1000 resultados para Derecho penal-Historia
Resumo:
36 p.
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La naturaleza del Estado social de Derecho, moldea las instituciones procesales de conformidad con los cambios políticos suscitados en un contexto jurídico determinado. El proceso considerado como un método dialógico de regulación del conflicto de intereses no permanece distante a la realidad fáctica en que se desenvuelven las partes inmersas en él. El sistema de tendencia acusatorio adoptado por la Ley 906 de 2006 se erige como el más garantista al propiciar igualdad de oportunidades de aportación y contradicción de la prueba, entre otros factores. No obstante, la materialización de tal principio no se desprende de su consagración o anunciación legal, sino de la posibilidad que en el plano de la realidad se tenga para hacerlo efectiva. De tal suerte que el equilibrio probatorio no dependerá de la mera consagración legal sino de la medición de fuerzas entre la Fiscalía y la Defensa.
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Esta obra importa mucho para la formación jurídica, filosófica y política de los jóvenes penalistas, sobre todo porque pone de presente la permanencia del problema de que el derecho penal nunca es asunto meramente tecnocrático de seguridad planetaria, sino cuestión que compromete la humanidad de sus protagonistas. La dogmática penal no es jamás asunto simplemente técnico, porque aplicar penas no es lo mismo que, en el juego social, practicar deportes o cultivar industrias. El derecho penal es una cuestión de supervivencia de la del tercer milenio y, por tanto, en el Estado social y democrático de derecho.
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Podría afirmarse que en los últimos años prácticamente todas las propuestas de reforma penal que han salido del despacho de un ministro de justicia se han centrado en el endurecimiento de la ley. Habiendo alcanzado ya los límites de la cadena perpetua, podría pensarse que esta dinámica puede estar llegando al final de un callejón que en la actualidad no tiene salida conocida para nuestros gobernantes. Sin embargo, aún queda recorrido en la línea actual: prisión perpetua no revisable, medidas de seguridad postdelictuales, penas infamantes, penas corporales, etc., y, además, la evolución de la política criminal comparada nos proporciona ejemplos de otros ámbitos a los que acudir para buscar nuevas formas de punición. A pesar de ello, la doctrina penal y criminológica no ha sido capaz de ofrecer alternativas convincentes para el poder político en esta reciente era punitivista que culmina con la reinstauración expresa de la cadena perpetua, lo que indica que tal vez haya que afrontar el futuro con una estrategia diferente. En el ámbito académico y profesional relacionados con la política criminal, ya se empiezan a ver indicios de esta nueva estrategia, como el papel jugado recientemente por algunos de ellos como grupo de presión experto. A mi juicio, a estas labores de presión externa han de añadirse otras que incidan, no solo en los contenidos de la política criminal, algo fundamental, sino también en el continente. En tal línea se enmarca este trabajo, en el que pretendo discutir en parte cómo se aborda la política criminal en nuestro país pero, sobre todo, cómo podría hacerse de una forma que, previsiblemente, pudiera dar unos resultados mejores. Mi objetivo es llegar en ello a cierto nivel de detalle, proponiendo quién debería hacerlo, cuándo y de qué manera. Defenderé la idoneidad que, en mi opinión, tienen los conocimientos relacionados con la evaluación para la mejora de la política criminal. Resulta cada vez más evidente que los aspectos jurídicos de la política criminal pueden beneficiarse profundamente de otros conocimientos y no es casualidad que, en nuestro país, algunos de los académicos interesados en esta materia hayan dado firmes pasos para adentrarse en disciplinas más o menos alejadas del Derecho, como la Economía, la Criminología o la Ciencia Política. Efectivamente, el estudio de las decisiones públicas que rigen la creación de políticas penales requiere de una aproximación holística, única forma de comprender las dinámicas que las condicionan. Se puede optar por atender aspectos específicos, como el estudio de los actores que participan en las políticas, por ejemplo, pero sin el conocimiento de otras fases previas y posteriores o de las competencias de los diferentes órganos e instituciones públicas que participan en el proceso, difícilmente se podrán interpretar correctamente los hallazgos. Este trabajo pretende contribuir a completar un mapa que nos permita a entender y manejar mejor las dinámicas que gobiernan la política criminal española, para lo cual propondré reformas específicas gracias a las cuales las instituciones de nuestro país estarían, creo, en una mejor posición para afrontar los retos de naturaleza criminal.
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Política criminal, su influencia en el diseño del procedimiento sumario en El Salvador – Respeto del debido proceso en el trámite del procedimiento sumario en El Salvador – Tramite del procedimiento sumario.
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Desarrollo histórico jurídico de los derechos humanos y de la dignidad humana – Fundamento histórico doctrinario del sistema penitenciario – Los derechos humanos en el Sistema Penitenciario – Tratamiento de las personas privadas de libertad en la normativa nacional e internacional
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Orígenes históricos de la trata de personas y factores sociales victimológicos de la trata de personas –El crimen organizado desde su perspectiva teórica-doctrinaria – Vinculación de la Ley Especial contra la Trata de Personas y el Protocolo de Palermo como mecanismos de prevención y combate al delito de trata de personas – Rol de instituciones públicas en la prevención y combate del delito de trata de personas – Medidas tendientes a la reparación de daños y prevención del delito de trata de personas
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Precisiones jurídica conceptuales sobre el contrato de arrendamiento financiero y el delito de lavado de dinero – El arrendamiento financiero como instrumento idóneo para el cometimiento del delito de lavado de dinero – Repercusiones económico-financieras del cometimiento del delito de lavado de dinero en El Salvador
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Evolución histórica de la medida de internamiento, impuestas a los menores por el cometimiento de un hecho delictivo – Fundamento teórico de la medida de internamiento aplicada a los menores, como mecanismo de reinserción social del joven involucrado en hechos delictivos – Análisis del fundamento legal, sobre la medida de internamiento impuesta a los jóvenes infractores aplicables en El Salvador – Comparación del derecho interno con otras legislaciones en materia de medidas socioeducativas – Fin y eficacia de la medida de internamiento aplicada al menor para una reinserción social adecuada
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Antecedentes históricos del proceso laboral – La jurisdicción especial de trabajo – La oralidad en los juicios laborales – La oralidad en el derecho procesal laboral en el derecho comparado
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Antecedentes históricos de la pena privativa de libertad – Análisis doctrinario del trabajo penitenciario como mecanismo de rectificación del cómputo de la pena -- La pena privativa de libertad – Fundamento jurídico y jurisprudencial del trabajo penitenciario como mecanismo de rectificación del cómputo de la pena – Derecho comparado entre las legislaciones de los países: España, Estado de Nueva York de los Estados Unidos de América y México, sobre el trabajo penitenciario
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Antecedentes históricos de la pena de prisión y de los beneficios penitenciarios – Consideraciones teóricas sobre la libertad condicional – Marco jurídico que regula la actividad del departamento de prueba y libertad asistida, de los patronatos y ONG´S
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En la presente temática se abordó aspectos esenciales que fundamentan doctrinariamente, teóricamente y jurídicamente la eficacia de los mecanismos de protección de los derechos humanos en el hacinamiento carcelario. Se realizaron los siguientes análisis e investigaciones: El origen del hacinamiento carcelario, las consecuencias que produce el hacinamiento carcelario en la persona que se encuentra privada de libertad dando lugar esta privación a una serie de vulneraciones y graves violaciones a los derechos humanos fundamentales e inherentes al privado de su libertad. Esta investigación se orienta a que uno de los principales problemas que tiene el Estado en el desarrollo de sus políticas públicas es que no se ha preocupado por crear y ejecutar políticas enfocadas a la prevención del delito y así incentivar al ciudadano a no delinquir y al privado de libertad a no reincidir, actualmente la consecuencia de esta omisión por parte del Estado genera que las cárceles estén abarrotadas de delincuentes llevando este factor a la sobre población carcelaria. Es por ello, que se debe hacer un estudio profundo con la finalidad de obtener respuestas al porque las instituciones se vuelven ineficaces frente al hacinamiento carcelario teniendo a su disposición un marco jurídico que en su texto es efectivo. Además es de señalar que la persona privada de libertad no pierde la calidad de ser "persona" por lo tanto al Estado le nacen obligaciones respecto a los privados de libertad y es el principal obligado por mandato constitucional de garantizar el goce de los derechos fundamentales e inherentes a la persona tales como: la dignidad humana porque del goce de estos derechos depende el goce de los subsiguientes derechos.
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El presente trabajo versa sobre la situación del proceso de readaptación en el cumplimiento de la pena de prisión en la Zona Oriental de El Salvador, en el que a través de nuestra investigación identificaremos aquellos problemas que impiden al condenado lograr su readaptación, por esa razón emprenderemos una temática de actualidad y problema nacional, en el que lo delimitamos en los centros penales de la Zona Oriental. Por el cual unos de los objetivos será investigar el proceso de readaptación en los centros penitenciarios en el cumplimiento de la pena de prisión en la Zona Oriental de El Salvador, y analizar las funciones de cada uno de los organismos administrativos y judiciales, asimismo el papel que desempeñan en los centros carcelarios. Es por ello que la metodología a emplear será en base a diversos métodos , en el cual utilizaremos el método científico, el analítico y analógico, por lo que nos regiremos bajos esos métodos y asimismo realizaremos entrevistas no estructuradas a las diferentes instituciones penitenciarias por ser conocedores y especialista, por lo que entrevistaremos a los Directores de los diferentes centros penales, al Equipo Técnico Criminológico en el área laboral, jurídica, educativa y psicológica, al igual que al encargado de la Escuela penitenciaria, a Jueces de Vigilancia Penitenciaria de San Miguel y al Consejo Criminológico Regional. Asimismo el motivo de nuestra investigación esperamos con los resultados que los centros carcelarios viven en condiciones de insalubridad, no cuentas con infraestructura adecuada por la falta de presupuesto, además los programas no son los suficientes para todos los internos por lo que existe una omisión por parte del Estado en el sistema penitenciario.
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Se hace una referencia a la situación actual de las víctimas de trata personas, cuestionando la relevancia que le da el Estado salvadoreño a su recuperación. Se parte de la idea que, en el país, la atención a las víctimas de la trata de personas, resulta deficiente por diversas razones, entre las cuales a modo de resumen, se pueden mencionar el enfoque del Estado en perseguir únicamente el delito de Trata, obviando en cierto modo la situación propia de la víctima, cayendo en la errónea idea que la compensación económica que ésta pueda obtener a nivel jurisdiccional es suficiente para reparar el daño causado a ella. Se habla también que la ausencia de una ley especial ha imposibilitado la creación de las instituciones especializadas para brindar la asistencia adecuado para cada caso determinado, y por último; se hace mención también de una escasa promoción de la Política Nacional contra la Trata de Personas, que pasa inadvertida para la población en general y con mayor razón a las víctimas de este delito al encontrarse en situaciones de mayor vulnerabilidad. En diciembre del año 2000 en Palermo, Italia, se adoptó el Protocolo de las Naciones Unidas para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, especialmente mujeres y niños que da a los Estados lineamentos generales para erradicar la trata de personas en sus diferentes modalidades como son la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos. A consecuencia de la ratificación del protocolo de Palermo y con la finalidad de combatir la trata de personas, el Estado de El Salvador promovió reformas al Código Penal a efectos de tipificar como delito la trata de personas mediante la introducción de los Art. 367-B y del Art. 367-C. Para continuar estos esfuerzos en esta lucha, el Gobierno de la República, creó en 2011, el Consejo Nacional contra la Trata de Personas, que comprende un grupo de instituciones nacionales que unen esfuerzos y coordinan el abordaje integral de este flagelo social mediante la aplicación de una Política Nacional que contiene ejes y líneas de acción concretas a desarrollar a mediano y largo plazo mediante planes, proyectos y estrategias sostenibles.