557 resultados para Parroquias-Puebla


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La región semiárida tropical, del Valle de Tehuacán-Cuicatlán, localizada en la parte central de México, entre los estados de Puebla y Oaxaca, cuenta con una superficie aproximada de 10 000 Kilómetros, es considerada como uno de los centros más importantes de riqueza biológica en el mundo. Parte de esta zona fue decretada en 1998 como Reserva de la biosfera. Ha sido poblada desde tiempos ancestrales y las comunidades locales han transformado grandes áreas por medio de sistemas de irrigación de cultivos extensivos. Se considera que unas de las principales causas para el deterioro del suelo es la tala que ha reflejado efectos negativos  sobre los ecosistemas.El presente trabajo, pretende establecer el estado actual de la degradación del suelo en las áreas con agricultura con clima árido, semiárido y subhúmedo seco del Valle de Tehuacán-Cuicatlán, con base en la carta de Climas de México de García, donde el subhúmedo seco ocupa la mayor área (54.7%), le sigue el semiárido con el 31.1%, el árido 12.1 y el muy árido con sólo el 1.6. Para su análisis se utilizan las cartas, escala 1:250 000: Evaluación de la Degradación del Suelo causada por el hombre en la República Méxicana, 2001-2002 y la del Inventario Nacional Forestal 2005

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ResumenLa Corte Interamericana con las dos opiniones consultivas sobre la situación de la clase trabajadora migrante en los Estados Unidos, está enfatizando el hecho que los Estados tienen la obligación general de respetar y garantizar los derechos fundamentales. Con este propósito deben adoptar medidas positivas, evitar tomar iniciativas que limiten o conculquen un derecho fundamental, y suprimir las medidas y prácticas que restrinjan o vulneren un derecho fundamental. El incumplimiento mediante cualquier tratamiento discriminatorio, de la obligación general de respetar y garantizar los derechos humanos, le genera responsabilidad internacional.El principio de igualdad y no discriminación posee un carácter fundamental para la salvaguardia de los derechos humanos, tanto en el derecho internacional como en el interno.El principio fundamental de igualdad y no discriminación forma parte del derecho internacional general, en cuanto es aplicable a todo Estado, independientemente de que sea parte o no en determinado tratado internacional. En la actual etapa de la evolución del derecho internacional,este principio ha ingresado en el dominio del jus cogens, es decir de principios universalmente aceptados que no admiten posición en contra. El principio fundamental de igualdad y no discriminación, revestido de carácter imperativo, acarrea obligaciones de protección que vinculan a todos los Estados y generan efectos con respecto a terceros, inclusive particulares.Palabras clave: migración, derechos humanos, corte interamericana, opinión consultiva. AbstractThe Inter-American Court with the two advisory opinions on the situation of migrant workers in the United States is emphasizing the fact that the United States has the obligation to respect and guaranteefundamental rights. With this purpose, it should take positive actions, avoiding taking initiatives to limit or infringe a fundamental right, and eliminate measures and practices that restrict or violate afundamental rights. Failure by any discriminatory treatment of the general obligation to respect and guarantee human rights, gives rise to international responsibility. The principle of equality and nondiscrimination is fundamental for the protection of human rights both in international law and the domestic. The fundamental principle of equality and non discriminationforms part of the general international law as applicable to all States, regardless of party or a specific international treaty. At the current stage of evolution of international law, the fundamentalprinciple of equality and non-discrimination has entered the domain of jus cogens, ie of universally accepted principles that do not support position against it. The fundamental principle of equality andnondiscrimination, a peremptory nature, entails obligations to protect that bind all States and generate effects on third parties, including individuals.Keywords: migration, human rights, Inter-American Court, advisory opinion.