997 resultados para Normativa urbana
Resumo:
Relembrando o papel desempenhado pelos oceanos durante mais de 500 anos nas trocas mundiais e na comunicação entre povos e culturas , ressalta a importância das zonas costeiras no abrigo e suporte da comunidades humanas, vegetais e faunísticas. Mas a ocupação , o uso e transformação destas interfaces nem sempre foi fácil nem bem sucedido,, levando à consciência que no caso do litoral europeu ele faz parte de um sistema mais vasto , em que as marés , ventos e correntes do globo interagem. afectando-se reciprocamente. Desta intersecção resultou um património comum , que todos os países e gerações devem poder usufruir .
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A arborização urbana pode contribuir com a paisagem urbana e interagir com a população através de benefícios físicos e climáticos. A valorização de áreas urbanas é uma das características da arborização planejada. Outras características são referentes aos fatores climáticos como, a diminuição da insolação, do ruído, da poluição e a redução do consumo de energia em regiões quentes. O presente estudo visa analisar qualitativamente as redes arbóreas urbanas em bairros residenciais. Para as análises foram selecionados bairros de diferentes classes sociais, localizados nas cidades de Passo Fundo-RS e Lages-SC, sobre as quais não existem estudos que abordem o tema pesquisado. Foram realizados questionários que indicaram o nível de satisfação dos moradores. Após esta abordagem foi realizada uma análise comparativa entre os bairros das cidades analisadas. A pesquisa evidenciou a necessidade de buscar a adaptação de projetos conforme as necessidades dos usuários, relacionadas com a rede arbórea urbana, buscando uma melhor qualificação dos bairros. Verificou-se a inexistência de rede arbórea nos bairros analisados. Nos bairros de baixa renda quando esta arborização existe, ela tem a intenção de proporcionar sombreamento, entretanto as espécies escolhidas e a localização geralmente são adequadas. Já nos bairros de classe alta a arborização é implantada principalmente por fatores estéticos.
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Definir o que é qualidade urbana, é sem dúvida o primeiro passo a dar, antes de quaisquer outras considerações sobre esta temática.
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A Vila de Óbidos, integrada no distrito de Leiria, com uma população na ordem dos 3100 habitantes. A área de estudo, caracteriza-se por um aglomerado urbano de características medievais, que actualmente são um pólo atractivo de visitantes à vila.
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This article focuses on issues of planning that arise in S Vicente Island and in particular in the city of MindeloWe consider issues of urban regeneration and the inventory of solutions within the general scope of hydraulic options solutions for an appropriate response to the serious problems caused by floods in Mindelo, which occur at times of heavy rainfall.
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A cidade ...Todos a conhecem. Amada por uns e odiada por outros. Lugar de encontros e de desencontros; de memórias e de história; do conhecimento e de divertimento; de escolhas e de trocas. Palco de transformações e interacções.Gosto da cidade, sobretudo de a observar. Ela transforma-se, cria-se e recria-se a cada dia. Em cada esquina há uma descoberta, uma forma, uma memória, um “olhar” indiscreto, uma história de vida. Enfim, na cidade há vidas, de ontem e de hoje, que se cruzam e misturam, acabando por se renovar e recriar.A cidade é um teatro com múltiplos actores e espectadores.Enquanto espectadora da cidade observo-a incessantemente para a conhecer e interpretar. Procuro compreender as suas formas, os seus lugares, os seus espaços. Comparo-a com o seu passado e com o seu semelhante. Analiso-a para actuar.O estudo que aqui se apresenta é sobre a cidade do Funchal, os seus lugares e espaços, os seus actores, os cantos e recantos onde se escondem e guardam as memórias e os testemunhos da “cidade do açúcar”, da “cidade do vinho” e de todas as que lhes sucederam e que se transformaram na actual Cidade do Funchal. (...)
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Esta dissertação analisa a importância do Plano de Pormenor das Antas, e a sua influência no desenvolvimento sustentável da cidade do Porto, nomeadamente na zona Este. Inicialmente o trabalho centra-se na compreensão do conceito de desenvolvimento sustentável, bem como na sua evolução e adaptabilidade ao planeamento urbano. Foram de seguida analisadas propostas de bairros sustentáveis que tiveram repercussões a nível europeu, e identificadas as principais medidas adoptadas, bem como os seus resultados e dificuldades de implementação. A análise do caso de estudo – Plano de Pormenor das Antas-, é feita a partir da metodologia criada por Miguel Amado no seu livro “Planeamento Urbano Sustentável” (2009), sendo que o enfoque é colocado no que o autor designa por “factores ambientais na concepção”. Seguindo o raciocínio inverso ao apresentado no livro, que visa sobretudo consciencializar para um método de planeamento sustentável, tentamos verificar a presença ou ausência destes elementos na execução da proposta. Estes factores foram agrupados por temática (componente natural, componente social e componente urbana) e abordados tendo em conta as condicionantes do local. Numa fase final da dissertação é feita uma síntese á analise efectuada, tendo como contexto a base teórica e os casos exemplares estudados, que se traduz em várias considerações e conclusões sobre o objectivo principal do trabalho. Este trabalho visa a necessidade da abordagem dos factores de desenvolvimento sustentável no acto do planeamento territorial, e propõe-se como um contributo para um melhor planeamento urbano.
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En los últimos quince años se produjo en América Latina un gran número de películas que abordaron con desencanto la vida de los personajes marginales de la gran urbe. Los filmes configuran una tendencia en el cine regional que ha empezado a denominarse “realismo sucio”. Este libro plantea un análisis de las implicaciones sociales, culturales y cinematográficas del fenómeno a partir del concepto de “cine de la marginalidad”. Filmes como Rodrigo D. no futuro (1990), Pizza, birra y faso (1997), La vendedora de rosas (1998), Ratas, ratones y rateros (1999), Amores perros (2002) y Un oso rojo (2002) son examinados con minuciosidad para descubrir el horizonte discursivo que los explica. El Cine de la Marginalidad define una nueva situación histórica nacida del agotamiento del paradigma “nuevo cine latinoamericano” surgido en los años de 1970. Plantea una singular combinación de modelos narrativos de ficción y procedimientos documentales a través de la apropiación de géneros cinematográficos del primer mundo desde la periferia. Se caracteriza por reconstruir el punto de vista del sujeto marginal más allá de las narrativas de redención y progreso propias de la cultura ilustrada. De ahí que el autor sostenga que este cine introduce en la escena pública la vivencia de los sujetos y las subculturas excluidas de la instituciones sociales. Sin embargo, esta visibilización del mundo marginal, lejos de ser transparente y apacible, muestra la imagen intraducible y violenta del sujeto subalterno, que desafía al propio relato cinematográfico y deja ver el límite de la racionalidad capitalista y la cultura letrada.
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La risa, aún en sus formas más intrascendentes, inocentes, banales, cumple en la vida diaria el importante papel de proporcionar placer. Pero, además de este carácter vital, la risa cumple, dentro de su importancia social, un papel que podríamos definir como propositivo. En la crónica, a su vez encontramos una lectura de cómo vivimos la ciudad, cómo la habitamos, cómo la imaginamos. El cronista se configura como un lector privilegiado que mira la vida cotidiana a través de los intersticios, de los márgenes, de los pequeños detalles, y desde ellos recoge -y construye- relatos sobre la ciudad. Y en este proceso define -sin proponérselo explícitamente- una estrategia para pensar las prácticas ciudadanas. Partiendo de una reflexión inicial en torno a la función social de la risa y de algunos cronistas latinoamericanos que recurren en sus textos al humor, esta obra propone pensar más detenidamente la relación que se divisa entre humor y crónicas urbanas. Plantea, además, que esta relación puede ser definida como una estrategia discursiva. Como un modo alternativo de acercarse a la realidad -como una nueva (y privilegiada) propuesta de lectura de nuestras prácticas cotidianas. Y nos invita a ver qué propuestas subyacen allí, qué lecturas y qué modelos de ciudad y de ciudadano se plasma en aquellos textos.
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El Fideicomiso mercantil, aparece en la legislación nacional, en la Ley de Títulos de Crédito de 1963 derogada el 24 de julio de 1964 ley que tuvo poca duración y que no trajo ningún proceso en esa materia. Treinta años después la figura del fideicomiso es incorporada a nuestra legislación por el Art. 80 de la Ley de Mercado de Valores de 1993, insuficiente dada su complejidad y los efectos jurídicos que produce una figura de corte anglosajón en legislaciones de corte romanista como la ecuatoriana. En este trabajo se va a analizar la figura del Fideicomiso Mercantil previsto en la nueva Ley de Mercado de Valores de 1998, normativa que incorpora un elemento único en las legislaciones latinoamericanas, esto es la dotación al fideicomiso mercantil de personalidad jurídica. El fideicomiso mercantil, nace con la finalidad de constituirse en un vehículo seguro, eficaz e idóneo para encargar a una tercera persona profesional y especializada el desarrollo de una gestión, (Administradoras de Fondos y Fideicomisos), en beneficio propio o de un tercero beneficiario designado por éste; es un contrato de medio de gran significación que permite la estructuración de negocios y la continuidad de los mismos con la actuación de un tercero profesional. El presente trabajo pretende estudiar la actuación de las Administradoras de Fondos y Fideicomisos, en cuanto son los entes especializados para administrarlas, y analizar si estas compañías cumplen con la administración prudente y diligente que la Ley de Mercado de Valores dispone para su adecuado funcionamiento.
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Este estudio contiene un breve análisis de la compatibilidad de las licencias de Creative commons (CC), con la Decisión 351 de la Comunidad Andina de Naciones (CAN), que regula el tratamiento de los derechos de autor para los países miembros de la CAN. Una primera parte de este estudio está dedicada a los antecedentes y aspectos generales de las licencias CC, en ella son estudiadas las licencias GNU que las inspiran así como la filosofía que las orienta, una vez definidos sus antecedentes, paso a describir el contenido de las licencias en sus tres aspectos common deeds, legal code y digital code. La segunda parte comprende el estudio de compatibilidad realizado a partir de la definición de los conceptos básicos y de cada uno de los derechos reconocidos a los autores, desde la doctrina de la corriente latina y del copyright, identificando los elementos comunes y los diferenciadores para, paso seguido, revisar la consagración normativa de los mismos elementos y su tratamiento en las licencias objeto de esta investigación.
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El reconocimiento de ciertos derechos sexuales y derechos reproductivos en la Constitución ecuatoriana de 1998, marcan sin duda un hito en la redefinición de los derechos humanos y su impacto en los diversos aspectos sociales. Es necesario hacer mención como antecedente del desarrollo constitucional ecuatoriano de los derechos sexuales, la declaratoria de inconstitucionalidad del tipo penal de homosexualidad que contenía el artículo 516 del Código Penal. Como se verá en las siguientes líneas, si bien este antecedente en jurisprudencia constitucional, no se rescata los principios de derechos humanos, es innegable el logro alcanzado, puesto que dio lugar a un proceso de articulación entre las organizaciones GLBT y de mujeres, que tuvieron un rol importantísimo en las discusiones que sobre derechos sexuales y reproductivos, se dieron en la Asamblea de 1998, y que a su vez dio lugar al reconocimiento constitucional de algunos derechos. El cuerpo de las personas y específicamente las expresiones de la sexualidad han sido tradicionalmente objetos de control social, entendiéndose como tal "el conjunto de sistemas normativos como son la religión, ética, costumbres, usos, terapéutica y el Derecho (este último en todas sus ramas) cuyos portadores, a través de procesos selectivos (estereotipia y criminalización), establecen una red de contenciones que garantizan el sometimiento de las masas a los valores de un sistema de dominación
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La tendencia internacional a un comercio agrícola sin barreras y una marcada preferencia por una producción orientada a la exportación, a la luz de los países en vías de desarrollo, evidencia diferencias importantes en la economía de los países y revela, además, riesgos y oportunidades en el proceso. ¿Cual es la clave que define cual país puede ser exitoso y cual no en esta nueva vocación comercial? ¿Cual es la clave para ser competitivo y hacer que esto se traduzca en calidad de los productos, precios adecuados, procesos productivos y eficientes en el desarrollo de nuevos productos con valor agregado? Buscar respuestas a estas preguntas ha motivado esta tesis. Analizar las normas que disciplinan la salvaguardia especial agrícola tratada en el Acuerdo sobre la Agricultura, en armonía con las normas generales previstas por el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio GATT 1947, es necesario en el medida que su conocimiento, compresión y eficacia en su aplicación, permite a países como el Ecuador proteger su producción agropecuaria frente a las grandes capacidades productivas de países desarrollados. Las páginas de este trabajo analizan a la salvaguardia en ese contexto, como una medida de resguardo que permite a los países en desarrollo y a sus productores nacionales adaptarse a los cambios y fortalecer sus estructuras industriales, mejorar su competitividad para afrontar la competencia internacional y participar de ese comercio globalizada en mejores términos y condiciones. También se han contemplado las normas que respecto de la salvaguardia ha emitido la Comunidad Andina de Naciones, ya que el Ecuador, como país miembro, esta obligado a tomarlas en cuenta en armonía con las disposiciones de la OMC.
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A partir de la reforma y codificación constitucional de 1998, realizado por la autoproclamada Asamblea Nacional Constituyente de 1997, se introdujo el principio de competencia en la Constitución ecuatoriana, determinando así la regulación de ciertas materias por ley orgánica, ciertas por ley ordinaria y ciertas por actos normativos con categoría normativa inferior a la ley. El mencionado principio de competencia tiene relevancia desde que ya no se aplica a rajatabla el principio de jerarquía que hasta antes de dicha codificación se utilizaba con mucha frecuencia cuando existían problemas de contradicciones normativas, ya que las normas jurídicas en general estaban perfectamente jerarquizadas, sin dar pábulo a confusiones sobre la aplicación de las normas. Evidentemente la Constitución ecuatoriana no determina expresamente la aplicación del principio de competencia, es más, en el artículo 272 de la Constitución se trata de jerarquizar el ámbito normativo, pero sucede que esto no es así, ya que no se puede interpretar la Constitución de manera absoluta y en contra de si misma. Es por lo dicho que en derecho constitucional existen mecanismos y métodos propios de interpretación constitucional como es el método tópico que en suma nos dice que a la constitución hay que interpretarla en función de los principios de unidad de la Constitución, concordancia práctica, corrección funcional, función integradora y fuerza normativa de la Constitución, que se explicarán ampliamente en el desarrollo de la tesis y mediante el cual llegaremos a la conclusión que la Constitución ecuatoriana determina claramente el principio de competencia. Es debido precisamente a este problema de interpretación de la Constitución, que en los actuales momentos, con este nuevo principio introducido en la constitución ecuatoriana, ha llevado a que el Congreso Nacional trate de regular mediante ley (sea esta orgánica u ordinaria) materias que la constitución ha asignado a otros órganos del Estado, lo que se traduce en una evidente arbitrariedad por parte del legislativo sobre potestades que la Constitución no le ha asignado, contrariando así el principio de legalidad consagrado en el artículo 119 de la Constitución que determina: “Las instituciones del Estado, sus organismos y dependencias y lo funcionarios públicos no podrá ejercer otras atribuciones que las consignadas en la Constitución y la ley...”. La importancia de este tema desde el punto de vista académico es interesante desde que la aplicación del principio de competencia no es una invención ecuatoriana, es así que este principio de origen francés con la V República de 1958 es tomado en sistemas como el español, el chileno, el colombiano entre otros ya han determinado claramente la aplicación de este principio por sobre el principio clásico de jerarquía, determinando en su jurisprudencia que la creación y aplicación de la norma se la realiza en virtud de las competencias que la Constitución de cada país ha determinado a los órganos del poder público respectivos. Por último, la importancia social de este tema es evidente ya que el Congreso Nacional ecuatoriano utilizando un concepto ya superado, como es el de que la soberanía radica en ellos, pretende arbitrariamente regular materias que no le competen, provocando así una confusión en los operadores de la norma, como son la administración pública, los jueces y los administrados, utilizando el criterio de que una ley y mejor aun que una ley orgánica se aplica por sobre el resto del ordenamiento jurídico inferior en aplicación del principio de jerarquía y no del principio de competencia vigente a partir de la codificación y reforma constitucional de 1998.
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La presente investigación tiene como propósito determinar ¿cuál es límite que el principio constitucional de legalidad impone a la administración tributaria en el ejercicio de la facultad normativa?. Interrogante que a través de los distintos capítulos que componen la presente tesis pretende ser resuelta mediante el desarrollo, en primer lugar de las implicaciones del principio constitucional de legalidad tributario enmarcados en el contexto constitucional actual y de las transformaciones que éste sufre a raíz del “Estado Constitucional de derechos y justicia”. El principio de legalidad pilar básico del Derecho Tributario tiene una concepción tanto formal como material, formal en tanto procedimiento legislativo que se traduce en la ley que lo impongan, y material relativo al contenido mínimo del tributo que debe constar en la ley o norma primigenia para su exigibilidad, para lo cual dilucidamos que elementos deben son los esenciales. Luego recurrimos a un análisis crítico de la función que ejerce el Servicio de Rentas Internas en el ejercicio de la facultad normativa que consagra la ley, empatando al principio de legalidad con esta actividad, estableceremos la naturaleza de los actos emitidos por la administración tributaria, la necesidad de la facultad y sobre todo la existencia de ciertos conceptos y situaciones que hacen imprescindible el ejercicio de dicha potestad. Terminamos con el examen de legalidad a ciertos actos normativos emitidos por el Servicio de Rentas Internas bajo la vigencia de la Constitución del 2008, con lo cual justificamos la necesidad de la existencia de la facultad, y los excesos también en los que incurre bajo pretexto del uso de la potestad normativa.