1000 resultados para Especies-Protección


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Transcripción de la Orden por la que se concedían nuevas becas a alumnos de Bachillerato de España en virtud de la aplicación de la Ley de Protección Escolar de 1944. Dependiendo de la provincia la cuantía a percibir era mayor o menor. Los alumnos que solicitaban las becas debían acreditar relevantes condiciones para los estudios e insuficiencia económica para cursarlos.

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Transcripción de la Orden de 1946 a través de la que se distribuía un crédito de 300.000 pesetas destinado a 'becas y protección escolar de los alumnos universitarios' repartidas como sigue: Universidades de Barcelona y Madrid, 50.000 pesetas por centro; Universidades de Granada, La Laguna, Murcia, Oviedo, Salamanca, Santiago, Sevilla, Valencia, Valladolid y Zaragoza, 20.000 pesetas por centro.

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En este artículo se analizan las medidas proteccionistas del alumnado en la escuela primaria. En las escuelas públicas existían medidas de protección adoptadas para los alumnos más desfavorecidos de la escuela primaria en tanto que la Ley de Educación Primaria en su artículo 12 recogía la obligatoriedad de un mínimo de educación para todos los españoles y un sustento de vestido, calzado y comedor para aquellos que no pudieran pagarlo. Se exponen las partidas presupuestarias que se destinaban con estos fines en el año 1952. Se analizan las medidas proteccionistas que se dedicaban a las escuelas subvencionadas y a las privadas y las destinadas a aquellas zonas más desfavorecidas de todo el territorio español, como los suburbios, en donde se creó el Consejo de Protección Escolar, que regulaba la educación primaria y la gestión de ayudas a la educación en estos territorios.

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Se ofrece un informe sobre la situación de la protección escolar en España a mediados de la década de los cincuenta en España. Se informa sobre la organización de la protección escolar en cuanto a las convocatorias de becas y pensiones para estudiantes ofrecidas desde el Ministerio de Educación Nacional y desde otros estamentos similares. También se ofrece una disposición de becas y pensiones de estudio, 'bolsas de viaje', viajes fin de carrera, pensiones para personas sin título profesional. Seguidamente, se analiza la ordenación y conocimiento de la protección escolar española y las consideraciones sobre su estado actual, el problema que suponen las matrículas gratuitas, los libros de texto, los comedores escolares y las residencias, los seguros escolares y los préstamos concedidos para estudios. Por último, se incluye un apéndice con la relación de los beneficios concedidos por el Ministerio de Educación Nacional a través de la Comisaría de Protección Escolar durante el año 1956, clasificado en becas escolares, becas de estudios de enseñanza superior, becas de ayuda a profesores y pensiones de estudio y otro tipo de ayudas para el profesorado.

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Se comentan los actos acontecidos durante el Primer Coloquio Internacional de Protección Escolar que tuvieron lugar entre el 16 y el 19 de octubre de 1957 en los locales de la Institución de Formación del Profesorado de Enseñanza Laboral. En esta Reunión hubo representantes de Alemania, Bélgica, Canadá, República Dominicana, Francia, Israel, Túnez, Colombia, Chile, Estados Unidos, Islas Filipinas y Persia. En las sesiones de trabajo fueron tomando la palabra cada uno de los participantes y exponiendo sus medidas para asegurar la protección escolar en los países a los que representaban. Se llegó a un acuerdo final en el que se establecían las ayudas directas que incluían: las becas concedidas por colectividades públicas, las becas y ayudas privadas, las bolsas de viaje, los préstamos de honor, los fondos de becas universitarias, el trabajo de los estudiantes, los comedores gratuitos, la ayuda en especie, la ayuda a los graduados en los comienzos de su vida profesional. En la ayuda indirecta se incluían: los comedores en las ciudades universitarias, las cooperativas universitarias, los deportes y esparcimientos, la protección social legal, la seguridad social, los subsidios familiares, la sanidad, las reducciones de impuestos y las tarifas especiales.

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Crónica que expone al lector las principales características del sistema español de protección escolar, presentando el panorama para el curso académico 1957-1958, lo que se ofrece al estudiante y al graduado español en lo que se refiere a la protección escolar directa. Se analizan el significado y las partidas presupuestarias de las becas escolares, las becas especiales, las becas para graduados universitarios, las pensiones de estudio y las bolsas de viaje.

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Crónica que expone al lector las principales características del sistema español de protección escolar, presentando el panorama para el curso académico 1958-1959, lo que se ofrece al estudiante y al graduado español en lo que se refiere a la protección escolar directa. Se analizan el significado y las partidas presupuestarias de las becas para escolares: becas para enseñanza superior, becas para enseñanza media (bachillerato), becas para enseñanza laboral y profesional y formación profesional industrial, becas para magisterio y becas para bellas artes. Se examinan las novedades introducidas en la convocatoria de becas para 1958-1959 en cuanto a la elevación de las cuantías, la desconcentración del procedimiento de concesión y el sistema de garantía. Por último, se analizan otras formas de ayuda directa al estudio: las becas para estudios en extranjero, las becas para preparación de oposiciones a cátedra, las pensiones de estudio y bolsas de viaje.

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Se proporciona un informe sobre las realizaciones concretas de protección escolar para el curso académico 1959-1960. Paulatinamente las actividades de protección escolar iban adquiriendo un mayor desarrollo y la conciencia social de estas actividades iba abriéndose cada vez más. El hecho de ser becario era altamente reconocido. La política de ayuda al estudio durante este curso se extendió a: 1. La protección escolar directa con becas escolares para la Enseñanza Superior y Técnica, Enseñanza Media de Bachillerato universitario, Magisterio y Bellas Artes; la Enseñanza laboral y profesional en los Institutos laborales y centros de Formación Profesional Industrial. 2. Becas con finalidad específica: a maestros nacionales, a seminaristas, etc. 3. Becas concedidas por organismos de la juventud, subvencionadas por el Ministerio. 4. Becas para graduados. 5. Pensiones de estudios. 6. Bolsas de viaje. 7. Protección escolar indirecta a través de matriculas gratis o plazas de alumnos gratuitos. 8. Seguridad social estudiantil.

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Continua la publicación con el título : Revista de información de la Comisión Nacional Española de Cooperación con la UNESCO

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Se transcribe el texto de la demanda judicial presentada por unos padres de alumnos afectados por la obligatoriedad en el sistema educativo danés, de impartir a los alumnos educación sexual, aún en contra de las convicciones y pensamientos religiosos y filosóficos del alumno y de sus padres. Mediante una nota explicativa, la Revista de educación ponen en antecedentes al lector para después, transcribir la demanda judicial propiamente dicha que, finalmente, a través de la Comisión Europea, emite un veredicto: 1. Se admite la demanda en cuanto a que los demandantes alegan que la Ley de 27 de mayo de 1970 de Dinamarca, que establece la educación sexual obligatoria en las escuelas públicas, constituye una violación del artículo 2 del Protocolo número 1 de la 'Convención europea de salvaguardia de los derechos del hombre y de las libertades fundamentales'. 2. Declara inadmisible la demanda en cuanto que afecta a las directivas y otras medidas administrativas dictadas por las autoridades danesas relativas a la manera en que debe impartirse la educación sexual.

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Premios Nacionales de Innovación Educativa del CIDE 2001. Contiene: Memoria descriptiva y cuaderno de trabajo

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El artículo pertenece a una sección monográfica de la revista dedicada a innovación educativa, en este número a la enseñanza de los seres vivos.

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Pretende ahondar en el conocimiento de la reforma educativa republicana y dentro de ella, de la primera enseñanza, ofreciendo aspectos inéditos que ayuden al más amplio y completo conocimiento del desarrollo de la enseñanza en la Segunda República. Los Consejos de Protección Escolar en la Región de Murcia. Estos Consejos formaron parte del primer grupo de disposiciones legales que vieron la luz en los primeros meses de la República, creados por Decreto de 9 de junio de 1931, en la Región de Murcia. La investigación se compone de dos partes diferenciadas: la primera dedicada al estudio del desarrollo de la administración educativa periférica durante la Segunda República en la que se analiza los órganos administrativos, inspección, etc., que tuvieron influencia en la actución de los Consejos de Protección Escolar, sus antecedentes históricos, evolución y actuación a lo largo de la Segunda República hasta el fin de la Guerra Civil. El segundo bloque se ocupa de analizar lo que fue el funcionamiento y la labor llevada a cabo por los Consejos de Protección Escolar en la provincia de Murcia, estructurada en tres partes: el Consejo Universitario, el Consejo Provincial y los Consejos Locales constituidos en los municipios murcianos. Los Consejos Provinciales quedaron constituidos en su totalidad antes de finalizar en año 1931, igualmente ocurrió con los locales, tal y como se disponía en el Decreto de su creación. De los Consejos Universitarios no se tiene constancia documental. Los Consejos Escolares a penas si funcionaron en algún centro escolar, por ser su constitución voluntaria a criterio de los padres y maestros. Es decir, tan sólo los Consejos Provinciales y Locales cumplieron con la normativa legal, pasando prácticamente desapercibidos los Universitarios y Escolares. Los Consejos de Protección Escolar cumplieron con sus atribuciones iniciándose un proceso de descentralización administrativa con relación a las atribuciones de las anteriores Juntas de Enseñanza, precedentes administrativos de los Consejos.

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Colonias escolares de vacaciones de Cartagena, su promoción, organización y funcionamiento en el primer tercio del siglo XX. Las colonias escolares de vacaciones como institución educativa de promoción de la salud pública y de protección a la infancia. La investigación realiza un recorrido que va desde el análisis general de lo que fueron las características principales presentes en el origen y la evolución de las colonias escolares en España, situando el caso de Cartagena en este marco, pasando por una aproximación al contexto de Cartagena, hasta llegar a su Junta Local de Protección a la Infancia, a sus antecedentes y actuaciones emprendidas en el campo higiénico-sanitario, escolar, etc. El núcleo central de la investigación lo constituye el análisis histórico de la primera experiencia de colonias escolares y su desarrollo posterior. Fuentes primarias: diarios de las colonias redactados por sus directores, memorias inéditas redactadas asímismo por los directores y bibliografía. Investigación histórica. Las colonias escolares de vacaciones, dirigidas primordialmente a los niños de las familias de las clases populares urbanas con la salud debilitada, tenían dos finalidades básicas: una de higiene preventiva, en una época en la que se soportaban altas tasas de mortalidad infantil y otra de carácter educativo, tendente apropiciar la educación intelectual, física, social y moral de los colonos, configurándose como institución complementaria de la escuela. Cartagena, creadora de las primeras escuelas graduadas en españa, contó con una de las Juntas Locales de Protección a la Infancia y Represión de la Mendicidad más activas del País, que dió lugar, entre otras instituciones, a la Casa del Niño y favoreció un destacado y diverso conjunto de iniciativas en favor de las colonias escolares, siendo el primer municipio de la región que, en 1907, las promovió.