585 resultados para Penal de El Dueso (Santoña, Cantabria)


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El delito de violación ha sufrido varias transformaciones, en cuanto a la concepción de los elementos del tipo penal así como de los sujetos de la relación procesal, pues se ha divido su configuración en dos momentos, el primero cuando el sujeto activo de la infracción solamente puede ser el hombre; y, el segundo cuando el sujeto activo puede ser indistintamente un hombre o una mujer, determinándose además la flexibilidad de los medios probatorios, tomando mucha importancia el testimonio de la víctima. Como objetivos están conocer el papel que desempeñan los sujetos de la relación procesal en este delito, tomando en consideración la tipificación actual y, los cambios que ha sufrido este tipo penal desde el 2005 año hasta la presente fecha, además de cuáles son los medios probatorios que deben ser utilizados por los sujetos procesales. Tomando como base la investigación que se efectuará, debe aplicarse el método analítico, a fin de descomponer el concepto general en varios elementos que nos permita revisar cada uno de ellos por separado y así comprender las reformas que se han dado a este delito. Se debe partir de una premisa general, tomando como base la libertad sexual, que constituye el bien jurídico protegido, para llegar a lo particular, es decir, analizar las circunstancias constitutivas de la infracción y las modificatorias de la misma, aceptando datos generales como verdaderos, utilizando el método deductivo. Es importante analizar todos los conceptos que se han dado, para ello debe aplicarse la Hermenéutica jurídica, porque las concepciones filosófico- doctrinarias, permiten una mayor comprensión del análisis de los partícipes del tipo penal. Es evidente que el sujeto activo de la infracción puede ser indistintamente el hombre o la mujer, pero con una estructuración adecuada del tipo penal, por lo que se debe realizar una reforma al Código Orgánico Integral Penal, puesto que la vulneración del consentimiento de la víctima se la puede dar en la unión carnal.

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Elaborado por Manuel Delgado, Teodosio Carranza y Salvador Gallegos, en virtud de Comisión que les confirió la Honorable Asamblea Nacional. Al pie de la portada se lee: Esta edición es propiedad de don Daniel S. Meléndez

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[ES]Las dictaduras europeas emergentes constituyeron una amenaza al orden liberal y democrático del momento, imponiendo su ideología a todo pensamiento contrario al Régimen, incluyendo el Derecho Penal, en el cual se veían reflejados estos valores. Desde esta perspectiva, se van a estudiar las diferentes doctrinas que preceden estos movimientos totalitarios, centrando su atención en la figura tipificada de la reincidencia, sus formas y su tratamiento dentro de los textos legales que estuvieron vigentes durante el periodo fascista y franquista. Se llevará a cabo una visión de la codificación actual en ambos países y un enfoque hacia la situación futura de la reincidencia y los reincidentes.

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El objetivo principal de esta tesis doctoral supone una nueva propuesta de análisis del ciclo del incesto aún presente en el Romancero, y de forma más precisa, en las versiones cántabras de los romances Delgadina, Silvana, Tamar, Primos Romeros, Cura Traidor y Blancaflor y Filomena. Para el mejor manejo de los cientos de versiones existentes de estos romances, nos hemos centrado en los textos procedentes de Cantabria. Para tal fin, hemos confeccionado el corpus de Cantabria con los romances que se han venido publicando desde los albores del siglo XX hasta la actualidad, incluyendo mi aportación personal al corpus fruto del trabajo de campo realizado entre 1999 y 2003 en los que recopilé 250 versiones de romances, 190 textos de la tradición oral y entrevistado cerca de 192 informantes. Así, los romances Delgadina y Silvana tratan el incesto paterno filial, el romance Tamar versa sobre el incesto entre hermanos, el texto Primos romeros, el incesto entre primos, el romance vulgar Cura Sacrílego nos presenta el asunto del incesto espiritual, y, finalmente, el romance Blancaflor y Filomena trata la prohibición existente entre cuñados. Los romances nos informan sobre los argumentos de evitación del incesto en los que, en algunos casos, media la violencia. De este modo, se expresa la subversión de los roles de parentesco, la prohibición basada en un precepto divino y el infructuoso intercambio frente al argumento de la belleza de la joven. Incluso, se trata el tema de la venganza a través del infanticidio y del banquete ritual. Estos trágicos sucesos colocan a los lectores al lado de la víctima al tiempo que nos interpela y cuestiona sobre la actualidad de estos romances en un tema considerado tabú. Con todo, sigue resultando llamativo el hecho de que estos romances sigan transmitiéndose principalmente por la figura femenina...

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Sumario: Cuestiones actuales de derecho procesal penal canónico. Introducción. 1.- El derecho penal canónico hoy. 2.- La publicidad, interpretación y competencias especiales en el proceso penal. 3.- El derecho de defensa en el derecho penal canónico. 4.- El derecho de defensa en la fase previa del juicio penal. 5.- El derecho de defensa del imputado en la vía judicial o administrativa para la decisión. 6.- La tramitación de la acusación penal. 7.- El Motu proprio ‘delicta graviora’. 8.- Algunos casos concretos. Conclusión

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Fecha: s.f. (>1970 copia) / Unidad de instalación: Carpeta 45 - Expediente 2-16 / Nº de pág.: 3 (mecanografiadas)

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Este trabajo se centra en el estudio del Jurásico marino (Lías y Dogger) de un área de la parte central de La Cuenca Vasco-Cantábrica situada en el este de Cantabria y oeste de Vizcaya donde sus afloramientos son muy escasos pero se dispone de datos de sondeos de exploración petrolífera (Fig 1A y B), poniendo especial interés en la localización y distribución lateral de los niveles de rocas madre de hidrocarburos (black shales) y de potenciales almacenes (unidades carbonatadas fracturadas o dolomitizadas). La sucesión del Jurásico de la Cuenca Vasco-Cantábrica (CVC) está formada por dos unidades diferenciadas por edad y ambiente sedimentario. Por una parte tenemos los materiales del “Jurásico marino” (Robles et al., 1989) que representan la mayor parte de la sucesión (Lías y Dogger) y por otro lado, tenemos los materiales del “Jurásico continental” pertenecientes exclusivamente al Tithoniense Superior y que se engloban en las facies Purbeck que abarcan hasta el Berriasiense (Rat 1962).

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A presente dissertação tem por escopo analisar a intervenção da vítima no evento em que se produz um resultado que afeta a si mesma e seus possíveis reflexos na configuração do injusto penal, como fator de limitação da responsabilidade do agente. Para atender a esse objetivo, são abordados aspectos da teoria do delito relevantes para a contextualização e desenvolvimento dos questionamentos e caminhos de solução relativos à valoração da conduta da vítima, sobretudo a concepção material alicerçada na teoria do bem jurídico, sob a diretriz da garantia do livre desenvolvimento da personalidade, bem como a teoria da imputação objetiva e seu impacto sobre a compreensão do injusto penal. Como ponto de partida, destaca-se o respeito à autonomia pessoal e seu papel na ordem constitucional vigente, assim como os obstáculos que representa à intervenção penal, em sua conexão com o conceito de bem jurídico, a respeito do paternalismo e do moralismo jurídicos. Dentre as formas de intervenção da vítima, foram abordadas, primeiramente, aquelas em que quer o resultado, divididas, de acordo com uma valoração distinta do legislador, em autolesão e consentimento em heterolesão, analisando-se os argumentos que se propõem a indicar o tratamento do agente em cada caso, assim como os critérios de delimitação empregados. Conclui-se que a autonomia da vítima constitui a base para a impunidade daquele que intervém na autolesão, solução que deve estender-se a todos os casos, ressalvada a participação em suicídio, expressamente incriminada, delimitando-se o alcance da norma penal, como questão pertinente à imputação objetiva. Também a autonomia e a sua ligação com o conceito de bem jurídico permitem fundamentar a relevância do consentimento da vítima para o injusto penal, como fator que afasta a tipicidade. Em seguida, foram abordadas as formas de intervenção da vítima em que contribui para o resultado, mas não o quer, examinando correntes que se destacam na discussão dogmática, como aquelas que indicam a impunidade do agente que intervém na autocolocação em perigo da vítima, bem como as que se propõem a tratar da heterocolocação em perigo, conferindo distinto alcance à intervenção penal, além de orientações que tomam por base o princípio da autorresponsabilidade. Conclui-se que a intervenção da vítima, também nesse âmbito, deve repercutir no injusto penal, limitando o alcance da norma penal frente a condutas que não representem uma violação de sua autonomia, de modo a afastar a imputação objetiva.

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[es]Para la realización del presente estudio, se utilizaron 50 ejemplares de Ruditapes Decussatus o almeja fina y otros 50 de Ruditapes Philippinarum o almeja japonesa, recogidas y seleccionadas por mariscadores profesionales de la Bahía de Santoña (Cantabria). La temperatura influye en las tasas fisiológicas, llegando a generar finalmente alteraciones en el metabolismo del organismo. Por ello, una variable de interés para el estudio se trata de la tasa metabólica, la cual puede ser estimada a través de la medición de la tasa de consumo de oxígeno (VO2). El objetivo final de este estudio es, por tanto, observar el efecto cinético de la temperatura y la aclimatación sobre el metabolismo de ambas especies de almejas, distribuidas en cuatro grupos de estudio (almeja fina y japonesa aclimatadas a 12oC y 22oC), midiendo la VO2 a diferentes temperaturas de exposición (7oC, 12oC, 17oC, 22oC y 27oC). Utilizando el la respirometría como medio para calcular la VO2 y el cálculo de la Q10 para determinar las tasas metabólicas. Los resultados ponen de manifiesto que en tres de los cuatro casos no se observaron diferencias significativas entre el metabolismo rutina y el metabolismo estándar. También se comprobó positivamente el efecto cinético de la temperatura sobre la VO2; así como la presencia de un intervalo de temperaturas, en las que se realiza compensación, más amplio para almeja japonesa que para almeja fina.

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A presente dissertação tem por escopo analisar a eficácia no tratamento que o ordenamento jurídico brasileiro tem dado às práticas de Grande Corrupção, fenômeno onde chefes de Estado, ministros e altos funcionários, se valem de suas funções, no contexto de atividades comerciais, para a obtenção de benefícios privados. Por essa razão, o ensaio analisa a teoria estadunidense, sob a qual se cunhou a referida construção. Contudo, em que pese o fato de a perspectiva se tratar, a priori, de iniciativa no âmbito da Economia, o trabalho, após as considerações dos mecanismos internacionais de combate à corrupção, explicitará, através dos estudos das Ciências Penais os fatores que mobilizam o delinquente potencial às práticas dos delitos, os interesses tutelados pelos mecanismos de combate ao fenômeno e suas peculiaridades, para, ao depois, diferenciar a Pequena e Grande Corrupção.

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Tesis (Maestría en Ciencias Penales) U.A.N.L.

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Hace 37 años, aproximadamente desde el 13 de mayo de 1970, fecha en la que el profesor Claus Roxin leyó su ponencia titulada “Política criminal y sistema de derecho penal”, la ciencia del derecho penal ha experimentado un profundo cambio en su método y en su objeto. El antiguo paradigma de que el derecho penal debía ser la barrera infranqueable del derecho penal, vigente desde los tiempos en que Franz von Liszt pronunció su conocido “Programa de Marburgo”, fue sustituido por una nueva perspectiva en la que la dogmática jurídico-penal sólo adquiere su verdadera dimensión de sentido, cuando se la elabora en función de la realización de los fines político-criminales que a la ley penal le atribuye la Constitución. La doctrina penal actualmente dominante, en consecuencia, ha abandonado por completo el método lógico-deductivo de los tiempos del positivismo, y el método teleológico-valorativo impuesto por el neokantismo, para adoptar como método para la elaboración y determinación del derecho penal uno con orientación teleológica hacia la realización de la política criminal del Estado. Hoy la doctrina general, casi de forma unánime, toma como punto de partida la idea de que la Constitución Política reconoce positivamente un conjunto de valores éticosociales,cuya preservación explica desde sus fundamentos el ius puniendi. Si se toma realmente en serio el carácter de Estado social y democrático de derecho, esa potestad con la que cuenta el Estado para crear delitos y para imponer penas, sólo puede fundamentarse como contrapartida del deber que le asiste de actualizar esos valores positivamente reconocidos en la Constitución. La Carta Política, depositaria de ese acuerdo sobre lo fundamental al que supo llegar el constituyente primario, determina con exactitud cuáles son esos valores sobre los que ha de erigirse el Estado; valores que luego se encarnan en las libertades civiles y en los bienes jurídicos fundamentales, y que habrán de servir como límite y fundamento del derecho penal. Si por política criminal entendemos el conjunto de principios que orientan, enmarcan, limitan y fundamentan el uso del ius puniendi que, legítimamente, puede hacer el Estado en orden a prevenir la realización de conductas que afecten las libertades y los bienes jurídicos básicos, entonces no queda duda de que ella se encuentra ya delineada en sus trazos más fundamentales en la Constitución Política, y que la ley penal no es más que la concreción de la política criminal del Estado en su más pura expresión. Muchos son los valores dignos de protección, y por ellos son muchos también los bienes que tradicionalmente han gozado de alguna forma de tutela jurídico-penal: la vida, la libertad individual, la libertad y el pudor sexual, la honra y el buen nombre, el patrimonio o la administración pública, son sólo algunos ejemplos de ellos. No obstante,junto a esos bienes jurídicos tradicionales, que desde mediados del siglo XVIII integran lo que actualmente se suele conocer como el derecho penal clásico o nuclear, han empezado a surgir otros que reclaman también protección penal. Se trata, en general, de bienes jurídicos que se aglutinan en lo que hoy se conoce como el derecho penal moderno o accesorio, y cuya protección se garantizaba anteriormente apelando a la legislación mercantil o administrativa. Y me refiero, en particular, a bienes jurídicos que, como la propiedad industrial, los derechos patrimoniales de autor, el medio ambiente o los recursos naturales, han pasado recientemente a disfrutar de un indiscutible estatus de protección penal del que antes no gozaban. Uno de esos bienes jurídicos que han pasado recientemente a disfrutar de la tutela jurídico-penal, es el orden económico y social, y es en el estudio de las conductas por medio de las cuales se le lesiona o pone en riesgo, donde se centra nuestra principal preocupación académica.