1000 resultados para leyes anticlericales
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Pt. 2, Executive decrees, discontinued with 1928/29.
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Este estudio comparado de las leyes de educación superior de Argentina, Chile y España, promulgadas durante la última década del siglo pasado en el contexto dominante de la políticas liberales, apunta a determinar las analogías y diferencias existentes; así como derivar conclusiones sobre los sistemas y criterios que sirvan al perfeccionamiento y reforma de la ley de educación superior, resignificando el rol de las instituciones universitarias en la Argentina reciente. El abordaje investigativo ha estado transversalizado por el planteo acerca de cuáles han sido las consecuencias de los cambios legislativos sobre los modelos organizacionales de conocimiento, habilidades, curriculum, finanzas, rendición de cuentas y organización. Los ítems comparados fueron las regulaciones estatales y las políticas de evaluación establecidas y su incidencia en las autonomías universitarias; la emergencia de nuevos actores y modos de organización en los procesos universitarios de oferta académica y producción de saber: la diferenciación institucional y expansión de proveedores privados; la multiplicidad de las fuentes de financiamiento y las presiones en torno a la búsqueda de una mayor "utilidad social" de los contenidos impartidos y los conocimientos generados por sus investigadores; el ingreso universitario y las restricciones a la libre admisibilidad como pauta de inclusión / exclusión educativa. Las leyes de educación superior analizadas comparativamente son: la Ley de Educación Superior argentina (LES, 1995), la Ley Orgánica Constitucional de Educación chilena (LOCE, 1989) y la Ley Orgánica de Universidades española (LOU, 2001)
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Este estudio comparado de las leyes de educación superior de Argentina, Chile y España, promulgadas durante la última década del siglo pasado en el contexto dominante de la políticas liberales, apunta a determinar las analogías y diferencias existentes; así como derivar conclusiones sobre los sistemas y criterios que sirvan al perfeccionamiento y reforma de la ley de educación superior, resignificando el rol de las instituciones universitarias en la Argentina reciente. El abordaje investigativo ha estado transversalizado por el planteo acerca de cuáles han sido las consecuencias de los cambios legislativos sobre los modelos organizacionales de conocimiento, habilidades, curriculum, finanzas, rendición de cuentas y organización. Los ítems comparados fueron las regulaciones estatales y las políticas de evaluación establecidas y su incidencia en las autonomías universitarias; la emergencia de nuevos actores y modos de organización en los procesos universitarios de oferta académica y producción de saber: la diferenciación institucional y expansión de proveedores privados; la multiplicidad de las fuentes de financiamiento y las presiones en torno a la búsqueda de una mayor "utilidad social" de los contenidos impartidos y los conocimientos generados por sus investigadores; el ingreso universitario y las restricciones a la libre admisibilidad como pauta de inclusión / exclusión educativa. Las leyes de educación superior analizadas comparativamente son: la Ley de Educación Superior argentina (LES, 1995), la Ley Orgánica Constitucional de Educación chilena (LOCE, 1989) y la Ley Orgánica de Universidades española (LOU, 2001)
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Constantino y sus sucesores, Constancio II, Constante y Juliano, expresaron su particular interés por supervisar la aplicación de determinadas leyes imperiales mediante el uso de la fórmula ad nostram scientiam referatur y de otras similares. Constantino fue el príncipe que la empleó con más frecuencia, especialmente durante el período de 313-324, exceptuando el intervalo de 315-316, cuando la confrontación con Licinio le obligó a renunciar a atender directamente las cuestiones administrativas. La progresiva disminución de la inclusión de estas cláusulas en los textos legales imperiales a partir de la unificación del Imperio en 324 se debe poner en relación con la aparición de los curiosi y luego de los agentes in rebus, como oficiales encargados de vigilar la observancia de las normas vigentes.
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El presente libro es un tratado de medicina legal dedicado a la juventud salvadoreña y revisado por competentes autoridades legal y médica. Es un compendio didáctico, ordenado sobre los textos de los modernos autores con la idea de facilitar el curso de medicina legal, en ella encontraran los jueces una guía, todo lo relacionado a la administración de justicia, a las cuestiones médico-forenses, a como formular los documentos médico-legales y condiciones que deben acompañarlos, citando textualmente los artículos de los códigos que se rosan con las diversas cuestiones médico-forenses.
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El presente tomo es una recopilación de una serie de leyes y se dividen en: la Constitución, Leyes Constitutivas y Ley De Extranjería Reformada, Asamblea Nacional, Ministerio General, Ramo de Relaciones Exteriores, Ramo de Justicia, Ramo de Instrucción Pública, Ramo de Beneficencia
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El Ministerio de Relaciones Exteriores en común acuerdo con el Señor Presidente de la República, publicaron estas leyes, decretos y demás disposiciones relativos al Departamento de Relaciones Exteriores, en vista que solo se publicaban en el Diario Oficial que pocos leen y conservan, se busco una forma más formal para su divulgación
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El artículo reconstruye el precedente jurisprudencial de la Corte Suprema de Justicia de Colombia en torno al control constitucional de las leyes por vicios de procedimiento en su formación (vicios de trámite o de forma). Inicia con el análisis de la decisión de 1912, cuando la Corte se declara incompetente para juzgar la constitucionalidad de las leyes por esos cargos. Se incluyen sentencias relevantes en las que se mantiene el precedente. Después, se concentra en el cambio jurisprudencial de 1952, cuando la Corte modifica su doctrina de 1912 y se declara competente para juzgar la constitucionalidad de las leyes.