1000 resultados para DERECHO MERCANTIL INTERNACIONAL
Resumo:
La legislación vigente internacional y nacional reconoce el derecho a la educación básica obligatoria y gratuita para los niños inmigrantes en condiciones de igualdad. Sin embargo, en la práctica existen dificultades para el cumplimiento de las leyes y se constata una importante desigualdad en la integración. Se analizan los problemas de escolarización originados por la falta de una adecuada planificación de los centros públicos y concertados, y de medios tanto humanos como económicos.
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Se hace un recorrido por los principales documentos en los que se reconocen los derechos de los niños en relación con la educación. Se recoge legislación como: resolución del Parlamento Europeo sobre el Derecho a la Educación y la Libertad de Enseñanza de 14 de marzo de 1984, Declaración Universal de Derechos Humanos de 10 de diciembre de 1948, Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales de 4 de noviembre de 1950, Convención de la Conferencia General de la UNESCO relativa a la lucha contra la discriminación en el campo de la enseñanza de 14 de diciembre de 1960, Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 19 de diciembre de 1966, etc..
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Estudia la educación como un derecho fundamental inherente al hombre. Se parte de la consideración del fenómeno educativo como hecho social y se analizan los conceptos extrajurídicos que constituyen el objeto del correspondiente derecho (educación, enseñanza, instrucción...) para pasar a su consideración jurídica a la luz del concepto de dignidad humana y bajo la perspectiva de los valores superiores del ordenamiento constitucional español. El derecho a la educación necesita no sólo ser garantizado sino ser promovido en condiciones de igualdad. Se analiza, a continuación, la profunda interdependencia educación-democracia y se hace un estudio de su concepto, caracteres, límites y contenido específico de este derecho. Se completa con capítulos de enfoque histórico, administrativo y de filosofía del derecho internacional y procesal. El fenómeno de la educación constituye una institución social esencial para la vida del hombre por cuanto es el instrumento de cultura de las jóvenes generaciones.
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Se trata de una guía para orientar y ayudar a las personas que estén pensando en adoptar un niño en el extranjero. Se explica el fenómeno de la adopción internacional, el procedimiento a seguir y los retos y dificultades que plantea la paternidad adoptiva de un niño extranjero sin referirse a ningún país concreto. Se pretende complementar los recursos ya existentes, dirigidos a los posibles padres adoptantes. Se explican todas las situaciones posibles, así como conocer qué hacer para adoptar en cada uno de los países en los que es posible la adopción internacional.
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Reflexión sobre la transmisión del conocimiento en los vídeos, documentales, cursos y conferencias que el Grup de Recerca i d'Estudis Sociojurídics lleva a cabo desde los años 90 del siglo XX. Los puntos básicos de su trabajo son: 1 Estudio sobre una determinada realidad social; 2 Etnografía, contacto directo con personas, situaciones, problemas; 3 Elaboración del guión; 4 Fases de preproducción, producción y post-producción; 5 Uso de del documento por parte del colectivo afectado o del público más general; 6 Obtención de datos del feedback.
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Resumen basado en el del autor
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Presentar unas bases teóricas que puedan orientar propuestas de educación en derechos humanos comprometidas con el desarrollo personal pleno. En el primer capítulo se hace una aproximación al fundamento de los derechos humanos. También se ocupa del contenido y evolución de los principales documentos de derechos humanos en la historia, así como del actual sistema internacional de protección de estos derechos. El derecho a la educación, además de la educación en derechos humanos, incluye otros componentes que se estudian en el segundo capítulo. El capítulo tercero se centra en la educación en derechos humanos. La educación en derechos humanos es un medio para afirmar la dignidad humana, contribuir al desarrollo personal pleno, fomentar el respeto a los derechos humanos, estimular la participación social y favorecer el respeto a uno mismo y a los demás. En el capítulo cuarto se trata de descubrir cuales son las líneas de pensamiento y actuación de las Naciones Unidas con respecto a la educación en derechos humanos. 1.- El derecho a la educación es un derecho humano que como tal necesita apoyarse en una fundamentación sólida para promover su defensa y respeto incondicional con independencia de la variabilidad de las circunstancias. 2.- Los derechos humanos requieren implicación personal activa en su ejercicio, ligando así el derecho con el deber. 3.- En el sistema internacional, los derechos humanos se incluyen en diferentes generaciones de derechos. Primera generación descansan sobre el principio de libertad. Segunda generación se apoyan en el valor de la igualdad. Tercera generación se asientan en la solidaridad. 4.- El derecho a la educación es recogido en los textos internacionales de derechos humanos como un derecho económico, social y cultural. 5.- El contenido del derecho a la educación viene definido por su dimensión social, su dimensión de libertad y su vertiente colectiva. 6.- La educación en derechos humanos también es la base del derecho a la educación, así como de los demás derechos humanos, ya que con esta educación se hace posible el respeto, promoción y realización de los derechos humanos en la sociedad. 7.- El ejercicio de los derechos humanos en libertad es un modo de participación social de los ciudadanos. 8.- La educación en los derechos humanos posee tres componentes: cognitivo, actitudinal y procedimental. 9.- Con la educación en derechos humanos se trata de conseguir que las personas se comprometan con su humanización como medio para que la convivencia social se rija por los valores de los derechos humanos.
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Incluye glosario. En cubierta: 'Experimental'. Módulo de Auxiliar de Administración y Gestión
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Resumen basado en el de la publicación
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Estudio de la historia de evolución de la Universidad Internacional del Sarre, desde su creación en 1945 hasta 1954. Se señalan sus estatutos, la organización de la enseñanza, las cuatro facultades con las cuenta, Letras, Derecho y Ciencias Económicas, Ciencias y Medicina, los Institutos de Estudios Europeos, de Intérpretes, de Criminología, y de Investigaciones Metalúrgicas, los servicios de Biblioteca, la Escuela de Deportes, las organizaciones estudiantiles y algunos datos estadísticos sobre el curso 1953-1954, referentes al alumnado, al profesorado y a las actividades universitarias.
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Se trata la figura del Padre Francisco Suárez como teólogo jurista. El Doctor Eximio tiene especial interés para el filósofo del Derecho por su tratamiento de cuestiones jurídicas en el De legibus ac Deo legislatore, sobre el derecho natural y el derecho internacional. En él esboza el principio de la democracia enlazado con el concepto de soberanía, en contraposición a las formas autócratas y absolutistas.
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La XI Conferencia General de la UNESCO, celebrada en 1961, motivó la redacción de conclusiones muy importantes en materia de enseñanza técnica. Se recogen estas conclusiones que hacen referencia al derecho a la promoción de fines generales de la enseñanza técnica, a las cuestiones económicas y sociales de esta enseñanza, a la cualidad primordial de la enseñanza técnica y a la libre elección de la formación especializada, entre otros aspectos. El objetivo más tangible de toda enseñanza técnica consiste también en proporcionar a quienes lo desean una gama extensa de conocimientos que les permitan adaptarse rápidamente a las transformaciones continuas que caracterizan nuestro mundo en expansión. Por otro lado es conveniente que toda persona interesada en cualquier nivel de la enseñanza técnica pueda proseguir su formación hasta el límite superior de sus posibilidades. En lo que se refiere a la cualidad primordial de todo sistema de enseñanza técnica, esta debe ser una gran ductilidad. En efecto, es indispensable que se atengan a los tres imperativos siguientes: diversificación, adaptabilidad y generosidad hacia el alumno. Por último, en cuanto a la libre elección, todo alumno que pase de un sistema de formación básica a la enseñanza especializada debería sentirse absolutamente libre de elegir en función de sus aspiraciones inmediatas.
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Crónica del Primer Coloquio Internacional sobre Protección Escolar, celebrado en Madrid y organizado por la Association Internationale d'Information Scolaire Universitaire et Professionelle, en colaboración con la Comisaría de Protección Escolar de España, donde se trata la protección escolar existente en varios países del mundo y se aprueba la Declaración de Principios de Protección del Derecho al Estudio.
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Se analizan las intervenciones del Dr. Villar Palasí, Ministro de Educación y Ciencia en la Conferencia de Ministros Europeos de Ciencia, así como las de D. Ricardo Díez Hochleitner y la Dra. Galino Carrillo, en la Conferencia Internacional de Educación; los objetivos y conclusiones de estos actos. La Conferencia de Ministros Europeos de Ciencia se convocó para tratar una serie de temas relacionados con la investigación científica, desde la cooperación de la Universidad con otras instituciones investigadoras, hasta la cooperación científica a escala europea, su porvenir y sus posibilidades de desarrollo. Se concluyó con la necesidad de desarrollar la cooperación científica entre los países del continente, con objeto de contribuir a los grandes fines de la Humanidad: la paz, el bienestar y la comprensión mutua entre los países. En la XXXII Conferencia Internacional de Educación se debatieron los cambios producidos en la política educativa y en la escolarización. Se sometió a estudio la mejora de la eficacia de los sistemas de enseñanza por medio de la reducción del abandono de los estudios en todos los niveles de enseñanza y cómo la reforma educativa española intenta perseguir ésos fines. Por último, se analiza La Conferencia de la Unesco en Venecia, cuya finalidad fue la de formular el derecho del hombre a la cultura en la misma forma que se reconoce el derecho al trabajo y a la educación. En las conclusiones se insistió en dar un 'contenido cultural a la educación' y se mostró gran interés en la reforma educativa española.
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Resumen tomado de la revista