999 resultados para Derecho a la propiedad
Resumo:
El análisis jurídico comparado de un grupo de países latinoamericanos acerca de la imposición a la empresa es exiguo, probablemente por el vertiginoso cambio de la legislación y por la característica menos gregaria de los expertos de nuestra disciplina. Este estudio, que profundiza sobre la base imponible de la imposición directa sobre la renta, resulta necesario si atendemos el nivel de desarrollo parecido de nuestras realidades sociales y económicas, amén de las características culturales que nos unen y que en ocasiones nos demandan precisamente estas reflexiones. La unidad del tronco jurídico y las obvias relaciones con España ameritan su inclusión en esta indagación.
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El presente trabajo aborda los efectos que tienen los derechos constitucionales en las relaciones entre particulares. La doctrina ha distinguido en este campo entre el efecto inmediato, el efecto mediato y el deber de protección de los derechos constitucionales, este último que incluso se encuentra presente dentro del compromiso internacional adquirido por el estado ecuatoriano a través de la suscripción de tratados internacionales de derechos humanos. Además, se revisan algunos fallos constitucionales dictados por nuestro ex Tribunal Constitucional y la Corte Constitucional de Colombia en este ámbito, que nos muestran una vista panorámica de la irradiación de los derechos constitucionales.
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“La comunicación para el desarrollo ha seguido un itinerario de parentescos no resueltos en la teoría y de experiencias más intuitivas que sistemáticas en la práctica”. Así introdujimos un trabajo anterior: Imágenes e Imaginarios de la Comunicación – Desarrollo, que recuperamos en esta nueva aproximación a las relaciones entre Comunicación y Desarrollo, en la perspectiva de ir cerrando brechas en las deudas del desarrollo con la sociedad y de la comunicación con el desarrollo. Dos modelos dan cuenta de estas relaciones con concepciones distintas de desarrollo, de proyectos de sociedad y de comunicación: 1) Los Modelos de Difusión que cobijan a la Comunicación de Desarrollo y a la Comunicación de Apoyo al Desarrollo; y 2) los Modelos de Participación, donde ubicamos la Comunicación Alternativa para el Desarrollo Democrático y la Comunicación – Desarrollo o Comunicación con Desarrollo. La legitimación del Vivir Bien o Suma Qamaña, o Buen Vivir o Sumaj Kausay como paradigma y como base de políticas nacionales de desarrollo en países latinoamericanos, complejiza aún más las relaciones entre comunicación y proyectos de sociedad, puesto que se rompe con las concepciones tradicionales de desarrollo equivalente a modernización y progreso, con una apuesta por la vida en armonía espiritual, social y con la naturaleza. La comunicación debe entonces repensarse en sus sentidos; en sus formas de producción, circulación y apropiación; así como en sus marcos normativos que sustentan las formas de propiedad y de producción, para contribuir a construir –participativamente- estas sociedades del post-desarrollo que renuevan la utopía de democratizar la comunicación para democratizar la sociedad.
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Este ejercicio de repensar el derecho humano a la salud en clave transformadora tiene como propósito avanzar en la definición de un lenguaje del derecho que no sólo resulte políticamente correcto, sino que posibilite el desarrollo de acciones judiciales, legislativas y políticas (sociales, económicas, culturales y ambientales) en torno a la salud también políticamente correctas. El enfoque basado en los derechos humanos tiene como basamento el Derecho Internacional de los Derechos Humanos constituido en marco referencial de la promoción, prevención y protección de los derechos. Los instrumentos internacionales universales y regionales vinculantes y no vinculantes, la jurisprudencia y la doctrina hacen parte de esta matriz referencial globalizada y legitimada. La teoría crítica de los derechos humanos, uno de los referentes teóricos de este trabajo de investigación, cuestiona no sólo el carácter abstracto de las normas también el sistema de valores en que se basa su desarrollo. La idea de definir y desarrollar el derecho humano a la salud en términos más reales, más “humanos” y comprometidos con la opción transformadora de realidades sociales constitutivas de la violación sistemática de este derecho hace parte del propósito de la tesis. El marco conceptual que aquí se propone tiene en el enfoque de la determinación social de la salud, desarrollado por la corriente crontrahegemónica latinoamericana de Salud Colectiva y la Epidemiología Crítica, otro referente clave para el desarrollo del derecho humano a la salud ya no sólo como un derecho social fundamental, también como un derecho socialmente determinado. Ello implica que el derecho de acceso a bienes, servicios y sistemas de salud supone también el acceso a condiciones de vida humana y natural saludable. La determinación social en clave interpretativa del derecho humano a la salud explica el poder determinante individual en relación con el poder determinante colectivo de la salud en varias dimensiones que dan cuenta de la interacción que hay entre las condiciones biológicas, los estilos de vida, las condiciones y modos sociales y, los procesos generales sociales y productivos que impactan la vida y la salud de las personas y de la naturaleza también. En otras palabras, impactan las condiciones en que se ejerce el derecho humano a la salud. La extensión del contenido y alcance en relación con las obligaciones del derecho, con base en el enfoque de la determinación social de la salud, se constituye además en oportunidad para el desarrollo de marcos más efectivos en prevenir, garantizar, respetar y proteger el derecho humano a la salud. La metodología de la investigación es de carácter cualitativo con apoyo en fuentes documentales, referencia bibliográfica, instrumentos internacionales de derechos humanos y marco constitucional venezolano, doctrina y jurisprudencia del Derecho Internacional de los Derechos Humanos.
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Los estudios sobre mass-media tienden a suponer que un medio de comunicación estatal es o debe ser, por su determinación de propiedad, un medio público y, bajo esta segunda denominación, acumulan características que parten de distintas definiciones de lo público y también de diferentes conceptos de Estado. Este ensayo explora cuatro elementos distintos en la forma como los medios de comunicación de propiedad estatal se articulan a los procesos de control ideológico que posibilitan la reproducción de las relaciones de poder y que suponen formas específicas de concebir al Estado y a lo público: medios con administración gubernamental, servicio o bienes públicos, espacios de participación ciudadana, productos de la globalización. Se concluye en que la construcción de lo público no tiene vínculo directo con la propiedad del medio. La determinación no está en la discrepancia entre lo privado y lo público, como tampoco debe buscársela entre lo privado y lo estatal, sino en la naturaleza de clase que conduce al Estado y sus formas de reproducción ideológica.
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Las sociedades desde sus inicios se han preocupado por entender y comprender determinados fenómenos sean estos físicos, sociales o biológicos, con lo cual interviene el raciocinio del ser humano que se preocupa por dar un significado a todas estas manifestaciones. La preocupación se genera en admitir un acto o un hecho como algo valedero que sea aceptado por todos los congéneres, para que tenga una categoría de admisibilidad y si bien se discuta su presencia, ésta sea al menos considerada por una mayoría. Así empieza la existencia de la verdad que tiene significados variados dependiendo de su origen semántico, pero que todos ellos empiezan por desentrañar la esencia de un objeto o de una exteriorización, pero a la vez son condiciones de convivencia social y hasta una forma de alcanzar la libertad. Claro está, que el ideal filosófico es precisamente que exista una correspondencia entre la concepción humana y el objeto que se analiza; pero este esfuerzo no es fácil, al contrario, dependerá inclusive del criterio subjetivo de cada individuo. Surge con preeminencia ante las situaciones difíciles en el campo jurídico, la imperiosa necesidad de ser avalada a través de una resolución que se plasma al final de una investigación; estatus que se configura en un decisión que declara oficialmente un hecho. Por este motivo, la verdad procesal es materia de un análisis, pero a la vez la forma en la que se arriba debe tener despliegues importantes para generar igualdad y equidad de los sujetos procesales para acceder a través de la prueba y mantener una condición de lealtad y transparencia. Este esfuerzo investigativo, devela la misteriosa verdad, aterriza en una condición jurídica y se asienta en la realidad diaria de la prueba, para encontrar en este escenario la paz y conciliación social.
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El presente trabajo investigativo se enmarca en el análisis del artículo 1 de la Ley orgánica de la defensa de los derechos laborales, mediante el cual se conmina al Estado a asumir obligaciones de un empleador que está en mora de los beneficios en favor de sus trabajadores. Razón por la cual el legislador crea un mecanismo para garantizar el pleno ejercicio de estos derechos, y además perseguir el cumplimiento de las obligaciones a favor de los trabajadores a fin de evitar que estos se vean afectados, para ello encarga a las instituciones públicas el asumir las obligaciones que se generan por la falta de pago del empleador para posteriormente reclamarlo mediante un procedimiento coactivo. La norma objeto de análisis tiene como fundamento jurídico a los “indicios de público conocimiento” y en la forma como los concibió el legislador, concede a la administración pública, a través de una resolución motivada, el instaurar medidas cautelares contra los bienes no sólo del obligado principal y sus subsidiarios, sino en contra de los bienes de una tercera persona, que no es la obligada de responder por aquellas acreencias que se reclaman. Esta determinación de la norma, restringe el contenido esencial de los derechos constitucionales de una tercera persona, toda vez que en base a indicios se le puede privar de su derecho de propiedad sobre su bien, sin que se haya determinado previamente alguna responsabilidad en un proceso con las garantía mínimas donde pueda ejercer su defensa, lo que además afecta su derecho a la tutela judicial efectiva, y presunción de inocencia. Más aún cuando en un Estado de derechos y justicia se busca precautelar de manera efectiva a los derechos consagrados constitucionalmente, ya que estos son el límite para la actuación del poder estatal, razón por la cual, cualquier restricción a los derechos constitucionales debe estar plenamente justificada.
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Hablar del derecho a la alimentación (DaA) va más allá de la medición de los índices de nutrición que reflejarían de esta manera la situación alimentaria en el país, implica el cumplimiento de las condiciones necesarias en el entorno de los seres humanos para que este derecho pueda ser ejercido a cabalidad. Según las Directrices Voluntarias del Derecho a la Alimentación establecidas por la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), implica el acceso a la tierra, agua, tecnología, crédito, trabajo, participación en la elaboración de leyes, entre otras. FIAN Ecuador como parte de la vigilancia del cumplimiento de este derecho en el país ha realizado el seguimiento de algunas de estas directrices desde una perspectiva de género en las políticas gubernamentales y sus impactos en las condiciones de vida de la población, de manera más específica en las mujeres.
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Analiza los índices de nutrición que pueden reflejar la situación alimentaria en el país, implica el cumplimiento de las condiciones necesarias en el entorno de los seres humanos para que este derecho pueda ser ejercido a cabalidad. Según las Directrices Voluntarias del Derecho a la Alimentación establecidas por la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), implica el acceso a la tierra, agua, tecnología, crédito, trabajo, participación en la elaboración de leyes, entre otras. FIAN Ecuador como parte de la vigilancia del cumplimiento de este derecho en el país ha realizado el seguimiento de algunas de estas directrices desde una perspectiva de género en las políticas gubernamentales y sus impactos en las condiciones de vida de la población, de manera más específica en las mujeres.
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La compraventa de vehículos usados es una de las actividades más informales que se desarrollan en diversos lugares del Ecuador, en donde el comprador y el vendedor asumen en virtud de un contrato diversas obligaciones, que se formalizan con la legalización y otorgamiento del contrato compraventa; para posterior registro en el Servicio de Rentas Internas y actualización de la especie de la matrícula ante las instituciones de tránsito competentes. En ocasiones la transferencia del bien culmina con el intercambio del vehículo y del dinero sin dar cumplimiento con las obligaciones generadas; por lo que, mediante la presente investigación se desea analizar las posibles oportunidades de mejora para que la Administración Tributaria y las instituciones relacionas en este campo, controlen la informalidad y la evasión de impuestos generando mayor transparencia en la propiedad de los vehículos. Para el desarrollo, se debe despejar el siguiente cuestionamiento general: ¿Cuál es el efecto de la legalización del contrato de compraventa de vehículos usados en las obligaciones tributarias derivadas de dicha convención? La investigación es de tipo crítica y descriptiva por cuanto se pretende analizar la normativa vigente relacionada mediante la cual se utilizaran estrategias flexibles para la legalización de los contratos de compraventa de vehículos usados y el cumplimiento de las obligaciones generadas por dichas convenciones. El enfoque a aplicarse será el cualitativo pues se describirá las estrategias de legalización y cumplimiento de las obligaciones generadas por la compraventa de vehículos usados y el cuantitativo porque se analizará la información obtenida para definir la evolución en la venta de vehículos usados y el pago del impuesto del 1% de las mismas. En este documento se lleva a cabo un análisis de la evolución del contrato de compraventa a nivel global del mundo y a nivel nacional, la evolución de los registros de los contratos de compraventa de vehículos usados en el Ecuador, las obligaciones que se generan con este tipo de transacciones para el comprador y vendedor en los campos civiles y comerciales, tributarios y de tránsito y seguridad vial, las estrategias y mecanismos paliativos y preventivos necesarios para la legalización de los contratos de compraventa de vehículos usados para el cabal cumplimento de las obligaciones que se generan.
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En el año 2008, Ecuador constitucionalizó el derecho a la resistencia, el cual, desde hace varias décadas se considera un tema agotado, o por lo menos, abandonado para la teoría constitucional por considerarlo como un derecho de imposible asimilación dentro de la estructura de los contemporáneos estados de Derecho basados en la primacía de la ley y en los que la sola vigencia de las normas son su parámetro de validez, sin reparar en la justicia o injusticia del resultado obtenido producto de su aplicación. Por lo tanto, el propósito inicial del presente trabajo investigativo es brindar, desde la dogmática jurídica, una comprensión clara sobre la naturaleza del derecho a la resistencia y evidenciar su problemática y posibles alcances dentro de nuestro estado constitucional de derechos y justicia. Un segundo propósito será constatar que la validez, vigencia y eficacia del derecho a la resistencia solo será posible si su contenido se adapta al nuevo paradigma constitucional que abandera el constitucionalismo de derechos, tarea en la que no se podrá desconocer los aportes de nuestra realidad jurídica, política y social. Un propósito final, busca lograr que desde el ámbito constitucional se comprenda el postulado de la última ratio como un elemento importante y que configura el contenido esencial de este derecho que, a más de limitarlo y darle su validez, posibilita su efectiva vigencia como un recurso excepcional frente al Derecho positivo, permitiendo superar parte de la problemática que hoy le aqueja: interpretación y empleo discrecional y arbitrario, proscripción, e ineficacia.
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Incluye Bibliografía
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Resumen Con este trabajo la División de Recursos Naturales e Infraestructura (DRNI) de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe, hace un aporte al desarrollo conceptual de las políticas mineras del continente. Es el producto tanto de una búsqueda inicial sistemática como de una dispendiosa labor de seguimiento y actualización de los cambios que se han producido en las legislaciones mineras de los países de América Latina y el Caribe Al presentar este documento la DRNI busca apoyar la investigación sobre la minería y la sociedad y el desarrollo de conceptos claros que orienten la cooperación técnica en esta materia.Para tal efecto, se tomaron los aspectos centrales de la legislación minera, identificando los temas sustantivos en cada ley, las que a su vez son la materialización de la política minera de cada país, enfocadas la mayoría de ellas, en un principio, a incentivar y capturar la inversión privada, en particular la internacional. Hoy, se quieren introducir en ellas cambios que tengan en cuenta a la sociedad civil.En el pasado reciente este material ha sido solicitado estudiado y pedido por gobiernos, universidades, investigadores, promotoras de inversión, congresistas y por supuesto por las empresas mineras interesadas en la selección de alternativas de inversión. Se pretende con el documento, precisar y ordenar las leyes de minería vigentes, dejando de lado el estudio y análisis de su aplicación y modus operandi, habida cuenta de las constantes modificaciones de procedimiento y reglamentarias que se registran. Este compendio sistemático incluye ahora las legislaciones de catorce países de la región: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, Guatemala, Honduras, México, Perú, Uruguay y Venezuela. Se ha tratado preservar en cada párrafo la identificación de la ley y el número del artículo correspondiente, con lo cual puede el investigador remitirse al cuerpo legal respectivo para un examen en mayor profundidad. Sólo como una referencia general, se ha mantenido incluído el capítulo séptimo, sobre Incentivos y Garantías a la Inversión Privada, la regulación de la inversión extranjera en los países de la región estudiados, aunque se da por descontado que los cambios en esta materia son tan drásticos y ocurren tan rápido que algunas de las normas citadas pueden haber sido reemplazadas ya sin conocimiento nuestro.Es interesante destacar dos aspectos en los nuevos cambios mineros de tercera generación, fruto de los nuevos conceptos constitucionales desarrollados en América Latina, nos referimos a los conceptos de zonas mineras indígenas y zonas mineras negras, y el tema de la océano - minería o minería marina, ambos insertados en la reciente legislación colombiana. La recopilación inicial de leyes ha sido retomada por el señor Eduardo Chaparro Avila, oficial de Asuntos Económicos, quien mantiene un registro completo y comunicación con los países seleccionados, con el propósito de consignar las modificaciones de carácter general que se introduzcan en cada ley o de introducir nuevas normas de otros paises que se sumen a los seleccionados en un principio, en el trabajo base que fue elaborado por el señor Jorge Berríos por encargo expreso de esta División. La utilización de este texto deberá acogerse con todo rigor a las disposiciones y consideraciones de derecho sobre registro y protección de la propiedad intelectual. La CEPAL continuará actualizando este documento, basándose para ello en las sugerencias, informaciones o cambios sugeridos por los lectores, introduciéndolos en el texto y citando la fuente de origen de la modificación.