914 resultados para RESPONSABILIDAD DEL ESTADO – ESPAÑA
Resumo:
El presente trabajo académico abarca un análisis en el que se define la vulneración de principios y derechos constitucionales y tributarios; así como también se constatan los vicios de forma y/o de fondo en la aprobación de la Ley de Fomento Ambiental y Optimización de los Ingresos del Estado (en adelante LFAIOE). Para llegar a comprobar dicha hipótesis fue utilizado el método analítico, como la misma palabra lo indica, se analizó cada paso del procedimiento adoptado para la aprobación de la mencionada ley, que en ejercicio de sus atribuciones constitucionales el señor Presidente de la República, presentó ante la Asamblea Nacional el proyecto de LFAOIE, calificado como de urgencia en materia económica. La presente investigación pretende demostrar las violaciones al procedimiento legislativo establecido en la Constitución de la República (en adelante Constitución) para la aprobación de las leyes que crean, modifican o suprimen tributos; es decir, los cuestionamientos constitucionales de forma que, desde el personal punto de vista de quien presenta esta investigación, han ocurrido en el trámite y promulgación de la LFAOIE. Comprende también el presente trabajo, un análisis de las disposiciones cuarta y décima para el cobro eficiente de las acreencias del Estado, constantes en la aludida Ley, que tiene como propósito evidenciar la vulneración del principio de irretroactividad de la ley tributaria en perjuicio de los contribuyentes; y la violación a la garantía constitucional de la tutela judicial efectiva, y a la seguridad jurídica; es decir, cuestionamientos constitucionales de fondo a la LFAOIE. La parte final del trabajo contiene algunas reflexiones sobre los efectos jurídicos que la aplicación de las disposiciones cuarta y décima ocasionó en los procesos contenciosos tributarios que se encontraban en conocimiento de los jueces competentes al momento de la entrada en vigencia de la manifestada LFAOIE.
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Around 1930, Argentina was one of the richest, most dynamic and modern countries in Latin America and, at the same time, the only one on the continent that had not separated Church from State. This observation can be summed up and singled out among the many hypotheses during the last decades that have permitted the questioning of the most schematic, linear and teleological reports concerning the secularization process. This article puts forward a report concerning the double process of state and ecclesiastical construction in Argentina in the Nineteenth Century. Its purpose is to suggest keys for understanding said report that permit the comprehension of special features concerning the type of laicism that Argentina adopted at the beginning of the Twentieth Century.
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Los conceptos que definen al derecho a la salud y al derecho al acceso a medicamentos han sufrido cambios en virtud de las necesidades que se han ido planteando a través de los años en el campo de la salud. Al ser el Estado, por mandato constitucional, el ente responsable de garantizar un ejercicio efectivo de estos derechos, se han constituido diversas herramientas de carácter jurídico que han dado paso a una mayor oportunidad de ejercer de manera plena estos derechos por parte de quienes los detentan; de entre las herramientas mencionadas sobresalen los instrumentos internacionales suscritos por los Estados, los mismos que, en teoría, responden a las necesidades de los países en materia de salud. En lo que respecta al Ecuador, los mencionados derechos han sido considerados dentro de aquellos necesarios para poder alcanzar el denominado “buen vivir”, ubicándolos en una esfera constitucional especial. Sobre la base de lo anterior se han adoptado ciertas políticas que han conducido a la suscripción de instrumentos internacionales en materia de salud, con el fin de buscar cooperación internacional que permita satisfacer las múltiples necesidades que tiene nuestro país en ese campo. Con el antecedente expuesto, se ha desarrollado una investigación con el objeto de determinar la conveniencia de suscribir instrumentos internacionales en materia de salud como una herramienta jurídica para garantizar el goce efectivo del derecho a la salud y del derecho de acceso a los medicamentos, así mismo hacer un breve análisis de la normativa constante en el marco jurídico interno que regula el ejercicio de estos derechos, lo anterior de manera paralela a aquellos instrumentos que se suscriben en el marco de la Comunidad Andina, institución que contiene en su objetivo de creación el velar por aquellos derechos fundamentales de los ciudadanos de la Región.
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Al tema relativo a los sujetos procesales en el sistema procesal acusatorio que mantiene en la actualidad la República del Ecuador, resulta imperioso ponerlo sobre la palestra de investigación, especialmente por las consecuencias jurídicas que, en este caso tiene, la presencia de la Contraloría General del Estado, como una de estas partes, sin obtener tal calidad. Precisamente, el alcance de la presente investigación está destinado a establecer –sobre la base de disposiciones constituciones y legales, y los valiosos aportes doctrinales nacionales y extranjeros– cuáles son las personas naturales o jurídicas que pueden ser consideradas como partes procesales; sin embargo, en el ámbito nacional, las limitaciones están marcadas por la inoperante actuación de ciertos magistrados de la antigua Corte Suprema de Justicia que, sin considerar esas disposiciones constituciones y legales –mucho menos los aportes doctrinales– dieron un status especial a la Contraloría General del Estado, con una simple resolución, que inclusive reformó tácitamente el Código de Procedimiento Penal de entonces, además que se la atribuyó funciones que le correspondían a la Función Legislativa. Por lo que queda anotado, el tema es absolutamente justificado dentro de una actualidad jurídica que requiere una respuesta adecuada y oportuna de las diferentes instancias, especialmente de la Función Judicial –tal como lo dejamos planteado en la investigación–, y que se comprobó que la actuaciones pasadas están siendo corregidas. Por ello, la idea que se mantuvo como hipótesis –y que se deja planteada para los lectores– es que el órgano de control no puede ser considerado como parte procesal en el sistema procesal penal ecuatoriano. La presente investigación, a través de un análisis jurídico-crítico, pretende establecer una realidad jurídica que debe ser aplicada de forma inmediata, para buscar una adecuada aplicación de la justicia.
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En este trabajo de investigación se analiza cómo opera la estrategia conocida como “El Estado a tu lado” que se encuentra inserta en la necesidad de “recuperar el Estado para la ciudadanía”, objetivo primordial de la transformación del Estado del autodenominado “Gobierno de la Revolución Ciudadana”. Interesa preguntar qué elementos utiliza, qué configuraciones discursivas activa, de qué manera gestiona la población y el territorio, para producir, regular y controlar al sujeto ciudadanía, del que dice preocuparse y atenderla con servicios cercanos, eficientes y de calidad en procura de garantizar su derechos y alcanzar el Buen Vivir. Para ello, se utiliza esencialmente el corpus teórico y metodológico del francés Michael Foucault del que se desprenden las categorías de poder, biopolítica, gubernamentalidad, dispositivo y discurso, y se analiza cómo se estaría reconfigurando la relación entre Estado-sujeto en el periodo 2007-2015, mediante la creación de “un nuevo territorio” para la “nueva” gestión de la población. Se plantea de qué manera la institucionalidad y la distribución de servicios, establecen nuevas prácticas, las que pensadas como “reglas de juego” generan y moldean conductas en la ciudadanía. Para complementar el análisis se reflexiona sobre las configuraciones discursivas que dan consistencia al dispositivo y contribuyen a generarle sentido, adjudicándoles un determinado orden y posesionándolo como verdad. Se cuestiona si el hecho de que los servicios públicos, ahora cercanos territorialmente, responden a la idea de mejorar la calidad de vida de la ciudadanía y le permite al Estado conducir la población en su cotidianidad, mediante los manuales, procedimientos, trámites y atenciones se crean los nuevos códigos de relacionamiento entre la ciudadanía y las instituciones. Alejándose, probablemente, de la noción que inspira la evocación de ciudadanía y configurando un sujeto dependiente de las prestaciones que brinda el Estado, localizado y cercado a su localidad, que sin embargo compite por el acceso a los servicios a los que tendría derecho.
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Esta disertación es producto de una pesquisa participativa, y su objetivo es describir el Sistema de Capacitación que se realiza en la Academia de la Policia Civil deI Estado de Rio de Janeiro, para los dectetives de tercera classe. EI processo retratado incluye el análisis de la historia de la Institución hasta la propuesta para la elaboración y recomendaciónes de un Sistema de Capacitación para el tercer milenio com el fin de formar un dectetive voltado para la prestación de servicio a la comunidad.
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El desarrollo acelerado del polo cerámico de Santa Gertrudes (provincia de São Paulo) en la década de 90, fue causado principalmente por la localización privilegiada de la materia prima asociada al desarrollo tecnológico, las grandes reservas, el acceso fácil por autopistas que facilitan la distribución de los productos y la proximidad de los grandes centros consumidores. Este desarrollo facilitó que este Polo tuviera un boom en el inicio de 2007 en la fase de madurez con una producción de 367 millones de metros cuadrados, transformándose así en el mayor polo cerámico de las Américas. de acuerdo con los estudios geológicos realizados en este trabajo, las rocas de la Formación Corumbataí, origen de la materia prima usada en el polo cerámico, fueron clasificadas en cinco litofacies: maciza, laminada, intercalada I, intercalada II y alterada. Estas litofacies, por sus características mineralógicas y químicas, fueron consideradas arcillas illíticas con porcentaje medio de fundentes. Tomando como referencia las Normas para baldosas cerámicas, las características cerámicas obtenidas en el laboratorio demostraron que la mayoría de la materia prima es compatible con el grupo BIIb (Absorción de agua entre 6 y 10%).
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