998 resultados para Ley general tributaria


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El objetivo de este trabajo es identificar cuáles han sido los principales impactos en la recaudación tributaria de las reformas fiscales aprobadas en el año 2012 (Ley Antievasión 2 y Ley de Actualización Fiscal). Además, se plantea que uno de los objetos claves del estudio propuesto es el distinguir entre el impacto sobre la recaudación de factores relacionados con la reforma, sea bien cambios en la política o administración tributaria, y aquellos factores exógenos a la misma, como puede ser la situación económica.

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La presente tesis analiza el problema de la validez de las disposiciones de transposición de las Directivas Europeas en los ordenamientos nacionales desde la perspectiva del principio constitucional de reserva de ley. En el primer capítulo se desarrolla un análisis del estado de la cuestión en las jurisprudencias española e italiana. En el segundo se afronta el estudio de los requisitos impuestos por la jurisprudencia del TJUE en relación con las normas por las que se procede a la incorporación en los ordenamientos internos del contenido de las Directivas; teniendo en cuenta que ha de partirse del principio de autonomía institucional y procedimental de los Estados Miembros y que las Directivas, en tanto carentes por razón de su forma de directa aplicabilidad, no pueden sustituir a la ley nacional, el principio de reserva de ley ha de aplicarse en este tipo de operaciones siempre que así lo exija la Constitución nacional. En el tercer capítulo se estudian los efectos que han producido en los ordenamientos italiano, francés y alemán las cláusulas constitucionales "europeas", alcanzándose la fundamental conclusión de que las mismas no han supuesto quiebra alguna de la disciplina general de producción normativa en lo que se refiere a las operaciones de ejecución interna del Derecho Europeo. En el cuarto y último capítulo, en fin, se analiza el sistema italiano de ejecución de las políticas europeas mediante normas reglamentarias y la posible toma en consideración del mismo para la formulación de propuestas de lege ferenda en relación con el Derecho Español.

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La tematica dell’abuso del diritto in campo fiscale ha conosciuto, negli ultimi anni, una diffusione particolarmente rilevante. Questo lavoro, dopo una necessaria premessa introduttiva alla problematica, affronta l’abuso del diritto in campo tributario tramite l’analisi degli strumenti classici dell’ermenutica, constatando come si arrivi ad un intreccio tra lo strumento della clausola generale anti-abuso e il principio di divieto d’abuso del diritto sviluppatosi a livello europeo, concretizzazione del più ampio principio dell’effettività del diritto dell’Unione Europea. L’analisi prende a modello, da un lato, la clausola generale anti-abuso tedesca, adottata già nel primo dopoguerra, e le sue diverse modifiche legislative occorse negli anni, e dall’altro, il principio europeo di divieto d’abuso del diritto. L’esame congiunto rivela un cortocircuito interpretativo, posto che il principio europeo espone gli stessi concetti della clausola nazionale tedesca pre riforma, la quale, in seguito, alle sentenze Halifax e Cadbury Schweppes, ha subito un’importante modifica, cosicchè la clausola generale abbisogna ora del princìpio europeo per essere interpretata. La tesi evidenzia, inoltre, come tale circuito sia aggravato anche da tensioni interne alle stesse Istituzioni europee, posto che, nonostante l’esistenza di un principio di elaborazione giurisprudenziale, gli Stati Membri sono stati invitati ad introdurre una clausola generale anti-abuso, la cui formulazione rimanda al principio di divieto d’abuso del diritto elaborato dalla Corte di Giustizia.

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Beglaubigte Abschrift des Zollgesetzes und Zolltarifs von 1846 (mit deutscher Übersetzung des letzteren) durch das Consulado General de la Republica del Ecuador in Hamburg

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La lógica del mercado y al cambio de modelo de desarrollo en América Latina, en el intento de poder competir a nivel mundial, ha agudizado las disparidades y el deterioro ambiental. La presión que ejercen las grandes empresas y ciertos grupos con poder, el enquistamiento de una estructura administrativa que puja por mantener esquemas tradicionales ya perimidos y la falta de planificación impiden atender uno de los problemas claves que plantea la economía en el territorio, el de la concentración y los desequilibrios territoriales. Surge entonces el Ordenamiento Territorial como alternativa válida para atenuar estos procesos y dar respuesta a la sociedad. El caso que se presenta pone en el tapete muchos de estos temas que hoy preocupan y puede servir como experiencia transferible y aplicable a otras realidades que buscan consolidar un desarrollo local sustentable. El ante-proyecto de Ley de Ordenamiento Territorial y Usos del Suelo para la provincia de Mendoza, República Argentina, es un instrumento elaborado en el año 2006 por el sector académico-científico que desde una visión interdisciplinaria incorpora fundamentos técnicos y aportes de los actores sociales involucrados. La metodología aplicada permite consensuar por la sociedad en su conjunto los principios que sustentan la Ley, determinar la aplicación de ciertos instrumentos para efectivizar acciones en el territorio y definir una forma innovadora de hacer política, gestionar y planificar el uso del suelo. La propuesta considera al Ordenamiento Territorial como una política de Estado que debe propiciar condiciones de gobernabilidad. Sus principios y normas priorizan la equidad y el bienestar general por encima de los intereses particulares así como también el respeto de los valores y costumbres de la sociedad. Surge de un proceso participativo y sus principios y fines responden a los problemas actuales. Incorpora una serie de instrumentos debidamente jerarquizados conforme a las competencias jurisdiccionales y existencia de distintas escalas geográficas, como también, instrumentos jurídicos y prácticas administrativas innovadoras que permiten la resolución de conflictos territoriales. Identifica además recursos financieros para implementarla y prioriza el fortalecimiento de los mecanismos de control para un funcionamiento más ágil y eficaz de la gestión pública. Sin embargo existen riesgos vinculados a la voluntad política y el poder económico que pueden impedir que esta utopía se transforme en realidad. Solo la participación social es la que puede lograr vencer los intereses en juego y conseguir la aprobación de la Ley. Si esto se consigue se habrá dado un paso muy importante a ser imitado, sin lugar a dudas, en otros lugares de Argentina y América Latina.

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La reorganización, reestructuración o reingeniería, alude a los procesos que enfrentan las organizaciones para adecuarse a los permanentes cambios del mercado y así lograr, o mantener, niveles de competitividad y eficiencia. Tales procesos se pueden llevar a cabo mediante la venta de activos, de acciones o cuotas sociales; o a través de actos de asociación o escisión de sociedades, realizando o no, aportes a las nuevas sociedades. Desde la perspectiva fiscal, la principal problemática que implican estos procesos es si los mayores valores asignados a los bienes de las empresas reorganizadas deben o no, considerarse beneficios realizados y gravables. En principio, las transferencias que involucran estos hechos, están gravadas. En efecto, la Ley de Impuesto a las Ganancias (en adelante ―la ley‖) dispone que las ganancias provenientes del incremento del valor de los bienes serán reconocidas cuando se produzca la enajenación de los mismos, aclarando en su artículo 3 que “se entenderá por enajenación la venta, permuta, cambio, expropiación, aporte a sociedades, y en general, todo acto de disposición por el que se transmita el dominio a título oneroso". Asimismo, en caso de disolución, retiro o reducción del capital de las sociedades de personas, de responsabilidad limitada, en comandita simple, en comandita por acciones, o de explotaciones unipersonales, los bienes adjudicados a los socios se considerarán realizados por la sociedad al valor de plaza de los bienes al momento de su adjudicación (art. 71 del Decreto Reglamentario), por consiguiente las diferencias que pudieran surgir entre dicho precio de plaza y el valor original de los bienes también están gravadas por el impuesto. Sin embargo, se ha previsto una serie de disposiciones que permiten que determinadas reorganizaciones empresariales sean llevadas a cabo libres de impuestos. En general, estas situaciones se dan en casos en que no hay un cambio real en la propiedad de los bienes, o dicho cambio no es lo suficientemente relevante como para asignarle consecuencias impositivas. De esta manera, el legislador ha buscado no restringir el mejor desenvolvimiento de los negocios y a la vez, con ciertos requisitos, evitar reorganizaciones que persigan exclusivamente los beneficios fiscales, encubriendo verdaderas ventas de fondos de comercio o adjudicaciones de bienes a socios que retiran capital.

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El presente trabajo trata sobre el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, un impuesto vigente en la Provincia de Mendoza. Actualmente los temas de materia tributaria se modifican periódicamente, lo que dificulta a estudiantes, profesores, profesionales y contribuyentes. Además, obliga a mantenerse permanentemente informado sobre las nuevas disposiciones, lo que entorpece a su vez todo lo relativo al cumplimiento y recaudación del tributo en cuestión. Al estar este impuesto sujeto a modificaciones cada año por el Poder Ejecutivo provincial que actualiza la Ley Impositiva y mediante ésta el Código Fiscal que contiene las normas que rigen el Impuesto a los Ingresos Brutos, no existe bibliografía actualizada. La misma es general, y no trataaspectos específicos. Este trabajo intenta profundizar conceptos sobre el mencionado impuesto, pretendiendo ser un aporte particularmente a estudiantes avanzados de la carrera de Contador Público Nacional y Perito Partidor. Se intenta abarcar el estudio desde el aspecto normativo actual. El tema a desarrollar incluye conceptos básicos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, sus elementos como impuesto, antecedentes históricos nacionales, características, o bjeto, sujetos pasivos; lo concerniente a la inscripción y baja, liquidación para presentación y pago en el organismo competente, la Dirección General de Rentas. Este documento contiene además una breve referencia al Convenio Multilateral al cual la Provincia de Mendoza se encuentra adherida. Se agrega, un glosario y formularios que complementan el trabajo.

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Una de las competencias de un contador, según la ley 20.488 de ejercicio profesional, art. 13, inciso 9, es intervenir en las operaciones de transferencia de fondos de comercio sin perjuicio de las facultades reservadas a otros profesionales en la ley 11.867. Cualquier transferencia de un fondo de comercio y en especial cuando se trata de su aporte para constituir una sociedad, es una operación compleja dado que requiere dar cumplimiento a un conjunto de normas legales y además implica la realización de trámites ante la Dirección de Personas Jurídicas de Mendoza (DPJ), la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), la Dirección de Registros Públicos y Archivo Judicial, la Administración Tributaria Mendoza - Dirección General de Rentas de Mendoza (ATM - DGR), el Boletín Oficial de Mendoza (BO), la Subsecretaría de Trabajo y Seguridad Social de Mendoza (STySS) y la Municipalidad que corresponda al departamento donde se encuentra el fondo de comercio. Los objetivos principales de este trabajo son: 1. Brindar un resumen sobre los principales conceptos teóricos relativos a una transferencia de fondo de comercio: concepto, naturaleza jurídica y elementos de un fondo de comercio; intereses protegidos por la ley 11.867. 2. Estudiar el aporte societario de un fondo de comercio, teniendo en cuenta, la normativa societaria, comercial, impositiva, previsional y laboral. 3. Desarrollar en forma cronológica, las distintas etapas a cumplir para llevar a cabo el aporte societario de un fondo de comercio dando cumplimiento a todas las disposiciones legales y reglamentarias.

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La historia utiliza la línea del tiempo para poder ubicar cronológicamente los acontecimientos, que de alguna forma, nos permiten conocer y comprender etapas claves, que determinaron y condicionaron transformaciones y modificaciones de la vida política, económica y social. Estos cambios están impregnados de cuestiones filosóficas, éticas, epistemológicas, que no se dan al azar, sino que responden a un ideario y a líneas de pensamiento, sostenido y sustentado por la política de estado. En este marco general, la política educativa Argentina, ha tenido sus vaivenes. Comenzando desde la sanción de la Ley de Educación Común N° 1420 hasta la actualidad. Los discursos y las prácticas de la Educación Física escolar se fueron acomodando según la política educativa del momento. En el presente trabajo se realizará un cuadro comparativo de los distintos enfoques y conceptualizaciones entre la Ley de Educación Común N° 1420, la Ley de Educación Nacional N° 26.206 y la Ley de Educación Provincial N° 13.688. Se intentará visibilizar los posicionamientos de la Educación Física, como disciplina pedagógica, entre las mencionadas leyes

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El presente trabajo tiene como marco general la consideración de que el campo jurídico forma parte del espacio social en el que se juegan los conflictos de una comunidad, poniendo especial atención a la dimensión simbólica y a la significación real de la ley, es decir, a su efecto jurídico. El análisis de algunas fazañas del manuscrito 431 de la Biblioteca Nacional de Madrid permitirá poner de relieve la particular formulación simbólica del espacio que caracteriza estos textos jurídicos de mediados del siglo XIV. Este códice constituye uno de los mayores testimonios de un intento de formalización escrita del derecho señorial (consuetudinario) nunca fijado oficialmente en Castilla. Teniendo presente la representación del espacio en los textos jurídicos alfonsíes (especialmente las Siete Partidas) será especialmente productivo el análisis narrativo de los textos mencionados dado que allí se contraponen dos formas de impartir la justicia pero también de concebir el derecho y ordenar el mundo: el particularismo del derecho señorial y la concepción abstracta y universalista de la norma jurídica hacia la que tienden los códigos alfonsíes y que proporcionaría los fundamentos para la consolidación del Estado. Los textos incluidos en el manuscrito 431 de la Biblioteca Nacional de Madrid manifiestan, por su parte, una inclinación no por la abstracción teórica sino por un sentido concreto de justicia que privilegia el caso excepcional a la regla general, lo concreto a lo abstracto, lo local a lo universal que se pone de relieve en las fazañas, breves textos narrativos de carácter jurídico

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Se evaluó el nivel de conocimiento de la nueva Ley de bosque nativo y fomento forestal que poseen los pequeños propietarios forestales en dos territorios de la Cordillera de Nahuelbuta, en Chile. Para ello, se aplicó una encuesta a 53 personas (10 de las viviendas), que abordó cinco temas centrales: (1) uso del bosque nativo, (2) participación en redes sociales y acceso a la información, (3) conocimiento general de la Ley, (4) conocimiento respecto a la administración y (5) fomento de la Ley. Los resultados mostraron que: (1) el bosque nativo es usado para obtener productos madereros y no madereros, (2) las redes sociales y especialmente la radio son fundamentales para la transferencia de información, (3) tanto el conocimiento general de la Ley como (4) el nivel de conocimiento respecto de la administración de la Ley es insuficiente, y (5) se desconocen los trámites que deben efectuarse para obtener los beneficios de la Ley. Se concluye que: (1) el nivel de conocimiento de la Ley es insuficiente, (2) es fundamental estimular el uso de los instrumentos de esta Ley en la totalidad del territorio, de modo de garantizar el uso sustentable del recurso, y (3) la difusión de los beneficios de la Ley debe considerar las formas de comunicación tradicionales, el nivel de educación y la cultura de los espacios rurales

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Se evaluó el nivel de conocimiento de la nueva Ley de bosque nativo y fomento forestal que poseen los pequeños propietarios forestales en dos territorios de la Cordillera de Nahuelbuta, en Chile. Para ello, se aplicó una encuesta a 53 personas (10 de las viviendas), que abordó cinco temas centrales: (1) uso del bosque nativo, (2) participación en redes sociales y acceso a la información, (3) conocimiento general de la Ley, (4) conocimiento respecto a la administración y (5) fomento de la Ley. Los resultados mostraron que: (1) el bosque nativo es usado para obtener productos madereros y no madereros, (2) las redes sociales y especialmente la radio son fundamentales para la transferencia de información, (3) tanto el conocimiento general de la Ley como (4) el nivel de conocimiento respecto de la administración de la Ley es insuficiente, y (5) se desconocen los trámites que deben efectuarse para obtener los beneficios de la Ley. Se concluye que: (1) el nivel de conocimiento de la Ley es insuficiente, (2) es fundamental estimular el uso de los instrumentos de esta Ley en la totalidad del territorio, de modo de garantizar el uso sustentable del recurso, y (3) la difusión de los beneficios de la Ley debe considerar las formas de comunicación tradicionales, el nivel de educación y la cultura de los espacios rurales

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El presente trabajo tiene como marco general la consideración de que el campo jurídico forma parte del espacio social en el que se juegan los conflictos de una comunidad, poniendo especial atención a la dimensión simbólica y a la significación real de la ley, es decir, a su efecto jurídico. El análisis de algunas fazañas del manuscrito 431 de la Biblioteca Nacional de Madrid permitirá poner de relieve la particular formulación simbólica del espacio que caracteriza estos textos jurídicos de mediados del siglo XIV. Este códice constituye uno de los mayores testimonios de un intento de formalización escrita del derecho señorial (consuetudinario) nunca fijado oficialmente en Castilla. Teniendo presente la representación del espacio en los textos jurídicos alfonsíes (especialmente las Siete Partidas) será especialmente productivo el análisis narrativo de los textos mencionados dado que allí se contraponen dos formas de impartir la justicia pero también de concebir el derecho y ordenar el mundo: el particularismo del derecho señorial y la concepción abstracta y universalista de la norma jurídica hacia la que tienden los códigos alfonsíes y que proporcionaría los fundamentos para la consolidación del Estado. Los textos incluidos en el manuscrito 431 de la Biblioteca Nacional de Madrid manifiestan, por su parte, una inclinación no por la abstracción teórica sino por un sentido concreto de justicia que privilegia el caso excepcional a la regla general, lo concreto a lo abstracto, lo local a lo universal que se pone de relieve en las fazañas, breves textos narrativos de carácter jurídico

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Se evaluó el nivel de conocimiento de la nueva Ley de bosque nativo y fomento forestal que poseen los pequeños propietarios forestales en dos territorios de la Cordillera de Nahuelbuta, en Chile. Para ello, se aplicó una encuesta a 53 personas (10 de las viviendas), que abordó cinco temas centrales: (1) uso del bosque nativo, (2) participación en redes sociales y acceso a la información, (3) conocimiento general de la Ley, (4) conocimiento respecto a la administración y (5) fomento de la Ley. Los resultados mostraron que: (1) el bosque nativo es usado para obtener productos madereros y no madereros, (2) las redes sociales y especialmente la radio son fundamentales para la transferencia de información, (3) tanto el conocimiento general de la Ley como (4) el nivel de conocimiento respecto de la administración de la Ley es insuficiente, y (5) se desconocen los trámites que deben efectuarse para obtener los beneficios de la Ley. Se concluye que: (1) el nivel de conocimiento de la Ley es insuficiente, (2) es fundamental estimular el uso de los instrumentos de esta Ley en la totalidad del territorio, de modo de garantizar el uso sustentable del recurso, y (3) la difusión de los beneficios de la Ley debe considerar las formas de comunicación tradicionales, el nivel de educación y la cultura de los espacios rurales