictaminados y costosas e ineficaces reparaciones. De cara a la consecución del pilar de la calidad de la edificación, mediante los requisitos básicos planteados por la LOE y desarrollados por el Código Técnico de la Edificación (Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo), hemos procesado datos de expedientes de reclamaciones por daños que afectan a edificios ejecutados bajo el nuevo régimen LOE. Con esta base se han analizado las causas generadoras de las diversas lesiones y su frecuencia para que de este análisis puedan establecerse pautas de actuación para su prevención. Finalmente, tras demostrar que las garantías obligatorias impuestas por la LOE sólo abarcan un pequeño porcentaje de los posibles daños a la edificación, insistimos en la necesidad de la plena eficacia de la Ley mediante la aprobación de todas las garantías previstas y para todo tipo de edificaciones. En suma, se ha diseñado la tesis como una matriz abierta en la que podremos continuar incorporando datos de la evolución de la doctrina, la jurisprudencia y la estadística de los daños en la edificación. ABSTRACT The approval of Law 38/1999 on November 5, 1999, (Official Gazette BOE 266/1999 of 11.6.1999, p. 38925), was the culmination of a long period of over 20 years of gestation for which deep agreements were needed between all stakeholders affected. Although several parliamentary groups denounced its incomplete approval, regarding mandatory guarantees to the purchaser, its enactment caused general satisfaction among most of the the building agents. This assessment remains after fourteen years since its partial enactment. Its essential purpose, “to regulate the building process”, is based on 3 pillars: 1.- To complete the legal configuration of the agents involved in it, setting their obligations in order to establish their responsibilities. 2.- To promote the buildings quality. 3.- To specify users´guarantees against possible buildings damage. These three issues are strongly related, since the obligations and responsibilities of the actors are the basis of the users’guarantees constitution, defined by the basic performance required by buildings. Based on the qualitative and quantitative analysis of the fulfillment of the new law’s objectives, made by monitoring the three pillars, we propose measures to the full enactment of this Directive, by the development of the Royal Decree, provided in its Second Additional Provision, once maturity in the sectors of the building and insurance is achieved. Throughout this process of study we have seen that the skill identification of damage, particularly those affecting the stability of the building, is an essential tool for the proper allocation of responsibilities of the new regime installed by the art. 17 LOE, based on the application of the three degrees of responsibility "ex lege" for property damage and limitation periods. To support this proposal, we have analyzed: 1.- The evolution of the building sector in Europe and Spain during the years before and after the enactment of the Law, due to the influence of cycles of activity produced in industry regulation, the responsibilities attributed to agents, promotion of the quality and the assurances given to acquirers. 2.- The scope of various laws on liability and building agents warranties in the countries of our economic environment. 3.- The long period of LOE generation, focusing on the developments in recent drafts and parliamentary procedure. 4.- The doctrinal development in the Transition from the regime of responsibilities, set by art. 1591 of the Civil Code, and its Jurisprudence, to the new liability regime established by art. 17 LOE. In this task, while we have noted assimilation by the Judges and Magistrates of the doctrinal principles of the LOE, we have also analyzed the work of experts, whose skilled identification of the damage causes helps the fair and efficient allocation of responsibilities. 5 - The effectiveness of the LOE based on knowledge of the siniestral statistics, which are already consolidated data, after the cancellation of nearly 15,000 claims to Architects. 6.- We have also studied the degree of compliance with the user and owner guarantees, established in art. 19 and the D.A. 1th of the LOE, exposing the real effects achieved and the pending tasks ahead. Analyzing the allocation of the building agents´ responsibilities, within the first cornerstone of the LOE, we have studied the expert witnesses actions and their impact on this duty, selecting cases of great interest and difficulty in this aim. The result of this enterprise has been to propose the specialization of this group, avoiding "irregular" behaviors that create as much damage as the agents claimed to affected owners. This damage is evident and can cause wrong convictions, illicit enrichment, false expectations and inefficient and costly damage repairs. In order to achieve the pillar of building quality through the basic requirements set by the LOE and developed by the Technical Building Code (Royal Decree 314/ 2006 of 17 March), we have analyzed records of damage claims involving buildings executed under the new regime LOE. On this basis we have analyzed the root causes of various damages and their frequency, from these data it will be easy to propose lines of action for prevention. Finally, after demonstrating that mandatory warranties imposed by LOE cover only a small percentage of the potential building damage, we emphasize the need for the full effectiveness of the Law by the obligation all the guarantees provided in the art. 19 LOE, and for all types of buildings. In conclusion, this thesis is designed as an open matrix in which we will continue including data on the evolution of the doctrine, jurisprudence and the statistics of the damage to the building.
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Bibliography: p. 78-83.
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Mode of access: Internet.
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En vista de la necesidad de conocer a fondo el Principio de Especialidad Presupuestaria contemplado en el Art.131 inciso 8o de la Constitución de la República de El Salvador, que es un derivado del principio de legalidad cuyo objeto a su nacimiento es el de ejercer el control sobre la creación aprobación y ejecución del gasto público. Conforme a la disposición antes mencionada consiste en que los gastos que en el presupuesto se consignan no debe aprobarse en forma global, es decir que el gasto público debe someterse a las restricciones que la Ley establece. La Ley Orgánica de Presupuestos desarrolla el precepto constitucional definiendo el Art. 3 literal C, así: "Asignaciones son las autorizaciones concedidas por el poder legislativo para que puedan emplearse los dineros públicos en la satisfacción de las necesidades del Estado dentro de un ejercicio. Dichas autorizaciones señalan el límite máximo que puede gastarse y su finalidad." En base a las sentencias emitidas por la Sala de lo Constitucional con referencia 9-2014, 15-2011-38-2011, 1-2010-27-2010-28-2010, en las que declara la inconstitucionalidad sobre las denominada "Partida Gasto Imprevisto", "Partida Secreta" y "Transferencia de Fondos"; aclarando que en esta última se refiere a la que se ejercía en las distintas ramas del Estado. Que la declaración de inconstitucionalidad fueron emitidas con base a lo que establece el Artículo 131 ordinal 8 de la Constitución de la República de El Salvador y serán analizadas para su respectiva interpretación, pues no ha sido desarrollado a profundidad las características de dicho principio, del que surge el cumplimiento de la Ley del Presupuesto para cada año fiscal.
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Teniendo en cuenta el drástico aumento en Colombia y el mundo de la población adulta mayor la pirámide poblacional se ha invertido. Lo que ha generado que cada vez haya más adultos mayores y la esperanza de vida sea mayor. Motivo por el cual surge la importancia de conocer diversos aspectos del envejecimiento, entre ellos los estereotipos. Adicionalmente hay muy poca investigación relacionada con los estereotipos sobre el envejecimiento según el género y el periodo de desarrollo. Levy (2009) encontró que son los jóvenes quienes tienen más estereotipos negativos sobre el envejecimiento pues estos sienten que la vejez está muy lejos de su realidad actual y no es en una amenaza personal. Por otro lado Bodner, Bergman y Cohen (2012), encontraron que son los hombres quienes tienen más estereotipos negativos sobre el envejecimiento. La presente investigación tuvo como objetivo describir el efecto del periodo del desarrollo y el género en los estereotipos sobre el envejecimiento en 860 adultos colombianos. Se midió la variable de estereotipos sobre el envejecimiento a través del cuestionario de Ramírez y Palacios (2015) y el periodo del desarrollo y el género a través de un cuestionario de datos sociodemograficos. Contrario a lo esperado, los resultados mostraron que no existe relación entre los estereotipos negativos con el género, el periodo del desarrollo, ni en la interacción de estos. En cambio, se encontraron diferencias entre los estereotipos positivos el género y el periodo de desarrollo. Se considera importante continuar realizando investigaciones relacionadas con esta temática pues cada vez son más los adultos mayores y la manera en que nos relacionemos con ellos, va a determinar un mejor proceso de envejecimiento para ellos.
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El presente trabajo se realizó con el objetivo de tener una visión completa de las teorías del liderazgo, teniendo de este una concepción como proceso y poder examinar las diversas formas de aplicación en las organizaciones contemporáneas. El tema es enfocado desde la perspectiva organizacional, un mundo igualmente complejo, sin desconocer su importancia en otros ámbitos como la educación, la política o la dirección del estado. Su enfoque tiene que ver con el estudio académico del cual es la culminación y se enmarca dentro de la perspectiva constitucional de la Carta Política Colombiana que reconoce la importancia capital que tienen la actividad económica y la iniciativa privada en la constitución de empresas. Las diversas visiones del liderazgo han sido aplicadas de distintas maneras en las organizaciones contemporáneas y han generado diversos resultados. Hoy, no es posible pensar en una organización que no haya definido su forma de liderazgo y en consecuencia, confluyen en el campo empresarial multitud de teorías, sin que pueda afirmarse que una sola de ellas permita el manejo adecuado y el cumplimiento de los objetivos misionales. Por esta razón se ha llegado a concebir el liderazgo como una función compleja, en un mundo donde las organizaciones mismas se caracterizan no solo por la complejidad de sus acciones y de su conformación, sino también porque esta característica pertenece también al mundo de la globalización. Las organizaciones concebidas como máquinas que en sentido metafórico logran reconstituirse sus estructuras a medida que están en interacción con otras en el mundo globalizado. Adaptarse a las cambiantes circunstancias hace de las organizaciones conglomerados en permanente dinámica y evolución. En este ámbito puede decirse que el liderazgo es también complejo y que es el liderazgo transformacional el que más se acerca al sentido de la complejidad.
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El desarrollo tecnológico y la expansión de las formas de comunicación en Colombia, no solo trajeron consigo grandes beneficios, sino también nuevos retos para el Estado Moderno. Actualmente, la oferta de espacios de difusión de propaganda electoral ha aumentado, mientras persiste un marco legal diseñado para los medios de comunicación del Siglo XX. Por tanto, este trabajo no solo realiza un diagnóstico de los actuales mecanismos de control administrativo sobre la propaganda electoral en Internet, sino también propone unos mecanismos que garanticen los principios de la actividad electoral, siendo esta la primera propuesta en Colombia. Por el poco estudio del tema, su alcance es exploratorio, se basa en un enfoque jurídico-institucional. Se utilizaron métodos cualitativos de recolección de datos (trabajo de archivo y entrevistas) y de análisis (tipologías, comparaciones, exegesis del marco legal), pero también elementos cuantitativos como análisis estadísticos.
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In this article, the author discusses how she applied autoethnography in a study of the design of hypermedia educational resources and shows how she addressed problematic issues related to autoethnographic legitimacy and representation. The study covered a 6-year period during which the practitioner’s perspective on the internal and external factors influencing the creation of three hypermedia CD-ROMs contributed to an emerging theory of design. The author highlights the interrelationship between perception and reality as vital to qualitative approaches and encourages researchers to investigate their reality more fully by practicing the art of autoethnography.