998 resultados para Comisión Interamericana de Derechos Humanos. CIDH
Resumo:
El incremento desmedido en el número de desastres naturales, sumado a la frecuencia con que estos ocurren a lo largo del mundo entero, ha evidenciado una de las mayores preocupaciones de los Estados: el desplazamiento forzado de la población por esta causa y la delicada situación de derechos humanos que esto implica, por lo cual los Organismos Internacionales han instado en reiteradas oportunidades a los Estados para actuar conjunta y prontamente para evitar que esta siga siendo una de las causas más altas de desplazamiento. Esta migración forzada pone de presente una problemática al no existir una posición universalmente aceptada sobre cuál es la condición jurídica de las personas que, por causa de los desastres naturales, deben dejarlo todo; la ausencia de esta categorización conlleva a la inexistencia de un marco legal internacional aplicable y con ello, a un vacío en la regulación interna de los Estados. Esta investigación pretende analizar los conceptos de migración existentes en el derecho internacional y establecer si la condición jurídica de quienes deben dejarlo todo por causa de los desastres naturales encaja dentro de alguna de estas categorías o si se hace necesario crear una nueva categoría que atienda las particularidades del contexto de este fenómeno migratorio, desde una perspectiva de derechos humanos. Para esto, se realizan reflexiones sobre tales conceptos así como un análisis de algunos casos de referencia, incluyendo la situación vivida en Colombia con la Ola Invernal de 2010, buscando realizar algunas propuestas de posibles soluciones jurídicamente viables.
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El interés de este estudio de caso es demostrar el rol de la ONG Solidaridad Española con Cuba en la creación de una red transnacional de defensa de las Damas de Blanco, un movimiento social cubano disidente. Esto, tras reconocer que el apoyo por parte de ésta y otras organizaciones e instituciones internacionales es de gran importancia para lograr las reivindicaciones sociales propuestas por las Damas de Blanco, a partir de los hechos ocurridos en la Primavera Negra en el año 2003. Tanto las organizaciones como el movimiento social, aseguran que ha existido una violación sistemática de los Derechos Humanos de los disidentes de este país, y asimismo, una opresión de sus demandas, lo que ha hecho que el apoyo internacional se convierta en la clave de un futuro cambio.
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El tema general de este libro es la relación entre los hechos y las normas, y más precisamente, la relación entre los hechos de la desmovilización paramilitar (y la más reciente de algunos guerrilleros convertidos en gestores de paz o en agentes de acuerdos humanitarios individuales) y las normas nacionales e internacionales que debieron haber regulado esa relación.Para identificar y evaluar la presencia del derecho dentro de esa negociación, este texto ha sido dividido en seis capítulos. El primero, hace una aproximación conceptual al concepto de estándares, entendidos como las pautas y reglas articuladas por el sistema Internacional de Protección de los Derechos Humanos. El capítulo dos, reconstituye los estándares construidos por la Corte Interamericana, relacionados con los derechos de las víctimas desde juzgamientos hechos a Honduras, Guatemala, Perú y Colombia.
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El objetivo del presente estudio de caso es analizar y describir la política pública encargada de brindar asistencia consular a los colombianos detenidos en México. Dicha política implementada en el primer gobierno del presidente Juan Manuel Santos Calderón, ha contribuido a mejorar la situación de los nacionales privados de su libertad fortaleciendo la figura institucional del Ministerio de Relaciones Exteriores a través del Consulado y las herramientas empleadas durante su administración. Sin embargo, mediante la perspectiva teórica de Richard Elmore, se recalca la importancia de la participación de diversos actores dentro del proceso de implementación de la política pública, realizando recomendaciones en busca de mejorar y generar aportes a la política para responder a la realidad social que viven los connacionales detenidos.
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La Justicia Penal Militar es el privilegio histórico más importante que ha sido concedido a las Fuerzas Militares colombianas debido a la función pública que desempeñan. De allí, que la presente investigación esté dirigida a comprender las causas que han conducido a que el Fuero Militar sea una figura cada vez más restringida no sólo en el mundo, sino en Colombia. Así mismo, el papel de las víctimas será transcendental en el trabajo para comprender un proceso de deslegitimación de la institución marcial traducido en la generación de un debate nacional en torno a la conveniencia de la ampliación de las competencias judiciales de su jurisdicción especial. Finalmente, se planteará una posible alternativa a partir de la conceptualización sobre la Justicia elaborada por John Rawls en el siglo XX, con miras solventar este fenómeno político, jurídico y social.
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Informe realizado por la Comisión Ecuménica de Derechos Humanos y Center for Civil and Political Rights. Presentado ante el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas. Autores: César Duque y Charles Duverger. Analiza el período 2000-2008. Junio de 2009. El informe analiza los derechos a la: vida; prohibición de la tortura; seguridad personal; libertad personal; derechos de niños y niñas; y la situación de las personas privadas de la libertad. Texto completo: ‹www.cedhu.org›.
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Elaborado por la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (CONAIE), la Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos INREDH, la Fundación Centro Lianas, la Fundación Pachamama y la Fundación Selva Viva. Presentado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Autoría: Bolívar Beltrán, David Cordero, Pablo Fajardo, Wilton Guaranda, Mario Melo y Marcelo Orellana. Septiembre de 2009. Este informe se basa en la respuesta al Cuestionario para los Estados, pueblos indígenas, organizaciones indígenas y de la sociedad civil enviado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, con la finalidad de evaluar la legislación y políticas públicas del Estado de Ecuador en materia de pueblos indígenas. Texto completo en: ‹www.inredh.org›.
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Informe elaborado por la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (CONAIE), el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), la Fundación Centro Lianas, la Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos INREDH y la Fundación Pachamama. Presentado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Autoría: Bolívar Beltrán, David Cordero, Pablo Fajardo, Wilton Guaranda y Mario Melo. Analiza el período 2008- 2009. Noviembre de 2009. Este informe tiene como finalidad presentar los avances normativos en cuanto a los derechos de los pueblos y nacionalidades indígenas del Ecuador en cuanto a la Constitución de 2008 y contrastar con las contradicciones de la nueva legislación infra constitucional. Texto completo en: ‹www.inredh.org›.
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El informe interinstitucional psicosocial y de derechos humanos del Caso Luluncoto fue elaborado de forma coordinada por las Organizaciones: Comisión Ecuménica de Derechos Humanos (CEDHU), Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos (INREDH) y el Proyecto de Reparación Socio-ambiental Clínica Ambiental con asesoría del Dr. Carlos Martín Beristain. Las organizaciones mencionadas diseñaron un protocolo de evaluación centrado en dos componentes: un primer componente de análisis a nivel de los 10 presos políticos y un segundo componente a nivel de los familiares. Así mismo, cada componente fue estructurado en función de los instrumentos y variables o campos de análisis.
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Al conmemorarse sesenta y cuatro años de la aprobación de la Declaración Universal de los Derechos Humanos por la Asamblea General de la ONU en 1948, la Comisión Ecuménica de Derechos Humanos hace un llamado a construir un siglo XXI comprometido en materializar los derechos reconocidos y garantizados por la Constitución de la República y los instrumentos internacionales de protección de derechos humanos. De nada sirve el reconocimiento de un derecho, si no existen las condiciones suficientes para ser exigido su respeto, ejercicio o reparación en caso de violación. Con este motivo, la Comisión Ecuménica de Derechos Humanos elaboró un informe que describe los principales atropellos a los derechos humanos registrados durante 2012. La problemática y las denuncias que aborda este informe, llegaron a través de las personas afectadas; sus familiares o conocidos que acuden al área jurídica y presentan sus casos, narrando las circunstancias en las cuales sus derechos fueron vulnerados y el dolor que sintieron cuando su dignidad fue lesionada, a causa del abuso de poder. Otra de las fuentes que se consideró para el informe fue la información vertida por los medios de comunicación en lo que a violaciones a los derechos humanos se refiere. Durante 2012, la Comisión Ecuménica de Derechos Humanos recibió denuncias por violaciones del derecho a la vida e integridad personal; derechos de las personas privadas de libertad, derecho a la justicia, derecho a acceder a la información, derecho a la libertad de opinión y de expresión que se detallan a continuación.
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Si bien, desde sociedades muy antiguas se puede encontrar definiciones de la reparación, sin duda el génesis de la reparación integral es el derecho internacional de los derechos humanos y en específico la justicia transicional, la cual tiene como referencia primera la Segunda Posguerra Mundial con los juicios de los Tribunales de Núremberg y Tokio, y como desarrollo conceptual los informes de Theo van Boven y de Louis M. Joinet. La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha adoptado el concepto de reparación integral a partir de la obligación que establece el artículo 63.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y ha realizado un desarrollo jurisprudencial vasto del concepto, lo cual, posteriormente fue acogido por los ordenamientos jurídicos de Colombia y Ecuador. Pese a la fuerte influencia que ejerce la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en los ordenamientos jurídicos nacionales, el principio de la reparación integral ha tenido un desarrollo y evolución por vías diferentes en cada país, es así que en Colombia es principalmente jurisprudencial mientras que en Ecuador es normativo, pese a esto su contenido y alcance se encuentra en el marco de lo establecido por la mencionada corporación internacional Estudiar la implementación y desarrollo de la reparación integral en los ordenamientos jurídicos de Colombia y Ecuador desveló que la reparación integral ha surgido como una consecuencia ineludible de la violación a los derechos humanos, y además, esta influencia ha permeado otros campos del derecho, por tanto hay una fuerte tendencia a ampliar el campo de aplicación de la reparación integral y no solo limitarlo a los casos relacionados con violaciones a los derechos humanos.
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El 19 de enero de 1977, Christian S. White y Gary K. Potter interpusieron ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos una petición contra los Estados Unidos de América y el Estado de Massachusetts para los fines establecidos en el Estatuto y Reglamento de la Comisión. La petición fue presentada mediante una carta firmada por el Sr. Gary Potter, Presidente de Catholics for Christian Political Action
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El 8 de marzo de 2006, durante el 124º período ordinario de sesiones de la CIDH, el Estado mexicano y las peticionarias suscribieron un acuerdo de solución amistosa. En el presente informe, aprobado de acuerdo al artículo 49 de la Convención Americana, la CIDH resume los hechos denunciados, refleja el acuerdo logrado por las partes, los avances logrados en torno a su cumplimiento, y decide su publicación
Resumo:
Durante el periodo que abarca esta investigación tuvo lugar el autodenominado Proceso de Reorganización Nacional. La dictadura militar que clausuró la apertura democrática iniciada en 1973, desplegó una política de vigilancia, persecución y extermino sobre individuos social y políticamente activos, aunque también sobre aquellos que eran "sospechosos" de serlo. Si bien esta situación de asechanza se extendía a la población en su conjunto, para los judíos detenidos en los centros clandestinos de detención se intensificaba la acción represiva y criminal del Estado autoritario, como señalaron los testimonios de las víctimas y los informes realizados por la CIDH [Comisión Interamericana de Derechos Humanos] y por la CONADEP [Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas]. Como contrapartida de esta situación coactiva por parte del estado nacional, una extendida red institucional de la "comunidad" judía argentina desarrollo una diversa gama de actividades. Nos proponemos indagar acerca de como se desarrollaron estas actividades y en que medida aquella red de instituciones se posiciono frente al régimen militar. Intentando, a su vez, analizar la relación entre el extendido antisemitismo desplegado durante la represión ilegal y las prácticas y representaciones que las instituciones de la "comunidad" judía produjeron frente a este problema
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Durante el periodo que abarca esta investigación tuvo lugar el autodenominado Proceso de Reorganización Nacional. La dictadura militar que clausuró la apertura democrática iniciada en 1973, desplegó una política de vigilancia, persecución y extermino sobre individuos social y políticamente activos, aunque también sobre aquellos que eran "sospechosos" de serlo. Si bien esta situación de asechanza se extendía a la población en su conjunto, para los judíos detenidos en los centros clandestinos de detención se intensificaba la acción represiva y criminal del Estado autoritario, como señalaron los testimonios de las víctimas y los informes realizados por la CIDH [Comisión Interamericana de Derechos Humanos] y por la CONADEP [Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas]. Como contrapartida de esta situación coactiva por parte del estado nacional, una extendida red institucional de la "comunidad" judía argentina desarrollo una diversa gama de actividades. Nos proponemos indagar acerca de como se desarrollaron estas actividades y en que medida aquella red de instituciones se posiciono frente al régimen militar. Intentando, a su vez, analizar la relación entre el extendido antisemitismo desplegado durante la represión ilegal y las prácticas y representaciones que las instituciones de la "comunidad" judía produjeron frente a este problema