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Resumen tomado de la revista
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Artículo publicado también en la revista 'Cátedra Nova : revista de bachillerato', 2007, n. 26, diciembre ; p. 49-56
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Resumen tomado de la publicación
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Se trata de una biografía del escritor español Miguel Delibes. Nació el 17 de octubre de 1920 en Valladolid, ciudad donde también falleció el 12 de marzo de 2010. En 1938, durante la Guerra Civil, se enroló como voluntario en la Marina en el crucero `Canarias´. Esta experiencia quedó reflejada en dos novelas: `La sombra del ciprés es alargada´ y `337A, madera de héroe´. En 1941 ingresó como caricaturista en el diario vallisoletano `El Norte de Castilla´. Durante treinta años ejerció el periodismo por las noches y la literatura por las mañanas. En 1945 ganó la cátedra de Derecho Mercantil y comenzó a impartir clases en la Escuela de Comercio. En el año 1973 ingresó en la Real Academia Española. Su trayectoria como escritor arrancó con `La sombra del ciprés es alargada´, novela con la que ganó el Premio Nadal de 1948. En 1950, tras sufrir un brote de tuberculosis, publicó `El camino´. Fue un hombre sencillo, que amó todo lo relacionado con la naturaleza y el aire libre. Sus pasiones confesadas fueron recorrer los caminos y pueblos castellanos en bicicleta o salir a cazar y pescar con amigos. Estas aficiones serán protagonistas de varias de sus novelas: `Diario de un cazador´ (1955), `Diario de un emigrante´(1958), `Las ratas´(1962). La mayor parte de los críticos se inclinan en considerar que la mejor de las obras de Delibes es `Cinco horas con Mario´(1966). Con setenta y nueve años publicó su última gran obra `El hereje´, por la que recibió el Premio Nacional de Narrativa.
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Ángeles Galino es reconocida en el ámbito académico por su profunda preparación científica, por sus muchos años dedicados al estudio y por su reflexión histórico-pedagógica. Galino ha compaginado su actividad docente e investigadora con la promoción de estudios e iniciativas pedagógicas; la dirección de centros e instituciones formativas; la gestión política; la legislación escolar y la formación del profesorado. En 1953 accede a la cátedra de Historia de la Pedagogía en la Universidad Complutense y se convierte en la primera mujer en conseguirlo.
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Analiza la trayectoria científica del Dr. Negrín, y destaca los aspectos más significativos de su actividad universitaria que resultaron trascendentales para el proceso modernizador de nuestro país del primer tercio del siglo XX. La biografía de Negrín aparece vertebrada en esta tesis en cuatro grandes capítulos, que se corresponden en el tiempo con su trayectoria profesional. La primera etapa, de formación científica e intelectual, transcurre en Alemania. En la segunda, a su regreso a España en 1916, Negrín se vincula a la Junta de Ampliación de Estudios en la Residencia de Estudiantes, haciéndose cargo de la dirección del Laboratorio de Fisiología General. La tercera etapa, 1922-1931, está marcada por el acceso de Negrín a la cátedra de Fisiología de la Universidad Central, lo que determina la orientación investigadora del Laboratorio. Por último, de 1931 a 1956, aparece el periodo político con la elección de Negrín como diputado a cortes republicanas y, al mismo tiempo, Secretario de la Junta de la Ciudad Universitaria hasta 1936. La metodología pedagógica e investigadora de Negrín, eminentemente experimental, aportó a la docencia universitaria de Fisiología una nueva orientación de carácter práctico.
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Estudio histórico sobre el currículo pedagógico para la formación profesional del maestro de los distintos niveles en las escuelas normales de España entre 1857 y 1901. El marco cronológico vienen determinado por la Ley de Instrucción Pública (1857), etapa de establecimiento y consolidación de los centros normalistas, hasta la creación de la cátedra de pedagogía en la Facultad de Filosofía y Letras (1901), fecha en la que culmina un proceso evolutivo de consolidación de la pedagogía con caracter universitario. Se aborda los orígenes de la formación del maestro con la intención de estudiar la evolución de la profesión de enseñante, a través de la primeras incursiones de caracter pedagógico. Se estudia el desarrollo de los centros normalistas en relación con la política educativa que se promulga y de los planes de estudio. Se profundiza en el estudio del currículo pedagógico utilizando como onstrumento los libros de texto de pedagogía que mayor aceptación tuvierosn en las mencionadas instituciones. Libros de texto de pedagogía más utilizados en los centros normalistas. El estudio histórico sobre el currículo se basa en el análisis de contenido de los textos de pedagogía más representativos que se utilizaron entre 1857 y 1901. Las diferentes partes en las que se estructura la Pedagogía de mited de siglo adquieren, al final del XIX, el corpus de disciplinas pedagógicas - con la introducción de las ciencias positivas - configurando el mayor nivel de preparación alcanzado por el docente, a lo largo del periodo de estudio.
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Se estudia la vida intelectual y la obra de Adolfo Álvarez Buylla, su interés por la historia, economía, legislación y educación como los aspectos que componen la reforma social. La primera parte es una biografía intelectual, históricamente contextualizada de Buylla. En ella se recorre la vida y la obra del Krausopositivista Buylla, desde sus estudios de Derecho hasta su cátedra en Economía y su labor en el Instituto de Reformas Sociales; así como su intervención en la extensión universitaria. La segunda parte es una inserción de Buylla y su obra en las corrientes ideológicas del siglo XIX español. Se presenta como ideólogo de la pequeña burguesía liberal, entre el 'laissez faire' extremo y las actitudes revolucionarias. Estudio bio-bibliográfico desarrollado siguiendo el mátodo histórico.
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Estudiar la educación española de finales del XIX y concretamente la figura de Rafael María de Labra. Se realiza una investigación sobre D. Rafael M. de Labra en sus múltiples facetas como jurista, político publicista y hombre preocupado de la educación nacional. Se expone su prolífera actividad en la sociedades económicas, Ateneo de Madrid, Sociedad Abolicionista Española, Institución Libre de Enseñanza, entre otras. Aparece como un hombre liberal radical y vinculado al espíritu democrático krausista e institucionalista. Trabaja en pro de una reforma social y es uno de los principales promotores de las compañías organizadas por la institución en pro de una reforma de la educación nacional. Para ello se divide el trabajo en una primera parte donde se analiza la situación político-social y cultural de España en la segunda mitad del XIX; después otro apartado con la vida y obra de Labra; el tercero se ocupa de su pensamiento político; y en el último se desarrolla el pensamiento de Labra ante la política educativ. Investigación documental. Labra considera que el problema político y social no es legislativo sino de política educativa, por ello la reforma de la enseñanza primaria pública es vital, sin ella no habrá vida política, social ni moral. Promulga la libertad absoluta de enseñanza, de cátedra y profesional. Defiende una enseñanza primaria laica, obligatoria y gratuita, que dependa, de manera transitoria del Estado al que le reconoce una acción en calidad de tutor. La educación secundaria necesita una reforma urgente por ser exclusiva de ciertas clases sociales, y será la iniciativa particular quien cubra esa enseñanza. También debe reformarse la universidad que se ocupará exclusivamente de estudios científicos a los que el Estado debe apoyar, dejando las carreras profesionales a cargo de particulares. Se puede considerar a Labra como pionero de nuevos caminos y orientaciones que obligan a la opinión y poderes públicos, a concienciarse de la importancia de la educación popular, de la educación de la mujer, de las enseñanzas técnicas y científicas, provocando cambios de ideas y reformas de la enseñanza nacional.
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Estudiar los fundamentos de la intervención pública en la enseñanza y con la finalidad de que pueda servir de dato para la construcción de un futuro derecho de la educación.. En la primera parte se estudia el derecho administrativo de educación. Después separa la libertad de enseñar, la libertad de educar y la liberación educativa, y se ocupa de los antecedentes legislativos tanto de las enseñanzas primarias como de las medias y superiores. También se analiza la libertad de enseñanza en la Ley General de Educación con la democratización y socialización de la enseñanza, la libertad de creación y el funcionamiento de centros no estatales de naturaleza jurídica de la autorización la educación como servicio público. Y por último, la libertad de educar en la Ley General de Educación, es decir, la libertad de cátedra, la libertad de métodos y medios educativos, y la libertad de participación.. La libertad de enseñanza es la facultad de fundar o crear centros docentes, mientras que la libertad de cátedra es la facultad de libre expresión ideológica. La educación es un proceso cuya función general, junto con la formación general básica, socializadora e integradora, consiste en proporcionar una instrucción profesional para los distintos grados de trabajadores, por lo tanto se puede considerar una inversión productiva. Para integrar a toda la población estudiantil debe ser gratuita y permitir el acceso a la formación superior. La libertad de educar comprende la libertad y objetividad en la selección del docente; la libertad de expresión científica; y la libertad de participación en la gestión. La disciplina y el orden universitario han de ser responsabilidad de la autoridad académica democráticamente elegida ya que solo el acceso democrático al poder justifica y legitima un escrupuloso ejercicio del mismo.. La educación es un instrumento decisivo de igualación social que debe ser libre, no sujeta a un fin, dogma político o religioso. La organización de la educación no debe ser estatal o privada sino que los titulares de la empresa serían las agrupaciones de padres, alumnos e instituciones sociales y profesionales. Según los niveles educativos, se pactaría con las organizaciones libres del profesorado, la prestación del servicio de enseñanza que financiaría el Estado. Para lograr la libertad de cátedra es esencial la libertad y objetividad en la selección del profesorado. Para que la ley cumpla con los fines pretendidos, no es necesario simplemente un incremento de la financiación, sino que el propio sistema educativo sea corregido en la causa de su desigualdad, es decir, en su complejidad y duración del sistema. Sería necesario adelantar la educación general básica acortando su duración a siete años y generalizando el preescolar; refundir la formación profesional no universitaria y el BUP como tercera etapa de un solo nivel de educación obligatoria; suprimir el COU sin perjuicio de que se impartan funciones de orientación; y limitar la educación formal superior a 3-4 años y adelantar la edad para el ingreso directo en la educación superior.
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Elaborar un estudio profundo de la Facultad de Medicina desde sus orígenes hasta su extinción, casi dos siglos después. Se realiza un juicio crítico sobre la entidad académica de esta facultad basado en sus catedráticos, alumnos y la seriedad de su enseñanza, y así poder compararla con otras facultades médicas coetáneas. Para realizar la investigación se ha estudiado la documentación del Colegio-Universidad que se encuentra en el Archivo Histórico Nacional, y la biblografía sobre la universidad. El inicio de la facultad se documenta con el Acta de aprobación de sus Estatutos, el 11 de abril de 1551. Existió solo una cátedra, a veces llamada Prima, a lo largo de toda su historia, a cuyo frente estuvieron en total 25 catedráticos. La enseñanza se sujetó a disposiciones de carácter general, comunes a todas las facultades médicas. Escaso número de alumnos, 14, que acuden a sus aulas para lograr formación médica. Los grados obtenidos son 634 bachilleratos, 372 licenciaturas y 338 doctorados. Solo 17 suspensos en toda su existencia. El Claustro de la Universidad, reunido el 25 de abril de 1774, da cuenta de haber recibido una Carta Orden del Consejo por la que se prohibe la enseñanza y concesión de grados en su Facultad de Medicina, lo que supone la finalización de su actividad tras 203 años. Por los datos obtenidos, se supone que se trate de una facultad más de grados que de alumnos.
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Estudiar los primeros periódicos españoles a fin de encontrar los momentos iniciales en los que se comenzó a organizar y guardar la información contenida en ellos; encontrar los antecedentes de las técnicas documentales y centros de documentación en España; analizar el papel que ha ocupado la Documentación en la enseñanza del Periodismo; saber si existieron nexos de unión entre la Biblioteconomía y la Documentación Informatica a lo largo de su evolución; estudiar los primeros tratadistas de la Documentación Informativa; observar en qué momento tomaron contacto la Documentación y la Tecnología; y conocer cuándo el archivero de prensa pasó a llamarse documentalista informativo y reflexionar sobre su trabajo y posición en la empresa periodística. Se estudia la historia de la formación periodística en España y los momentos en que pareció importante que el futuro periodista tuviera conocimientos de las fuentes documentales. Asimismo analiza las raíces y evolución de la materia de Documentación Informativa, que ha contribuido a la formación del Periodismo actual y al desarrollo de las técnicas documentales en general. Se trabajan las revistas Gaceta de la Prensa Española de la Escuela Oficial de Periodismo, Cuadernos de Trabajo del Instituto de Periodismo de Navarra y Documentos de las Ciencias de la Información, primera revista de Documentación de las facultades españolas. Se estudian los periódicos españoles más importantes del siglo XVII y XVIII, la bibliografía sobre la historia del Periodismo y se acude a los diferentes archivos y a los centros de documentación del ABC y de El Mundo. También se realizan entrevistas a personas relacionadas con las Ciencias de la Información. Los primeros antecedentes de la documentación informativa surgieron en 1738 y 1761. Desde el primer momento en que se habló de la formación del periodista, se mencionó la importancia de la enseñanza de las fuentes documentales. Los primeros contactos de la Documentación con la formación del periodista, fueron en 1899 para formarles en saber buscar las fuentes de información, para saber documentarse. En la II Asamblea Nacional de la Buena Prensa Católica, realizada en 1908 en Zaragoza, se incluye el estudio del archivo y de las fuentes de información dentro de los temas que debía recoger la enseñanza del Periodismo. En 1926 aparece la primera escuela de Periodismo en España, La Escuela El Debate, donde se enseñaba Documentación como porceso documental y como instrumento periodístico. Con las llamadas Cátedras de Documentación en la Escuela Oficial de Periodismo, 1952, aparece la Documentación como asignatura en la formación del periodista. Juan Beneyto introduce en 1963 el concepto de Documentación Periodística. El Instituto de Periodismo de Navarra, en 1958 la denomina Hemerografía y nueve años más tarde la Escuela Oficial de Periodismo y la Escuela de Periodismo de la Iglesia, la incluyen dentro de la asignatura Hemerografía y Técnicas de Documentación. Paralelamente algunos profesores incluyen en sus programas temas de Documentación. Técnicas de Documentación se imparte en 1972 en la Escuela Oficial de Periodismo y dos años más tarde se asienta definitivamente en la universidad. López Yepes obtiene en 1978 la primera cátedra de Documentación en la universidad. La Escuela de Documentación se crea en 1982 y sus alumnos realizan las prácticas en el Servicio de Información Documental de la facultad complutense de Ciencias de la información. Las facultades de Navarra y Barcelona recogen aspectos más instrumentales, mientras que Madrid se centra en los más científicos. Con la integración de los estudios de Documentación en las Escuelas de Periodismo, el archivero de prensa se convirtió en documentalista informativo; y con la incorporación de los estudios de Documentación en la Universidad, el documentalista informativo se transformó en profesional de la información.
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Analizar la jurisprudencia del Tribunal Supremo en materia de enseñanza durante los años 1931 y 1997. Se estudia la jurisprudencia del Tribunal Supremo en materia de enseñanza durante la Segunda República, la Dictadura y la Democracia desde la promulgación de la Constitución hasta 1997. Es un estudio jurisprudencial pero con referencias doctrinales constantes atendiendo a las que han sido objeto de controversia. La jurisprudencia del Tribunal Supremo en materia de enseñanza durante el período republicano es practicamente inexistente. La confesionalidad del régimen franquista se proyecta sobre la regulación de la enseñanza al contener referencias más o menos explícitas a la inspiración católica de la enseñanza en todas las leyes educativas del momento. El Franquismo reconoce a nivel institucional el derecho a una educación básica pero no se constituye como un deber; y limita las libertades educativas por confesionalidad e ideologización de una enseñanza supeditada al principio fundamental del Estado. La constitución vigente recoge el derecho a la educación cuando regula la enseñanza básica gratuita y el acceso a niveles no obligatorios en condiciones no discriminatorias; y la libertad de enseñanza con la libertad de creación de centros docentes, el derecho de los padres a que sus hijos reciban la formación religiosa y moral de acuerdo con sus propios convicciones, el derecho de libre alección del centro docente y la libertad de cátedra. EL Tribunal Supremo reconoce el deber de los poderes públicos a garantizar la calidad de la enseñanza; y el derecho de recibir enseñanza en la lengua materna respectiva pero dependiendo de la edad del alumno, de las posibilidades del centro y de la existencia de otros centros en que puedan cursarse las enseñanzas en la lengua elejida. Considera que la apertura y funcionamiento de los centros se sometan al principio de autorización administrativa que debe estar reglada; y que el establecer criterios prioritarios para el acceso a centros sostenidos con fondos públicos, no es inconstitucional y no supone trabas para la elección del centro docente pues refuerza tal derecho en los casos en que no es posible atender a todas las solicitudes. Habilita a todo docente el resistirse a cualquier mandato que les obligue a una determinada orientación ideológica. La libertad de cátedra incluye el derecho a fijar el programa de la asignatura. La administración no asume ninguna posición empresarial en el ámbito de la relación laboral existente entre el titular del centro y el profesor, su responsabilidad se limita al pago de salarios. Un profesor religioso no ostenta la cualidad de funcionario ya que su nombramiento depende de la autoridad eclesiástica, aunque su relación jurídica se establece con el Estado y no con la Conferencia Episcopal.
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Estudiar la legislación y la jurisprudencia existente en relación con los aspectos más importantes de la educación en los niveles no universitarios. Se distinguen ocho apartados en la investigación. En el primero se ofrece información sobre la regulación del derecho a la educación en la Constitución Española y en textos internacionales. A continuación se tratan las libertades de enseñanza y de creación de centros docentes. Los siguientes apartados se ocupan del derecho a la creación de centros educativos con ideario o carácter propio, los derechos educativos de los padres, la libertad de cátedra, los centros docentes privados con ideario, y la financiación pública de las instituciones educativas privadas. Consulta de bibliografía y documentos jurídicos. La Constitución de 1978 establece las líneas básicas del sistema jurídico de la enseñanza en España. Además, debe tenerse en cuenta el contenido de los distintos textos internacionales que regulan esta materia. También hay que respetar la jurisprudencia obtenida a partir de la aplicación de esta legislación.
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En esta investigación se aborda el conflicto mantenido entre la Iglesia y el Estado en España, al tratar éste último de implantar una política docente de carácter ilustrado desde de la segunda mitad del siglo XVIII. . Como consecuencia de la política mencionada se reduce la influencia eclesiástica en las universidades. Al asumir el Estado competencias en materia Instrucción pública, a través de la enseñanza y conforme al pensamiento de ilustrados y de los primeros liberales, se traspasa la influencia social que se ejerce en la sociedad. Se produce una tendencia hacia la secularización de quienes imparten la enseñanza, profesores seglares, y de centralización educativa, que se consuma en la primera mitad del siglo XIX. En siglo XVIII al gobierno ilustrado presta especial atención al nivel universitario pero no se olvida de las primeras letras y del nivel secundario. En las Cortes de Cádiz se prepara el informe Quintana, que articula la Instrucción pública para todo el Estado desde la enseñanza primaria a la superior. Este informe se aprueba con importantes modificaciones en el reglamento general de Instrucción pública de 1821. Este reglamento permite la creación de centros privados en todos niveles educativos, pero la libertad de enseñanza de las corporaciones religiosas queda sujeta a la autorización del gobierno y a la uniformidad de textos y métodos con los establecidos por el Estado.. Los doceañistas, durante el Trienio liberal imponen a los exaltados unos criterios realistas tras la experiencia reaccionaria del Sexenio fernandino (1814-1820) y la libertad de cátedra, propugnada por Romero Alpuente, se supedita a los textos oficiales..