994 resultados para Héctor Libertella
Resumo:
SCRIPTA MEDIAEVALIA nace como una publicación institucional del Centro de Estudios Filosóficos medievales dependiente del Instituto de Filosofía de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad Nacional de Cuyo que fuera fundado en el año 2001, y que reúne a estudiosos del pensamiento y de la filosofía medieval pertenencientes a la UNCuyo y a otras universidades del país y del exterior. En él se han desarrollado proyectos de investigación que ha dado como resultado publicaciones en editoriales argentinas y del extranjero. Además se organizan encuentros científicos sobre temáticas medievales, particularmente las Jornadas Internacionales de Pensamiento Medieval, en las que participan anualmente, desde 2003, investigadores de la filosofía de la Edad Media de la Argentina, España y otros países iberoamericanos. SCRIPTA MEDIAEVALIA es reseñada e indexada en: International Medieval Bibliography, Repertorio de Medievalismo Hispánico y Medioevo Latino. Este volumen se publica gracias a un subsidio de la Secretaría de Ciencia y Técnica de la Universidad Nacional de Cuyo.
Resumo:
Se realizó un ensayo durante tres años consecutivos con el fin de monitorear la evolución del tamaño y del peso de los frutos de una plantación comercial de kiwi variedad Hayward ubicada en la provincia de Córdoba. El objetivo fue determinar la evolución del peso y del tamaño del fruto durante la etapa final de crecimiento. Se seleccionaron doce plantas representativas y se realizaron cosechas durante cuatro semanas en tres años sucesivos desde el 4/3 al 24/3, a partir de que los frutos alcanzaron 5° Brix. Las variables evaluadas fueron: peso del fruto, longitud del fruto, diámetro mayor y menor al momento de la cosecha y luego de seis días a temperatura ambiente. El peso del fruto se incrementó desde un valor mínimo de 83,71 g a 121,1 g. La pérdida de peso luego de seis días fue desde un mínimo de 3,11 g a un máximo de 6,01 g. La longitud pasó de 54,73 mm a 64,20 mm. El diámetro mayor pasó de 52,12 mm a 59,7 mm, presentando una disminución después de seis días de un mínimo de 0,27 mm a un máximo 7,12 mm. El diámetro menor pasó de 42 mm a 54,41 mm entre la primera y la cuarta cosecha. Todas las variables presentaron un incremento en la medida en que atrasaba la cosecha, lo que justifica una cosecha más tardía, en función del tamaño de los frutos.
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En la presente investigación se muestra lo acontecido durante la última dictadura militar en la Argentina (1976 – 1983), en los ámbitos de la educación y de la cultura, ámbitos que sufrieron la censura y la represión mediante distintos mecanismos implementados por parte de quienes tomaron el poder. También se busca analizar, estudiar y elaborar un nuevo enfoque sobre la incidencia que tuvo ésta dictadura sobre la censura a los libros, sus mecanismos, como se instrumentó, y las consecuencias que tuvo desde la mirada y testimonios de quienes trabajaban y aún trabajan en bibliotecas en la provincia de Mendoza.
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El presente trabajo busca realizar una crítica ideológica de los metadiscursos de las historietas argentinas, de reconstruir la cadena de hechos y causas que dan origen al discurso crítico sobre las historietas argentinas, a la vez que trata de indagar el estado actual de la crítica. Retomamos para ello el pensamiento del filósofo esloveno Slavoj Žižek. Consideramos que los lineamientos teóricos del autodenominado marxista lacaniano, en torno a la crítica de la ideología, son los pertinentes para este estudio, ya que nos ofrece algunas de las claves para comprender los problemas más acuciantes de la actualidad. Si bien el fenómeno de la historieta, en Argentina, hace su aparición en las primeras décadas del siglo XX y alcanza masividad de público ya a partir de la década del ’30, el interés académico por dicha práctica discursiva se vuelve sensible recién a mediados de los años sesenta, en el contexto de la eclosión de los estudios sobre comunicación masiva.
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El Trabajo de Investigación Final, versará acerca de todos los funcionarios que componen todo lo que es el proceso concursal, pero nos detendremos en explicar profundamente, todo lo referido al Comité de Control, parte integrante tanto del Concurso Preventivo, como de la Quiebra. El día 30 de junio de 2011 el Poder Ejecutivo Nacional, a través del decreto 874/11, promulgó la Ley N° 26.684 modificatoria de la Ley N° 24.522 de Concursos y Quiebras. Nuestro trabajo de investigación final, que se presenta en este texto, versará acerca de cómo afectó dicha ley al comité de acreedores, tanto en su denominación, en su funcionamiento y en su participación. Mostraremos como era antes de la modificación, y como concluye luego de la nueva Ley, emitiendo un comentario por cada artículo modificado.
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La reserva de gastos, da lugar, a numerosos problemas en la realidad de los concursos. En especial acerca de la asignación del producto del concurso especial. Este tema, suele originar conflictos procedimentales, derivados de la falta de método para formular una cuenta distributiva común; y otros de derecho sustancial, por falta de rigor conceptual para ordenar sucesivamente los beneficios del producto. Y ello porque no siempre es fácil discernir qué tareas o gastos corresponden o se vinculan directamente a la realización del bien sobre el que recae el privilegio especial. Existen, algunos aspectos instrumentales, que han dado lugar a dificultades: quién propone la reserva, el momento procesal oportuno para ello, su carácter definitivo o provisorio. Y, uno de los que más confusiones ha originado es saber si la reserva de que tratamos debe ser efectuada en todos los casos en que nos encontramos ante enajenaciones de bienes afectados a privilegio especiales o, sólo en ciertas hipótesis.
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La continuación de la explotación de la empresa en quiebra por las cooperativas de trabajo se presenta como una oportunidad que no se debe desaprovechar dado que permite la conservación y administración del activo falencial, lo que resulta en mayores posibilidades de cobro del dividendo concursal por parte de los acreedores y la oportunidad de mantener las fuentes de trabajo para los trabajadores, lo que impacta directamente en la situación socioeconómica del país. En el presente trabajo abordaremos la continuación de la explotación de la empresa por los trabajadores nucleados en cooperativas de trabajo, luego de decretada la quiebra. Está orientado al análisis de la evolución de las mismas en el derecho concursal argentino y al estudio de la doctrina y leyes vinculadas con el tema.
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SCRIPTA MEDIAEVALIA nace como una publicación institucional del Centro de Estudios Filosóficos medievales dependiente del Instituto de Filosofía de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad Nacional de Cuyo que fuera fundado en el año 2001, y que reúne a estudiosos del pensamiento y de la filosofía medieval pertenencientes a la UNCuyo y a otras universidades del país y del exterior. En él se han desarrollado proyectos de investigación que ha dado como resultado publicaciones en editoriales argentinas y del extranjero. Además se organizan encuentros científicos sobre temáticas medievales, particularmente las Jornadas Internacionales de Pensamiento Medieval, en las que participan anualmente, desde 2003, investigadores de la filosofía de la Edad Media de la Argentina, España y otros países iberoamericanos. SCRIPTA MEDIAEVALIA es reseñada e indexada en: International Medieval Bibliography, Repertorio de Medievalismo Hispánico y Medioevo Latino. Este volumen se publica gracias a un subsidio de la Secretaría de Ciencia y Técnica de la Universidad Nacional de Cuyo.
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La actividad biológica de Lonchocarpus guaricensis Pittier fue evaluada utilizando dos dosis de Tecnona® en el control de larvas de Tuta absoluta (Meyrick), Valle de Azapa, Chile, mediante una pulverización sobre plantas de tomate cv. Naomi en macetas, ubicadas aleatoriamente en un invernáculo dentro de un vivero. Semanas previas a la pulverización, las macetas se infestaron artificialmente con adultos del fitófago para obtener larvas en los foliolos. Los tratamientos evaluados fueron los siguientes: T1 (0,21 g de IA de L. guaricensis·L-1), T2 (0,43 g de IA de L. guaricensis·L-1), T3 (control positivo a base de spinosad 0,048 g de IA·L-1) y T0 (control negativo a base de agua de pozo). De acuerdo con el porcentaje de mortalidad acumulada de larvas contabilizadas a las 24, 48, 120 horas y 9no día post aplicación, no hay diferencias estadísticas entre los tratamientos T0 y T1, a su vez, T2 alcanza una media de 53,05% de mortalidad, no diferenciándose de T3 que logra un 73,9%. Se concluye que la dosis experimental L. guaricensis de 0,43 g de IA∙ L-1 puede constituir una alternativa interesante de utilizar en el Manejo Integrado de Plagas del cultivo de tomate en el Valle de Azapa.
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La inundación en áreas urbanas por sobrecarga de las redes de drenaje es un problema recurrente de importancia creciente. Las cubiertas vegetadas (naturadas) retienen parte de la lámina de agua precipitada, reduciendo el escurrimiento superficial y generando hidrogramas de escorrentía directa con caudales pico menores y más retardados. Estas propiedades hacen que esta tecnología pueda contribuir a reducir la sobrecarga de cauces urbanos. Los resultados obtenidos a lo largo de casi dos años de estudio permitieron estimar una capacidad de retención de las cubiertas ensayadas (en la Ciudad de Buenos Aires), que ha sido variable en función de la precipitación, del grado de cobertura y profundidad del sustrato. Es así que el porcentaje retenido ha sido alto (73% a 100%) con precipitaciones menores o iguales a los 20 mm, alrededor del 60% con lluvias de 35 a 40 mm, y con precipitaciones cercanas a 100 mm los porcentajes de retención se redujeron notablemente, alcanzando valores cercanos al 30%. Estos resultados posicionan las cubiertas vegetadas, para las condiciones y sitio del ensayo, como una alternativa dentro del manejo hídrico integrado en cuencas urbanas.
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Monasticism was not born nor grew up in contraposition to scholasticism. Both of them express the truth and unity of religious life. In this paper, the Author analyses the cases of a monk and a scholar, Bernardus of Claraval and Petrus Abelardus, respectively, by means of two of their major works: Commentary on The Song of Songs and Preface to the Commentary on the Letters of Saint Paul. Finally, a brief summary concerning longing for heaven in texts of Medium Ages is included.
Resumo:
SCRIPTA MEDIAEVALIA es una publicación periódica, de frecuencia semestral, que reúne trabajos de investigación originales, textos e información sobre el pensamiento medieval. SCRIPTA MEDIAEVALIA integra el Núcleo Básico de Publicaciones Científicas Argentinas y es reseñada e indexada en: International Medieval Bibliography, Repertorio de Medievalismo Hispánico, Medioevo Latino y Latindex. SCRIPTA MEDIAEVALIA integra el Repositorio Bibliográfico de la Universidad Nacional de Cuyo: http://bdigital.uncu.edu.ar/ Este volumen se publica gracias a un subsidio de la Secretaría de Ciencia y Técnica de la Universidad Nacional de Cuyo.
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En los últimos años se han realizado en nuestro país una serie de reformas a la Ley de Concursos y Quiebras N° 24522, a fin de darle una mayor solución a la problemática de la falencia patrimonial producida en diversas personas, físicas o jurídicas, causada por muchas y variadas situaciones. El jueves 30 de junio del año 2011 se promulgó la ley 26684, modificación a la Ley de Concursos y Quiebras aprobada por el Congreso de la Nación. Estas modificaciones tienen por finalidad, según la intención del legislador, priorizar la permanencia de las empresas para mantener la actividad comercial y productiva y resguardar la fuente laboral. Sin embargo, este nuevo ordenamiento ha fijado, de una u otra forma, que esta continuación de la explotación de la empresa fallida sea confiada a los trabajadores en relación de dependencia que se organicen bajo la figura de “Cooperativas de Trabajo". Las cooperativas son entidades fundadas en el esfuerzo propio y la ayuda mutua para organizar y prestar servicios. Mantienen actualmente un rol preponderante en las economías llamadas emergentes, ya que promocionan el desarrollo socioeconómico de cientos de millones de personas en todo el mundo especialmente en tiempos de crisis. La Organización de las Naciones Unidas (ONU) declaró el 2012 como el Año Internacional de las Cooperativas con el fin de promover este tipo de entidades, ya que contribuyen a aumentar los principios y prácticas solidarias en las actividades económicas de las personas1. Por ello, investigaremos de manera profunda el rol del cooperativismo en la recuperación de empresas en crisis o en la continuación de la explotación de las mismas, siendo éste un aspecto sumamente destacado en las nuevas incorporaciones a la Ley de Concursos, las cuales poseen una notable incidencia en el campo laboral.
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La ley 24.522 trajo en los Capítulos VI y VII dos novedades significativas: el concurso en caso de agrupamiento y el acuerdo preventivo extrajudicial. Para introducirnos en el tema de concurso de agrupamientos, un buen punto de partida es determinar la finalidad de los procesos concursales. En este sentido, Libonatti señala que la crisis de la empresa no es ya afrontada con la intención de satisfacer al máximo a los acreedores. Es el saneamiento y la reorganización de los complejos empresariales, fuente de actividad económica y empleos, lo que interesa, o m ás adecuadamente la reorganización de la empresa a fin de llegar a su saneamiento económico. La ley de Concursos se inscribe en la corriente moderna, al otorgar al deudor todas las variables posibles para sortear la crisis, entre ellas la que estamos tratando. El concurso de agrupamientos trata de aprehender el fenómeno de los “grupos" o “conjuntos" económicos, gestando una serie de soluciones prácticas para facilitar y abaratar la tramitación de los procesos concursales de los grupos en crisis, así como para dar solución a algunas cuestiones de fondo, tales como el tratamiento a dar al patrimonio de cada sujeto agrupado en la oferta de acuerdo, y la suerte del grupo o de las sociedades o personas individualmente consideradas en caso de fracaso de la solución preventiva de alguno de los sujetos comprometidos.