711 resultados para DELITOS CONTRA LA PERSONA


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En el contexto de la revolución y la Guerra civil española se desarrolló en las comarcas de Girona un proceso colectivista agrario protagonizado principalmente por jornaleros, payeses sin tierra suficiente (en propiedad o arrendada) para vivir de ella y algunos pequeños y medianos propietarios o arrendatarios. La colectivización agraria en la región, cobijada bajo las siglas de la Confederación Nacional del Trabajo (CNT), afecto principalmente a las grandes fincas o mansos y, en función de factores locales, económicos, sociales y políticos, tuvo una tipología diferenciada y un desarrollo desigual. Los sucesos de mayo de 1937 marcaron el punto de inflexión de la acción colectivista y desencadenaron su progresiva decadencia. Claramente minoritaria frente al reparto de la tierra y la explotación familar de la misma, la opción colectivista, básicamente voluntaria, aunque fracasó como alternativa al modelo de producción y distribución capitalista, intentó establecer unas relaciones sociales basadas en la igualdad económica y en la libertad individual, y fue el referente claro del proceso revolucionario en el campo. FASES: -Julio-octubre 1936: incautación de los medios de producción agraria y constitución de las colectividades. -octubre 1936-abril 1937:participación gubernamental de la CNT, paulatina recomposición del estado y progresivo aislamiento de las colectividades. -Mayo 1937 en adelante fase de decadencia caracterIzada por el ataque legal y político contra las colectividades. -En las comarcas de L'Alt Emporda, el Baix Emporda, La Garrotxa, el Gironès y la Selva (región de Girona) no hubo ningún ataque armado explicito contra las colectividades agrarias.

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L'objectiu d'aquesta tesi és estudiar el funcionament real de la servitud catalana medieval. Per això s'estudien els homenatges i els cobraments dels mals usos rebuts i aplicats per l'Almoina del Pa de la Seu de Girona sobre els seus remences al llarg dels segles XIV i XV i, més concretament, entre 1331 i 1458. Aquestes dates han estat determinades per la documentació generada per l'esmentada institució benèfica. El primer llibre de comptes conservat és de l'any 1331. En aquests llibres de comptes els pabordes encarregats de gestionar l'Almoina hi consignaven tots els seus ingressos i totes les despeses. La data final també ha estat fixada per la documentació, perquè a partir d'aquest moment deixem de trobar constància escrita del pagament dels mals usos i de la prestació d'homenatges. La importància dels mals usos, és a dir, aquells pagaments que gravaven als serfs pel fet de ser-ho, a la Catalunya de la baixa edat mitjana és una qüestió fora de discussió. Bona part dels historiadors -Hinojosa, Vicens Vives, Freedman, etc.- atribueixen als mals usos, als homenatges i a la seva continuada exigència els dos alçaments remences contra les senyories feudals a partir de l'any 1462. Segons aquestes hipòtesis, la lluita per suprimir els mals usos i aconseguir la llibertat individual és la raó de les guerres remences de finals del segle XV. Com és sabut van quedar resoltes amb la Sentència Arbitral de Guadalupe, dictada pel rei Ferran II, que va suprimir definitivament la servitud de les terres catalanes. Malgrat la importància que els historiadors han concedit a l'existència dels mals usos i, sobretot, a la manca de llibertat dels remences, no hi ha estudis sistemàtics sobre la seva aplicació a la pràctica. Per això, l'objectiu d'aquesta tesi és estudiar tots els mals usos i tots els homenatges aplicats i rebuts per una sola senyoria -l'Almoina del Pa de la Seu de Girona-, els remences de la qual van participar activament en ambdues guerres i que és representativa, sense cap mena de dubte, del que succeïa en la diòcesi gironina. A més a més, cal assenyalar que l'estudi comprèn un període de temps que inclou circumstàncies tan cabdals com la pesta negra i la resta de catàstrofes del segle XIV i el segle XV fins a la primera guerra remença. Com és sabut, els remences catalans estaven sotmesos a sis mals usos: la redempció de persones (mitjançant la qual aconseguien la seva llibertat), les firmes d'espoli forçades (que havien de pagar quan es casaven en determinades circumstàncies), la intèstia i l'eixòrquia (que gravaven la mort intestada i sense descendents), l'àrsia (que penalitzava la crema accidental del mas o la masada) i la cugúcia (exigida a les dones considerades adúlteres). Els remences confirmaven la seva dependència d'una senyoria en els corresponents homenatges o reconeixements de domini que havien de prestar quan n'eren requerits. Aquesta tesi consta de deu capítols a més d'una introducció (o primer capítol) i d'unes conclusions. El segon capítol és dedicat a la descripció de les fonts utilitzades, entre les que destaquen els llibres de comptes dels pabordes, i on queda prou palesa la importància del fet d'haver pogut disposar d'una excepcional font seriada, a més a més de pergamins. El tercer correspon a l'estudi de la institució tractada, que tenia terres a les actuals comarques del Gironès, La Selva, l'Alt i el Baix Empordà i el Pla de l'Estany. En el quart capítol hi analitzo els problemes generats a l'hora d' intentar conèixer el nombre de persones que eren pròpies de l'Almoina i saber de quins masos provenien. A continuació segueixen els quatre capítols que constitueixen el cos central de la tesi. Al seu torn, la seva anàlisi va ocasionar l'elaboració dels tres darrers. En el capítol cinquè s'estudien tots els homenatges rebuts per l'Almoina entre els anys 1300 i 1457, tant els que figuren en els manuals de comptes com els conservats en pergamí. En total, tenim documentats 1258 dels homenatges o reconeixements de domini rebuts per la institució. El capítol següent és dedicat a l'estudi de les firmes d'espoli forçades i als 424 cobraments fets per l'Almoina per aquest concepte, entre els anys 1331 i 1452. En els capítols setè i vuitè, s'analitzen els mals usos que gravaven les sortides del domini, tant les voluntàries com les involuntàries. El resultat obtingut és que entre 1331 i 1458, la institució va concedir la llibertat a 557 persones bona part de les quals van tornar a adscriure's de nou a una altra senyoria. El nombre d'aquests sortides contrasta amb el cobrament per part de l'Almoina, entre aquestes mateixes dates, de només 105 intèsties i eixòrquies; dit d'una altra manera, fins l'any 1445 va ingressar diners en concepte de 23 intèsties, fins el 1458 per 68 eixòrquies i fins el 1406 per 14 intèsties i/o eixòrquies. Els capítols 9 i 10 tracten del significat i les limitacions que comportaven els mals usos, com a trets definitoris de la pertinença a la servitud, sobre les persones que hi estaven sotmeses. Finalment, el darrer capítol analitza el compliment de la sentència dictada pel rei Alfons el Magnànim l'any 1457 en la que suspenia la servitud al Principat de Catalunya. Queda fora de dubte que pocs anys abans de la primera guerra remença els homenatges i els mals usos havien deixat d'aplicar-se.

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El análisis de la prueba y de los medios probatorios en particular en materia penal, resulta de extrema necesidad para el profesional del derecho que desarrolla su actividad tanto en el libre ejercicio como dentro de la magistratura, pues en uno u otro ámbito se requiere que el Abogado profundice sus conocimientos en este tema, que le permita ejercer una eficaz defensa de su cliente ya sea en calidad de acusador particular o acusado, en el primer caso; y, una adecuada motivación de sus fallos en el segundo. El presente trabajo pretende aportar en la investigación de este ámbito jurídico, a través de la clarificación de conceptos respecto a la prueba penal, el análisis de los principios fundamentales que orientan la misma, los sistemas para su valoración y los medios probatorios admitidos por nuestra legislación. La tesis se desarrolla en cuatro capítulos el primero de los cuales se refiere a las nociones generales sobre la prueba y su valoración, analizando en el mismo, aspectos primordiales referentes a la actividad probatoria y orientando el enfoque al ámbito penal, resaltando el análisis de la eficacia probatoria de los modernos medios de prueba como los videos y medios magnetofónicos. A partir del capítulo II se analizan en concreto los medios probatorios en materia penal, empezando por la denominada prueba material y su trascendental importancia en figuras delictivas que impliquen la muerte de una persona, y en las de aborto, envenenamiento, lesiones y contra la propiedad, al igual que la actuación pericial. En el capítulo III se examina la prueba testimonial, orientando la investigación hacia los tipos de testimonios que contempla nuestra legislación, en base al análisis de normas legales vigentes. En el capítulo IV se examina la denominada prueba documental y las excepciones a garantías constitucionales básicas como la inviolabilidad de la correspondencia, en los casos expresamente señalados en la ley.

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El marco general de este análisis se basa en identificar los más importantes impactos que han tenido las reformas tributarias a partir del Decreto 242 del 29 de diciembre del 2007 sobre la persona natural obligada a llevar contabilidad, tanto sobre su operatividad como su relación con la Administración Tributaria. De las nueve reformas que han existido desde el decreto mencionado, se resaltó aquellas que tienen relación con lapersona natural obligada a llevar contabilidad”. Se realizó de manera general un análisis de cada una de ellas, para posteriormente, mediante cuantificaciones, casos reales y comparativos verificar si el impacto estimado fue significativo. Podemos ver que a la persona natural obligada a llevar contabilidad se le incluye en el mismo andarivel que a las sociedades, obligándole a preparar la misma información de control a la Administración Tributaria, sin que este contribuyente tenga la estructura administrativa, ni el conocimiento personal de las implicación quepor la falta de cumplimiento que las mismas tienen. Finalmente, vemos que la Administración Tributaria ha realizado avances en la implementación de cultura tributaria en busca de concientizar al contribuyente sobre sus deberes con la sociedad al momento de cumplir sus obligaciones, sobre todo en el trabajo con la juventud, por un lado; y por otro en la implementación de acciones para disminuir la evasión. También revisamos casos especiales en países de la región que sugerimos sean aplicados en el Ecuador.

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El objetivo de esta investigación es analizar las ideologías que se expresaron a través de los editoriales publicados por los diarios El Universo, El Comercio y El Telégrafo, tras la sentencia contra el primero de éstos, como parte de una disputa por la hegemonía, consustancial a la transformación política posneoliberal, que ocurre simultáneamente tanto en Ecuador como en Venezuela, Argentina y Bolivia. Esta dinámica deriva en discursos de la Prensa privada, que alertan sobre la amenaza contra la libertad de expresión, lo cual, a su vez, es interpretado como oposición al cambio por parte de los medios gubernamentales, poniendo en tensión los valores liberales e incluso el concepto de democracia, vigente. En este sentido analizaremos la relación entre ideología, discurso y mediatización de la política (Félix Ortega 2010), a partir del análisis de discurso comparado, de acuerdo con la propuesta metodológica de Teun Van Dijk (2000 y 2003), según la cual identificaremos las funciones ideológicas, a través de principios de énfasis y sus implicaciones políticas en el marco de la democracia liberal. Esta investigación se basará en el análisis de nueve editoriales publicados por los diarios El Comercio, El Universo y El Telégrafo, después de la sentencia contra diario El Universo, entre el 22 y el 27 de julio. La sentencia contra diario El Universo, resultante de la demanda del presidente Rafael Correa contra este medio, constituyó el momento más álgido de una relación de constante confrontación entre la Prensa privada y el gobierno ecuatoriano.

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Las hermanas Mirabal (Patria Mirabal, Minerva Mirabal y María Teresa Mirabal), nacidas en República Dominicana se opusieron a la dictadura de Rafael Leónidas Trujillo. La hermana mayor, Patria, no tenía el mismo nivel de actividad política que sus otras hermanas, pero las apoyaba, incluso prestaba su casa para guardar armamentos y herramientas de los insurgentes. El 25 de noviembre de 1960 fueron brutalmente asesinadas a palos y estranguladas, junto a Rufino de la Cruz que las acompaño, conduciendo el jeep, a visitar en la cárcel al líder del Movimiento Revolucionario 14 de Junio, Manolo Tavárez y a Leandro Guzmán esposos de Minerva y María Teresa Mirabal respectivamente. En 1999 recibieron el reconocimiento de la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, que designó, en su memoria, el 25 de noviembre como el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer.

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El delito de tortura, considerado delito de lesa humanidad por el Estatuto de Roma, se tipifica, igualmente, como delito de lesa humanidad, en el Art. 89 de nuestro Código Orgánico Integral Penal. Ambos cuerpos normativos establecen como requisito esencial que este delito se cometa como parte de un ataque generalizado contra una población civil, lo que concuerda con el Art. 119 del Código Orgánico Integral Penal, que tipifica como tortura el ilícito que se cometa con ocasión y en desarrollo de un conflicto armado en el territorio nacional o a bordo de una aeronave o de un buque de bandera ecuatoriana, lo que no requiere del “ataque generalizado” a que alude el Art. 89 ibídem. Igualmente, el Art. 151 del Código Orgánico Integral Penal, tipifica como tortura a la persona que inflija u ordene infligir a otra persona, grave dolor o sufrimiento, ya sea de naturaleza física o psíquica o la someta a métodos que anulen su personalidad o disminuyan su capacidad física o mental, aun cuando no causen dolor o sufrimiento físico o psíquico, con cualquier finalidad en ambos supuestos, el cual se sanciona con una pena privativa de libertad de siete a diez años, agravándose el delito en los casos de los numerales 1 a 4 del referido artículo y que dicen relación con los conocimientos técnicos para aumentar el dolor de la víctima (1); cuando se trate de funcionarios o servidores públicos u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, por instigación suya o con su consentimiento o aquiescencia (2); que se cometa con la intención de modificar la identidad de género u orientación sexual (3) y se cometa en persona con discapacidad, menor de 18 años, mayor de 65 años o mujer embarazada En esta investigación se analiza la tortura consagrada en los Convenio y Tratados Internacionales con nuestro derecho interno, para establecer la diferencia de la tortura, sus efectos y causas. Pero lo relevante es compatibilizar este tipo penal con nuestra legislación desde la perspectiva que dicha acción sea considerada imprescriptible, para evitar como el Caso Tibi, que los violadores de los derechos humanos quedan sin sanción alguna. Finalmente, el Ecuador no ha cumplido, con las Sentencias de la CIDH, respecto a enjuiciar y castigar a los responsables de las violaciones de los DD.HH.

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La niña ha sido representada en el cine ecuatoriano de 2008 a 2015, con carácter protagónico, en seis películas -dos largometrajes y cuatro cortometrajes-, todas en el género de la ficción cinematográfica y en todos los casos escritas y dirigidas por mujeres. Descubrir las huellas dejadas por estas obras en sus representaciones es el objetivo central de esta investigación que se limita a seis películas cuya protagonista es una niña. Huellas de la expresión artística contra-hegemónica y liberadora de la persona, sujeto de derechos y agente social que son las niñas, en relación a los imaginarios y construcciones sociales que los medios de comunicación así como el arte permiten reforzar o replantear. La investigación teórica, entrevistas a profundidad y el análisis de la imagen han sido los métodos, técnicas e instrumentos utilizados a fin de lograr los necesarios referentes, insumos y criterios para lograr una mirada integral a partir de las evidencias particulares que las autoras y sus obras nos dejan. Así se ha logrado una aproximación a la representación de la niña que las autoras han hecho en sus películas, respondiendo a sus propias experiencias de vida y a la necesidad de expresar libremente sus emociones y sentimientos.

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Incluye Bibliografía

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Ponente perteneciente al grupo de divulgación científica The Big Van Theory

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Las agresiones sexuales producen, habitualmente, una enorme cantidad de discursos no sólo jurídicos, médicos y académicos sino también periodísticos e incluso de simple divulgación o informales. En ellos se cuelan cotidiana y casi desapercibidamente ideas respecto de las conductas sexuales esperables -o inaceptables- tanto en hombres como mujeres antes, durante y después del ataque. En el presente trabajo propongo estudiar un conjunto de discursos particular donde pueden verse estas mismas cuestiones: los argumentos que fiscales y abogados defensores produjeron en el contexto de su participación en casos por delitos sexuales durante la segunda mitad del siglo XIX y principios del XX llevados adelante en Buenos Aires. La contienda judicial obliga, si se quiere, a que los juristas involucrados en el proceso deban siempre armar historias "creíbles" en tanto "factibles" de acuerdo a los hechos que la investigación del ilícito denunciado va revelando, y aunque cada caso tenga características particulares, siempre existirán similitudes que permitan el desarrollo de estrategias legales comunes para aplicar en ocasiones análogas. Aquí entonces, se busca mostrar cuáles fueron algunas de las estrategias discursivas en los juicios por los delitos particulares que trabajo, independientemente del éxito final de la estrategia en el expediente concreto. En este sentido, si bien debe tenerse en cuenta que los alegatos siempre son un relato armado que responde a una meta particular -ganar el caso-, y por tanto, su estudio requiere de especiales cuidados es factible utilizarlos para rastrear ideas socio-sexuales que se cuelan en ellos así como pensar las distintas formas en que se construye o discute a la víctima. Al analizar casos que tuvieron por víctimas a mujeres y a hombres se busca poner en juego las diferentes construcciones discursivas que se dieron para cada uno de ellos mostrando los diferentes argumentos que se produjeron de acuerdo al sexo biológico de la persona agredida y tensionando entonces las ideas de lo esperable y aceptable para cada uno de ellos no sólo en el terreno de la sexualidad sino de los lugares asignados en la sociedad

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El presente trabajo se estructura en base a dos interrogantes: ¿Qué se entiende por violencia contra la mujer en el ámbito doméstico? y ¿Cuáles son las estrategias que desarrolla la sociedad civil para abordar esta problemática social?. El primer interrogante intenta ser clarificado por medio de la descripción de las principales variables que intervienen en esta problemática. El concepto de género será nuestra categoría de análisis central para explicar la violencia contra la mujer en el ámbito doméstico. El género es una construcción sociocultural basada en las diferencias biológicas que se presenta como un eje alrededor del cual se organiza nuestra sociedad. La condición de género tiene importantes efectos, siendo el principal el ser una constante práctica de discriminación, hecho que se traduce en privilegios para los hombres y desventajas y subordinación para las mujeres. Respecto al segundo interrogante, el análisis teórico sobre la evolución y las características del tercer sector en Argentina se completa con un estudio de caso. La ONG ?El Nido?, con casi 20 años de trabajo ininterrumpido en pos de construir una sociedad sin violencia, será nuestra vía de acceso a las estrategias que desarrolla la sociedad civil para abordar este problema social

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En este artículo se parte de las aporías en las que el conductismo lógico de Gilbert Ryle deja la adscripción de los estados subjetivos y de la intencionalidad y se examina el argumento que orienta la solución ontológica de Peter Strawson a través de su noción primitiva de persona como particular de base. Se muestra que la noción de persona de Strawson es una salida a las aporías del mentalismo y del conductismo que anticipa la ontología del soi-même de Paul Ricoeur, aunque sin alcanzar la densidad narrativa que los quiénes reciben en el filósofo francés a partir del paso de las acciones discretas a las prácticas. Asimismo se establecen nexos entre la ontología de la persona y los problemas epistemológicos de la acción en las ciencias sociales.

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México está experimentando una crisis de inseguridad y un incremento en la criminalidad en todos los niveles en la última década. Las cifras oficiales y las encuestas de percepción y de opinión muestran un irrefrenable aumento de los delitos y de la percepción de inseguridad, junto con sucesivas crisis de gobernanza, por la incapacidad de los gobiernos de enfrentar las olas de violencia y embates de organizaciones criminales contra la sociedad. El trabajo analiza la evolución de los delitos, de la victimización y de la percepción de inseguridad, y posteriormente describe sistemáticamente la capacidad del aparato coercitivo del Estado (tanto federal como local) para responder a estos retos. El trabajo muestra las deficiencias y los retos del estado mexicano y su clase política para resolver la crisis de inseguridad y aparente ingobernabilidad de México. Analiza y muestra que el estado todavía cuenta con capacidad de crear instituciones necesarias para controlar la criminalidad, pero que esto tiene costos políticos y sociales que la clase gobernante no ha estado dispuesta a asumir.