926 resultados para Declaración jurada impositiva
Resumo:
Much biomedical research is observational. The reporting of such research is often inadequate, which hampers the assessment of its strengths and weaknesses and of a study's generalisability. The Strengthening the Reporting of Observational Studies in Epidemiology (STROBE) initiative developed recommendations on what should be included in an accurate and complete report of an observational study. We defined the scope of the recommendations to cover three main study designs: cohort, case-control, and cross-sectional studies. We convened a 2-day workshop in September, 2004, with methodologists, researchers, and journal editors to draft a checklist of items. This list was subsequently revised during several meetings of the coordinating group and in e-mail discussions with the larger group of STROBE contributors, taking into account empirical evidence and methodological considerations. The workshop and the subsequent iterative process of consultation and revision resulted in a checklist of 22 items (the STROBE statement) that relate to the title, abstract, introduction, methods, results, and discussion sections of articles. 18 items are common to all three study designs and four are specific for cohort, case-control, or cross-sectional studies. A detailed explanation and elaboration document is published separately and is freely available on the websites of PLoS Medicine, Annals of Internal Medicine, and Epidemiology. We hope that the STROBE statement will contribute to improving the quality of reporting of observational studies.
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Much biomedical research is observational. The reporting of such research is often inadequate, which hampers the assessment of its strengths and weaknesses and of a study's generalisability. The Strengthening the Reporting of Observational Studies in Epidemiology (STROBE) initiative developed recommendations on what should be included in an accurate and complete report of an observational study. We defined the scope of the recommendations to cover three main study designs: cohort, case-control, and cross-sectional studies. We convened a 2-day workshop in September, 2004, with methodologists, researchers, and journal editors to draft a che-cklist of items. This list was subsequently revised during several meetings of the coordinating group and in e-mail discussions with the larger group of STROBE contributors, taking into account empirical evidence and methodological considerations. The workshop and the subsequent iterative process of consultation and revision resulted in a checklist of 22 items (the STROBE statement) that relate to the title, abstract, introduction, methods, results, and discussion sections of articles. 18 items are common to all three study designs and four are specific for cohort, case-control, or cross-sectional studies. A detailed explanation and elaboration document is published separately and is freely available on the websites of PLoS Medicine, Annals of Internal Medicine, and Epidemiology. We hope that the STROBE statement will contribute to improving the quality of reporting of observational studies.
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Nos introducimos en el debate de la ética en el Trabajo Social analizando los documentos de la Federación Internacional de Trabajadores Sociales (FITS), aprobado en Asamblea General (1994): "Declaración Internacional de principios éticos del Trabajo Social" y del que presentará en la próxima Asamblea General del 2004. Estos documentos destacan particularidades acordes al momento histórico. La otra reflexión parte del documento "Principios éticos y políticos para las organizaciones profesionales de Trabajo Social, año 2000 ,elaborado por el Comité de Asociaciones Profesionales de Trabajo Social del MERCOSUR. Desde el contexto de América Latina se sitúa en la ética ciudadana.
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La última dictadura militar argentina dejó en el pueblo no sólo miedo sino también una larga lista de desaparecidos. Con el fin de indagar el destino de estas personas, el 15 de diciembre de 1983 se formó una Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas (CONADEP) la cual concluyó su trabajo el 20 de setiembre de 1984 con la elaboración de un informe llamado "Nunca más". En Mendoza se recibieron más de 100 declaraciones, pero fue el testimonio de un ex oficial de la Policía Federal, Delegación Mendoza, la que abre el Legajo Nº 7746. En tal declaración se afirma que la Policía Federal de nuestra provincia realizó numeroso operativos, atentados, secuestros, torturas, asesinatos y robos. "7746 Legajo Conadep" constituye un nuevo elemento para que la Justicia Federal de Mendoza juzgue a los culpables del mayor genocidio de la provincia.
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El 17 de mayo de 1984, dos personas de la Conadep entraron a la cárcel de Mendoza a tomar un testimonio clave. Habían recibido una llamada pidiendo su presencia, pero de la Conadep no sabían que encontrarían. Allí conocen a Carmello Sivera Paredes, un ex-suboficial de la Policía Federal preso por los delitos cometidos antes y durante la dictadura. En su declaración, Paredes detalla su actividad dentro de la institución, las torturas, los fusilamientos y el funcionamiento del D2. Este testimonio, se convierte en el primer caso en que un ex represor habla de lo sucedido.
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En su declaración, Cirella menciona su participación en un secuestro en una casa de calle Ramírez y Coronel Díaz de la Ciudad de Mendoza, detallando cómo sacan a Victor Romano Rivamar de su casa, semi desnudo y lo asesinan por la espalda, con un disparo en la nuca. La búsqueda de Victor, luego de su desaparición duró varios meses, hasta que la familia se entera por un medio periodístico el hallazgo de un cuerpo destrozado en la zona de Papagallos, un lugar muy cerca del pedemonte. De este crimen también fue responsable Rodolfo Cardelo.
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Se presenta los antecedentes y contenidos del proyecto SIA, Sistema de Información Ambiental para Mendoza fue realizado por CIFOT para el Ministerio de Medio Ambiente, Urbanismo y Vivienda del Gobierno de la Provincia en 1993. Mediante convenio, se provee de información sistematizada y cartografía actualizada, debidamente georeferenciada y fácilmente disponible para tomar decisiones territoriales que mejoren la calidad de vida de los mendocinos. La década de 1990 es una etapa de reflexión sobre las acciones emprendidas, los efectos adversos y las correcciones necesarias para alcanzar el desarrollo sostenible, como se comienza a imponer en América Latina luego de la declaración de Río. El gobernador de Mendoza en 1992, Dr. Arturo Lafalla, ve la necesidad de contar con información precisa, accesible en tiempo y forma, para disminuir la incertidumbre del que debe decidir. El tipo de información que se incluye está relacionada con los recursos del medio natural, la población, equipamiento e infraestructura, así como los Usos del suelo resultantes.
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Fil: Pró, Diego F..
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Las cooperativas son entidades que se fundan en el esfuerzo propio y la ayuda mutua para organizar y prestar servicios. El rol del cooperativismo en Argentina es muy importante, ya que es uno de los factores que contribuye al crecimiento económico y social del país. Según los números del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía social (INAES), en la Argentina funcionan al menos 12.760 cooperativas de diferentes tipos: agropecuarias, de vivienda, de consumo, de crédito, de provisión, de servicios públicos, de trabajo, etc. Se reconoce al cooperativismo como un factor indispensable para mejorar la calidad de vida de los pueblos y dotar de mayor eficiencia a la economía de las naciones. Tal es así que la Organización Internacional del Trabajo (OIT) señaló en un comunicado que “las cooperativas tienen un papel fundamental en la promoción del desarrollo socioeconómico de cientos de millones de personas en todo el mundo, especialmente en tiempos de crisis"; y la Organización de las Naciones Unidas (ONU) ha declarado el 2012 como el Año Internacional de las Cooperativas, instando a sus miembros para que “aprovechen el año para promover las entidades cooperativas y aumentar la conciencia sobre su contribución a la evolución del ser humano sustentada en principios solidarios". Debido a que provocan un efecto positivo en la sociedad y permiten que miles de personas puedan satisfacer sus necesidades a un precio y calidad justos, es que la legislación impositiva de nuestro país les reconoce, en algunos casos, beneficios. Estos están dispersos en todas las leyes, decretos, dictámenes y regulaciones que rigen la materia, siendo muchas veces, pasados por alto a la hora de querer cumplir con todos los deberes que les compete. Nos hemos propuesto investigar en profundidad a las cooperativas en su rol de contribuyentes y a través de este proyecto servir de guía para todos aquellos estudiantes, profesionales e interesados en el tema que deseen encontrar en un solo texto un compilado sobre la amplia cantidad de leyes que existen en nuestro país, su aplicación práctica y diversos aspectos que consideramos importantes destacar para simplificar el proceso de aprendizaje del tema y poder cumplir con las innumerables obligaciones que el Fisco nos impone y de las que las cooperativas no resultan exentas.
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El agente de retención es el sujeto que, en razón de su función, oficio, actividad o profesión, entra en contacto con una masa de riqueza que adeuda o que debe entregar al contribuyente, de la cual detrae, resta o amputa una parte, con la obligación de ingresarla a las arcas fiscales. Integra la relación tributaria, puesto que el hecho imponible se verifica con respecto al sujeto pasivo de la retención y su función comporta una intermediación en virtud de un mandato legal expreso que los sujeta, incluso, a consecuencias de naturaleza patrimonial y penal en caso de incumplimiento defectuoso de sus deberes. La legislación vigente ha impuesto a las distintas entidades financieras obligaciones en materia impositiva así como la figura de agente de percepción y retención. Esta imposición, ya que no es una opción sino que es una obligación impuesta por ley, implica para sobre quienes recae distintas responsabilidades y obligaciones como son la recaudación, presentación de declaraciones juradas e ingreso al organismo recaudador de los montos retenidos; implica para quienes ha recaído esa obligación mantener un determinada estructura a fin de poder cumplir con la legislación vigente, estructura que en muchos casos puede llegar a representar significativos costos, responsabilidad que si no cumple es sancionado con distintas multas como si fuese responsable por deuda propia, que varían si se trata de incumplimiento de deberes formales o bien por falta de ingreso de tributos. La justificación del tema está dada por la gran importancia en materia económica que implica para los organismos recaudadores, ya que las sumas recaudadas se suponen importantes en materia de ingresos de tributos tanto al Estado nacional como provincial, y así evitar un tema complicado como lo es la evasión impositiva tan criticada en nuestro país, y todo ello debido a una mala cultura tributaria y al mal diseño que poseen los impuestos en nuestro país afectando cada vez más a las clases medias y bajas.
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El presente trabajo trata sobre el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, un impuesto vigente en la Provincia de Mendoza. Actualmente los temas de materia tributaria se modifican periódicamente, lo que dificulta a estudiantes, profesores, profesionales y contribuyentes. Además, obliga a mantenerse permanentemente informado sobre las nuevas disposiciones, lo que entorpece a su vez todo lo relativo al cumplimiento y recaudación del tributo en cuestión. Al estar este impuesto sujeto a modificaciones cada año por el Poder Ejecutivo provincial que actualiza la Ley Impositiva y mediante ésta el Código Fiscal que contiene las normas que rigen el Impuesto a los Ingresos Brutos, no existe bibliografía actualizada. La misma es general, y no trataaspectos específicos. Este trabajo intenta profundizar conceptos sobre el mencionado impuesto, pretendiendo ser un aporte particularmente a estudiantes avanzados de la carrera de Contador Público Nacional y Perito Partidor. Se intenta abarcar el estudio desde el aspecto normativo actual. El tema a desarrollar incluye conceptos básicos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, sus elementos como impuesto, antecedentes históricos nacionales, características, o bjeto, sujetos pasivos; lo concerniente a la inscripción y baja, liquidación para presentación y pago en el organismo competente, la Dirección General de Rentas. Este documento contiene además una breve referencia al Convenio Multilateral al cual la Provincia de Mendoza se encuentra adherida. Se agrega, un glosario y formularios que complementan el trabajo.
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La última década ha sido testigo de cambios muy profundos en las relaciones comerciales entre los distintos países del mundo. El aumento del comercio mundial ha sido acompañado por el crecimiento de los movimientos financieros y de las inversiones extranjeras directas, y también ha estado correlacionado positivamente con la mayor apertura de las economías, en particular de los países en desarrollo. La Argentina se sumó a esta corriente internacional iniciando, a partir de 1991, una apertura de tipo unilateral que eliminó gran parte de las restricciones vinculadas al comercio exterior. En este contexto, se produjo la rebaja de los aranceles a la importación y un progresivo desarme de regulaciones, barreras y trabas al comercio en general, como los cupos, los derechos específicos y los derechos a la exportación. El presente trabajo tiene por objetivo general, por un lado relevar y describir los distintos factores e instrumentos de limitación parcial o total de las exportaciones que se usan en la actualidad, o que hayan sido aplicados con cierta frecuencia en la última década, y por otro lado compilar los instrumentos y programas ofrecidos por organismos públicos de orden nacional y las distintas formas asociativas, que tengan por fin promover la exportación de bienes producidos en la región. Las hipótesis planteadas para la problemática analizada están vinculadas con la escasa disposición de conocimiento, información, e infraestructura que poseen las pymes y que no les permite acceder a los mercados internacionales; la rigurosidad en los trámites y la presión impositiva que dificultan el comercio internacional; la falta de medidas de promoción y de un asesoramiento por parte del Estado, adecuados a las necesidades de los pequeños empresarios; y por último las preferencias de orientación de las empresas que poseen una insuficiente capacidad operativa hacia el mercado interno en el caso de un aumento de la demanda interna.
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Una de las competencias de un contador, según la ley 20.488 de ejercicio profesional, art. 13, inciso 9, es intervenir en las operaciones de transferencia de fondos de comercio sin perjuicio de las facultades reservadas a otros profesionales en la ley 11.867. Cualquier transferencia de un fondo de comercio y en especial cuando se trata de su aporte para constituir una sociedad, es una operación compleja dado que requiere dar cumplimiento a un conjunto de normas legales y además implica la realización de trámites ante la Dirección de Personas Jurídicas de Mendoza (DPJ), la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), la Dirección de Registros Públicos y Archivo Judicial, la Administración Tributaria Mendoza - Dirección General de Rentas de Mendoza (ATM - DGR), el Boletín Oficial de Mendoza (BO), la Subsecretaría de Trabajo y Seguridad Social de Mendoza (STySS) y la Municipalidad que corresponda al departamento donde se encuentra el fondo de comercio. Los objetivos principales de este trabajo son: 1. Brindar un resumen sobre los principales conceptos teóricos relativos a una transferencia de fondo de comercio: concepto, naturaleza jurídica y elementos de un fondo de comercio; intereses protegidos por la ley 11.867. 2. Estudiar el aporte societario de un fondo de comercio, teniendo en cuenta, la normativa societaria, comercial, impositiva, previsional y laboral. 3. Desarrollar en forma cronológica, las distintas etapas a cumplir para llevar a cabo el aporte societario de un fondo de comercio dando cumplimiento a todas las disposiciones legales y reglamentarias.
Resumo:
El sistema impositivo argentino, como cualquier otro, tiene como función la aplicación de tributos. Los contribuyentes y responsables de dicho sistema muchas veces se sienten perjudicados por sufrir liquidaciones impositivas por parte de los organismos recaudadores nacionales que consideran excesivas y alejadas de la realidad, violando los principios de equidad y razonabilidad en el funcionamiento del sistema tributario nacional. En esta situación, la legislación tributaria prevé remedios o medios de impugnación que posibilitan la revisión en instancias posteriores del pronunciamiento del órgano jurisdiccional, y que se denominan recursos tributarios. El objetivo del presente trabajo de investigación es describir de la manera más sencilla y clara, todo lo referido a la rama recursiva del derecho tributario nacional. Se realizó con la premisa de que resultara una guía práctica y de utilidad para todos aquellos interesados en conocer sobre la materia recursiva - impositiva, así como también para los Contadores Públicos Nacionales en lo que se refiere a su actuación profesional en dicha rama.
Resumo:
La presión impositiva ha ido aumentando sin tregua durante los últimos años. Esto es consecuencia de déficits fiscales importantes que requieren para financiarse una mayor tributación. Esto trae aparejado impuestos que no cumplen con los requisitos que debieran, como equidad, proporcionalidad, no confiscatoriedad, tasas notoriamente altas y la creación de tributos de emergencia que, luego, perduran en el tiempo de forma indefinida. Todo esto afecta de forma significativa a la economía de las PYMES, que tienen mayores dificultades que las grandes empresas para enfrentar estas adversidades, y como consecuencia también se ve perjudicada toda la economía (especialmente en el caso de Mendoza, donde mas del 99% de las empresas son mipymes). Esto se traduce en una mayor evasión y una mayor irregularidad impositiva: empleo en negro, transacciones sin el respectivo respaldo documental, declaraciones juradas apócrifas, etc. Como consecuencia de todo lo expresado anteriormente, el trabajo apunta a estudiar la relación entre el elemento impositivo y las pequeñas y medianas empresas de nuestra provincia.