770 resultados para Administración de justicia España s.XVI leyes
Resumo:
Se presentan un resumen y el texto íntegro del Documento 'La educación en el Estado de las Autonomías', elaborado por FORO Calidad y Libertad de la Enseñanza, que pretende ser una aportación de y para toda la escuela española. En él, se analizan las disfunciones del actual sistema educativo y realizan diversas propuestas para evitar una descentralización equivocada que afecte a la unidad básica del sistema y una sustitución de la autonomía pedagógica por la autonomía política.
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Presentación de un estudio francés acerca de la administración de la educación en Francia. El problema de la coexistencia pacífica entre la enseñanza pública y la enseñanza privada recibió a finales del año 1959, en Francia, una solución nueva. Se hace mención al problema que se trata de resolver con esta iniciativa. Éste consiste en que la enseñanza en Francia está repartida, según su objeto y según la edad de los que la reciben, entre cuatro categorías, llamados, respectivamente, de primer grado, de segundo grado, superiores y técnicos. Son los establecimientos de primero y segundo grados y los técnicos, con exclusión de la enseñanza superior, los que serán objeto de reforma. Desde las leyes escolares de 1882-1888, la enseñanza se ha dado, por una parte, en los establecimientos del Estado, y por otra parte, en los establecimientos privados, la mayoría confesionales. Una jurisprudencia permanente del Consejo de Estado, decidía que, la ley sólo había previsto dos categorías de establecimientos, con exclusión de una tercera categoría de establecimientos privados subvencionados por el Estado. Pero las circunstancias socioeconómicas han llevado a la transformación de estas disposiciones. En especial el enorme crecimiento demográfico desde el fin de la segunda Guerra Mundial, obliga en Francia a una reforma de la enseñanza. Se considera como una especie de escándalo que todos los niños que se presentan para el ingreso en una escuela técnica no sean admitidos por falta de sitio. Era, pues, necesario ayudar a la enseñanza privada. La Ley de 31 de diciembre de 1959, transforma totalmente la situación anterior. Esta Ley ofrece a loa establecimientos privados la elección entre cuatro soluciones: el estatus quo anterior, la integración plena en el sistema de enseñanza público, el contrato simple acordado con el Estado y el contrato de asociación.
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Si nos referimos a la educación de adultos, la Ley Orgánica del Poder General Penitenciaria ( LOGP) no ofrece un desarrollo real en la práctica penitenciaria, ya que las condiciones de los establecimientos, el hacinamiento, la falta de espacios, la falta de personal, el aspecto regimental, etcétera, dificultan la aplicación y desarrollo pleno de sus preceptos. A ello se une la presencia de un establecimiento penitenciario de diferentes subculturas que conviven en los mismos espacios y tiempos, pero que tienen un componente común, su enraizamiento en la marginación. Estas dificultades estructurales y funcionales hacen pensar que el modelo escolar, que es el que más encaja con la reglamentación característica del sistema penitenciario y que se mantiene en la actualidad, no es el más adecuado para aportar la realidad diferencial de la prisión. Por el contrario, en la prisión bien podrían adoptarse otros modelos de intervención más ajustados a las características de la vida carcelaria. Creemos que podemos tratar a los delincuentes desde y en el contexto penitenciario, para alcanzar la reinserción y reeducación social. La prisión no es un instrumento pedagógico idóneo, pero debe ser un ámbito para la actuación de la pedagogía. Será necesario reflexionar al amparo del nuevo Reglamento sobre las funciones del pedagogo dentro de las instituciones penitenciarias. Esta reflexión debe partir del propios colectivo y centrarse en la definición de objetivos y en la intervención de la educación social. Su intervención se caracteriza por dos acciones: primero, el contenido de su ámbito le facilita la posesión de una estructura integral de lo que significa aprender y modificar conductas, tanto a nivel individual como social; en segundo lugar, el pedagogo adopta estrategias educativas, y no clínicas, lo que refuerza el aspecto preventivo, la generalización de los procedimientos a otros contextos (escuela, familia, barrio) y hace posible adopción de programas comprensivos y globales.
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El vigente procedimiento que regula la selección de universitarios en España, su modelo de selección, características de la prueba de acceso y su capacidad de predicción del éxito universitario, demuestra que los responsables educativos siempre han podido contar con información científica contrastada y con ayuda técnica suficiente cuando se han planteado reformas en el sistema educativo. Y casi todos siguen pensando que la clave de todos los problemas, de todas las soluciones, está en la prueba de acceso, en quitarla, en endurecerla, en modificarla... incluso cuando se trata de problemas que no tienen relación directa con ella. La administración educativa ha sido especialmente sensible a los críticos que hablaban de que la selectividad era una prueba arbitraria, que todo dependía de la suerte que se tuviera con los tribunales. Los cambios se han ido introduciendo paulatinamente para mejorara su fiabilidad y algunas de sus características estructurales, pero se ha sacrificado algo la validez de contenidos. En otras palabras, la madurez que supuestamente debe medir la prueba de acceso es , una madurez algo más limitada que la que podía medir la prueba hace. Por el momento parece ser que no se piensa eliminar, ni cambiar. Pero el problema mayor parece residir en los desajustes entre la oferta y la deman.
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Si una de las característica del siglo XIX había sido la oposición frontal a la iglesia y especialmente a los religiosos, se puede decir que en el siglo XX una vez superado su primer tercio, es decir, para ellos comienza en 1939, legalmente no se les negaba la existencia, pero los gobiernos dictatoriales y/o democráticos practican un concepto restrictivo de justicia distributiva. Tras el hachazo de la guerra civil y sus consecuencias, se podía dar por finalizado el siglo XIX, aunque sin poseer el finiquito correspondiente que parece ha otorgado la constitución de 1978 y, sobre todo, un cambio de mentalidad hacia una educada tolerancia. El problema del siglo XX ha sido un problema de límites, no de existencia. Se trata y se sigue tratando en el siglo XXI de establecer donde están los límites de la libertad de educación. Mientras el Estado no redefina su intervención en educación y la deje al mismo nivel que ha dejado su intervención en otros campos en los que no interviene, sino que define, regula, vigila y replantea, no habrá una correcta aplicación del principio de subsidiariedad en el campo educativo.
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Único órgano de actualización pedagógica a principios del siglo XX en España. Hubo otras instituciones que se preocuparon por el estado de retraso cultural del país y por la decadencia de los estudios y algunos de ellos consiguieron, en mayor o menor medida, colaborar en la mejora de la escolarización, de la docencia, de la administración escolar, de los métodos didácticos y en último término, de la dignidad de muchos hombres y mujeres, dignidad que empieza por el desarrollo intelectual de cada persona. Pero tras la revisión respecto a los instrumentos que impulsó la Junta para actualizar los discursos y las prácticas pedagógicas en la España del primer tercio del siglo XX, así como del recuento de los ámbitos concretos en los que los pensionistas pudieron actuar, se puede decir que fue un claro balance positivo en esa tarea de modernización que llevó a cabo. Está claro que pudo tener una base social más amplia su esfera de influencia o que pudo haber elegido una estrategia con más capacidad de incidencia en todos los sectores de la nación. Pero hay que estar de acuerdo en que con los presupuestos que contó a través de su existencia, con los avatares políticos a los que tuvo que hacer frente a lo largo de treinta años y las sospechas que despertó en sectores reaccionarios, enemigos de toda novedad, logró en un periodo de tiempo corto unos éxitos cuantificables que contribuyeron a dignificar el país, especialmente en el camino de la pedagogía, lo que ha llevado a algunos historiadores a considerar aquella etapa como una de las mejores por las que ha atravesado España en tiempos pasados.
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El matrimonio ha dejado de ser para muchos sectores de la sociedad española como la única vía posible para la vida conyugal. Lo que significa que haya sido regulado por el derecho como un modelo alternativo al matrimonio. Han sido primero los tribunales y después el regidor quienes sin llegar a formular un tratamiento global y homogéneo a las parejas de hecho, han ido corrigiendo algunas injusticias provocadas por las leyes vigentes. No obstante, no existe una regulación global al respecto. Es tratamiento regulativo de las parejas homosexuales requiere un enfoque jurídico, psicológico y sociológico que evite caer en estereotipos y de cierta racionalidad a las controversias en temas como la adopción por parte de este tipo de parejas. En este caso debiera de darse un debate abierto y plural que hasta el momento no ha tenido lugar en España, tanto en el ámbito social como en el legislativo, atendiendo a los criterios más expertos de psicólogos, pedagogos, educadores especializados, sin perder el norte de que no hay un derecho de adoptar en ninguno de los dos casos (parejas casadas, no casadas, hetero u homosexuales, etcétera).
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Los árabes han servido en bandeja los hechos, inventos, que los europeos se han encargado de recoger y realizar. Han dominado todos los campos: Filosofía, medicina, astronomía, literatura. Durante toda la Edad Media y aún en el Renacimiento los europeos, aprovechan lo almacenado por este pueblo convirtiendo Al-Andalus en puente entre Oriente y Occidente. Pero con el aletargamiento político y la paralización de la fuerza intelectual árabe, los europeos sobrepasaron sus conocimientos y los manuscritos que encerraba la ciencia, la literatura, la historia en los siglos XVI Y XVII quedan rezagados en la bibliotecas como elementos de historia e investigación. Es ,entonces, cuando se les empieza a estudiar. En España quedó un depósito magnífico en la Biblioteca del Real Monasterio de El Escorial. Con Carlos III aparecen los primeros gérmenes de lo que en el siglo XIX sería la escuela de los arabistas españoles. Algunos españoles comienzan a estudiar la lengua árabe destacando Pascual Gayangos, Francisco Codera, Julián Ribera, Miguel Asín. La creación oficial e independiente de estudios árabes se hizo en 1933, con dos centros en Madrid y Granada.
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Informe sobre la situación educativa del país en 1969 y presentación de la reforma de la educación que se pretende llevar a cabo. La primera parte del Libro Blanco contiene un análisis de la situación actual de la educación en España y de sus principales problemas, como la excesiva rigidez del sistema, el déficit de puestos escolares, los problemas derivados de la democratización de la enseñanza, como el aumento de necesidades presupuestarias y estructurales. La segunda parte contiene las bases para la nueva política educativa, cuyos objetivos son integrar la sociedad española, elevar su nivel educativo y cultural, elevar el nivel económico del país y mejorar el rendimiento de la educación. Se describe la estructura del nuevo sistema educativo, la organización de la investigación científica, de la formación profesional, la educación de adultos y de la mujer y las líneas generales de la reforma de la administración educativa.
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Se recogen las declaraciones del Ministro de Educación Nacional, D. Jesús Rubio García-Mina, en el año 1959, que analizan las características de la educación nacional de este período. Así, se destaca el problema del enorme aumento del alumnado, la nueva organización docente y la simplificación de las soluciones pedagógicas y técnicas.
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Título anterior de la publicación : Boletín de la Comisión Española de la UNESCO
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Se aborda la historia del Ministerio de Educación y Ciencia, de las materias de su competencia y de sus distintos organismos, desde la época en que sus funciones pertenecían al Ministerio del Interior. Sin embargo, el germen originario del actual ministerio es la Dirección General de Estudios creada por la Constitución de 1812 y desaparecida en 1832 con la creación del Ministerio de Fomento. A lo largo del siglo XIX, sus competencias fueron pasando sucesivamente por distintos ministerios, del de la Gobernación, al Ministerio de Comercio, Instrucción y Obras Públicas en 1847, al de Gracia y Justicia en 1851 y de nuevo al Ministerio de Fomento en 1855. En el siglo XX, se destaca la creación en 1900 del Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes, al que se le encomendó la enseñanza pública y privada en todas sus clases, el fomento de las ciencias, las artes y las letras, los archivos, museos y bibliotecas, y el Instituto Geográfico y Estadístico. Y después, la aparición del Ministerio de Educación Nacional después de la guerra de 1936, y su cambio de denominación por el de Ministerio de Educación y Ciencia a partir de la ley de 1966.
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Se apuntan las más importantes tendencias que en esta época de profunda evolución del sistema educativo se perfilan en la sociedad, en el sistema educativo y en la administración de la educación. Respecto de las tendencias en la sociedad se resaltan, además de la demanda social de la educación, las graves obligaciones y los importantes derechos de la familia como primera responsable de la educación de sus hijos. Las tendencias en el sistema educativo se dirigen a una renovación de su estructura, de los contenidos de los programas, de sus métodos, del profesorado y de las pruebas para el control de calidad del sistema. Por último, y como consecuencia de lo anterior, se requiere la reorganización de la administración educativa estatal y la necesidad de la formación urgente de los profesores y administradores para los nuevos cometidos.
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Se expone y analiza el discurso que el Ministro de Educación español, el profesor Villar Palasí, pronunció durante la XVI Conferencia General de la Unesco. Se incluyen las impresiones del propio ministro sobre la conferencia y se destaca la aprobación por unanimidad de la propuesta de España para racionalizar el desarrollo de las Conferencias Generales de esta Organización.
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Se muestran parte de los resultados de la investigación 'Equitat, exelúlencia i eficiéncia educativa a Catalunya. Una anàlisi comparada' realizado para la Fundación Jaume Bofill (http://www.fbofill.cat/index.php). Resumen basado en el de la publicación