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Resumo:
La evasión fiscal es una conducta ajena y violatoria a las disposiciones legales tributarias del Ecuador, por lo cual es importante realizar una investigación de las causales que dan origen a la misma y de las herramientas destinadas a combatirla, en busca de una sociedad más justa y equitativa; así mismo, a pesar de que la elusión no es un delito, no deja de ser una práctica inmoral e ilegítima que también debe ser enfrentada. Tanto la elusión como la evasión, afectan gravemente a una nación cuyo presupuesto depende principalmente de los ingresos ordinarios tributarios, produciéndose una insuficiencia de fondos en la economía ecuatoriana. En tal sentido, los planes de acción y esfuerzos realizados por la Administración Tributaria, buscan determinar estos índices a través de las auditorías tributarias, los cruces de información con respecto a anexos transaccionales, el registro de declaraciones efectuadas y comparación de las mismas en referencia al mismo sector y en varios períodos de tiempo. Por ello, a lo largo de esta investigación, se ha realizado el análisis de las principales causas y consecuencias de la elusión y evasión fiscal del impuesto a la renta por parte de las sociedades en el Ecuador y se han planteado medidas para combatirlas, partiendo de la situación actual existente. Se desarrollaron tres capítulos para el estudio de este tema; el capítulo uno expone detalles del sistema impositivo ecuatoriano, el impuesto a la renta de las sociedades y los principales aspectos de la administración tributaria. En el capítulo dos se definen la elusión y la evasión, así como sus principales características, causas y consecuencias, se analiza la recaudación de los últimos años. El capítulo tres evalúa la situación actual y plantea una propuesta para mejorar el tratamiento a la elusión y evasión fiscal en el Ecuador, y finalmente concluye y recomienda el tema de investigación planteado.
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Como parte de la evolución de la humanidad a través del tiempo, casi todas las actividades se han circunscrito a generar comercio, es decir intercambio de bienes y servicios entre las personas, grupos humanos, empresas, corporaciones y Estados. Este tipo de actividades comerciales se han desarrollado a una velocidad cada vez mayor, rebasando por lo general a la norma que las regula, y, en este marco es donde tienden a limitar, reducir o incluso eliminar las mismas. Desde la invención de la rueda, la moneda y posteriormente el predominio de la empresa, el hombre siempre ha buscado nuevas y mejores maneras de hacer las cosas, y en este escenario es donde nace la tecnología, el Internet y, obviamente, sobre este medio es donde se asienta, fortalece y crece de manera robusta esta nueva forma de hacer negocios llamada: “comercio electrónico”. Es tan fascinante, global y dinámico este mercado, que la economía ecuatoriana no escapa a este fenómeno, pero surgen muchas interrogantes al respecto, entre ellas: ¿estamos preparados para poder identificar, normar y controlar tributariamente esta actividad?. A través del presente trabajo de investigación se hace un acercamiento conceptual al comercio electrónico, se detallan sus características principales, los retos y oportunidades, las tendencias internacionales, así como los riesgos inherentes a su actividad. Desde la perspectiva tributaria, si es una actividad comercial, si ésta genera ingresos, si existe un intercambio de bienes y/o servicios y si se desarrolla dentro del territorio nacional, necesariamente estamos frente a la materialización de un hecho generador que es susceptible de tributar, por lo que el realizar un análisis respecto de la norma vigente y su alcance es fundamental. Lo que se ha tratado es de definir el impacto del comercio electrónico en la fiscalidad del país, pudiendo convertirse en una fuente de consulta y guía para seguir generando conciencia de la importancia que esta actividad de cara a los ingresos tributarios e intereses nacionales.
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El presente trabajo consiste en realizar una revisión y análisis de las nueve reformas efectuadas al sistema tributario ecuatoriano a partir de la promulgación de la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria en el Ecuador, publicada en Registro Oficial No. 242 del 29 de diciembre de 2007 hasta la publicación en el Registro Oficial Nº 583 del 24 de noviembre del 2011 de la Ley de Fomento Ambiental y Optimización de los Ingresos del Estado. La promulgación de cualquier reforma legal, especialmente las de carácter tributario, genera un gran interés en las partes involucradas, debido a la incidencia que éstas pueden representar en sus actividades; los contribuyentes buscan conocer el texto de las reformas y familiarizarse con el mismo a fin de evitar los riesgos del desconocimiento e incumplimiento de sus nuevas responsabilidades tributarias. La revisión de las reformas está en función de la incidencia en la recaudación fiscal en lo referente al Impuesto a la renta y a la adopción de las nuevas normas; y, el apego de la nueva normativa a la Constitución Política del Ecuador. El pagar los impuestos es nuestra contribución real a la economía del país, es un deber legal y moral que le permite al Estado cumplir con sus responsabilidades que van en beneficio de todos los ciudadanos; aunque en ciertas ocasiones el pago de impuestos puede ocasionar malestar es deber de todos formarnos en cultura tributaria, para de esta manera asegurar y mantener la estabilidad económica del Estado.
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En la actualidad, las Sociedades en el Ecuador elaboran sus Estados Financieros de acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF´s);esta normativa no siempre coincide con la aplicación de la legislación tributaria. Es por eso que el Comité de Normas Internacionales de Contabilidad (IASC) ha emitido la Norma Internacional de Contabilidad NIC No. 12 “Impuesto a las Ganancias”, con lo cual se pretende mostrar los efectos de estas diferencias en la preparación de los Estados Financieros y lo que se busca es reconocer el gasto por “Impuesto a las Ganancias” en el período en el que se registran los ingresos y gastos, independientemente al valor que se tenga que tributar al Fisco en el mismo período, por la aplicación de la normativa tributaria. En el Ecuador la Superintendencia de Compañías mediante resolución N. 06QICI004 del 21 de agosto del 2006, publicada en Registro Oficial N. 348 del 4 de septiembre del mismo año ordena la adopción de las NIIF de aplicación obligatoria por parte de las compañías y entidades sujetas al control y vigilancia de la Superintendencia de Compañías.Motivo por el cual la presente investigación intenta explicar de manera detallada cuáles son las implicaciones contables y tributarias de la aplicación o adopción de la Norma Internacional de Contabilidad No. 12 “Impuesto a las Ganancias” en el Ecuador para lo cual me basaré en la elaboración de casos prácticos.
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El Ecuador adoptó las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) para la preparación de la información financiera de las sociedades, para que pueda ser analizada de mejor manera por los lectores de la misma: inversionistas, bancos, y otros. Existen diferencias sustanciales entre la normativa contable (NIIF) y la las normas tributarias de cada país; estas diferencias, si son temporales, generan los denominados Impuestos Diferidos, tratados con detalle en la Norma Internacional de Contabilidad (NIC) 12 Impuesto a las Ganancias. El análisis del Impuesto a la Renta incluye el cálculo financiero-contable y la planificación legal y financiera de las organizaciones y de la administración tributaria. Incluye el análisis de las diferentes aplicaciones de los ingresos gravados y exentos, de los costos/gastos deducibles y no deducibles y de su origen en las partidas del Balance General (Activos y Pasivos), y finalmente su impacto en la situación patrimonial de cada empresa. En nuestro país, la propia Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno (LRTI) establece la utilización de NIIF, pero por otra parte se establece la obligación de presentar información contable considerando la normativa tributaria. Las autoridades societarias y tributarias, así como los gremios de Contadores exigen para la presentación de los Estados Financieros de los obligados a llevar Contabilidad, la aplicación de NIIF en su totalidad, incluyendo la NIC 12, mientras que la Administración Tributaria emitió una Resolución en la que prácticamente se niega la deducibilidad de los activos diferidos que las empresas obtienen al aplicar las NIIF relacionadas con los Impuestos sobre las Ganancias.
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Las NIIF, aparecen como consecuencia del Comercio Internacional mediante la Globalización de la Economía, en la cual intervienen la práctica de importaciones y exportaciones, los mismos que fueron aplicados hasta llegar a la inversión directa de otros países extranjeros promoviendo así el cambio fundamental hacia la práctica internacional de los negocios. Estas normas intervienen dentro del sector social, empresarial, entre otros, con el propósito de dar a conocer el grado de afectación o el impacto que a su vez traiga consigo su implementación. Aplicarán a partir de Enero del 2010: Las Compañías y los entes sujetos por la Ley de Mercado de Valores, así como todas las compañías que ejercen actividades de auditoría externa. El segundo grupo que aplicará a partir del 1 de enero del 2011 son las compañías que tengan activos totales iguales o superiores a $ 4’000.000,00 al 31 de diciembre del 2007, Holding, compañías de economía mixta y entidades del Sector Público. El tercer grupo que aplicarán a partir del año 2012 conformado por las compañías no consideradas en los dos grupos anteriores. Las empresas que se dedican a la ejecución de contratos de construcción a largo plazo enfrentan la problemática de aplicar un tratamiento contable específico a los ingresos, costos, gastos y pérdidas de operación en los proyectos que ejecutan, ya que el reconocimiento de utilidades no se puede realizar a través de un sistema tradicional de operación. Los proyectos de construcción comúnmente pueden generar ingresos anticipados que deberán ser reconocidos como tales en períodos impositivos posteriores, de la misma forma que ocurre con los costos relacionados con estados de ejecución a futuro. El estudio realizado ofrece, entonces, considerar que para los contratos de obra cuya finalización es medible y se cuenta con los elementos para utilizar el Método de Porcentaje de Avance de Obra para reconocer ingresos, costos y gastos.
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Este trabajo investigativo a permitido a partir del análisis de las diversas posiciones de la doctrina representada por diferentes autores así como luego del breve recorrido realizado a través de la normativa histórica de nuestro país clarificar los principios de reserva de ley, de legalidad y su papel en la formación de las normas tributarias conforme a como han sido plasmados en el transcurrir de los años. Dentro de este recorrido histórico estudiar el proceso legislativo para la elaboración de las normas tanto aquellas calificadas con el carácter económico urgente como aquellas que no. Así también analizar como han sido y son concebidos y tramitados ambos tipos de proyectos de ley y la manera como fue y es utilizada la figura del decreto-ley por parte de quienes han ostentado la Presidencia de la República. Con la finalidad de realizar una valoración de cómo ha evolucionado la calificación de urgencia en materia económica de proyectos de ley, en especial aquellos que en su contenido han estipulado regulaciones de carácter tributario y por cuanto nuestra legislación y academia no brinda mayores aportes sobre el tema, hemos acudido a autores españoles quienes nos han contribuido con la experiencia de su país sobre el estado de crisis, la extrafiscalidad y la delegación legislativa que en nuestra legislación se asimila a la urgencia y a los decretos-ley. Aterrizando lo investigado y aprendido en un análisis de los proyectos de ley calificados como económicos urgentes en los últimos años enfatizando en: Ley Reformatoria a la Ley de Hidrocarburos y a la Ley de Régimen Tributario Interno y Ley de Fomento Ambiental y Optimización de los Ingresos del Estado ambas con un contenido tributario y promulgadas mediante la figura de decreto-ley. Con la finalidad de determinar si para su creación se observaron los principios de reserva ley y de legalidad, así como con el trámite constitucional establecido para la vigencia de las leyes.
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Los avances e innovaciones tecnológicas en la actualidad han provocado significativos cambios sociales y empresariales que por su rapidez de actualización, obligan a las entidades del mundo entero a modernizar su infraestructura tecnológica, para evitar perder su presencia en el mercado competitivo en el que se desenvuelven, sin dejar de lado que los clientes también exigen estos cambios como parte de un servicio de mejor calidad. El principal enfoque de las organizaciones es el crecimiento constante de sus ingresos, respaldados en la eficiencia de sus diferentes procesos productivos, de manera tal que la revisión constante de estos, es vital para controlar los niveles de competitividad que requiere mantener la organización, sin descartar que las decisiones de negocios serán más eficientes si se cuenta con la información necesaria el momento oportuno. Esto se consigue principalmente con el soporte de los diferentes sistemas e infraestructuras tecnológicas que permiten acceder a indicadores, reportes o resultados en tiempo real. El contar con tecnología de punta es uno de los valores agregados más importantes de las grandes entidades financieras en el país y el mundo, y con esta necesidad latente los diferentes proveedores de software han diversificado sus productos y soluciones, por lo que han propuesto el uso de sus sistemas vía SAAS -software como servicio-, es decir acceder a la tecnología según el tamaño de la organización, mediante una conexión a internet y pago por el servicio requerido, sin desperdiciar recursos económicos, humanos o tecnológicos. Teniendo en cuenta lo mencionado, el acceso a esta nueva tecnología posibilitará a las reguladas entidades del sector financiero, puntualmente cooperativas, mejorar sus niveles de competitividad en el mercado, al contar con soluciones de vanguardia, acceder a tecnología de punta, diversificar su cartera de productos y gestionar la información relevante para la toma oportuna de decisiones, en función de los objetivos y estrategias de la entidad. Motivo por lo cual esta tesis, tiene la finalidad de proponer el uso de las herramientas tecnológicas de Internet denominadas SAAS, para aprovechar las ventajas y oportunidades que estas ofrecen y así conseguir una mejor administración y dirección de las cooperativas reguladas –SBS- y generar importantes ventajas competitivas en el mercado local.
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La gestión de riesgo es aplicar estrategias para evitar los mismos o reducir los costos generados por la ocurrencia de éstos, dicha gestión requiere de un análisis para identificarlos y medirlos en su probabilidad e impacto, planificar y poner en práctica estrategias de control para mitigarlos manteniendo una constante retroalimentación. El presente trabajo, titulado “Reajuste al modelo de aprobación y asignación de sobregiros para gestión de riesgos en el Banco de la Producción.”, se basa en el riesgo de crédito que asume el prestador, derivado de la posibilidad de que el prestatario incumpla la obligación y que puede ser mitigado mediante el uso de la valoración crediticia del sujeto de crédito o en el estudio de los ingresos del sujeto y su comportamiento o historial crediticio. Banco de la Producción cuenta con un modelo de aprobación y determinación de montos máximos de sobregiros para los cuenta corrientistas el cual, le permite un análisis de cliente con el fin de determinar la probabilidad de incumplimiento para la aprobación del sobregiros y considerar otras variables que le permiten un cálculo del monto máximo de autorización del sobregiro; todo esto va en búsqueda de la mitigación de determinado riesgo de crédito. Considerando que dichos modelos deben ser revisados y actualizados continuamente para garantizar la mitigación del riesgo de crédito, se realizó esta investigación mediante un procedimiento estadístico denominado Backtesting, el cual “es utilizado para validar la calidad y precisión de un modelo, mediante la comparación de los resultados reales con las medidas de riesgo generadas por el modelo” y de esta manera poder determinar las desviaciones del mismo y proponer las respectivas mejoras. A través de la aplicación del Backtestig, se obtuvo un ratio de la idea que se prueba, la frecuencia de oportunidad bajo las condiciones establecidas, el promedio de posiciones ganadoras y perdedores de esta prueba.
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El Gobierno a través de la política fiscal busca la recaudación de impuestos para cubrir el gasto público y una mejor distribución de la renta en su población. El Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones publicado el 22 de diciembre de 2010 fue elaborado con el propósito de incentivar la inversión en el Ecuador y de esta forma lograr un crecimiento de aparato productivo. A través de este código, y mediante ley el Estado tiene un objetivo más profundo que es el crecimiento económico de todo un país para lo cual, sacrifica sus ingresos por mejorar la calidad de vida en sectores productivos. Es así que en el Código de la Producción se han establecido una serie de incentivos tributarios que permitirán a los empresarios beneficiarse en el pago de impuestos durante un período de tiempo, con el propósito de que los empresarios que apliquen estos incentivos, generen fuentes de empleo en sectores reprimidos y el desarrollo de la producción en ese sector lo que conlleva a una mejora en el estilo de vida. Se debe tomar en cuenta que estos beneficios tributarios aplican para empresas nuevas, por lo tanto los réditos fiscales que pueda tener el estado por estas empresas serán bajos o inclusive nulos, sin embargo, los sectores en los que se invertirá tendrán desarrollo económico y social de forma más equitativa con lo que se puede identificar que el gobierno al establecer esta norma tiene otros fines en beneficio de los contribuyentes. Con este trabajo se pondrá en evidencia el Gasto Tributario del gobierno como un fin extra fiscal así como también los beneficios empresariales que puede tener un inversionista nuevo con los incentivos tributarios.
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La presente investigación analiza la imposición de la salvaguardia cambiaria por parte de Ecuador a Colombia, entre julio del 2009 y febrero del 2010, en el marco de las relaciones bilaterales entre los dos socios andinos. El estudio evalúa el comportamiento de las importaciones ecuatorianas desde Colombia, sobretodo el de 100 sub partidas, afectadas tanto por la salvaguardia cambiaria, como por la salvaguardia de balanza de pagos; además, las reducciones más significativas en cuanto a volúmenes y a valores, en 67 productos durante la vigencia de las dos salvaguardias. El deterioro de las relaciones entre Colombia y Ecuador, a raíz de marzo del 2008, marca el contexto de la investigación. Tras una incursión militar en territorio ecuatoriano, el 1 de marzo de ese año, el gobierno colombiano logró la captura y muerte del segundo líder de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC), alias Raúl Reyes; pero, al mismo tiempo, el ataque provocó días después la ruptura de relaciones diplomáticas con Ecuador. Si bien la crisis no se ha trasladado completamente al plano comercial, la imposición de la salvaguardia cambiaria fue vista por los sectores productivos de Ecuador y Colombia como una medida inoportuna para el restablecimiento normal de las relaciones e incluso como un factor que dilataba más el acercamiento entre los dos países. Por su parte, el gobierno ecuatoriano defendió la medida como una opción válida para restaurar las condiciones de comercio y competencia para Ecuador, afectadas desde el 2008, por la devaluación del peso colombiano. Además, junto con la salvaguardia de balanza de pagos, la salvaguardia cambiaria fue una opción para enfrentar la amenaza del sector externo y la crisis económica mundial que repercutió en el país, con la disminución de las exportaciones, disminución del precio internacional del petróleo -principal producto ecuatoriano de exportación-, y disminución de las remesas de emigrantes -segundo rubro de ingresos para la economía nacional.
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El presente trabajo investigativo pretende comprobar una hipótesis ampliamente difundida : ¿Son las mujeres mejores administradoras de sus microempresas?; en este afán, la investigación parte de la recolección de datos de fuentes primarias, tanto de encuestas de campo realizadas en la ciudad de Quito, así como del análisis de base de datos de clientes de crédito de una cooperativa de ahorro y crédito controlada por la Superintendencia de Bancos y Seguros y de datos suministrados por un buró de crédito. El estudio recoge también, como base de partida, un estudio realizado por USAID‐ECUADOR, en el año 2004, tal vez el estudio más completo sobre el sector microempresarial ecuatoriano hasta la fecha realizado; de la conjunción de estos datos se pretende dar solución a la hipótesis planteada. El estudio parte de una leve introducción de la definición de microempresa y su connotación en la economía ecuatoriana, resaltando sobre todo la importancia social y económica en la generación de recursos que aportan al PIB y al generación de empleo, el estudio en esta parte resalta la trascendente importancia del sector microempresarial e importancia social y humana que este representa en el Ecuador. Profundizando ya la investigación, el estudio se centrará en comprobar bajo cinco parámetros financieros y económicos, si las microempresas de propiedad de mujeres son mejor administradas que las que tienen como propietarios a hombres, estos cinco factores son: nivel de ventas, rentabilidad sobre ventas, rentabilidad sobre activos, generación de empleo y acceso a crédito a través de instituciones financieras formales; del análisis de cada uno de estos aspectos se determinará que las microempresas de propiedad de mujeres en la actualidad destacan en dos elementos: rentabilidad sobre activos y acceso a crédito formal, sobre todo por ser las mujeres mejores pagadoras que los hombres; sin embargo presentan todavía desventajas respecto de los negocios administrados por hombres en cuanto a ventas, rentabilidad sobre ventas y generación de empleo, pero el mismo estudio hace consciencia en el hecho de que las mujeres propietarias de pequeños negocios han presentado una evolución importante en estos indicadores en estos últimos seis años, lo que posibilita creer que en corto plazo los indicadores financieros analizados serán favorables a las microempresas “femeninas” en desmedro de las administradas por hombres, puesto que la tendencia así lo señala. El estudio entonces se centra en analizar las principales características de los negocios microempresariales administrados por mujeres a fin de entender sus características particulares tales como experiencia de las microempresarias en este tipo de negocios, antigüedad de los mismos, tiempo destinado a la atención del negocio, destino de ingresos a gastos familiares y personales , factores por los cuales decidió ser microempresaria y el análisis de las variables cualitativas que caracterizan a las mujeres emprendedoras. Finalmente el estudio presenta las conclusiones del mismo, donde es trascendente resaltar la importancia que tienen las microempresas para el sostén de la economía familiar, aspecto de principal interés para las mujeres puesto que ellas son en gran medida responsables del desarrollo y crecimiento de sus familias e hijos.
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El régimen tributario en el estado contemporáneo resulta trascendental para su propia
sobrevivencia, más en época de crisis como la que afrontamos, en la que las otras fuentes
de ingresos públicos, como los patrimoniales o los préstamos, se hacen cada vez más
escasos y difíciles de obtener.
Por su parte, la Constitución expedida por la Asamblea Constituyente y publicada en el
Registro oficial Nº 449 de 20 de octubre del 2008, pretende la configuración de un nuevo
Estado basado en principios de solidaridad, de equidad, de redistribución de la riqueza
entre todos los miembros de la sociedad ecuatoriana. En este contexto, resulta de gran
importancia analizar los cambios que en el régimen tributario ecuatoriano ha propuesto la
nueva Constitución, en particular en los artículos 300 y 301, que sin duda vienen a
complementar aquellos que, ya figuraban en la Constitución de 1998. Pero es en su
espíritu el verdadero cambio; pues, tales principios están vigentes en cada relación jurídica
y no solamente como una mera declaración sino como normas de aplicación directa a
través de su fuerza vinculante y, además, de inmediata aplicación.
Por otra parte, resulta trascendente para la materia tributaria, los cambios de varias
instituciones del Código Tributario, entre ellas y de manera especial al régimen penal
tributario, implementadas por la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria del Ecuador,
publicada en el Registro Oficial Nº 242 del 29 de diciembre del 2007. En ella, se ha
convertido al
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En la última década, el comercio mundial de alimentos ha experimentado un auge importante, principalmente fruto de la creciente demanda de China que incrementó los precios internacionales de los alimentos. En este escenario, los países de América Latina, como exportadores netos de alimentos, se han beneficiado al incrementar sus ingresos por divisas y han ganado un nuevo y creciente socio tanto a nivel comercial como en cooperación. Sin embargo, a largo plazo es necesario formular estrategias conjuntas en la región para la negociación frente a China como bloque y la canalización de la inversión china en sectores con mayor valor agregado y tecnología. Ecuador, como país andino y exportador de alimentos, ha incrementado las relaciones comerciales con China. Sin embargo presenta falencias a nivel estructural y productivo en su industria local por lo que el gigante asiático ha logrado incursionar fácilmente, generando dependencia tanto a nivel comercial como financiero. El presente trabajo analiza la dinámica del comercio de alimentos entre China y los países de América Latina en el siglo XXI, describe las características y actores principales de dicho comercio y se fundamenta en el análisis del sector agrícola chino y sus políticas de desarrollo interno. Detalla las relaciones comerciales existentes entre China y los países andinos tanto a nivel de exportación como de importación de alimentos, analizando el caso de Ecuador y los efectos del flujo de comercio actual sobre su sector agrícola. El contexto implica una coyuntura internacional donde las economías de la región deben plantearse estrategias conjuntas para lograr beneficios mutuos de la creciente relación comercial con China.
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Los Estados para alcanzar su desarrollo han sentido la necesidad de crear medios económicos para su subsistencia, siendo los tributos una de las principales fuentes de ingresos, en el Ecuador con el paso del tiempo y a través de varias Reformas Tributarias se han introducido nuevos impuestos manejados por las distintas Administraciones Tributarias. La mayor parte de países en vías de desarrollo han concedido tratamientos tributarios con el fin de atraer capitales y desarrollar los sectores: productivos, agrícolas, comerciales, de servicios, etc, y nuestro país no ha podido estar al margen de esta realidad; de allí que, el 29 diciembre de 2010, se pone en vigencia el denominado Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversión, que contiene seis libros de los que se desprenden cambios substanciales para la concepción de la matriz productiva del Ecuador, priorizando los sectores que antes no eran tomados en cuenta y tratando con ello, de cumplir con los preceptos Constitucionales del 2008 y promoviendo así el denominado “Buen Vivir”, tema focal de la Carta Magna que nos rige.