785 resultados para Estado de derecho


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Una observación a nuestra realidad permite visualizar que en nuestro país el asesinato de mujeres en manos de sus parejas o ex parejas, se da de manera frecuente, afectando no solo a la mujer, sino también a sus hijos, a su familia y, por ende, a la sociedad; de allí, que el papel del Estado sea de gran trascendencia para disminuir estos altos niveles de feminicidio que tiene el país. El problema del feminicidio deriva de una desigualdad de género y una discriminación hacia la mujer. Históricamente la mujer se ha encontrado en una posición de subordinación al hombre, lo cual encuentra sus orígenes remotos en la interpretación literal de la Biblia, la cual daría la pauta para creer que la mujer siempre debe estar subordinada o sometida al hombre; esta idea ha trascendido de generación tras generación hasta esta época; teniendo la mujer que enfrentar una lucha constante para obtener el reconocimiento de su personalidad y de sus derechos, tal como el derecho a la ciudadanía, al voto, a la educación e incluso al derecho a la vida. Ciertas corrientes de pensamiento han tratado de explicar esta subordinación de la mujer hacia al hombre; pero lo cierto es, que este ha sido un problema que culturalmente ha sido heredado de generación a generación. Doctrinas que abordan el tema de la desigualdad entre hombres y mujeres como lo es la "Doctrina cristiana de la superioridad masculina", justifican la dependencia de la mujer al hombre como un mandato divino; por su parte, la "Doctrina social de la Iglesia" aborda este tema de manera equitativa ubicando a la mujer en un mismo plano de derechos con el hombre; y la "Doctrina social favorable a la mujer", considera que la mujer debe estar en una postura de igualdad al hombre. La Constitución de la República de El Salvador establece que el origen y fin de la actividad del Estado es la persona humana, sin hacer distinción entre hombre y mujer. La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW), insiste en la obligación que tienen los Estados de garantizar al hombre y a la mujer igualdad en el goce de todos los derechos. Por su parte, la Convención interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la violencia contra las Mujeres (Belém do Pará) impone al Estado el deber de adoptar, por todos los medios apropiados, políticas orientadas a prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer. Esas Convenciones, han tenido desarrollo legislativo en la Ley especial integral para una vida libre de violencia para las mujeres, en la que el Estado asume la responsabilidad de crear las políticas necesarias para que la mujer goce a plenitud de sus derechos, estableciéndose el feminicidio como un tipo penal agravado.

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Las personas que gozaban del derecho al honor en la antigüedad eran solamente las que ostentaban poder político o económico, situación que difiere con la actualidad, siendo un derecho del cual gozan todas las personas sin importar condiciones. Sin embargo, en lo que a los funcionarios respecta, estos son más propensos a sufrir daños en su honor, en razón del cargo público que ejercen y en múltiples ocasiones son objeto de críticas, aseveraciones e incluso burlas de parte de la población y en particular de los medios de comunicación. En consecuencia, el objetivo de la presente investigación es determinar mediante teorías, sentencias judiciales y entrevistas con expertos, si los funcionarios tienen limitado su derecho al honor en comparación con los particulares, y a la vez, adoptar teorías que respalden la distinción en el derecho al honor entre los sujetos mencionados. Desde el Constitucionalismo Moderno, se retoman criterios de sentencias emitidas por los tribunales de justicia de instancias nacionales e internacionales referidos al derecho al honor de los funcionarios, en la mayoría de ocasiones, por colisión con la libertad de expresión y el derecho de acceso a la información. Metodología: Utilizando el método científico, se investiga base teórica y jurídica, acompañado de entrevistas no estructuradas con el fin de conocer la opinión de Magistrados de la Sala de lo Constitucional y Jueces de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Conclusiones: A través de los medios e instrumentos acotados se permite aclarar que los funcionarios se encuentran proclives a sufrir ataques en su honor en razón del cargo público que ejercen; se delimitan teorías que respaldan dicha afirmación y se detallan recomendaciones a las diferentes instituciones del Estado e internacionales, así como a la ciudadanía para ejercer a plenitud este derecho otorgado constitucional y jurisprudencialmente.

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El dominio doctrinariamente es el derecho real máximo del cual se desglosan la mayoría de los derechos reales consagrados en el derecho civil, de esto se desprenden facultades, o derechos los cuales revisten al propietario, para que pueda usar, gozar y disponer libremente de una cosa. Pero si analizamos bien la concepción del concepto de dominio consagrado en el Código Civil, nos daremos cuenta que hay una forma de concebir las cosas corporales. El Art. 568 Código Civil Se llama Dominio o Propiedad el derecho de poseer exclusivamente una cosa y gozar y disponer de ella, sin más limitaciones que las establecidas por la ley o por la voluntad del propietario. La propiedad separada del goce de la cosa, se llama mera o nuda propiedad y el uso de la cosa se le llama usufructo. El derecho de dominio tiene características que le hacen ser diferentes de los demás derechos, es por ende que gozan de características especiales como los que identifican a los derechos reales: a) Es un derecho real, b) Es absoluto, c) Es exclusivo, d) Es perpetuo. En la Constitución se establecen una cantidad de derechos fundamentales entre ellos el derecho de propiedad y posesión, sobre los bienes que una persona puede tener, así mismo la constitución regula que la persona no puede ser privada de sus derechos fundamentales sin que esta sea antes previamente oída y vencida en un juicio mediante un proceso que se le debe seguir para no vulnerar sus derechos y garantías tanto constitucionales como las que las leyes aplicables determinan. La ley que se Analizara persigue la recuperación de bienes producto de actos ilícitos, y regula los medios, competencias y procedimientos para obtener dicha recuperación. "Por tal razón, es indispensable dotar al Estado, garantizando el debido proceso, de un mecanismo legal para la investigación, el examen y establecimiento del origen ilícito de patrimonios realizadas al margen de la ley y proceder a su extinción". La figura de la extinción de dominio tal y como aparece definida en dicha ley, por lo menos en el medio, es novedosa. Hasta ahora, la extinción del derecho de dominio considerada como el cambio de titularidad del derecho real de propiedad se producía por los medios tradicionales, o títulos de adquisición de dominio o pérdida como la transferencia en sus diversas modalidades, la expropiación, la transmisión y la prescripción. La novedad de la ley consiste en la introducción de una nueva forma de extinción, que es la "pérdida de ese derecho de dominio a favor del Estado, sin contraprestación ni compensación de naturaleza alguna para su titular", por razón de la naturaleza de la procedencia adquisitiva del bien, en resumen que provenga de hechos o actos ilícitos. No obstante para que haya una completa legalidad en el proceso y el destino de estos bienes que sean objeto de medidas cautelares o extinguidos mediante una sentencia definitiva dictada por un juez especializado, para garantizar su buena administración se crearan las distintas instituciones especializadas en el área; estas se encargaran de reparación, identificación inventario, administración, mantenimiento, preservación, custodia, y la destinación de los mismos todo ello para garantizar el derecho de propiedad ya sea que lo tenga el particular o este pase a favor del Estado.

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En un primer momento se plantearan en el desarrollo del protocolo algunas doctrinas que ilustran y orientan la evolución del pensamiento, concepto y posturas que se han tenido a través del tiempo hasta la actualidad sobre el fenómeno de la ancianidad y las personas adultas mayores. Según la Real Academia Española, la senectud1es el período de la vida humana que sigue a la madurez y proviene del latín ‘Senectus’, por lo cual se utiliza como sinónimo de ancianidad. Las palabras senectud y ancianidad se emplean solo tratándose de personas; vejez y vetustez, de personas y cosas. Ancianidad añade un matiz respetuoso, motivo por el cual se denominará así, o personas adultas mayores, al grupo característico de éste estudio. Para poder desarrollar objetiva y esquemáticamente la investigación en cuanto a la situación que viven en la actualidad los adultos mayores y sus derechos, es necesario remontarse brevemente a la historia para conocer las diferentes posturas filosóficas y opiniones que nos ilustren sobre los principales expositores y su pensamiento respecto al fenómeno de la ancianidad, y cómo con el devenir del tiempo las sociedades han cambiado la percepción del hombre cuando llega a la etapa de la senectud. Desde un enfoque teórico, en la presente investigación se estudiarán las teorías psicosociales, entre otras, las cuales servirán como referente para evaluar científicamente la realidad social que viven actualmente los adultos mayores en estado de abandono en el país, desde los enfoques económico, social, cultural y político, como factores transversales de la problemática. Desde el punto de vista jurídico se enfatizará como un acontecimiento internacional importante dentro del reconocimiento y regulación de los derechos de los Adultos Mayores, la Primera Asamblea Mundial del Envejecimiento, realizada en Viena (1982) y el Protocolo de San Salvador (1998), a partir de los cuales se tomó a bien dar seguimiento a la creación de programas, planes, convenciones, etc. que colaboraron con el mejoramiento del quehacer estatal en el área de los derechos humanos de los adultos mayores. Es por ello que El Salvador adoptó el Código de Familia (1994), en el cual reconoce algunos derechos y trato que debe dárseles a las personas Adultas Mayores; posteriormente se da la creación de la Ley de Atención Integral para la persona Adulta Mayor (2002) la cual crea el Consejo Nacional de Atención Integral a los Programas de los Adultos Mayores (CONAIPAM) quien deberá fungir como ente rector del respeto y protección de sus derechos.

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El estudio describe las principales características tipológicas del miskito, mediante algunas comparaciones con otras lenguas de la familia misumalpa. Hecha una reseña de su situación histórica, geográfica y sociolingüística, se exponen los aspectos centrales del trabajo, referidos a la fonología, la morfología y la sintaxis de la lengua. El estudio concluye señalando la importancia de proteger el patrimonio lingüístico y cultural de las poblaciones indígenas centroamericanas.This study addresses the main typological characteristics of Miskito, by comparing it with other languages of the Misumalpan family. Beginning with a summary of its historical, geographical and sociolinguistic situation, a description is provided of the main aspects of the analysis, concerning the phonology, morphology and syntax of the language. The study concludes by emphasizing the importance of protecting the linguistic and cultural heritage of the Central American indigenous populations.

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En la investigación de análisis Jurisprudencial al mecanismo de Protección del derecho a la salud, en Pacientes Hemofílicos, en El Salvador se realiza con el objetivo de estudiar los diferentes mecanismo de protección del derecho a la salud en los pacientes hemofílico, que toda persona puedan tener el derecho a la atención medica; este es un derecho fundamental de acuerdo a nuestro ordenamiento jurídico regulado en la constitución, porque el Estado Salvadoreño determinara la política de salud y supervisa su aplicación, por medio de una asistencia gratuita, el tratamiento a estas personas constituye un medio eficaz para prevenir la trasmisión de esta enfermedad; por esta razón ha sido importante y esencial realizar un análisis integral sobre los antecedentes históricos con sus posturas más emblemáticas y la forma en cómo estas se fueron posicionando en la sociedad antigua y evolucionando hasta la actualidad; como un logro para la protección del derecho a la salud, desarrollándose por medio de diferentes teorías y postulados que fueron un sustento para dar origen a leyes cuyo objetivo era garantizar protección a los derechos a la salud; la metodología estará basada en el método científico, aunado al método analítico que nos ayudara a fomentar el análisis de las diferentes normativas que abordan el estudio de la situación problemática, también se realizara con unas series de entrevistas a Profesionales sobre el tema de investigación, así mismo al representante de la asociación hemofílico de El Salvador; Resultados obtenidos mediante esperados en la investigación dirigidos mediante entrevistas realizadas a personas profesionales con amplio conocimiento de los mecanismo de protección del derecho a la salud en los Paciente hemofílicos, que es objeto de estudio y de igual manera las entrevistas realizadas a los pacientes hemofílicos, en la cual se verificara si estarán recibiendo la atención médica necesaria.

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Evolución histórica del derecho de libertad sindical – Garantías de la estabilidad laboral de los directivos sindicales de las instituciones del estado desde un enfoque teórico doctrinario – Legislación nacional e internacional relativa a la estabilidad laboral de los directivos sindicales – Garantía de la estabilidad laboral de los directivos sindicales de las instituciones del estado en El Salvador

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El tema de investigación versa sobre la afiliación política partidaria en el ejercicio de la función pública ¿derecho o prohibición constitucional?, y para ello se ha tomado como parámetro de investigación, las sentencias emitidas por la Sala de lo Constitucional, de la Corte Suprema de Justicia. Además de ello, en esta investigación se tomó en cuenta las teorías de la democracia y la teoría política, debido a que estas contribuyen al sistema de gobierno salvadoreño, así como establece el artículo 85 de la Constitución de la República, que literalmente dice: El gobierno es Republicano, democrático y representativo, y debemos tomar en cuenta a la persona humana como origen y fin de la actividad del Estado (artículo 1 de la Constitución), para que realmente exista un estado constitucional de derecho, debe dársele prioridad a los derechos fundamentales establecidos en la Carta Magna, y que estos no sean violentados. Así como también, se estudió el principio de independencia judicial, ya que éste es importante en relación a las funciones que desempeñan los funcionarios del Órgano Judicial. El pilar fundamental en un estado democrático de derecho es el llamado separación de poderes. Esto quiere decir un equilibrio entre los tres órganos del estado, el órgano ejecutivo, legislativo y judicial. Esta doctrina establece que lo principal es que los jueces deben estar sometidos a la ley de esta manera evitar lo vulneración a los derechos y garantía de las personas; también busca garantizar que los órganos del estado tengan sus límites en cuanto a sus funciones y, de esa forma, evitar violaciones a la persona. En El Salvador se dio un caso muy relevante, en el año dos mil trece, donde declararon inconstitucional el nombramiento del presidente de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, al Licenciado Salomón Padilla.

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El derecho de petición como mecanismo de tutela y protección de los Derechos Constitucionales y el Acceso a la Justicia en El Salvador, es un Derecho Fundamental de la persona humana que se encuentra reconocido en la Constitución, por ende, el Estado tiene como fin primordial garantizar que todos los ciudadanos gocen de seguridad jurídica buscando los mecanismos idóneos para lograr una efectiva tutela jurídica y protección de los derechos constitucionales. Por lo que se toma a bien plantearse como OBJETIVO DE LA INVESTIGACIÓN: Estudiar las causas y efectos positivos y negativos, que influyen en la eficacia del Derecho de Petición como un mecanismo de tutela y protección de los Derechos Constitucionales, y su vinculación con el acceso a la justicia. Se ha de utilizar la METODOLOGÍA: referente al Tipo de investigación esta será descriptiva analítica para dar respuesta al desarrollo de la presente investigación. De este modo se hace necesario aclarar el Método a utilizar para el desarrollo de la investigación, los cuales serán: El Método Analítico, que nos servirá para analizar los diferentes puntos de vista y enfoques de la percepción que se tiene sobre el tema de interés; y el método comparativo a efecto de hacer precisas comparaciones de la aportación brindada para este desarrollo. Instrumentos de investigación que se han de utilizar en el desarrollo de la investigación son: entrevista no estructurada. RESULTADOS ESPERADOS: se pretende que el análisis de derechos tan relevantes como son: el Derecho de Petición y el Acceso a la Justicia sea de beneficio para el conocimiento de la población en general, habiendo establecido criticas concretas de los efectos positivos y negativos que afectan el desarrollo de estos mismos derechos, realizando una comparación de las ideas puntuales de los especialistas en el área constitucional referente a el tema de investigación.

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Partiendo del Derecho Fundamental de la Intimidad que de forma expresa está incorporada en el Artículo 2 inciso 2 Constitución que establece: "Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.", y que será el Estado quien deberá proteger dichos derechos del ciudadano. Objetivo: será la presente investigación que establecerá la relevancia que tiene hoy en día la protección de datos personales, los cuales se dejan esparcidos a causa del auge tecnológico que actualmente existe; y que si bien nos trae confort y grandes beneficios; a su vez trae consigo perjuicios. Por ello, es cada vez más necesario que existan mecanismos de protección ante la inminente digitalización, ya que en un momento determinado, o ante el uso inadecuado de estas tecnologías puede ocasionar agravios a los derechos fundamentales del ciudadano salvadoreño. Metodología: en cuanto a la herramienta investigativa que se va utilizar en la investigación será el método analítico, método de síntesis, método comparativo, método cualitativo, bibliográfico donde se realizara la técnica de campo con lo cual se va contar con una guía de pregunta para posteriormente realizar una entrevistar. Resultados esperados: hacer conciencia de la importancia y la necesaria regulación dentro de nuestra Constitución de la Republica de El Salvador de manera amplia y específica para la tutela del Derecho a la Autodeterminación Informativa del ciudadano salvadoreño y de un mecanismo de protección para el mismo como es el Habeas Data.

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En el presente trabajo proponemos un análisis del problema de la felicidad en el contexto de la actual sociedad tecnológica y bajo un enfoque particular -no auto referencial- de la filosofía. Se trata de poner a prueba las teorías conceptuales de la felicidad y promover la coherente integración de los conocimientos filosóficos y científicos. El estudio de las "ciencias de la felicidad" nos permitirá comprender mejor por qué existen nuevas enfermedades sico sociales vinculadas con las desigualdades sociales y de ingreso. La hipótesis general que guía el presente trabajo es la siguiente: "el problema de la felicidad no es un problema individual sino social, y se encuentra en la esfera de la justicia debido a que el individuo aislado no puede modificar las desigualdades sociales que conllevan el sufrimiento y las nuevas enfermedades sico sociales". Por lo tanto, debe incluirse el derecho a la felicidad como una responsabilidad social con fuertes implicancias en políticas de salud pública intersectoriales, como así también en políticas prioritarias de investigaciones sanitarias en sentido amplio. La felicidad/bienestar es un asunto público, colectivo, que demanda la intervención del Estado en la justa distribución de ingresos. Este análisis no pretende agotar el problema de justicia, sino delinear nuevos caminos en teorías de justicia basadas en concepciones sustantivas de buena vida, que serán profundizados, por razones de espacio, en futuros trabajos

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Al enfrentarse con las Declaraciones francesas de los Derechos del hombre y el Ciudadano en Sobre la cuestión judía, Marx parece reencontrase con la insuficiencia de lo político. Estas Declaraciones dicen disolver todo particularismo directamente político realizando de forma plena el Estado político moderno, pero parecen fallar en extender su universalidad frente a otros particulares: la religión y el interés material. Desde esta conclusión, suele pensarse el desarrollo del pensamiento marxiano como transformación a una teoríade lo económico, cuyo corolario sería una crítica de lo político como falsedad. Si bien es innegable que el espacio de lo económico y sus categorías se vuelven crecientemente centrales, se argumentará que la relación entre política/economía no se resuelve en una oposición simple entre verdad/falsedad. En el siguiente escrito nos propondremos trabajar esta hipótesis sobre la relación política-economía en Marx en particular atención a su análisis crítico del derecho moderno. Nos interesa explorar, a partir de una confrontación de las ideas marxianas con las fuentes de las Declaraciones, sus proyectos y borradores, la manera en que el derecho resulta simultáneamente una forma ilusoria de universalidad y una forma efectiva de juridización de ciertas relaciones sociales: el intercambio de los individuos particulares

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En el presente trabajo proponemos un análisis del problema de la felicidad en el contexto de la actual sociedad tecnológica y bajo un enfoque particular -no auto referencial- de la filosofía. Se trata de poner a prueba las teorías conceptuales de la felicidad y promover la coherente integración de los conocimientos filosóficos y científicos. El estudio de las "ciencias de la felicidad" nos permitirá comprender mejor por qué existen nuevas enfermedades sico sociales vinculadas con las desigualdades sociales y de ingreso. La hipótesis general que guía el presente trabajo es la siguiente: "el problema de la felicidad no es un problema individual sino social, y se encuentra en la esfera de la justicia debido a que el individuo aislado no puede modificar las desigualdades sociales que conllevan el sufrimiento y las nuevas enfermedades sico sociales". Por lo tanto, debe incluirse el derecho a la felicidad como una responsabilidad social con fuertes implicancias en políticas de salud pública intersectoriales, como así también en políticas prioritarias de investigaciones sanitarias en sentido amplio. La felicidad/bienestar es un asunto público, colectivo, que demanda la intervención del Estado en la justa distribución de ingresos. Este análisis no pretende agotar el problema de justicia, sino delinear nuevos caminos en teorías de justicia basadas en concepciones sustantivas de buena vida, que serán profundizados, por razones de espacio, en futuros trabajos

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Al enfrentarse con las Declaraciones francesas de los Derechos del hombre y el Ciudadano en Sobre la cuestión judía, Marx parece reencontrase con la insuficiencia de lo político. Estas Declaraciones dicen disolver todo particularismo directamente político realizando de forma plena el Estado político moderno, pero parecen fallar en extender su universalidad frente a otros particulares: la religión y el interés material. Desde esta conclusión, suele pensarse el desarrollo del pensamiento marxiano como transformación a una teoríade lo económico, cuyo corolario sería una crítica de lo político como falsedad. Si bien es innegable que el espacio de lo económico y sus categorías se vuelven crecientemente centrales, se argumentará que la relación entre política/economía no se resuelve en una oposición simple entre verdad/falsedad. En el siguiente escrito nos propondremos trabajar esta hipótesis sobre la relación política-economía en Marx en particular atención a su análisis crítico del derecho moderno. Nos interesa explorar, a partir de una confrontación de las ideas marxianas con las fuentes de las Declaraciones, sus proyectos y borradores, la manera en que el derecho resulta simultáneamente una forma ilusoria de universalidad y una forma efectiva de juridización de ciertas relaciones sociales: el intercambio de los individuos particulares