1000 resultados para Derecho maritimo-España


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Els Tribunals de cada Estat de la UE són responsables de garantir que el Dret de la UE s'apliqui correctament en el seu Estat, no obstant això, les diverses cultures jurídiques creen el risc que els mateixos interpretin la legislació de la UE de maneres diferents. Per impedir que això succeeixi, es va crear la "qüestió prejudicial", de manera que, si un tribunal nacional té qualsevol dubte sobre la interpretació o validesa d'una norma de la UE, pugues, i en el cas que la seva resolució no sigui recurrible, ha de recaptar l'opinió del Tribunal de Justícia, que s'emeti una sentència en forma de qüestió prejudicial d'obligat compliment. Aquestes sentències han generat gran part de la jurisprudència comunitària, font de gran vitalitat dels principis generals del dret comunitari, entre els quals figuren el de primacia, efecte directe i interpretació conforme, seguint l'objectiu implícit de la integració comunitària. Actualment la qüestió *prejudicial contínua sent un dels principals mecanismes jurídics utilitzats dins per a la solució de les controvèrsies pel dret de la Unió.

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En el presente informe se realiza un análisis crítico del sistema español de financiación territorial y se avanzan una serie de recomendaciones para su reforma. La principal conclusión del trabajo es que el modelo actual no se adecua satisfactoriamente a los principios de igualdad, autonomía, responsabilidad y transparencia que deberían orientar su diseño y puede dificultar el cumplimiento de los objetivos básicos de la política macroeconómica. La solución de estos problemas exigiría una reforma en profundidad del sistema actual en la línea que se esboza en la parte final del documento. En el análisis se distingue entre el subsistema de régimen común en el que se integran la mayoría de las comunidades autónomas y el subsistema foral que se aplica en el País Vasco y Navarra. El sistema de régimen común ha sido objeto recientemente de una reforma que ha introducido novedades importantes en su estructura y filosofía. En el lado positivo, la nueva ley se ha traducido en una distribución más equitativa de los recursos asignados a las regiones, reduciendo de forma apreciable la dispersión de la financiación por unidad de necesidad en relación con el sistema anterior. Otra mejora significativa ha sido la creación del Fondo de Garantía, un instrumento que, por primera vez en la historia del sistema, permite ir adaptando la financiación a las cambiantes circunstancias regionales, ofreciendo así a las comunidades autónomas un seguro parcial contra los riesgos ligados a la evolución de sus ingresos y sus necesidades de gasto. A pesar de que éstas son mejoras importantes, el balance global de la reforma no es positivo. El nuevo acuerdo no resuelve satisfactoriamente los problemas que obligaron a la reforma de su antecesor, es bastante más complejo y opaco que éste, introduce un mecanismo de nivelación parcial de dudoso encaje constitucional, opta por un reparto inicial incierto que podría ser difícilmente aceptable ex-post para algunas regiones, y no ha abordado otros problemas estructurales del sistema, incluyendo su excesiva sensibilidad al ciclo económico. El sistema foral tampoco está libre de problemas. Tal como se ha implementado en la práctica, el modelo vasco-navarro de concierto o convenio supone una violación flagrante de la prohibición constitucional de que los regímenes autonómicos comporten privilegios económicos o sociales y constituye una fuente permanente de inestabilidad para el sistema de régimen común al ser percibido como un agravio comparativo en las regiones no forales de mayor renta, y en particular, en Cataluña. Según mis cálculos, la financiación por habitante del País Vasco es superior en un 60% a la media de las regiones de régimen común a igualdad de competencias y la situación no es muy distinta en Navarra. El origen de esta anomalía está en las leyes quinquenales del Cupo, donde los principios y procedimientos de valoración establecidos en la ley del Concierto se concretan de una forma muy discutible. Los problemas fundamentales que se detectan son dos. Primero, la valoración de las competencias estatales no asumidas por el País Vasco que se recoge en los anexos de las leyes quinquenales está fuertemente sesgada a la baja. Y segundo, el ajuste por IVA se realiza utilizando valores desfasados de los coeficientes que recogen el peso del País Vasco en el consumo nacional y en la base del impuesto. El efecto conjunto de ambos factores ha sido el de rebajar la contribución vasca a los gastos del Estado en 2.800 millones de euros en 2002 y en casi 4.500 millones en 2007, lo que supone respectivamente un 6,21% y un 6,89% del PIB del País Vasco. Dado todo esto, resulta difícil evitar la conclusión de que el diseño del sistema de financiación regional sigue siendo un problema abierto que no tardará mucho en volver a ocupar un lugar preferente en la agenda política nacional. Es de esperar que la próxima reforma del modelo sea algo más meditada que la aprobada el pasado diciembre y sirva realmente para dotar de un diseño razonable a uno de los elementos más críticos de nuestra arquitectura legal. Para alcanzar este objetivo, será necesario realizar una serie de reformas que pueden agruparse en tres grandes líneas de actuación: garantizar el cumplimiento efectivo del principio de igualdad, reforzar la responsabilidad fiscal de los gobiernos regionales y asegurar que el sistema contribuye a alcanzar los objetivos fundamentales de la política macroeconómica, o al menos que no dificulta su cumplimiento. Entre las medidas recomendadas cabría destacar las siguientes: - Corregir gradualmente el fuerte sesgo a la baja que existe actualmente en el cálculo de la aportación de los territorios forales a la hacienda central. Para ello no hace falta modificar las leyes del Concierto vasco y el Convenio navarro. Bastaría con que en las correspondientes leyes quinquenales se realizase una valoración razonable de las competencias que permanecen en manos del Estado, entre las que habría de incluirse la nivelación interregional, y se actualizasen los coeficientes que se utilizan para calcular el ajuste por IVA. - Recuperar la garantía de igualdad de acceso de todos los ciudadanos al conjunto de los servicios públicos como principio básico orientador del diseño del sistema de financiación y asegurar su aplicación efectiva en la práctica. Con este fin, sería aconsejable eliminar el Fondo de Suficiencia (excepto como vehículo para la financiación de las competencias singulares) y los Fondos de Convergencia para repartir el conjunto de los recursos del sistema de acuerdo con la fórmula de necesidades de gasto que actualmente se aplica sólo a la dotación del Fondo de Garantía. Con el fin de evitar la necesidad de fuertes recortes en la financiación de algunas comunidades, convendría hacer una transición suave desde la asignación actual hasta la derivada de la fórmula. - Introducir ciertos retoques en la actual fórmula de necesidades de gasto, incluyendo la recuperación de una partida que permita sufragar los costes fijos ligados a las instituciones de autogobierno y a ciertos servicios autonómicos así como la introducción de una corrección por diferencias en niveles de precios entre regiones. - Desdoblar el IRPF, el IVA y los Impuestos Especiales en un tramo estatal y otro autonómico claramente diferenciados, abandonando los actuales porcentajes de cesión. Los dos tramos serían regulados de forma independiente, aunque manteniendo en manos del Estado la determinación de la base imponible y la gestión del impuesto. - Dotar a las comunidades autónomas de competencias normativas sobre un tramo de los principales tributos indirectos y sobre los elementos de copago en sanidad, educación y otros servicios. Dada la oposición de la Comisión Europea a cualquier cambio normativo que pueda abrir la puerta a la existencia de tipos impositivos diferenciados regionalmente, el poder de decisión sobre el tramo autonómico del IVA y los Impuestos Especiales deberá ejercerse de forma colegiada por el conjunto de las comunidades autónomas, que habrán de fijar tipos uniformes en todo el territorio nacional. - Establecer un Fondo de Estabilización Presupuestaria, que se nutriría con el 'exceso' de recudación tributaria que se genera en la parte alta del ciclo económico y serviría para complementar los ingresos autonómicos en la parte baja del mismo. - Reformar la legislación sobre estabilidad presupuestaria para fijar a las comunidades autónomas un objetivo de equilibrio presupuestario año a año similar al que ya tienen las corporaciones locales y para concretar las medidas extraordinarias que el Estado podrá imponer a las administraciones territoriales en situaciones de 'emergencia presupuestaria'.

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El present Treball Final de Carrera està centrat en l’estudi dels sistemes de finançament de l’ensenyament universitari a Espanya, França i Estats Units. Té per objecte d’estudi la política universitària de beques que porten a terme cadascun d’aquests Estats. L’anàlisi comparativa dels tres models de finançament públic i l’examen dels respectius criteris d’atribució de les beques per raó de renda pretén d’establir una valoració que permeti de verificar si el sistema espanyol atorga les ajudes als beneficiaris basant la seva decisió en termes d’equitat i de igualtat.

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El present Treball de Fi de Carrera desenvolupa un anàlisi del concepte y el Dret de la competència, orientat a establir els fonaments per a la configuració de la normativa comunitària sobre l’abús de la posició dominant y la seva vertebració en el cas Microsoft. Tot això de forma que permeti, en ultima instancia, resoldre si Google podria vulnerar el dret europeu de la competència.

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Aquest treball analitza el concepte de les xarxes socials online com a eina d’oci i treball a Espanya. Les xarxes socials estan generalment associades amb l’ oci i l’entreteniment, degut a que fa uns anys era bàsicament així. Però ara, també poden ser considerades com a eines de treball. En el nostre país s’ha convertit en un fenomen de masses cada vegada més important, ja que està revolucionant la forma de comunicar-se i interactuar, tant a nivell personal, com professional.

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La insuficiencia pulmonar después de la reparación de la Tetralogía de Fallot ocasiona una dilatación del ventrículo derecho, IT y/o empeoramiento de la CF. El momento de la cirugía viene marcado por la presencia de la clínica y/o dilatación ventrículo derecho. El motivo del presente estudio es realizar una revisión de los pacientes sometidos a sustitución valvular pulmonar, un seguimiento clínico y ecocardiográfico. MÉTODOS Desde enero 2003 a enero 2009, 33 pacientes fueron sometidos a una cirugía de sustitución valvular pulmonar. El 41 % de los pacientes fueron mujeres y el 59 % varones. La edad media de los pacientes fue de 31,3 años, ( 18 - 63 a ). La edad media de la primera intervención fue a los 3,8 años ( 6 meses – 28 años ). Sólo un paciente no había sido sometido a ningún tipo de intervención en la infancia, realizándose una cirugía paliativa – correctora a los 28 años. La indicación de intervención quirúrgica vino marcada por la presencia de clínica en 11 pacientes ( 37 %) y por dilatación VD, ( única o asintomática) en 18 pacientes ( 62%). RESULTADOS No hubo mortalidad operatoria con una estancia media post IQ de 15,21 días ( 9- 27 días). Se analizan los resultados quirúrgicos de estos pacientes a tres niveles: Clínica y tolerancia al esfuerzo en postoperatorio inmediato y tardío. Eventos arrítmicos en el postoperatorio inmediato y seguimiento y Parámetros ecocardiográficos en postoperatorio inmediato y tardío. (Dimensiones cavidades derechas y función contráctil del VD ( TAPSE )).En el seguimiento al año de la intervención ningún paciente presentaba clínica de IP. El 67 % de los pacientes fueron intervenidos manteniéndose asintomáticos con un 37% ( 11 pacientes ) de eventos arrítmicos pre cirugía ( 9 ; 31 % pacientes) fueron sometidos a ablación precirugía y 3 pacientes ( 10 %) requirieron implante de un dispositivo DAI. Después de la cirugía el 86 % de los pacientes, 24 pacientes, se mantenían en CF I; 3 pacientes ( 10 %) continuaron presentando eventos arrítmicos y un solo paciente requirió implante de DAI. El remodelado del VD al año y medio de seguimiento presentó una reducción del 11 % respecto al diámetro teledistólico precirugía ( DTDV x 54,43 ( 41-70 mm), postcirugía ( DTDV x 44,29 ( 32-61), p ≤ 0,01; sin encontrar diferencias significativas en la reducción del dTS pre/postcirugía. La función del VD ( TAPSE pre IQ 16,35 ( 13-229;postcirugía inmediata 15,54 ( 11-23) y al año 17,5. El gradiente medio es inferior al 15 mmHg en el 84 % de los pacientes portadores de válvula biológica. 11 pacientes ≤ 11 mmHg ( 44 %); 10 pacientes ≤ 15 mm Hg ( 40 %). CONCLUSIONES En este estudio realizado en el Hospital Vall d’Hebron, la sustitución valvular pulmonar en pacientes afectos de una Tetralogía de Fallot mejora los diámetros ventriculares, la función contráctil y por lo tanto la capacidad funcional de los mismos. En los pacientes sometidos a Estudio electrofisiológicos que no presentaron inducción de eventos arrítmicos ventriculares, no han presentado episodios arrítmicos tras la cirugía de sustitución valvular pulmonar. Todos los pacientes se mantienen en Clase funcional I tras la cirugía y libres de reintervención con un seguimiento medio de 16,9 ( 5-33 ) meses. Los factores de riesgo para presentar una peor evolución son un retraso en la corrección inicial de la TOF y por lo tanto aparición de enfermedad pulmonar por hipertensión vascular subyacente, edad avanzada en el momento del PVR, deterioro funcional preoperatorio con Clase Funcional según NYHA ( III- IV), o bien aparición de eventos arrítmicos.

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Aquest treball té per objecte analitzar quina és la capacitat actual del govern espanyol per liderar les polítiques europees respecte a Cuba. El període escollit per a la realització d'aquest examen s'inicia l'any 2004, moment en què el PSOE es va fer amb la victòria en les eleccions generals i en què va anunciar un canvi de rumb en l'acció exterior espanyola respecte de la postura promoguda pel PP en els mandats anteriors, i es perllonga fins al moment actual. El balanç dels èxits i fracassos obtinguts pel govern socialista fins ara, mostra una creixent pèrdua d'influència d'Espanya, davant etapes anteriors, si tradicional paper d'interlocutor avantatjat de la UE pel que fa a Cuba. la concurrència de factors com l'adhesió dels PECO a la UE, la capacitat de la Havana per procurar nous aliats i socis estratègics o les innovacions introduïdes pel tractat de Lisboa en matèria d'acció exterior, ha augmentat significativament les dificultats d'Espanya per "europeïtzar" els interessos de la seva política exterior pel que fa a l'Illa

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Cette thèse s'inscrit dans le cadre de la Pragmalinguistique et d'Analyse du discours oral et offre une étude approfondie d'un talk show télévisuel espagnol, Diario de Patricia, format dans lequel la présentatrice du même nom reçoit des invités pour parler avec eux de leurs problèmes personnels. Ce travail propose une relecture de grandes théories pragmatiques (comme la Théorie des actes du langage, le Principe de coopération, la Théorie de la politesse ou encore la Théorie de la pertinence) et leur application à des discours réels. Les principes de la linguistique de l'interaction permettent également de décrire l'organisation des talk shows, les stratégies discursives de la présentatrice, la façon dont elle prépare chaque émission et planifie les interviews avec ses invités afin de provoquer chez ceux-ci des réactions émotionnelles qui l'intéressent en vue du taux d'audience. Ce travail de recherche présente également une analyse approfondie des mécanismes pragmalinguistiques utilisés par la présentatrice pour imposer son autorité et pour maîtriser la situation d'une façon que l'auteure qualifie de manipulation des invités, toujours sous une apparence d'empathie et de compréhension.

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Projecte de recerca elaborat a partir d’una estada al Centro di Documentazione Europea della Facoltà di Giurisprudenza dell’Università di Verona,Itàlia , entre setembre del 2007 i l’agost del 2008. Tot i que, generalment, la doctrina penalista encara no és gaire inclinada a reconèixer que les comunitats europees ostentin cap tipus de competència penal, el cert és que a través de certes vies indirectes s’ha anat creant la base d’un Dret penal europeu. Més encara, i fixant-los en les darreres sentències del Tribunal de Justícia de les Comunitats Europees i en el procés de ratificació del Tractat de Lisboa, sembla poder afirmar-se la creació d’un Dret penal europeu creat directament per les institucions comunitàries, si bé amb la deguda atenció al principi de subsidiarietat per part dels parlaments nacionals que, al seu torn, permeten assegurar el respecte al principi de legalitat penal i a les garanties i llibertats individuals, patrimoni de la Ciència penal europea.

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El estudio hasta el momento de la relación entre positivismo criminológico e ideario anarquista de entre siglos (XIX-XX), ha evidenciado la trascendencia del estudio de aquellos dos pensamiento en esa etapa histórica. El desarrollo de la Criminología como ciencia, así como del verdadero núcleo teórico y práctico del anarquismo español, se encuentra en aquel momento histórico de cambio de siglo. La construcción del tipo criminal anarquista, la política criminal desarrollada al efecto, así como las críticas, propuesta y posturas acerca de la cuestión criminal por parte de los anarquistas, revelan un auge discursivo y científico de ambas partes que estaban discutiendo sobre temas verdaderamente de fondo: aquellos sobre la naturaleza, el progreso y la forma de sociedad y Estado. Más allá de las disputas con aquellos autores de la Scuola Italiana, los anarquistas españoles, avivaron un interés decisivo en otro tipo de teorías como el darwinismo o el neomalthusianismo. Más allá del vehemente rechazo a la cárcel y al sistema estatal y capitalista en su conjunto, el desarrollo y utilización en propio sentido de la Ciencia, se fundamentó como herramienta política básica para el pensamiento anarquista. Por su parte, esa misma Ciencia positiva, era el comodín “objetivo” que se usaba de herramienta para una criminalización y persecución política de numerosas disidencias. Desentrañar, por un lado, cómo se articuló cada uno de esos discursos y qué implicaciones y relaciones tuvo, y por otro, qué herencia pervive de aquellas construcciones en nuestro sistema penal y político, son los puntos centrales de esta Tesis.

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El sistema tributario es fundamental en el Estado social y democrático de Derecho, pues el ejercicio y efectivo disfrute de muchos derechos fundamentales depende del correcto funcionamiento de la actividad tributaria. Además de esto, la situación económica actual demanda una adecuada política en contra del fraude tributario, lo que necesariamente implica analizar si el modelo penal vigente es el más adecuado para enfrentar el fraude fiscal. Teniendo en cuenta que muchas de las características de la criminalidad tributaria no son exclusivas de un país, pues ésta trasciende habitualmente las fronteras de los países por medio del recurso a empresas multinacionales o la localización de empresas en “paraísos fiscales”, el análisis del fraude tributario no debe limitarse al examen jurídico del modelo legislativo español, debiendo trascender a un estudio de política criminal que vincula consideraciones criminológicas y jurídicas. En consecuencia, en esta investigación se propone un análisis que no se reduce a los debates exclusivamente jurídicos. Se busca, además, efectuar un examen que tenga por fundamento una perspectiva criminológica y de Law in action a fin de evaluar críticamente la respuesta a la criminalidad tributaria por parte del modelo de regulación penal vigente en España. Esta orientación permitirá una más amplia comprensión del fenómeno de la criminalidad tributaria, así como de las categorías jurídicas adecuadas político criminalmente para su prevención. Este estudio interdisciplinario nos conducirá, al final de la investigación, tanto a proponer la interpretación del modelo de legislación penal vigente, como una reforma al mismo que pretenda solucionar algunos de los problemas de prevención que a lo largo de la investigación se señalan.

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El objetivo de este estudio es analizar el impacto, en emisiones de CO2, de la demanda final de Cataluña en relación a los vínculos comerciales interregionales con el resto de España y el resto del mundo. Este proceso implica el análisis del balance en CO2 incorporado para Cataluña, lo que permitirá evaluar la responsabilidad de la economía catalana respecto a estas emisiones. Para este propósito se construye, para esta determinada desagregación regional, un modelo Multi-Regional Input-Output (MRIO) extendido al medioambiente con sectores verticalmente integrados. La incorporación de la técnica de la integración vertical nos permite un enfoque alternativo para el Balance Neto y un análisis más detallado de los vínculos interregionales entre los diversos sectores productivos, centrado en la responsabilidad última de la demanda final de cada sector en cada región. Hasta el momento, los estudios previos sobre los impactos medioambientales incorporados al comercio español se han centrado principalmente en el ámbito nacional. No obstante, por un lado el comercio interregional con el resto de España en términos monetarios representa cerca de la mitad del comercio exterior catalán. Por otro lado, los distintos metabolismos energéticos de ambas economías tienen como consecuencia una importante diferencia en la intensidad de emisión en la producción de bienes y servicios. Esta situación genera para Cataluña un déficit en el Balance Neto estimado con el resto de España, aún teniendo un importante superávit monetario. De esto se desprende la importancia de integrar el nivel interregional en los estudios de los impactos medioambientales incorporados en el comercio y, en consecuencia, en la planificación y formalización de políticas económicas y ambientales a nivel nacional.

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Característico del siglo XX es el aumento de la población. Fundamentalmente, producido por el aumento de la esperanza de vida al nacer: pasando de 34 años en 1900 a 81 años en 2010: cada vez más españoles/as han llegado a cumplir más años y en mejores condiciones de vida. Lo que conlleva cada vez más a un crecimiento de la población mayor de 65 años; un envejecimiento de ésta. Por otra parte, el índice sintético de fecundidad para España y Catalunya (ISF), que es mejor indicador que se calcula para el estudio de la fecundidad (promedia el número de hijos por mujer) ha ido disminuyendo descaradamente. Hasta 1975-1980 el ISF estaba por encima de 2,1 (necesario para el recambio generacional) a partir de entonces desciende. Entre 2005-2010 se observa una cierta recuperación del ISF, muy influida con la fuerte inmigración acaecía en los años justamente anteriores. El descenso de la fecundidad, el retraso en la edad de emancipación, el retardo en la edad del matrimonio y en la de tener el primer hijo son características fundamentales de la población a finales del siglo XX y principios del siglo XXI.

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En la actualidad la base de conocimientos de todo gestor cultural, al igual que el resto de ofertas de grado y postgrado en las universidades de los países acogidas al Espacio Europeo de Educación Superior (EEES) se encuentra en profunda transformación: conceptos como la formación a lo largo de la vida, los distintos ciclos universitarios y el sistema de competencias se presentan a una oferta formativa ya de por sí, históricamente heterogénea. Dada tanta diversidad, nuestro proyecto se va a centrar en: evolución del concepto de cultura en España en los últimos 30 años, contextualizar históricamente la evolución de la profesión de gestor cultural en España, analizar los agentes culturales principales que actúan en nuestro país, examinar los principales cambios que supone el proceso de Bolonia en las universidades españolas (itinerarios curriculares, competencias, etc.)