986 resultados para Ley universitaria


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Se explica la reforma universitaria aplicada en Paraguay que perseguía la culturización máxima de la población. Se presentaba una pedagogía universitaria abierta, con una estructura inspirada en el idealismo germánico y en los conceptos de Rousseau y con toda la atención puesta en el estudiante. Se pretendía hacer de la universidad una institución para estudiantes situada en medio de la vida, de sus necesidades y de sus pasiones y frente a la incultura, creando aulas abiertas en forma de Seminarios y nuevas experiencias e iniciativas. Se transcribe la Ley de 21 de junio de 1929 por la que entra en vigor la ordenación universitaria de Paraguay que explica la misión de la universidad, sus objetivos, los órganos de gobierno que la forman, el personal docente, el alumnado y otras tantas disposiciones varias relativas al funcionamiento general de la universidad.

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Es una ley oportuna, necesaria y urgente, que plantea la reforma del sistema educativo y que supone la expansión de la educación preescolar, la introducción de la educación general básica, obligatoria y gratuita y el reconocimiento de la libertad de elección del centro docente. En cuanto a la enseñanza superior, se divide en tres ciclos y se permite el acceso a ella de los alumnos de bachillerato, de formación profesional y a los mayores de veinticinco años que, sin titulación previa, superen las pruebas de acceso. Se dota de medios suficientes a la investigación universitaria, se propugna la participación activa de los estudiantes y con responsabilidad en las tareas conjuntas para conseguir la transformación de las estructuras universitarias y se concede autonomía a las universidades.

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Se reflexiona sobre la plena aplicación de la libertad de cátedra y se ofrecen una serie de argumentos en este sentido, con ánimo de reforzar los efectos prácticos de este derecho constitucional. Se defiende la libertad de cátedra en el ámbito de la enseñanza pública no universitaria, puesto que los docentes del ámbito universitario disponen de un margen mayor para el ejercicio de esta libertad. La libertad de cátedra está reconocida en la Ley Orgánica 2-2006, de 3 de mayo, que recoge a lo largo de su texto múltiples referencias a la investigación y experimentación educativa, así como a la autonomía pedagógica de los docentes.

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Se expone la situación de las enseñanzas medias en España hasta la promulgación de la Ley General de Educación de 1970 y se analizan los efectos y resultados de esta reorganización sobre el sistema educativo, labor efectuada por la Comisión Evaluadora de la Ley General de Educación en 1976. El área de enseñanza secundaria abarca: las distintas denominaciones del Bachillerato, el Curso Preuniversitario, el Curso de Orientación Universitaria, la Formación Profesional, la Formación Profesional Agraria y las enseñanzas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos.

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Se repasan los planteamientos que la Ley General de Educación de 1970 introduce en el sistema educativo español y sus logros más significativos. Así, se exponen las directrices respecto a cada uno de los niveles educativos, desde la Educación Preescolar hasta la Enseñanza universitaria; las modalidades de enseñanza; los centros escolares y el profesorado; la administración e inspección educativa y la financiación y presupuestos de la reforma.

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Transcripción de la Ley de Ordenación de la Universidad Española aprobada en 1943 por las Cortes Españolas y bajo el mando del Caudillo Francisco Franco. Consta de trece capítulos en los que se describen bajo diversos artículos, los siguientes aspectos de la Universidad de la dictadura: misión, funciones, personalidad jurídica, patronato, emblemas y ceremonial de las universidades; derechos docentes de la Iglesia en la materia universitaria; los derechos de las Universidades y distritos universitarios; los órganos para el ejercicio de las funciones primordiales universitarias y normas generales para su funcionamiento; órganos y servicios para el ejercicio de otras funciones universitarias y normas generales para su funcionamiento; gobierno de las universidades y de sus órganos y servicios; órganos y representación corporativa de las Universidades y consultivos para su gobierno; el profesorado universitario y sus obligaciones y derechos; los escolares y sus obligaciones y derechos; la organización de los medios didácticos; régimen y personal administrativo y subalterno; medios económicos para la función universitaria y presupuesto general de las universidades y disciplina académica.

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Desde la Segunda Guerra Mundial se aplicaron diversas reformas educativas en la región de Rumanía. En este artículo, se transcribe la Ley de Reforma de la Enseñanza Universitaria de Rumanía. Esta Ley aumentó el número de Universidades a cuatro. En La Universidad de Bucarest se crearon nuevas facultades. Se aumentaron el número de años de carrera universitaria de tres a cuatro, excepto en la carrera de Medicina, que seguían siendo seis los años de estudio, se suprimió la enseñanza libre y se aumentó el número de Cátedras universitarias, entre otras muchas cosas. Todos los cambios se recogen en la transcripción de la Ley de Reforma de la Enseñanza Universitaria, dividida en siete capítulos que a su vez comprenden diversos artículos y que versan sobre: la Universidad y su Administración; los profesores universitarios; el personal administrativo universitario; estudiantes y diplomados; bibliotecas, clínicas, institutos, laboratorios, seminarios, seminarios pedagógicos, oficinas universitarias y museos, y finalmente, disposiciones transitorias varias.

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Se comenta la nueva Ley de Enseñanza Media que introducía novedades en el Bachillerato. Se reducían a seis los años de estudio de Bachiller. Se reconocían los centros de la Iglesia Católica como centros de excelencia de aprendizaje. Se reorganizaba el examen de reválida. Los profesores juzgarían al alumno con la colaboración de Inspectores del Estado, bajo la dirección de la jerarquía universitaria. También sufría modificaciones el examen intermedio, al final del cuarto curso, consecuencia de la distinción entre Bachillerato elemental y superior. Se planteaban la distribución de las materias y el horario de cada una de ellas, con el fin de que el alumno estuviera más desahogado. Éstos y otros cambios pretendían mejorar el Bachillerato de la época con la nueva Ley de Enseñanza Media.

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Se transcribe la Ley-Marco para la Ense??anza Superior, aprobada el 26 de enero de 1976 en la Rep??blica Federal de Alemania. Esta Ley promulga disposiciones uniformes para el desarrollo del sistema de ense??anza superior y para la soluci??n de cuestiones sobre pol??tica universitaria. Es una Ley relativa a la ense??anza que recibe precedencia sobre las leyes de los L??nder. Esta Ley garantizaba a profesores y estudiantes la libertad de ense??ar y estudiar all?? donde lo desearan, as?? como el reconocimiento mutuo de los estudios y sus respectivos t??tulos. La Ley-Marco para la Ense??anza Superior creaba los instrumentos procesales para la resoluci??n de problemas respecto a: establecer los principios y directrices de procedimientos para llevar a cabo una reforma educativa de car??cter general, para conducir a la reorganizaci??n de los estudios existentes y tambi??n para proporcionar una reducci??n del tiempo necesario para terminar los estudios, que en aquel tiempo se consideraba demasiado largo; con la nueva regulaci??n se persegu??a la igualdad de oportunidades, conduciendo a una selecci??n m??s justa, en los estudios con restricciones de acceso inaceptables, mediante la introducci??n de un procedimiento de selecci??n especial orientado por el departamento; el personal docente de las instituciones de Ense??anza Superior podr??a cumplir de forma m??s efectiva sus responsabilidades investigadoras y docentes. La Ley-Marco para la Ense??anza Superior representaba un compromiso entre los derechos de los ciudadanos garantizados a nivel nacional y la delegaci??n de autoridad a nivel de los L??nder, en cumplimiento de lo dispuesto por la constituci??n alemana.

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El objetivo general es descubrir y definir cuáles son los aspectos que debe cuidar el profesorado universitario para llegar a establecer una relación positiva con el alumno. Los objetivos específicos de la investigación son: definir las bases conceptuales, filosóficas y antropológicas de la orientación universitaria; analizar las investigaciones españolas que en los últimos años se han realizado en este terreno; justificar la necesidad de orientación a partir del estudio de su relación con los fines específicos que desde la legislación se encomiendan a la institución universitaria; fundamentar la necesidad de la orientación desde la profundización en el 'ethos' del docente universitario; describir las implicaciones que la mejora de la orientación tiene en la calidad educativa de la universidad y su influencia en la solución de algunos de los problemas que actualmente acucian a la universidad española; analizar la historia y situación actual de la ordenación universitaria; estudiar la legislación española en orientación universitaria desde la Ley General de Educación; describir los distintos modelos y enfoques de orientación universitaria; analizar el modelo concreto de orientación que actualmente se lleva a cabo en la Universidad de Navarra, su historia y su situación actual; describir la tutoría desde el punto de vista de las helping relationships, así como el desarrollo del criterio de asistencia personal al estudiante. El proceso para la realización del trabajo ha consistido en el estudio detallado del material bibliográfico, libros, revistas, documentos internos de la universidad, programas de orientación y la consulta a los diferentes webs dedicados a la orientación en todo el mundo. Se concluye que es necesario: 1. Dar coherencia a los nuevos modelos de orientación: quien realiza este tipo de actividad debe conocer y ser consciente de las bases y enfoques de los que parte para realizar su prácticca orientadora. 2. Aumentar las investigaciones que analicen las demandas de alumnado: el primer objetivo que necesita ser atendido por la orientación es el de dar respuesta a las necesidades que presentan los estudiantes, ya que sus demandas cambian a la par que cambia la sociedad. 3. Evaluar los servicios de orientación actualmente vigentes en nuestras universidades: ciertos modelos de orientación han quedado obsoletos y no dan una adecuada respuesta a los estudiantes quienes se sienten insatisfechos con la ayuda que reciben. 4. Establecer las bases teórico-prácticas de la orientación universitaria: es necesario dotar de coherencia a la ingente creación de nuevos modelos. 5. Hacer partícipe de la orientación al profesorado, fomentando su labor tutorial y su implicación en la orientación: el profesor es el miembro de la institución más cercano al alumno, y el que está en mejor posición para ayudarle. 6. Fomentar y ofrecer una adecuada formación al profesorado universitario, no sólo en aspectos relacionados con la orientación, sino en los relacionados con su actividad académica y docente. 7. Que las autoridades políticas y educativas sean conscientes de que aumentar la calidad de la orientación en la universidad es aumentar la calidad de la educación que en ellas se ofrece. 8. Que exista una positiva relación y la máxima colaboración posible entre los profesionales de la orientación, los docentes y los demás miembros de la institución.

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Sobre tres objetivos ha incidido fundamentalmente la investigación: 1. Situación de la Música en los planes de estudio de 1950, 1967 y 1971; 2. Conocer la situación, musicalmente hablando, de los alumnos de magisterio en el momento de ingreso en la Escuela Universitaria; 3. Encontrar soluciones para una formación musical adecuada. Para el estudio de la situación del alumnado en el momento de ingreso, se ha utilizado un cuestionario. Muestra a nivel regional con 374 alumnos. Sobre la formación musical del alumnado: recogida información mediante cuestionarios. Variables: formación musical en los colegios de EGB. Formación musical en centros de BUP, formación musical en centros en conservatorios. Para los planes de estudio: recogida de datos y bibliografía referente al tema, clasificación y ordenación del material. Cuestionario. Bibliografía del departamento de la escuela. Bibliografía específica. Legislación. Para la parte experimental se ha utilizado: análisis frecuencial, comentario del análisis, interpretación de los resultados. Para el resto de la investigación, diversos métodos: histórico y comparativo. La situación en la que llega el alumnado de los planes de 1950 y 1967, tras su paso por la Enseñanza Primaria y Bachillerato, es de casi absoluta ignorancia musical. Algo mejora a partir de 1965 con la publicación de las unidades didácticas elaboradas por el CEDODEP en 1965. Con la promulgación de la Ley General de Educación de 1970 se amplía la EGB a ocho cursos. En el BUP aparece una nueva asignatura referente a Historia de la Música y actividades artístico-culturales. Esto repercute positivamente en el alumnado pero sigue todavia su formación musical mínima y pobre, como algo voluntarista pero de ineficacia real. No ha calado en el profesorado en ejercicio la importancia de la Música como elemento formativo integral de la persona. Es necesario sensibilizar al profesorado y autoridades académicas de su eficacia dinamizadora del sentimiento estético infantil. Urgencia de reciclaje del profesorado en ejercicio. Mayor incidencia en la dedicación a la Música del actual Currículum de la carrera de Magisterio.

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Se presenta una herramienta interactiva de informaci??n para estudiantes, profesorado y familias, que permite conocer la amplia variedad de posibilidades formativas que est??n a disposici??n de la ciudadan??a en la Comunidad Aut??noma del Principado de Asturias. Junto a la actualizaci??n de los datos, las principales novedades que se incluyen en ella son las referidas a la Educaci??n Primaria o la oferta de la Formaci??n Profesional B??sica, ambas relacionadas con la aplicaci??n de la LOMCE (Ley Org??nica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa). Los datos incorporados ofrecen una informaci??n actualizada al 30 de junio de 2014. Se trata de una publicaci??n digital que permite moverse por el documento a trav??s de hiperv??nculos, que facilitan el acceso a la informaci??n deseada. En ella se puede encontrar informaci??n del sistema educativo en el Principado de Asturias, detalles sobre los centros docentes de la Comunidad Aut??noma, el proceso de escolarizaci??n, los tipos de ense??anzas (excepto las universitarias) que se imparten, un directorio con informaci??n sobre los centros en los que se desarrollan las mismas, etc??tera

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Resumen basado en el de la publicaci??n

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Los alcances de la autonomía universitaria responsable en el actual marco jurídico ecuatoriano y los límites de la potestad normativa de los órganos que rigen el sistema de educación superior, son los temas centrales de la presente investigación. Este trabajo tiene el objetivo de identificar los alcances de la autonomía universitaria en el Ecuador y los límites de la potestad normativa del CES y del CEAACES frente a la autonomía universitaria responsable, debido a las constantes tensiones entre regulación y ejercicio de la autonomía universitaria. ¿Cómo conciliar el ejercicio de la potestad normativa de los órganos que rigen el sistema de educación superior y la autonomía universitaria responsable?. Esta pregunta no puede ser respondida exclusivamente desde la descripción y sistematización de la norma, sino que debe incluir elementos de interpretación, del método histórico y del método comparado, tomando en cuenta que el modelo de la dogmática jurídica argumentativista insta a dejar de lado la práctica descriptiva del derecho para desarrollar estudios basados en los valores y principios positivizados en la norma y brindar argumentos que sostengan las propuestas sobre casos complejos. La nueva concepción de autonomía universitaria “responsable y solidaria” introducida en la Constitución de la República del Ecuador de 2008 y en la Ley Orgánica de Educación Superior, cambia la autoregulación, e incluso desregulación de la educación superior, por la regulación del Estado, para procurar el cumplimiento de los fines de la universidad y el mejor ejercicio de los derechos de los ciudadanos.

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La presente investigación indaga sobre uno de los acontecimientos más relevantes de la década de los 30 del siglo pasado, como es la Huelga de marzo del 39. Dicho acontecimiento se dio en una coyuntura política compleja, marcada por el regreso al poder de la burguesía liberal, representada en el gobierno de Aurelio Mosquera Narváez, que se caracterizó por su beligerancia a los sectores sociales y su persecución a los dirigentes de izquierda. Una de sus medidas fue la reorganización de las universidades mediante la promulgación de una disposición transitoria a la Ley de Elecciones que dejaba vacante los puestos públicos de periodo fijo. Esta disposición puso en debate uno de los derechos propios de la Universidad como es la autonomía universitaria, consignada por primera vez en el año de 1925. Como consecuencia de esta disposición transitoria, las cátedras universitarias quedaron vacantes, el Ministerio de Educación procedió a nombrar nuevos docentes, excluyendo de estos nombramientos o a profesores de militancia socialista. Este hecho fue interpretado por los estudiantes como una violación a la autonomía del centro de estudio y provocó que el 16 de marzo el Consejo Universitario deje de funcionar y los estudiantes se tomen las instalaciones de la Universidad y declaren la huelga. Frente a estos acontecimientos, otros sectores sociales como los maestros, obreros y textiles, eléctricos y transportistas mostraron su solidaridad y procedieron a plantear sus propias reivindicaciones, declarando una huelga general los días 21 y 22 de marzo y formando el autodenominado Frente de Estudiantes-Maestros-Trabajadores. El resultado final fue una profunda agitación social en las calles, la que obligó al Estado a utilizar su fuerza coercitiva y a declarar ilegal lo actuado por los sindicatos. Este hecho tuvo profundas repercusiones en los dirigentes gremiales, en la firma de contratos colectivos y en la creación de una alternativa educacional que fue la Universidad libre.