659 resultados para Colombia -- Política Económica -- 1997-2003


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Las Zonas Francas son áreas de territorio nacional delimitado y autorizado por el Presidente de la República mediante decreto, sujetos a regímenes de carácter especial determinados por Ley, en temas de comercio exterior, aduanera, tributaria, financiera, de capital y laboral, existiendo varios tipos de zonas como las comerciales, industriales, de servicios, turísticas y especiales, estas zonas tienen como ventaja de atraer inversiones, crear empleos y generar ingresos con divisas extranjeras promoviendo las inversiones extranjeras, esperando también inversiones extranjeras directas en temas de transferencia de tecnologías. Las Zonas Francas en el Ecuador estuvieron vigentes hasta el año 2010, regida por la Ley de Zonas Francas, aprobada por el ex Presidente Rodrigo Borja y publicada en 1991, siendo estas cambiadas en diciembre del 2010 reformándolas a Zonas Especiales de Desarrollo Económico. (ZEDES), las zonas francas tenían una estructura basada en administraciones reguladas por el Consejo Nacional de Zonas Francas (COZANOFRA), además estas deberían ubicarse en zonas o áreas deprimidas del país, para impulsar su desarrollo. En la actualidad con el nuevo Código de la Producción existen la Zonas Especiales de Desarrollo Económico, en la que prevalece el aprovechamiento de recursos naturales para la expansión productiva y la generación de empleo, con fines desconcentradores, caracterizado por ser un instrumento para impulsar la economía a corto plazo de estas áreas, así Las ZEDES serán destinos aduaneros donde se buscará desarrollar las actividades de logística, transferencia de tecnología y diversificación de exportaciones cuya autorización es por un plazo de 20 años prorrogables una vez cumplidas las respectivas evaluaciones, estas no son un instrumento de ventaja comparativa sino que potencia las ya existentes.

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La vinculación entre los derechos humanos y la tributación ha evidenciando una nueva perspectiva respecto de este principio constitucional. De modo que, hoy en día, la igualdad fiscal no puede ser apreciada materialmente desde la sola perspectiva de la generalidad, sino que supone un juicio integrado visto desde la interdependencia de los principios de generalidad, capacidad contributiva y no confiscatoriedad. La capacidad contributiva es el eje sobre el cual se construyen tratos tributarios diferenciados legítimos, que garantizan un tratamiento igual para los iguales y uno desigual para los desiguales, en mérito a su desigualdad – precisamente – en su capacidad para contribuir. De esto trata el primer capítulo del presente trabajo de investigación; y, en uno de los títulos del segundo capítulo se propone, en definitiva, como consecuencia de lo dicho, como un principio tributario propiamente, el de no discriminación fiscal como la manifestación de la igualdad jurídica en esta materia. Ahora bien, la apreciación que antecede está relacionada directamente con el fin esencial de los tributos: recaudar dinero suficiente para el sostenimiento del gasto público; sin embargo, existen también tributos en los que prevalecen los fines extra-fiscales, es decir, aquellos ligados a la promoción o a la inhibición de determinados actos o hechos económicos, en cuyo caso, los principios que matizan la igualdad jurídica en el régimen tributario no son ya los mismos, pues, bajo la perspectiva de la política tributaria, son legítimos los tratos tributarios diferenciados fundados en una razón suficiente, sin que ésta trate ya de la capacidad contributiva. En el segundo capítulo se hace una reseña de este particular y se propone que en dichas condiciones, deben considerase nuevos límites materiales que garanticen la igualdad jurídica en los tributos finalistas (no recaudatorios). A dicho efecto realizó un breve análisis de los posibles supuestos de desigualdad que promueven ciertas normas dictadas recientemente: (1) la potestad de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales en Ecuador para reducir el valor de los tributos impuestos por ley por motivo del cumplimiento de ciertos fines de orden económico, (2) los incentivos tributarios de las Zonas Especiales de Desarrollo Económico, y (3) la exclusión del Régimen Impositivo Simplificado Ecuatoriano a quienes se dedican a la actividad del libre ejercicio profesional que requiera título terminal universitario. En tal virtud, finalmente, propongo como límites materiales que garantizan la igualdad en las figuras tributarias utilizadas como herramientas de política fiscal los principios de razonabilidad, el de equidad en la redistribución de la riqueza y el de neutralidad o de incidencia económica menor.

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Esta pesquisa busca contribuir para o entendimento do rápido crescimento ocorrido no setor agroindustrial da laranja no Brasil nos últimos vinte e cinco anos. O enfoque se dá em cima de dois pontos: os subsídios fiscais às exportações concedidos pelas autoridades governamentais desde 1969, e as geadas ocorridas na Flórida, principal estado produtor de laranjas dos Estados Unidos da América. Ao se inferir sobre o papel destes dois incentivos sobre o desempenho deste setor da economia nacional, conclui-se que foram os subsídios que mais contribuíram para o seu crescimento, enquanto que o fenômeno climático das geadas, ao elevar as cotações internacionais do suco de laranja, não foi um fator determinante deste processo.

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Procura desenvolver algumas proposições a respeito da presença do Estado na economia, destacando o papel assumido pelas empresas estatais nesse processo e em seus principais desdobramentos. Discute também, o papel assumidos pelas empresas estatais ao longo da década de 80, na condição de instrumento de política econômica

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O Imposto sobre Produtos Industrializados como Instrumento de Política Econômica, busca alcançar dois objetivos básicos: 1) produzir um material sobre este importante tributo, até agora com pouco volume de produção acadêmica, a partir da ótica de economia e finanças públicas; 2) aproveitar a discussão deste tributo para fazer uma retrospectiva histórica da tributação no Brasil e as perspectivas para sua evolução, dentro das propostas de reforma tributária atualmente discutidas

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Este trabalho tem por objetivo analisar se a capacidade de resposta de política econômica foi fator relevante para minimizar a severidade da crise financeira de 2008, no primeiro ano do episódio. A hipótese da pesquisa é que países com um maior espaço para políticas expansionistas – maiores taxas de juros maiores e melhores resultados do governo central – tenham registrado uma crise menos severa, tudo mais constante. Os resultados econométricos corroboram com a hipótese em relação à política monetária. No que diz respeito à política fiscal, o sinal dos parâmetros encontrado é oposto ao esperado, sinalizando que, possivelmente, mesmo países com bons resultados fiscais possam ter limitações a estímulos keynesianos em função da tolerância ao seu nível de endividamento. Entretanto, a interação entre o resultado do governo central e o endividamento está em linha com a hipótese da pesquisa, uma vez que uma melhor gestão tanto do fluxo fiscal, quanto do estoque da dívida no ano anterior ao evento mostrou-se relevante. A adição da variável de investment grade às especificações ressaltou uma crise mais severa nas economias desenvolvidas.

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Instituto Brasileiro de Economia

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Coordenador de pesquisas da FGV/DAPP, Rafael Martins de Souza, analisa mudanças na política econômica brasileira.