925 resultados para Església catòlica
Resumo:
Resumen: En este trabajo se examina el rendimiento de estudiantes universitarios en razonamiento formal con y sin interacción social. La muestra N = 83 estuvo conformada por alumnos provenientes de dos universidades (UNMDP y UAA) quienes fueron asignados a dos condiciones: experimental con interacción (n = 40) y grupo control sin interacción (n = 43). El reactivo empleado consistió en una serie de pruebas del Test de Matrices Progresivas escala general y avanzada. Todos los participantes debieron resolver dichas tareas durante varias semanas: primero en forma individual (pretest), luego en forma colectiva presencial y por chat (díadas, condición experimental) y en forma individual (grupo control), y finalmente en forma individual (postest). Se registraron las interacciones que llevaron a cabo los participantes mediante videofilmación y logs del Chat. El rendimiento fue evaluado según la condición asignada: individual o grupal y en los últimos mediante una evaluación interjueces se estableció la calidad de las interacciones. Los resultados corroboran la superioridad de las díadas por sobre la performance individual; la reiteración en la fase de postest de aquellos ítems incorrectamente resueltos en el pretest más el agregado de nuevos ejercicios pusieron de relieve dos zonas de avance o de internalización de los progresos. En cuanto a la calidad de las interacciones, las mismas son coincidentes. Estos resultados abren nuevos interrogantes acerca del conflicto sociocognitivo y su papel para el avance grupal – individual.
Resumo:
Resumen: El objetivo de este trabajo es examinar las formas en que los discursos periodísticos de los telediarios construyeron el caso Urbani, un robo que desencadenó la muerte de un joven en su casa de Tigre, el 10 de octubre de 2009. En el hecho se imputó a dos jóvenes de 16 y 17 años, que fueron encerrados provisoriamente en un Instituto de Menores hasta alcanzar la edad “suficiente” (los 18 años) para la prescripción de penas. El análisis se aborda desde una perspectiva comunicacional que se sirve de supuestos teóricos provenientes de los campos del periodismo y el control social. El modo de abordaje emplea técnicas cualitativas que permiten examinar los mecanismos de la producción de noticias en los noticieros América Noticias, Visión 7, Telefé Noticias, Todo Noticias y Canal 5 Noticias
Resumo:
Resumen: Los avances del liberalismo conmovieron, en buena medida, a la filosofía cristiana. Efectivamente él consagró el valor de la libertad como aspiración máxima y, en su nombre, se intentó sacudir el yugo de la autoridad y la Iglesia no quedó al margen, por lo que los católicos se replantearon muchas de sus posiciones, a fin de poder brindar las respuestas sociales que la sociedad estaba reclamando. Fue así que apareció la tercera escolástica, concebida como un movimiento de renovación contra el liberalismo que lo había invadido todo. Los propulsores de esta corriente decidieron restaurar en las escuelas y universidades la filosofía de Santo Tomás. La Argentina sufrió también las embestidas del liberalismo, lo que impulsó a los católicos a prepararse para plasmar soluciones en las más diversas áreas, con la idea de fondo de imponer el catolicismo como el principio organizador del medio social, argumentando que esa había sido la tendencia histórica en el país. Así fue como la tercera renovación escolástica, o neotomismo, penetró en la Argentina a fines del siglo XIX y en el XX, y se impuso tanto entre los seminaristas como en la Universidad de Córdoba y particularmente en su Facultad de Derecho y Ciencias Sociales. Durante los últimos años del otoño decimonónico la neoescolástica estuvo presente en muchas de las tesis presentadas en la Facultad de Derecho, siguiendo, en este aspecto, una tradición de la universidad cordobesa, la que predominaba también entre ciertos profesores. En este trabajo rastreamos los fundamentos del poder político que se encuentran en esos trabajos, refiriéndonos, por un lado, a la visión del grupo sobre el orden, a la igualdad y el progreso y, por otro, a los derechos del hombre.
Resumo:
En enero de 2004 Jürgen Habermas y Joseph Ratzinger fueron invitados por la Academia Católica de Baviera para mantener un diálogo sobre los fundamentos morales –prelegales o prepolíticos– del Estado contemporáneo. Dos intelectuales de su talla, no obstante sus evidentes diferencias teóricas, pudieron entonces no solo dialogar cordialmente sino encontrar valiosos puntos en común desde sus diferentes tradiciones de pensamiento. Este hecho, no poco relevante en un mundo intelectual quizá demasiado dominado por la crispación de las posturas antagónicas, fue una inspiración para los que suscribimos hoy este breve artículo1. En este ensayo pretendemos evidenciar –a partir del recuerdo de los frutos de dicho diálogo– que no solo puede constatarse sin dificultad que existe una estrecha relación entre derecho y religión, sino que tal relación puede ser sumamente fructífera para ambos. Evidenciaremos esto, en particular, a través de un breve análisis del tópico fundamental de la dignidad y de los derechos humanos que en ella se sustentan.
Resumo:
Las tradiciones sobre el maná y el capítulo VI del Evangelio de San Juan / Luis Herberto Rivas -- Eucaristía y reparación. Reflexión teológico-Espiritual / Leonardo Capelluti -- ¿Qué se entiende por Teología Espiritual Sistemática? / Guillermo Rodríguez Melgarejo -- Algunas reflexiones para una enseñanza pastoral de la Teología Dogmática a los futuros Presbíteros / Carmelo Giaquinta -- Notas bibliográficas -- Libros recibidos
Resumo:
Resumen: En 2012 se cumplen 50 años del inicio del Concilio Vaticano II, inaugurado por el Papa Juan XXIII el 11 de octubre de 1962. Es un dato reconocido el importante papel que desarrollaron muchos teólogos a lo largo de los diversos debates conciliares. Entre ellos destaca la figura de K. Rahner. Su principal contribución se dirigió a los asuntos eclesiológicos. Menos conocido es su aporte a los debates que, iniciados en octubre de 1962, conducirían, recién en 1965, a la aprobación de la Constitución Dei Verbum. Luego de una breve introducción, me detengo, en primer lugar, en el informe que Rahner preparó en noviembre de 1962 en contra del Esquema preparatorio, De fontibus revelationis. En un segundo momento, describo otro texto, el llamado “Esquema Rahner – Ratzinger”, elaborado en la misma época, pensado como un texto alternativo al oficial. En tercer lugar, destaco algunas ideas centrales de una conferencia de Rahner de 1963, titulada “Escritura y Tradición”. Finalmente, analizo el número noveno de Dei Verbum que, como se advertirá, muestra que las posiciones bíblico-sistemáticas de Rahner se direccionaban en el sentido de la llamada mayoría conciliar.
Resumo:
Resumen: El autor sostiene que la búsqueda de nuevos modelos empresariales y de política económica nos invita a redescubrir la filosofía personalista de Maritain. En el núcleo de la obra Humanismo integral (1936) del filósofo francés aparece la idea de que el hombre es una persona "de naturaleza espiritual, dotada de libre albedrío, y por lo tanto autónoma en relación con el mundo". El artículo estudia la naturaleza del bien común temporal, que para Maritain se relaciona con la vida buena de la toda la comunidad –el bien común o bonum commune– tanto en el sentido material como moral. Este bonum commune no es el objetivo final del orden temporal, sino que está subordinado a lo que trasciende el bienestar temporal de la persona humana –la realización de la libertad y la perfección espiritual. En última instancia, el orden nunca se completa. El balance definitivo o telos nunca se obtiene ya que el hombre está siempre en camino.
Resumo:
Número monográfico: El viaje y sus discursos
Resumo:
Contenido: Editorial – Sobre la guerra: El uso de la fuerza frente a las agresiones de baja intensidad / Hernando V. Cañardo – Derecho de la alta tecnología: El orden público tecnológico / Horacio R. Granero – El gobierno electrónico como un nuevo paradigma de administración / Pablo Castoldi – Reforma del Estado: Crisis y reforma estructural del Estado / Vicente Gonzalo Massot – La reforma del Estado en sus aspectos estructurales y de gestión / Hugo Luis Dalbosco – Crisis y reforma del estado / Roberto Antonio Punte – Cómo recorrer virtualmente al estado argentino / Federico Ricciardi – La región como alternativa política / Carlos A. de Jorge – Algunos problemas actuales del federalismo y la regionalización como respuesta / Eugenio Luis Palazzo – La reforma administrativa del estado / Alfredo G. Barros – La reforma impostergable y largamente esperada del Poder Judicial / Silvana M. Stanga – Recensiones
Resumo:
Este artículo pone en diálogo a Hadewijch de Amberes con Adolphe Gesché, a través de una mediación antropológica. Ambos conciben al ser humano como constituido por un exceso, un plus ultra, una realidad que le viene de otro lado. Desde esta sintonía antropológico-teológico-mística, la opción de poner en juego a ambos quiere destacar la cercanía de pensamiento, de experiencia y de sentimiento que, como un puente, tensado sobre los siete siglos que los separan, los acercan de un modo sugestivo. Los extraordinarios y bellos poemas y escritos de Hadewijch, por un lado, y la sólida y atractiva teología de Gesché, por otro, se entrelazan con un objetivo común: asegurar la inefable dignidad del hombre pensante, sentiente, deseante, anhelante que sugiere a un “otro” que lo habita, que está más allá de toda realidad fáctica y al cual se intuye más que se define, se desea más que se posee, se apunta más que se nombra.
Resumo:
María Angélica Barreda, nacida en La Plata, el 16 de mayo de 1887, fue la primera abogada argentina. Estudió en la escuela normal, con la dirección de Mary Olstine Graham, quien había llegado al país desde Boston, convocada por Domingo F. Sarmiento. Mary O’Graham (1842-1903) no llegó a ver graduada a su ex alumna, ni tampoco a otras mujeres prestigiosas, como fueron la educadora Ada María Elflein, Josefina Passadori, conocida autora de textos escolares, o las escritoras Martha Mercader y Aurora Venturini, por citar solo algunas de las muchas egresadas de esa escuela, orgullo de los platenses.
Resumo:
Contenido: Editorial – Tomás Casares juez / Bernardino Montejano (h) – La esencia racional de la ley según Santo Tomás / Benito Raffo Magnasco – El derecho : aproximaciones a su esencia / Ernesto Pueyrredón – Razón práctica e interpretación / Enrique Zuleta Puceiro – El voluntarismo en Duns Escoto y la noción de contrato / Jorge Guillermo Portela – Realismo, idealismo y derecho monetario / Aníbal A. de Cristófaro – La piedad patriótica / Leonardo José de Martini – El derecho, un saber subalternado a la ciencia moral : un retorno a la doctrina del derecho natural clásico / Horacio Roberto Granero – Documentos – Notas bibliográficas
Resumo:
Resumen: El artículo ofrece algunas reflexiones en torno a la delicada cuestión de un posible acceso a la comunión eucarística por parte de personas divorciadas en nueva unión civil. Se aborda, en primer lugar, la relación entre indisolubilidad matrimonial y comunión eucarística, considerada como un punto neurálgico en la discusión reciente. Partiendo de una importante afirmación de Evangelii Gaudium se ofrecen luego consideraciones acerca de la naturaleza medicinal de la eucaristía y, finalmente, algunas observaciones en relación con la teología de la gracia.
Resumo:
Introducción: El contrato de gestación por sustitución, también llamado alquiler de vientres o maternidad subrogada, es aquel en el que se acuerda con una mujer (la madre subrogante) que esta tendrá un hijo y luego se lo dará a quien encargó al niño. Dependiendo del caso, los gametos pueden ser de la madre subrogante, de los pretensos padres, solo de uno de ellos o de ninguno, es decir, de terceras personas. En algunos países estos contratos están prohibidos, mientras que en otros están permitidos y, en otros, no regulados. En este marco de dispersión normativa se ha generado un fenómeno llamado “turismo reproductivo”, que consiste en que quien pretende obtener un niño por subrogación, viaje de su Estado de residencia a otro – en donde la regulación sea más permisiva– con el solo objeto de celebrar un contrato de gestación por sustitución y anotar al niño como propio. Como consecuencia, no solo existen complicaciones para los pretensos padres a la hora de querer volver al Estado donde buscan que se reconozca a ese hijo como propio, sino que, una vez en el Estado receptor, basándose en el orden público, puede que este no reconozca el certificado de nacimiento en donde el niño es inscripto como hijo de ellos. En este escenario es donde se sitúa la sentencia en comentario.