936 resultados para Orden público
Resumo:
La presente tesis aborda temas de interés nacional y mundial sobre el lavado de activos, temática que va tomando importancia relevante, pues las bandas criminales, nacionales e internacionales, ante la imperiosa necesidad de tratar de blanquear los dineros productos de sus ilícitos, buscan diversas formas de lavar el dinero producto de sus fechorías. En el capítulo I se abordan aspectos doctrinarios; conceptos nucleares que hacen relación a la terminología utilizada en esta investigación; hacemos una sucinta narración de la tipificación del delito del lavado de activos en el Derecho Comparado; utilizando vocablos y términos sencillos, se hace constar las consecuencias económicas que provocan en las diferentes economías la inyección de dineros ilícitos, sin el respaldo productivo; y, la afectación que provocan en los diferentes Estados a sus bienes jurídicos: la administración de justicia; la seguridad interior del Estado; la salud pública; y, el orden público socioeconómico afectado. En el capítulo II se hace hincapié en los diferentes delitos que proveen de dineros ilícitos a las bandas criminales organizadas, donde, inclusive, se analizan los delitos comúnmente cometidos en nuestro país como el cohecho, concusión, peculado y enriquecimiento ilícito. En el capitulo III se realiza un análisis histórico y cronológico de los antecedentes de nuestra Ley para reprimir el Lavado de Activos en el Ecuador, destacando la importancia de una reforma legal. Para concluir este trabajo investigativo, hacemos constar las conclusiones a las que hemos llegado y las recomendaciones tendientes a conseguir que nuestra Ley, sea el resultado de un análisis objetivo y real de la situación social, económica y política de nuestro país, en directa relación con la realidad de nuestros países vecinos.
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En este artículo se tratará de determinar si la historia que se vivió en el Ecuador el 30 de septiembre de 2010 puede considerarse como “motín”, “un intento de golpe de Estado” o una “propuesta laboral”. Por otro lado se habla sobre la democracia, referida a la participación activa del ciudadano, como también de las instituciones públicas y privadas que deben encontrarse en estricto apego a los derechos fundamentales. En virtud de la antes mencionada democracia, se consigue el “orden público”, en el que la función policial es de gran importancia, debido a que ella tiene la misión de buscar las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos.
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La institución jurídica constitucional del estado de excepción no siempre ha sido conocida con este nombre en el constitucionalismo ecuatoriano, sino que ha tenido varias denominaciones tales como: facultades extraordinarias, estados de urgencia, estado de sitio y estado de emergencia, no obstante, con la vigencia de la Constitución de 2008, se introdujo la denominación “estado de excepción”, concebido como un mecanismo jurídico, constitucional y político que permite restablecer el orden público en circunstancias extraordinarias con el fin de garantizar, los derechos constitucionales, la democracia y el Estado de Derecho. La declaratoria del estado de excepción es emitida por el ejecutivo, mediante decreto ejecutivo el mismo que está sujeto a control político, constitucional e internacional, ya que en algunos casos podría restringir o suspender derechos constitucionales (contexto nacional) y derechos humanos (contexto internacional), los cuales son protegidos por tratados internacionales y por el Derecho Internacional Humanitario. En este contexto, la presente tesis iniciará revisando la evolución del estado de excepción en el constitucionalismo ecuatoriano, abordaremos de forma analítica y comparada (Estados miembros de la Comunidad Andina -CAN-) la naturaleza jurídica del estado de excepción, su regulación, funcionamiento, así como su relación con el Estado de Derecho (concebido éste como una estado legal y constitucional), fortaleciendo nuestro trabajo con el auxilio de la norma, la doctrina y la jurisprudencia.
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La Superintendencia de Bancos y la Fiscalía General del Estado expidieron dos resoluciones interinstitucionales en el año 2011 por las que se obligó a las instituciones bancarias a reintegrar en favor de sus clientes, víctimas de delitos informáticos, determinados porcentajes de montos de dinero reclamado por ellos. Para expedir las resoluciones se utilizaron una serie de argumentos desde el punto de vista constitucional, civil y del derecho del consumidor. En el ámbito constitucional se mencionó que las instituciones financieras son un servicio de orden público, mientras que en el ámbito civil se hizo referencia a la responsabilidad objetiva. Luego de expedidas las resoluciones quedaron planteadas varios cuestionamientos sobre la legalidad de estas, de manera particular aquellos atinentes a si los bancos en efecto son un servicio de orden público y si, en realidad, en la relación contractual banco-cliente puede aplicarse la denominada responsabilidad objetiva, de acuerdo al ordenamiento jurídico ecuatoriano. Este trabajo busca desentrañar varios términos utilizados en las resoluciones en mención para establecer su legalidad, previo a lo cual fue necesario analizar el tema de los delitos informáticos y las innovaciones incorporadas con referencia a éstos en el Código Orgánico Integral Penal, para determinar cuáles afectan a la banca y sus clientes. Se hace referencia además en el trabajo a varia normativa expedida por la Superintendencia de Bancos mediante la que se dispone a los bancos tomar determinadas medidas para proteger a sus clientes contra el delito informático de apropiación ilícita de fondos.
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Esta investigación analiza los acontecimientos generados en 1994 por la aprobación de la ley de dos horas de religión en el sistema educativo ecuatoriano a la luz del accionar político social de los evangélicos kichwas y urbano-mestizo. Se lo hace considerando el desarrollo general de los movimientos sociales de Sidney Tarrow en la conformación de estructuras de movilización y la conceptualización de los ciclos de protesta y de modularidad. A su vez, se coteja el impacto de la comunicación y las redes sociales (no digitales) en la dinámica de la contienda política y sus implicaciones en América Latina. De una manera cronológica se describe la impugnación a la ley de 2 horas de religión en el proceso dado en los ámbitos legislativo y el Tribunal de Garantías Constitucionales de 1994. Sucesivamente se hace una exposición de actores, acciones y recursos usados en la acción colectiva contenciosa de los evangélicos kichwas y urbanomestizo. A su vez se indaga en la participación electoral o el intento de ello por parte de los protestantes evangélicos urbanos. Finalmente se hace una comparación sistemática de la acción colectiva de ambos grupos usando la deducción teórica de la acción colectiva contenciosa y su revisión crítica contextualizada para Latinoamérica. Concluiremos diciendo que la acción colectiva contenciosa culmino en la formación de un partido político evangélico en el Ecuador del periodo posterior a la vuelta a la democracia se cristalizó en los evangélicos kichwas más no en los evangélicos de contexto urbano y/o mestizo. Esto sucedió a través de la FEINE cuando se organizaron a nivel nacional y pasaron de ser actores secundarios en la movilización indígena a conformar un cuadro político y electoral siendo actores autónomos en la política nacional. Finalmente diremos que minorías religiosas fruto del trasplante foráneo proselitista religioso, poseen modos y formas de organización inmediatista que les permite inferir en asuntos de orden público al corto plazo, pero al final fracasan porque carecen de discursos o respaldo en temas y competencias de índole social y/o política en sus esquemas doctrinales o dogmáticos.
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Incluye Bibliografía
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En este período de formación estatal, las atribuciones asumidas por las instituciones estatales tuvieron en la reconfiguración y formalización del aparato represivo una de sus manifestaciones más patentes. Durante la segunda mitad del siglo XIX, en la ciudad de Santa Fe, el control y el castigo de los comportamientos cotidianos en los espacios públicos estuvieron a cargo de la Policía, ella misma en conformación. Desde un enfoque crítico sobre las relaciones sociales de poder, emergen nuevas preguntas a realizar al respecto a las fuentes policiales. En este sentido, la información que ellas brindan sobre los sujetos perseguidos y apresados por delitos contra el orden público arroja información plausible de utilizarse en análisis tanto cuantitativos como cualitativos, que contribuyan a reconstruir la conformación de los sectores subalternos urbanos como objeto de control, dada la notoria escasez de fuentes procedentes de dichos sectores. El presente trabajo analiza partes emitidos por la Jefatura de Policía del Departamento La Capital al Poder Ejecutivo provincial, proponiendo dos líneas de indagación: qué información se brinda y cuál no sobre los sujetos arrestados (género, procedencia, edad, ocupación, entre otras) y qué apreciaciones subjetivas hacen los funcionarios policiales sobre dichos sujetos
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La Convención sobre los Derechos del Niño, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1989, es el primer tratado internacional que considera los derechos de la niñez como una exigencia con fuerza jurídica obligatoria. El hecho de aceptar las obligaciones que de ella emanan, implica para los gobiernos nacionales el compromiso de proteger y asegurar esos derechos, implementando las políticas necesarias. Es así que en Argentina se sancionó la Ley 26061 de Protección Integral de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes, reemplazando la Ley 10903 ('Ley Agote'), cuyos lineamientos principales eran opuestos a la Convención. Esta modificación generó un impacto tal que se puede hablar de un cambio de paradigma, conociéndose como el pasaje de la Situación Irregular a la Protección Integral. El presente trabajo se desarrolla en el marco del proyecto en curso 'Identificación de factores asociados a la reintervención en problemáticas asistenciales de jóvenes II', que lleva adelante el Grupo de Investigación GIPJURI de Psicología Jurídica, en la Facultad de Psicología de la Universidad Nacional de Mar del Plata. El objetivo principal de este informe se centra en pesquisar qué representaciones sociales giran en torno a los Centros de Protección de los Derechos de los Niños (CPDeN) del partido de General Pueyrredón. Para definir el término representación social se tomó a Moscovici, quien las define como constructos cognitivos compartidos en la interacción social cotidiana, que le permiten al individuo interpretar y construir lo real, es decir, le proporcionan a los sujetos un entendimiento del sentido común respecto de sus experiencias en el mundo. Así como también a Denise Jodelet, para quien son una manera de interpretar y de pensar nuestra realidad cotidiana, una forma de conocimiento social, que se origina en la vida diaria, en el transcurso de las comunicaciones entre los individuos. Estos Centros de Protección son unidades técnico operativas con una o más sedes, creadas por la Ley Nacional 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes; y la Ley Provincial 13.298 de la Promoción y Protección de los Derechos de los Niños, que desempeñan las funciones de facilitar que el niño que tenga amenazados o violados sus derechos, pueda acceder a los programas y planes disponibles en su comunidad. (nota: ley 13298) Para el logro de dicho objetivo se recabó información mediante entrevistas semiestructuradas, administradas a quienes desempeñan su labor en instituciones que trabajan conjuntamente con los Centros pertenecientes al Partido de General Pueyrredón, en lo que respecta a la detección de derechos vulnerados y su posible restitución. Con tal propósito, los temas a indagar fueron los siguientes: el conocimiento que los entrevistados poseen en relación a la nueva ley de promoción y protección de los derechos del niño, indagando aspectos tales como: qué son los CPDeN, quiénes lo componen, de qué estructura del estado dependen, qué función cumplen; las problemáticas que reciben, instituciones con las que se relacionan, eficacia de la estructura y eficiencia de las intervenciones. Este trabajo constituye una primera aproximación de un proyecto en curso. A través de este sondeo de opinión se intentara realizar una descripción de las representaciones sociales respecto de los CPDeN que circulan actualmente en las instituciones que fueron entrevistadas hasta el momento. Objetivos: -Realizar una descripción de las representaciones sociales que circulan en torno a los Centros de Protección de los Derechos del Niño (C.P.De.N) del Partido de General Pueyrredón. -Plantear hipótesis sobre el posible impacto que los centros promueven en la comunidad. -Metodología: El estudio será de tipo descriptivo exploratorio. La técnica a implementar será una entrevista semi-estructurada en base a un protocolo diseñado por el grupo de investigación. -Población: Profesionales de diversas áreas que trabajan en instituciones de orden público y que articulan con los CPDeN de la ciudad de Mar del Plata. -Muestra: La muestra seleccionada para el actual trabajo consta de un total de 27 profesionales que se encuentran trabajando en instituciones de orden público y que poseen vinculación con los C.P.De.N, entre los cuales figuran: trabajadores sociales, psicólogos, docentes, Lic. En Cs.de la educación, psicopedagogos, fonoaudiólogo, terapista ocupacional, médicos. Fueron consultadas un total de 19 Instituciones educativas: 6 escuelas primarias, 1 escuela secundaria, 2 jardines de infantes y un total de 3 instituciones que brindan servicios de salud (H.I.G.A., IREMI, salas primarias de salud). La selección de la muestra fue realizada bajo los siguientes requisitos a cumplir por los entrevistados: mantener actualmente una articulación con el centro de protección y un mínimo de 5 años o más de experiencia, en el área de trabajo que articula con los CPDeN permitiendo así un mayor nivel de aproximación a la realidad
Resumo:
Los expedientes judiciales nos permiten acercar al complejo entramado de relaciones que se tejen entre los distintos actores sociales a nivel local. Aquí nos ocuparemos de uno de los sujetos de singular importancia en la sociedad rural bonaerense colonial: el pulpero. Sus vínculos con los distintos actores sociales locales son manifiestos, desde hacendados acaudalados y principales autoridades locales hasta vagabundos, esclavos e indios. Este artículo estudia el rol que cumplen los pulperos rurales en los conflictos que llegan a la justicia. ¿De qué lado se encuentran la mayoría de los pulperos, víctimas, acusados, testigos, funcionarios judiciales, etc.? ¿En qué tipo de casos se ven involucrados los pulperos? Robo de sus tiendas, violencia frente al mostrador, engranaje del circuito de contrabando de cueros son algunos de los asuntos en los que tienen vinculación directa. Por otro lado el trabajo aborda un tema más general ¿El pulpero perseguido por el Estado o instrumento de éste para perseguir a los sujetos que afecten el "orden público "? En definitiva el estudio intenta situar al pulpero dentro de la conflictividad de la campaña y el juego de coacción y negociación que se desarrolla con el avance de la racionalización del espacio rural hacia fines del siglo XVIII en la región pampeana.
Resumo:
Las instituciones policiales han sido poco estudiadas en sede académica hasta el momento y las investigaciones existentes ponen el acento en los modelos de gestión y en los procesos de reforma implementados en las últimas dos décadas. El poder de policía, no obstante, cumplió un rol fundamental en los procesos de formación estatal durante el siglo XIX, en diversos contextos culturales, nacionales y territoriales. Este trabajo intenta recoger las conclusiones básicas de algunos estudios europeos sobre esta cuestión, y otros estudios de caso en América Latina, prestando especial atención al territorio rioplatense. El objetivo consiste en analizar comparativamente los procesos de institucionalización del poder policial, la articulación de los mismos con la construcción de autoridad estatal, y los distintos modelos adoptados. "En nombre de la seguridad", y del orden público, las policías se organizaron como espacios de excepción, en los cuales la normativa jurídica se escinde de su aplicación efectiva. Los itinerarios históricos y filosóficos recorridos se proponen como una vía de elucidación de la relación entre el Estado y el poder de policía
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Los expedientes judiciales nos permiten acercar al complejo entramado de relaciones que se tejen entre los distintos actores sociales a nivel local. Aquí nos ocuparemos de uno de los sujetos de singular importancia en la sociedad rural bonaerense colonial: el pulpero. Sus vínculos con los distintos actores sociales locales son manifiestos, desde hacendados acaudalados y principales autoridades locales hasta vagabundos, esclavos e indios. Este artículo estudia el rol que cumplen los pulperos rurales en los conflictos que llegan a la justicia. ¿De qué lado se encuentran la mayoría de los pulperos, víctimas, acusados, testigos, funcionarios judiciales, etc.? ¿En qué tipo de casos se ven involucrados los pulperos? Robo de sus tiendas, violencia frente al mostrador, engranaje del circuito de contrabando de cueros son algunos de los asuntos en los que tienen vinculación directa. Por otro lado el trabajo aborda un tema más general ¿El pulpero perseguido por el Estado o instrumento de éste para perseguir a los sujetos que afecten el "orden público "? En definitiva el estudio intenta situar al pulpero dentro de la conflictividad de la campaña y el juego de coacción y negociación que se desarrolla con el avance de la racionalización del espacio rural hacia fines del siglo XVIII en la región pampeana.
Resumo:
Las instituciones policiales han sido poco estudiadas en sede académica hasta el momento y las investigaciones existentes ponen el acento en los modelos de gestión y en los procesos de reforma implementados en las últimas dos décadas. El poder de policía, no obstante, cumplió un rol fundamental en los procesos de formación estatal durante el siglo XIX, en diversos contextos culturales, nacionales y territoriales. Este trabajo intenta recoger las conclusiones básicas de algunos estudios europeos sobre esta cuestión, y otros estudios de caso en América Latina, prestando especial atención al territorio rioplatense. El objetivo consiste en analizar comparativamente los procesos de institucionalización del poder policial, la articulación de los mismos con la construcción de autoridad estatal, y los distintos modelos adoptados. "En nombre de la seguridad", y del orden público, las policías se organizaron como espacios de excepción, en los cuales la normativa jurídica se escinde de su aplicación efectiva. Los itinerarios históricos y filosóficos recorridos se proponen como una vía de elucidación de la relación entre el Estado y el poder de policía
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En este período de formación estatal, las atribuciones asumidas por las instituciones estatales tuvieron en la reconfiguración y formalización del aparato represivo una de sus manifestaciones más patentes. Durante la segunda mitad del siglo XIX, en la ciudad de Santa Fe, el control y el castigo de los comportamientos cotidianos en los espacios públicos estuvieron a cargo de la Policía, ella misma en conformación. Desde un enfoque crítico sobre las relaciones sociales de poder, emergen nuevas preguntas a realizar al respecto a las fuentes policiales. En este sentido, la información que ellas brindan sobre los sujetos perseguidos y apresados por delitos contra el orden público arroja información plausible de utilizarse en análisis tanto cuantitativos como cualitativos, que contribuyan a reconstruir la conformación de los sectores subalternos urbanos como objeto de control, dada la notoria escasez de fuentes procedentes de dichos sectores. El presente trabajo analiza partes emitidos por la Jefatura de Policía del Departamento La Capital al Poder Ejecutivo provincial, proponiendo dos líneas de indagación: qué información se brinda y cuál no sobre los sujetos arrestados (género, procedencia, edad, ocupación, entre otras) y qué apreciaciones subjetivas hacen los funcionarios policiales sobre dichos sujetos
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La Convención sobre los Derechos del Niño, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1989, es el primer tratado internacional que considera los derechos de la niñez como una exigencia con fuerza jurídica obligatoria. El hecho de aceptar las obligaciones que de ella emanan, implica para los gobiernos nacionales el compromiso de proteger y asegurar esos derechos, implementando las políticas necesarias. Es así que en Argentina se sancionó la Ley 26061 de Protección Integral de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes, reemplazando la Ley 10903 ('Ley Agote'), cuyos lineamientos principales eran opuestos a la Convención. Esta modificación generó un impacto tal que se puede hablar de un cambio de paradigma, conociéndose como el pasaje de la Situación Irregular a la Protección Integral. El presente trabajo se desarrolla en el marco del proyecto en curso 'Identificación de factores asociados a la reintervención en problemáticas asistenciales de jóvenes II', que lleva adelante el Grupo de Investigación GIPJURI de Psicología Jurídica, en la Facultad de Psicología de la Universidad Nacional de Mar del Plata. El objetivo principal de este informe se centra en pesquisar qué representaciones sociales giran en torno a los Centros de Protección de los Derechos de los Niños (CPDeN) del partido de General Pueyrredón. Para definir el término representación social se tomó a Moscovici, quien las define como constructos cognitivos compartidos en la interacción social cotidiana, que le permiten al individuo interpretar y construir lo real, es decir, le proporcionan a los sujetos un entendimiento del sentido común respecto de sus experiencias en el mundo. Así como también a Denise Jodelet, para quien son una manera de interpretar y de pensar nuestra realidad cotidiana, una forma de conocimiento social, que se origina en la vida diaria, en el transcurso de las comunicaciones entre los individuos. Estos Centros de Protección son unidades técnico operativas con una o más sedes, creadas por la Ley Nacional 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes; y la Ley Provincial 13.298 de la Promoción y Protección de los Derechos de los Niños, que desempeñan las funciones de facilitar que el niño que tenga amenazados o violados sus derechos, pueda acceder a los programas y planes disponibles en su comunidad. (nota: ley 13298) Para el logro de dicho objetivo se recabó información mediante entrevistas semiestructuradas, administradas a quienes desempeñan su labor en instituciones que trabajan conjuntamente con los Centros pertenecientes al Partido de General Pueyrredón, en lo que respecta a la detección de derechos vulnerados y su posible restitución. Con tal propósito, los temas a indagar fueron los siguientes: el conocimiento que los entrevistados poseen en relación a la nueva ley de promoción y protección de los derechos del niño, indagando aspectos tales como: qué son los CPDeN, quiénes lo componen, de qué estructura del estado dependen, qué función cumplen; las problemáticas que reciben, instituciones con las que se relacionan, eficacia de la estructura y eficiencia de las intervenciones. Este trabajo constituye una primera aproximación de un proyecto en curso. A través de este sondeo de opinión se intentara realizar una descripción de las representaciones sociales respecto de los CPDeN que circulan actualmente en las instituciones que fueron entrevistadas hasta el momento. Objetivos: -Realizar una descripción de las representaciones sociales que circulan en torno a los Centros de Protección de los Derechos del Niño (C.P.De.N) del Partido de General Pueyrredón. -Plantear hipótesis sobre el posible impacto que los centros promueven en la comunidad. -Metodología: El estudio será de tipo descriptivo exploratorio. La técnica a implementar será una entrevista semi-estructurada en base a un protocolo diseñado por el grupo de investigación. -Población: Profesionales de diversas áreas que trabajan en instituciones de orden público y que articulan con los CPDeN de la ciudad de Mar del Plata. -Muestra: La muestra seleccionada para el actual trabajo consta de un total de 27 profesionales que se encuentran trabajando en instituciones de orden público y que poseen vinculación con los C.P.De.N, entre los cuales figuran: trabajadores sociales, psicólogos, docentes, Lic. En Cs.de la educación, psicopedagogos, fonoaudiólogo, terapista ocupacional, médicos. Fueron consultadas un total de 19 Instituciones educativas: 6 escuelas primarias, 1 escuela secundaria, 2 jardines de infantes y un total de 3 instituciones que brindan servicios de salud (H.I.G.A., IREMI, salas primarias de salud). La selección de la muestra fue realizada bajo los siguientes requisitos a cumplir por los entrevistados: mantener actualmente una articulación con el centro de protección y un mínimo de 5 años o más de experiencia, en el área de trabajo que articula con los CPDeN permitiendo así un mayor nivel de aproximación a la realidad
Resumo:
En este período de formación estatal, las atribuciones asumidas por las instituciones estatales tuvieron en la reconfiguración y formalización del aparato represivo una de sus manifestaciones más patentes. Durante la segunda mitad del siglo XIX, en la ciudad de Santa Fe, el control y el castigo de los comportamientos cotidianos en los espacios públicos estuvieron a cargo de la Policía, ella misma en conformación. Desde un enfoque crítico sobre las relaciones sociales de poder, emergen nuevas preguntas a realizar al respecto a las fuentes policiales. En este sentido, la información que ellas brindan sobre los sujetos perseguidos y apresados por delitos contra el orden público arroja información plausible de utilizarse en análisis tanto cuantitativos como cualitativos, que contribuyan a reconstruir la conformación de los sectores subalternos urbanos como objeto de control, dada la notoria escasez de fuentes procedentes de dichos sectores. El presente trabajo analiza partes emitidos por la Jefatura de Policía del Departamento La Capital al Poder Ejecutivo provincial, proponiendo dos líneas de indagación: qué información se brinda y cuál no sobre los sujetos arrestados (género, procedencia, edad, ocupación, entre otras) y qué apreciaciones subjetivas hacen los funcionarios policiales sobre dichos sujetos