968 resultados para Historiadores de Indias


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1. (Fol. 67- 75) Expediente de 1671 que enumera los argumentos por los que un cura puede ser nombrado rector del Colegio Mayor del Rosario, para justificar el rectorado de Enrique de Caldas Barbosa, se citan las constituciones del Colegio Mayor de Salamanca que son la base de las constituciones del Colegio Mayor del Rosario, además de algunas obras del derecho canónico. 2. (Fol. 76-77) Documentos de 1742 sobre el permiso para que el cura de Charalá Antonio Guzmán pudiera ser regente de la cátedra de vísperas en teología de el Colegio Mayor de Rosario y no residir en su parroquia dejando a un sacerdote encargado. 3. (Fol. 79 -84) Declaraciones de 1751 sobre el número de curas y seculares con cargos y cátedras en el Colegio Mayor del Rosario, y sobre los beneficios del curato que algunos de los catedráticos gozaban. 4. (Fol. 85- 119) Exposición de 1750 de los argumentos por los que los rectores y catedráticos del Colegio Mayor del Rosario deben ser dispensados de su obligación de residencia en la parroquia que encabezan, se citan distintas obras de autores de la antigüedad clásica, del derecho canónico y del derecho civil para justificar la gran utilidad de los curas en la educación de los jóvenes y de la República. 5. (Fol. 120- 127) Solicitud de 1759 del vicerrector del Colegio Mayor del Rosario Ignacio Moscoso ante la muerte del rector, para poder dar paso a una elección rectoral y de otros cargos en la que se puedan elegir párrocos, se incluyen copias de las cédulas reales de 12 de junio de 1752 y de 28 de mayo de 1758 en las que se le conceden permisos a dos curas para ser secretario y provisor del Obispo de Popayán, prosigue con el registro de la elección de Ignacio de Moya como procurador del Colegio Mayor. 6. (Fol. 129- 147) Expediente de los procuradores Ignacio Moya y Luis del Castillo para que la Real audiencia apruebe la elección de un rector cura, se realizan varios interrogatorios y peticiones (adjuntos) en los que se declaró la necesidad de emplear curas que hubieran sido colegiales como rectores del Colegio Mayor 7. (Fol. 150- 165) Petición de 1762 del rector José Joaquín de León para que se apruebe la elección de un cura para el siguiente rectorado, expone los documentos sobre la autorización que había dado el virrey y el Arzobispo de la Nueva Granada para tal elección, continúa con los registros de la reelección de José de León en el rectorado y de su rechazo del cargo. 8. (Fol. 170- 175 ) Copias de las cédulas reales de 19 de julio de 1752 y 14 de abril de 1764 sobre la desaprobación del Rey por concedérsele una cátedra en el Colegio Mayor del Rosario y posteriormente el rectorado a Antonio de Guzmán y Monasterio cura de Charalá. 9. (Fol. 176- 197) Petición de 1764 de Miguel Masústegui rector del Colegio Mayor del Rosario para suspender el cumplimiento de las cédulas reales que no permiten que los curas sean catedráticos o rectores y de esta manera poder continuar con su labor en la rectoría. Expone una argumentación basada en otras órdenes reales que aceptan dicha elección de curas, en las constituciones de Colegio Mayor de Salamanca cuyo modelo regía al Colegio Mayor del Rosario y a las Universidades de Lima y México; así como en las leyes de Indias y otras disposiciones del derecho, contiene copias de las autorizaciones del Virrey Messía de la Cerda y el Arzobispo José Javier de Arauz para el nombramiento de un cura rector del Colegio Mayor del Rosario.

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1. (Fol. 227-229) Cuentas de las rentas del Colegio Mayor del Rosario en la ciudad de Cartagena de Indias del 1 de enero al 31 de diciembre de 1762, entregadas por Juan de Bernales al rector José Joaquín de León. 2. (fol. 230- 233) Cuentas de las propiedades del Colegio Mayor del Rosario en la ciudad de Cartagena de Indias del 1 de enero al 31 de diciembre de 1763 entregadas por Antonio Bernales al rector Miguel Masústegui.

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Actualmente, Colombia se encuentra inserta en dinámicas migratorias internacionales, no sólo como país expulsor de estos flujos, sino como destino y país de tránsito; la transformación que ha tenido el panorama migratorio colombiano es reciente y obedece a múltiples factores de carácter interno y externo. El fortalecimiento de la economía colombiana y la coyuntura de la crisis económica española han creado un ambiente propicio para la llegada de una migración laboral altamente calificada proveniente de España. Esta situación no sólo ha configurado al país por primera vez como un destino migratorio, sino ha puesto en evidencia la necesidad de una política migratoria eficaz y capaz de enfrentar los desafíos que impone la nueva realidad migratoria.

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Resumen basado en el de la publicaci??n

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El propósito de este estudio de caso es identificar los retos y estrategias de los gobiernos locales para definir la cooperación descentralizada como un instrumento de desarrollo territorial en Colombia. Para ello, se analiza el proyecto Cane-Iguaque y Vallée de L’Orb et du Libron para el tratamiento y purificación de agua y manejo de cuencas hidrográficas, y se explica la manera en que se refuerzan las relaciones de cooperación colombo-francesas enmarcadas particularmente en el fortalecimiento institucional a partir del intercambio de experiencias, para generar nuevas y mayores capacidades de participación en el escenario internacional de las entidades territoriales del país.

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El estudio de los derechos de aduana se aborda inicialmente a través de la definición que sobre los mismos efectúa el artículo primero del Decreto 2685 de 1999, denominado Estatuto Aduanero de Colombia, artículo que, como es usual en materia aduanera, comprende ciertas definiciones para la aplicación del mismo y enfatizando que las expresiones usadas en dicha compilación aduanera, tendrán el significado que ahí se determina.

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El desplazamiento forzado es uno de los fenómenos más dolorosos y críticos de la historia reciente a nivel mundial e interno. En respuesta a estas circunstancias han emanado de la comunidad internacional y de los Estados afectados diversas normativas y sistemas de atención, todavía en construcción, que pretenden dar respuesta efectiva a las adversas circunstancias de la población que es víctima de este flagelo. El Estado colombiano desafortunadamente no ha sido ajeno a este drama y a partir del año 1995 comenzó a registrar un inmenso número de casos en los que las personas se desplazaban a sus lugares de origen en busca de la protección de sus vidas y de su integridad. La respuesta estatal a esta problemática estuvo dada por la Ley 387 de 1997 y algunos otros instrumentos jurídicos que pretendieron establecer un marco de acción y un direccionamiento de la política pública interna que brindara un adecuado tratamiento a la población desplazada. A pesar de la existencia de la reglamentación, con el paso del tiempo el problema se agudiza, las expectativas de atención a las víctimas se incrementan y son cada vez mayores las demandas sociales de personas en estas circunstancias que pretenden hacer exigibles sus derechos. Con esta crítica situación la Corte Constitucional declara el estado de cosas inconstitucional y fija unos plazos específicos de cumplimiento por parte de los entes que conforman el sistema nacional de atención a la población desplazada, buscando un redireccionamiento de los sistemas de atención y política pública en la materia desde un perspectiva integral de derechos humanos. El presente trabajo pretende realizar una exhaustiva mirada a la respuesta estatal y jurisprudencial, la coordinación y planificación del sistema, presentar las condiciones de los grupos vulnerables y evidenciar el rol de la capital de la república, como principal receptora de quienes se desplazan de sus asentamientos.El Estado colombiano desafortunadamente no ha sido ajeno a este drama y a partir del año 1995 comenzó a registrar un inmenso número de casos en los que las personas se desplazaban a sus lugares de origen en busca de la protección de sus vidas y de su integridad. La respuesta estatal a esta problemática estuvo dada por la Ley 387 de 1997 y algunos otros instrumentos jurídicos que pretendieron establecer un marco de acción y un direccionamiento de la política pública interna que brindara un adecuado tratamiento a la población desplazada. A pesar de la existencia de la reglamentación, con el paso del tiempo el problema se agudiza, las expectativas de atención a las víctimas se incrementan y son cada vez mayores las demandas sociales de personas en estas circunstancias que pretenden hacer exigibles sus derechos. Con esta crítica situación la Corte Constitucional declara el estado de cosas inconstitucional y fija unos plazos específicos de cumplimiento por parte de los entes que conforman el sistema nacional de atención a la población desplazada, buscando un redireccionamiento de los sistemas de atención y política pública en la materia desde un perspectiva integral de derechos humanos. El presente trabajo pretende realizar una exhaustiva mirada a la respuesta estatal y jurisprudencial, la coordinación y planificación del sistema, presentar las condiciones de los grupos vulnerables y evidenciar el rol de la capital de la república, como principal receptora de quienes se desplazan de sus asentamientos.A pesar de la existencia de la reglamentación, con el paso del tiempo el problema se agudiza, las expectativas de atención a las víctimas se incrementan y son cada vez mayores las demandas sociales de personas en estas circunstancias que pretenden hacer exigibles sus derechos. Con esta crítica situación la Corte Constitucional declara el estado de cosas inconstitucional y fija unos plazos específicos de cumplimiento por parte de los entes que conforman el sistema nacional de atención a la población desplazada, buscando un redireccionamiento de los sistemas de atención y política pública en la materia desde un perspectiva integral de derechos humanos. El presente trabajo pretende realizar una exhaustiva mirada a la respuesta estatal y jurisprudencial, la coordinación y planificación del sistema, presentar las condiciones de los grupos vulnerables y evidenciar el rol de la capital de la república, como principal receptora de quienes se desplazan de sus asentamientos.El presente trabajo pretende realizar una exhaustiva mirada a la respuesta estatal y jurisprudencial, la coordinación y planificación del sistema, presentar las condiciones de los grupos vulnerables y evidenciar el rol de la capital de la república, como principal receptora de quienes se desplazan de sus asentamientos.

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Este libro presenta un balance del primer decenio de la ley de acciones populares y de grupo en Colombia, elaborado por el Grupo de Investigación en Derechos Humanos de la Universidad del Rosario, con el apoyo de la Defensoría del Pueblo y la Corporación Excelencia en la Justicia. El Diagnóstico realizado con una metodología cuantitativa y cualitativa, presenta aspectos significativos de la aplicación de la Ley 472 de 1998 a fin de formular propuestas, elevar los niveles de protección de los derechos colectivos, perfeccionar y fortalecer estas acciones constitucionales de interés público y plantear una agenda futura de investigaciones en la materia. El texto contiene artículos y ponencias presentados por reconocidos conferencistas nacionales e internacionales que participaron en el Seminario Internacional Las acciones populares y de grupo. Balance de los diez años de la Ley 472 de 1998. Diagnósticos, retos y perspectivas realizado los días 16, 27 y 28 de agosto de 2008. Las ponencias fueron organizadas en páneles: balance del constituyente, del legislador, de los operadores judiciales, del ministerio público y finalmente, avances en la garantía de los derechos colectivos y retos de las acciones de grupo.

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Resumen del autor en catalán

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Contribuir cr??ticamente a la Historia de la Educaci??n catalana a trav??s de la localizaci??n de fuentes y documentos. La educaci??n femenina barcelonesa en la Ilustraci??n catalana. Se ha seguido un esquema para la recopilaci??n de datos: lecturas de obras de car??cter general de historiadores autorizados que analizan los siglos XVIII y XIX en Espa??a y, m??s concretamente, en Catalu??a. Estudio de la ciudad de Barcelona. Localizaci??n de los centros docentes femeninos en Barcelona. Estudio de la legislaci??n en la que se apoyaban las instituciones y la incidencia que tuvieron en la vida ciudadana. Situaci??n y emplazamiento en el plano de Barcelona. Documentaci??n gr??fica. Obras de autores especialistas en la Ilustraci??n, fuentes, manuscritos, impresos, incunables, publicaciones peri??dicas, fotograf??as, mapas. Las escuelas p??blicas se orientaban principalmente para el bien del Estado. Intentaban formar ciudadanas ??tiles al pa??s, fundamentalmente en el ??mbito dom??stico. La ense??anza privada se interesaba por la consecuci??n de beneficios econ??micos. Se obten??an mediante el trabajo de las ni??as, a la vez que les proporcionaban habilidades manuales, conocimientos religiosos y otras ense??anzas complementarias. La ense??anza religiosa preparaba a las ni??as para el trabajo sobre la base de una formaci??n espiritual y para participar m??nimamente en la vida cultural.

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Resumen basado en el del vídeo en catalán

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Crédito variable para ESO en Ciencias Sociales. Se estructura en torno a un esquema típico para un análisis regional en Historia. Así empieza por analizar el espacio físico desde una definición de América Latina y dos unidades más que tratan el relieve y el clima y la vegetación. A partir de aquí desarrolla otros cuatro temas en que se presenta algún elemento aislado de la historia de América Latina: tema II- América Precolombina, periodos históricos, aztecas y mayas; III. Descubrimiento y conquista, dividida en dos etapas, 1. descubrimientos, 2. conquistas, donde esboza la conquista de los imperios azteca e inca; IV. Las Indias, de colonias a estados independientes; V. América Latina en la actualidad. Incluye material para el alumno y desarrolla la estructura típica de un crédito con objetivos, contenidos, procedimientos, etc..

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Se analiza el tema de la mujer y su historia. Los estudios sobre la historia de las mujeres, rescatados de los archivos principalmente por historiadoras, han tenido su repercusión parcial en las dos dimensiones de la actividad historiográfica: en la investigación y en la docencia. Los más recientes enfoques de esta historiografía se centran actualmente en el estudio de las distintas representaciones que sobre las mujeres hicieron los emisores de los discursos filosóficos, morales o políticos de épocas pasadas. Pero en España, hace falta una reflexión sobre la cuestión, ya que por parte de los historiadores hay un gran desconocimiento de lo que hoy es la historia de las mujeres y por parte de las historiadoras feministas persiste la desconfianza hacia la comunidad intelectual a la que pertenecen.

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En esta introducci??n se explican los motivos por los que la Educaci??n Secundaria ha sido el nivel educativo menos estudiado por los historiadores de la educaci??n. Se insiste en la importancia de este ciclo, y se presentan una serie de art??culos que integran la Secci??n Monogr??fica 'Historia de la educaci??n secundaria', tratando, precisamente, de contribuir a un mayor conocimiento del tema propuesto y de impulsar, a su vez, nuevas investigaciones.

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Resumen basado en la publicaci??n