671 resultados para DERECHO A LA REPARACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS
Resumo:
En este programa se conocen los planes que desde el vicedecanato de la Facultad de Jurisprudencia y Ciencias Sociales de la UES se tienen para desarrollar en los próximos 4 años, trabajo de investigación, planes de estudio y oferta de estudios de posgrados.
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Este artículo pretende repasar y presentar al lector interesado la corta experiencia de evaluación de Trabajos Fin de Grado en la Facultad de Derecho de la Universidad de Zaragoza, siguiendo el curso de la normativa destinada a evaluar esos Trabajos vigente en cada momento, relatando alguno de sus efectos a la hora de su puesta en práctica y planteándose una serie de dudas e inquietudes en torno al método mejor de evaluación del Trabajo Fin de Grado. Asimismo, ello se verá complementado por lo recogido en la Guía Docente de la asignatura “Trabajo Fin de Grado”, con el fin de mostrar de manera más ajustada los criterios existentes en la evaluación del TFG.
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Se lleva a cabo un estudio tanto de la conciliación como de los permisos de maternidad y paternidad, centrándonos en estos últimos como una medida facilitadora de la conciliación
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En los nuevos planes de estudio la función tutorial alcanza un papel clave en el proceso de aprendizaje del estudiante. A diferencia del viejo concepto de acción tutorial que existía en los antiguos estudios de licenciatura, actualmente la tutorización del estudiante por parte del profesor es parte esencial de su profesor de aprendizaje. En el caso de los trabajos fin de grado esta función toma un mayor protagonismo al ser necesario que el profesor realice un seguimiento del alumno para orientarle desde su inicio hasta la finalización del trabajo fin de grado. A través de este trabajo expondremos cuáles son las funciones que el profesor-tutor debe desarrollar durante la tutorización del trabajo fin de grado y cuál es la valoración que podemos realizar de su regulación y funcionamiento en la titulación de Grado en Derecho de la Universidad de Málaga, tras dos años de experiencia.
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Tesis (Trabajadora Social).-- Universidad de La Salle. Facultad de Ciencias Económicas y sociales. Programa de Trabajo Social, 2014
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La Ley 35/2015, de 22 de septiembre, establece un nuevo sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, el cual incluye indemnizaciones cuya finalidad es compensar los perjuicios patrimoniales que sufren los perjudicados, ya se trate de lucro cesante o de daño emergente. Conforme a lo establecido en la propia Ley, las más relevantes de esas indemnizaciones requieren una valoración actuarial, siendo ése el caso de la indemnización por necesidad de ayuda de tercera persona. El presente trabajo tiene por objeto analizar la metodología de valoración actuarial que, para esta indemnización, se incluye en las “Bases Técnicas Actuariales del Baremo”, así como las hipótesis biométricas y económico-financieras que se asumen y los resultados que se obtienen; y todo ello en el marco de los principios y criterios que la Ley 35/2015 establece con carácter general para el sistema y en particular para dicha indemnización.
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La violencia y discriminación contra la mujer se vive en toda la región latinoamericana y ante eso los países han comenzado en los últimos años a hacer énfasis a redoblar esfuerzos para eliminar este mal. Convencidos de que es urgente avanzar en El Salvador, en la erradicación de la violencia contra las mujeres, nuestra Coordinación Política quiere dejar constancia de su quehacer contra la impunidad e injusticia y de los retos que es necesario vencer para que las mujeres alcancen realmente el derecho a una vida libre de violencia. Es importante recalcar que la violencia contra las mujeres tiene su fundamento en la desigualdad social de género que se presenta de manera generalizada en modalidades diferentes afectando de forma directa sus vidas como también en el desarrollo de sus capacidades y sus libertades. La violencia contra las mujeres es un problema vital dentro de la sociedad, ya que se convierte en un gran impedimento para su desarrollo en nuestro país, se ha presentado un gran avance en materia legislativa generando condiciones jurídicas que fortalecen las necesidades de transformación, especialización, profesionalización de las instituciones para detención, prevención, atención, sanción e institución de los derechos de las mujeres que enfrentan la discriminación, desigualdad, exclusión y violencia. La violencia contra las mujeres no es más que una clara evidencia de la violación de sus derechos humanos, ante ello sólo una minoría de las víctimas denuncia tal agresión, la mayor parte soportan en silencio, pero lo más triste es que otras no viven para contarlo, durante las últimas décadas, la violencia contra la mujer ha ido recibiendo una atención creciente a nivel mundial, pasando de ser una cuestión oculta y privada a declararse en la actualidad como un problema de derechos humanos que afecta a la dignidad, a la integridad y a la libertad de las personas y que atenta contra el bienestar social. La realidad de la mujer Salvadoreña descansa en políticas estatales, las cuales deben respaldar toda iniciativa en pro del progreso humano y colectivo, aunque, bien es cierto que en la práctica, como se puede observar, este papel ha tenido aún poca incidencia en mejorar las condiciones de vida y desarrollo de las mujeres, de forma sostenida y al mismo tiempo entender que no puede haber desarrollo sin superar el déficit de las mujeres.
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Se desarrolla un análisis comparativo entre los criptogramas y poemas originales de la novela de Dan Brown, The Da Vinci Code, y su correspondiente traducción al español, realizada por Juanjo Estrella. El trabajo de contraste analiza la traducción de cada uno de los casos y evalúa la labor del traductor, motivando a la vez a que los lectores sean más críticos en su práctica literaria.A comparative analysis is developed here between the original cryptograms and poems found in Dan Brown's novel, The Da Vinci Code, and its Spanish counterpart translated by Juanjo Estrella. This analysis focuses on the translation of each of the cases and the work done by the translator, thus encouraging readers to become more critical in their readings.
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42 p.
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34 p.
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Antecedentes históricos y la aproximación teórica del derecho a la alimentación – Consideraciones doctrinarias exclusivas del derecho a la alimentación y su contenido normativo – Tutela jurídica ante las violaciones del derecho a la alimentación y su reconocimiento a nivel internacional y regional – Análisis relativo a la aplicación del derecho a la alimentación en El Salvador
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Objetivos: Se determinó el tipo de afección que genera el fenómeno migratorio, de los padres, en el cumplimiento de las pensiones alimenticias en la Procuraduría General de República, en el periodo de enero a diciembre de 2013, en la Ciudad de San Miguel, identificando los factores exógenos y endógenos que obstaculizan el cumplimiento efectivo del derecho a la alimentación de las niñas y niños y adolescentes y, por último, se determinó el impacto que genera el incumplimiento del pago de la pensión alimenticia en la finalidad de la protección integral de las niñas, niños y adolescentes. Metodología: el tipo de estudio que se realizó es el demostrativo, ya que las hipótesis se comprobaron, mediante la demostración estadística de la relación o no, de las variables correspondientes, aplicando el método científico analítico y descriptivo, el cual sustenta lo formal y lo válido de los resultados, utilizando la modalidad deductiva, es decir que se partió de lo general a lo particular. Conclusión: En términos generales esta investigación permitió conocer tanto en El Salvador como en el extranjero la aplicación efectiva del código de familia. Y de manera diagnóstica que el fenómeno de la migración no es el simple hecho de trasladarse de un país a otro, sino que las leyes nacionales al menos a través de la PGR no pueden alcanzar ni aun con convenios o tratados la obligación patrimonial en cuanto a los derechos del alimentante, por lo que los bienes tutelados por la legislación en familia en la protección de niños niñas y adolescentes pierden vigencia en materia de obligaciones patrimoniales alimentarias y cuyo progenitor se encuentra en el extranjero. También se identificó que el Convenio entre el Gobierno de El Salvador y el Gobierno de los Estados Unidos para la ejecución de obligaciones alimenticias, no es aplicado por la Procuraduría General de la República en San Miguel, aduciendo que existen otros convenios con los consulados a quienes han responsabilizado de garantizar la ubicación del progenitor demandado y notificarle de la obligación patrimonial sin la obligatoriedad de la ley, todo lo anterior está generando la vulneración sostenida del derecho a la salud a la educación a la familia a la formación al crecimiento y desarrollo del alimentante. El fenómeno migratorio de los padres demandados, se ha tratado como una demanda más en el exterior y no como una situación problemática que afecta la salvaguarda de los derechos alimentarios de los niños niñas y adolescentes en El Salvador. En las memorias de labores de PGR de los últimos 7 años se encuentra el número de solicitudes de alimentos al exterior de los últimos 7 años, y el número de solicitudes de junio 2007 a mayo 2013 es de 3475, así mismo en la memoria de labores de junio 2013 a mayo 2014 se encuentra que el número de personas que enviaron dinero durante junio 2013 a mayo 2014 son de 892, de estos datos se puede concluir que existe un alto porcentaje de niños que no obtienen respuesta positiva a la solicitud de cuota de alimentos solicitada. Esta realidad deja al descubierto que el fenómeno migratorio deja un alto número de niños sin cuota de alimentos menoscabando sus derechos y perjudicando su desarrollo.
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En la investigación de análisis Jurisprudencial al mecanismo de Protección del derecho a la salud, en Pacientes Hemofílicos, en El Salvador se realiza con el objetivo de estudiar los diferentes mecanismo de protección del derecho a la salud en los pacientes hemofílico, que toda persona puedan tener el derecho a la atención medica; este es un derecho fundamental de acuerdo a nuestro ordenamiento jurídico regulado en la constitución, porque el Estado Salvadoreño determinara la política de salud y supervisa su aplicación, por medio de una asistencia gratuita, el tratamiento a estas personas constituye un medio eficaz para prevenir la trasmisión de esta enfermedad; por esta razón ha sido importante y esencial realizar un análisis integral sobre los antecedentes históricos con sus posturas más emblemáticas y la forma en cómo estas se fueron posicionando en la sociedad antigua y evolucionando hasta la actualidad; como un logro para la protección del derecho a la salud, desarrollándose por medio de diferentes teorías y postulados que fueron un sustento para dar origen a leyes cuyo objetivo era garantizar protección a los derechos a la salud; la metodología estará basada en el método científico, aunado al método analítico que nos ayudara a fomentar el análisis de las diferentes normativas que abordan el estudio de la situación problemática, también se realizara con unas series de entrevistas a Profesionales sobre el tema de investigación, así mismo al representante de la asociación hemofílico de El Salvador; Resultados obtenidos mediante esperados en la investigación dirigidos mediante entrevistas realizadas a personas profesionales con amplio conocimiento de los mecanismo de protección del derecho a la salud en los Paciente hemofílicos, que es objeto de estudio y de igual manera las entrevistas realizadas a los pacientes hemofílicos, en la cual se verificara si estarán recibiendo la atención médica necesaria.
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139 p.
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En el presente trabajo proponemos un análisis del problema de la felicidad en el contexto de la actual sociedad tecnológica y bajo un enfoque particular -no auto referencial- de la filosofía. Se trata de poner a prueba las teorías conceptuales de la felicidad y promover la coherente integración de los conocimientos filosóficos y científicos. El estudio de las "ciencias de la felicidad" nos permitirá comprender mejor por qué existen nuevas enfermedades sico sociales vinculadas con las desigualdades sociales y de ingreso. La hipótesis general que guía el presente trabajo es la siguiente: "el problema de la felicidad no es un problema individual sino social, y se encuentra en la esfera de la justicia debido a que el individuo aislado no puede modificar las desigualdades sociales que conllevan el sufrimiento y las nuevas enfermedades sico sociales". Por lo tanto, debe incluirse el derecho a la felicidad como una responsabilidad social con fuertes implicancias en políticas de salud pública intersectoriales, como así también en políticas prioritarias de investigaciones sanitarias en sentido amplio. La felicidad/bienestar es un asunto público, colectivo, que demanda la intervención del Estado en la justa distribución de ingresos. Este análisis no pretende agotar el problema de justicia, sino delinear nuevos caminos en teorías de justicia basadas en concepciones sustantivas de buena vida, que serán profundizados, por razones de espacio, en futuros trabajos