998 resultados para Oficios-Italia-S. XVI
Resumo:
«Disputas de Amanguchi» é a expressão pela qual designamos um conjunto de debates ocorridos entre 1551 e 1552, que tiveram como principais intervenientes o Padre Cosme de Torres (com o Padre Juan Fernandez como tradutor) e vários monges budistas. As principais fontes relativas a este acontecimento histórico são uma carta do Padre Cosme de Torres e outra do Padre Juan Fernandez. Estas cartas são, provavelmente, os primeiros textos ocidentais em que podemos encontrar relatos detalhados sobre o Budismo e que tiveram uma vasta posteridade nas crónicas portuguesas e europeias relativas às missões cristãs no Japão. O presente estudo procura reconstituir as referências ao Budismo nas cartas do Padre Cosme de Torres e do Padre Juan Fernandez, bem como os comentários das principais crónicas em Língua Portuguesa que se referem às «Disputas de Amanguchi»: História da Vida do Padre Francisco de Xavier, escrita pelo Padre João de Lucena, e Oriente Conquistado a Jesus Cristo, do Padre Francisco de Sousa. Desta forma, pretendemos analisar a evolução da controvérsia entre Cristianismo e Budismo, identificando, portanto, diferentes estádios de conhecimento do Budismo nos textos portugueses dos séculos XVI e XVII.
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A amplitude do culto e da iconografia de Francisco Xavier foi praticamente única na época Moderna, como vemos no número de igrejas, confrarias e altares dedicados a ele, além da quantidade e variedade das suas representações artísticas. Na origem deste culto e da respectiva iconografia encontram-se o poder régio português e depois ibérico e ainda o interesse do nobre japonês Ôtomo Yoshihige. Por sua vez, o interesse da Companhia de Jesus na divulgação deste culto e da sua iconografia exprimiu-se a partir da década de 1570 através da literatura e da arte, e ainda através do fomento da devoção do seu corpo e das relíquias corpóreas e de contacto. Na estratégia de constituição do culto de Francisco Xavier, são de referir o papel que lhe foi atribuído enquanto missionário mais emblemático da Época Moderna (Francisco Xavier, “o Apóstolo do Oriente”), as suas supostas capacidades taumatúrgicas e que deram origem a epítetos, como Francisco Xavier, “o Milagre dos Milagres” ou Francisco Xavier, “o Príncipe do Mar”), e ainda o facto desta figura encarnar algumas das virtudes de santidade mais importantes para o Catolicismo pós tridentino, tais como a pureza e o espírito de mortificação.
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Usando como trampolim as primeiras viagens de descoberta ao longo da costa ocidental africana (1415-1487), assim como, uma vez dobrado o nefasto Cabo das Tormentas (1487), ao longo da costa oriental africana — do futuro Cabo de Boa Esperança até ao extremo norte da costa suaíli (Mogadíscio) —, este estudo pretende abordar as dinâmicas da missionação portuguesa durante os primeiros dois séculos de presença (semi)permanente em solo africano. Em outras palavras observar-se-ão as abordagens, os sucessos e, mormente, os insucessos da cristianização dos povos autóctones por parte da Igreja e, através desta última, da Coroa, ambas interessadas em expandir o seu poder e a sua influência económico-social.
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Estamos prestes a encerrar as XVI Jornadas Sobre a Função Social do Museu.Desde 1988, ano em que reunimos as Ias. Jornadas na Quinta da Subserra em Vila Franca de Xira, que nos temos encontrado anualmente. Esta “longevidade” no âmbito das instituições museológicas portuguesas é já por si motivo de celebração. Sobretudo se observarmos que alguns de nós temos estado presentes desde as primeiras Jornadas.Mas temos este ano, outra efeméride a celebrar: os 20 anos do MINOM. De facto, foi em Lisboa em Novembro de 1985 (se não erro, no dia 5 desse mês) que a Assembleia Constitutiva aprovou os estatutos do Movimento Internacional para uma Nova Museologia. Nessa ocasião, foram divulgados entre nós e, pela primeira vez amplamente discutidos, textos que nos habituámos a considerar como textos fundacionais do Movimento. Refiro-me à Declaração de Santiago do Chile, à Declaração de Oaxtepec, à definição, então muito recente, de G. H. Rivière, de Ecomuseu.
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El trabajo analiza el pensamiento de distinguidos profesores como Griziotti y Ranelletti: el primero, fundador de la escuela económica y jurídico-finaciera de Pavía, la que sostenía la unidad de la cátedra de ciencia de las finanzas y derecho financiero, en cuanto ambas tendrían como objeto el mismo fenómeno financiero, el segundo, fundador de la escuela jurídico-finandera napolitana, partidaria de la enseñanza del derecho financiero como rama del derecho administrativo. Profundiza además en el estudio de las dos corrientes en la enseñanza de la ciencia de las finanzas y del derecho financiero impartida por los juristas, la autonomía del contenido conceptual destacado por D'Alessio e Ingrosso como objeto de la enseñanza del derecho financiero, el pensamiento de Sainz de Bujanda y su influenda en la institución de las cátedras de "Derecho financiero y tributario" en España, la contribución de Romanelli-Grimaldi a la individuación del fenómeno jurídico financiero como objeto de la enseñanza del derecho financiero, los aportes de Sica y Abbamonte para reconducir el fenómeno jurídico financiero a los principios constitucionales y, finalmente, la influencia de dichas contribuciones sobre el actual reconocimiento de la autonomía de la enseñanza del derecho financiero.
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En esta tesis se estudian los rasgos de las políticas inmigratorias diseñadas por la corona española entre los siglos XVI y XVII, en su intento por garantizar el monopolio peninsular en el proceso de poblamiento de los territorios americanos. Ligado a lo anterior, se presentan evidencias empíricas de la manera cómo los europeos no españoles ingresaron al Nuevo Continente de manera legal o ilegal, mostrando la relativa inefectividad de las leyes al respecto. El análisis de una serie de casos de "extranjeros" que lograron su naturalización o se mezclaron con la población neogranadina en diferentes escenarios locales y provinciales, revelan la fuerza incontenible del proceso de expulsión de personas en Europa, y concomitante con esto, la fuerza de atracción que ejercían los territorios bajo dominio español. En este contexto se ubica la situación legal, social y económica de los extranjeros en sus sitios de residencia, señalando sus diferentes ocupaciones, relaciones e inserción social en las diferentes localidades durante el período colonial. Mediante estudios de caso se ilustran las diferentes estrategias que estuvieron a la mano de los inmigrantes para burlas la prohibiciones legales a su establecimiento. De esta manera se puede apreciar en forma global los factores jurídicos, sociales y culturales que constituyen un modelo particular de inserción de los extranjeros en un régimen restrictivo y prohibitivo que, de manera pragmática acudió al expediente de la inmigración selectiva, para aprovechar los conocimientos y pericia de aquellos en temas como la milicia, la medicina, la minería y las artes mecánicas. En comparación con los rasgos observados en el antiguo régimen, con el advenimiento de la Primera República -que en materia inmigratoria definió los perfiles de las políticas inmigratorias del siglo XIX colombiano-, se analiza con todo detalle las constituciones y leyes sobre el tema de la extranjería. Con base en estos documento se develan las continuidades con el sistema legal precedente y las rupturas formales en el orden del discurso, de corte liberal, referentes a la necesidades de favorecer el asentamiento de extranjeros para sacar a la Nueva Granada del atraso educativo y tecno-económico heredados de la época colonial. En este punto se analiza la participación de un grupo de extranjeros en el ejército bolivariano, algunos de los cuales obtuvieron su naturalización como reconocimiento por sus sacrificios y actos de valentía al servicio de la república. Dicha naturalización, desde el punto de vista de los granadinos santanderistas sólo les concedía la posibilidad de dedicarse a sus oficios, a casarse, aportar sus conocimientos y acumular capital, quedándo privados de derechos políticos, como la deliberación y toma de partido en las disputas político-militares. En tal sentido fueron decisivas sus actitudes y toma de posición en el partido bolivariano para provocar su expulsión del territorio granadino y, en su camino al exilio tuvieron entre sus destinos favoritos la naciente república de Venezuela, donde desde el siglo XVIII los extranjeros encontraron mejores condiciones legales, sociales y culturales para el goce de sus derechos.
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A continuación apuesto por la metodología de lectura histórica marxista propuesta por Frederic Jameson basada en una “reescritura fuerte” (Jameson 1989, 48). Del texto sobre las clases oprimidas (Mömer 1992, 28), y sus tres marcos concéntricos (Jameson 1989, 61-72): a) Historia política, b) Sociedad y tensión constitutiva entre la lucha de clases, c) Historia constitutiva de los modos de producción y el devenir de las formaciones sociales humanas. La Recopilación de las leyes de los reinos de las Indias (De Paredes 1973, 1), emitidas por el Rey Carlos II de España y su Corte, fueron compiladas por primera vez en 1681. Su importancia para la presente investigación radica en las disposiciones emitidas para las clases dominadas por la Corona Española mediante el discurso de “condición racial inferior” y exclusión social establecidas por el poder monárquico, durante la época de la esclavitud en los reinos americanos del siglo XVI, cuando se estipulan castigos para “vagabundos, gitanos, mulatos, negros, berberiscos (norteafricanos) e indios” (De Paredes 1973, 285- 295), quienes sobrevivían en la América de esas fechas. Estos documentos retratan las ideologías dominadoras, el castigo sobre el cuerpo, los intereses del orden imperial frente al auge económico y las formas de explotación y crueldad a las cuales fueron sometidos estos grupos étnicos.