1000 resultados para Derecho constitucional.
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Dado que la sociedad moderna se organiza políticamente en forma de Estado, la teoría del mismo pretende investigar su estructura y su funcionamiento actual, su devenir histórico y las tendencias y perspectivas de su posible proyección futura. De otro lado, con una visión actualizada de la realidad estatal, se detiene en el análisis de una gama de problemas teóricos y prácticos tales como los que tienen que ver con su naturaleza, función y unidad, sus relaciones con las sociedad, la economía y el Derecho, su carácter de soporte real del entrecruzamiento de clases y fracciones de clase que se enfrentan en torno al poder, los grupos de presión, los partidos políticos, la opinión pública.
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Mediante este trabajo se han analizado los sistemas constitucionales estadounidense y francés, haciendo una especial mención a la soberanía. Se han extraido las principales características del modelo estadounidense y contraponiendo estas ideal al modelo francés se ha hecho una comparativa.
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El libro se convierte en un tema de referencia obligada para estudiantes, profesores, políticos, administradores e intelectuales que deseen comprender el funcionamiento del Estado y de sus instituciones. Esto es por cuanto el Estado, como única organización moderna de la sociedad humana, se ha consolidado como un canalizador del poder político del mundo, el cual ejerce la soberanía, en un marco institucional, legítimo y civilizado.En este sentido, los autores muestran de forma organizada, didáctica y crítica de las teorías del Estado, del poder y del constitucionalismo; con el propósito de ayudar al lector a la comprensión y al análisis del Derecho Constitucional en la sociedad actual.
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La terrible inseguridad jurídica frente a la cual se encuentra nuestro pueblo es injustificada. En cualquier campo que se legisle encontramos una inflación legislativa extensa, confusa y sin propósitos claros de perdurar. La culpa no puede ser sino del que la produce: un legislador sin preparación para legislar, más formado para la actuación, el canto, el deporte, la comedia o el comercio que para legislar sobre la vida y los bienes de las personas. Tal vez nuestros padres de la patria no son suficientemente conscientes de que de su actividad depende la vida, la felicidad o la tristeza de todo un pueblo. ¿Cómo poder legislar sin tener los mínimos conocimientos del Estado, de la Constitución, de la ciencia política, del Derecho, de la geografía, de la historia y de sus necesidades?. Legislar es una actividad de sabios. Los griegos y los romanos nos han enseñado algo al respecto: sabiduría para elaborar un código, para proteger a sus asociados, para imponer contribuciones, para solucionar conflictos armados, para pacificar un pueblo a través de la ley.
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La sentencia del Tribunal Constitucional 198/2012 constituye el último eslabón en el debate jurídico abierto con la promulgación de la ley 13/2005, por la cual se posibilita en nuestro ordenamiento que dos personas de un mismo sexo puedan contraer matrimonio, equiparándolos, a todos los efectos legales, a los matrimonios heterosexuales. La declaración de constitucionalidad de esta norma, viene a despojar al matrimonio -contemplado en el artículo 32 de la CE- de uno de sus elementos que durante siglos lo ha caracterizado: su naturaleza heterosexual, de acuerdo con la imagen que, en la actualidad, tiene de esta institución la mayoría de la sociedad. Y, sobre todo, supone una equiparación en el ejercicio de un derecho constitucional a un colectivo que por razón de su orientación sexual había sido excluido de esta institución y 'condenado' a constituir otras formas de convivencia diferentes del matrimonio.
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UANL
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Este texto recoge las ponencias que participaron en el Foro Internacional de Derecho Procesal Constitucional, que con gran éxito se realizó en el mes de junio de 2005, en las aulas de la Universidad Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario de Bogotá; razón por la cual contiene el fruto maduro de las investigaciones realizadas por algunos de los más notables exponentes del derecho procesal constitucional en América del Sur. El lector de esta obra se encontrará con riguroso trabajo sobre algunos de los temas más sensibles del derecho actual de la región, como lo son: la institución de los tribunales constitucionales y el control constitucional, el debido proceso sustantivo en América, las acciones constitucionales y las de protección de los derechos humanos, la prueba en los procesos constitucionales y los muy técnicos asuntos de la imprevisión constitucional y la manipulación constitucional. Temas recientes y actuales para un espacio jurídico que, como el latinoamericano, se debate en el dilema de continuar con la tradición formalista que en el pasado dio lugar a soluciones políticamente autoritarias o de la posibilidad de abrirse a las corrientes de la garantía y protección de los derechos en la nueva comprensión del derecho procesal, lejos de situarse en la mera conformidad de los trámites. Es un espacio que se asume y se ejerce como verdadero derecho a la justicia, en una región históricamente marcada por desigualdades e injusticias de todo tipo.
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El propósito de esta investigación es describir desde lo teórico, cómo se han incorporado los modelos de Estado en el derecho administrativo colombiano con el fin de encontrar los referentes ideológicos que tiene a su disposición el juez administrativo para la resolución de conflictos. Este estudio es parte de una investigación que tiene por objeto aportar al estudio del derecho administrativo desde la perspectiva del papel del juez administrativo como defensor o crítico de determinado modelo de Estado. La inquietud que permea este estudio se presenta bajo la frase de Otto Mayer “el derecho constitucional pasa, el derecho administrativo permanece” que llevándola a la actualidad, lleva a cuestionarse sobre el razonamiento del juez administrativo en tiempos del Estado Social y Constitucional de Derecho.
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Dar respuesta a la pregunta acerca de cuáles deben ser los límites a los que, dentro del marco de un estado social de derecho, está sujeto el ejercicio de la función de control constitucional por parte de la Corte Constitucional.