1000 resultados para Consentiment informat (Dret mèdic)


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Les persones tenen el dret de poder viure i de ser respectades d¿acord amb els seus valors i les seves creences religioses, amb l¿ única condició que ningú pot imposar lesseves idees al altres. Les persones també tenen dret a cercar el coneixement a través de la ciència amb l¿única obligació ètica de que aquest coneixement no s¿utilitzi perprovocar dany als altres. Malauradament això no és, ni ha estat, sempre així i, a voltes, la defensa de les idees ha servit per imposar la nostra veritat als altres i, de vegades,la ciència s¿ha utilitzat per causar dany i no per millorar les condicions de vida de les persones.

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La capacidad para experimentar sufrimientoes determinante en la delimitación de la esfera moral. No estamos ante un criterio arbitrario porque la moral surge de nuestra preocupación por determinados daños que nos parecen injustos. El interés básico de evitar el sufrimiento siempre ha sido objeto de preocupación de la ética. Generalmentetodas las teorías protegen la promoción deeste tipo de interés individual de una u otra forma. No hay que entenderlo como una propiedad biológica más porque estamos ante una característica previa que sí está definitivamente ligada al ámbito de lo moral.

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La discusión pública en España sobre la legitimidad de la eutanasia puso de manifiesto que el término dignidad humana, tan traído y llevado por todo el mundo, cobija dos conceptos bien distintos de esa dignidad, en el fondo incompatibles. Para unos, aferrados a la concepción católica tradicional, la dignidad común a todos los seres humanos procede de su condición de hijos de Dios y reside en la capacidad de acatar y observar la ley moral, la cual de ninguna manera emana de los humanos mismos. La razón puede conocerla y de hecho la conoce -dicen- pero no la crea ni promulga, porque el deber procede de una instancia ajena, llámese ésta Dios, finalidad de la naturaleza, o como sea. Para otros, por el contrario, la dignidad humana consiste en la capacidad que tenemos los humanos de darnos ley moral a nosotros mismos. En la jerga kantiana, los primeros profesan heteronomía moral (ley de otro), mientras los segundos proclamamos la autonomía moral del ser humano (ley de uno mismo). Consiguientemente, laeutanasia es considerada inmoral por los primeros, en tanto no acata el precepto divino de no matar, mientras para los segundos es legítima una ley que la permita y, sin imponerla a nadie, por supuesto, exija garantías de plena libertad en quien la pida y en quien la lleve a cabo. Es claro que este debate particular ilustra sobre las dos concepciones morales entre las que nos movemos actualmente porque la discusión hace evidente que cuando afrontamos situaciones moralmente dudosas, dos concepciones distintas de la dignidad humana dan lugar a juicios y consecuencias prácticas profundamente divergentes. Remontándomepor tanto a la cuestión de principio, no discutiré aquí ni el problema de la eutanasia ni cualquier otra cuestión concreta.Trataré solamente de esclarecer el concepto de dignidad humana como verdaderamente básico en todas las discusiones morales.

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Comentario de un libro que está directamenterelacionado con el binomio Bioética y Cine. Bajo el título "Pelas lentes do Cinema. Bioética e Ética em Pesquisa" subyace una interesante e innovadora propuesta pedagógica, sobre todo, desde el punto devista metodológico, para la enseñanzade la Bioética a través de las películasy los documentales.

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Panorama de la genètica, la recerca i les dones científiques a Espanya

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Voy a plantear una serie de preguntas sencillas y claras, e intentaré proporcionar las respuestas que considero que pueden sernos útiles en este momento. No voy a navegar por lugares muy altos de la ética, ni de la filosofía, porque en este caso entiendo que mi aportación consiste en proporcionar una posible manera de abordar un conflicto, es decir una pauta.Voy a tratar de analizar las cuestiones que seplantean y cómo podemos enfocarlas.

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Es importante que tengamos en cuenta que las Declaraciones de Derechos, las Constituciones, la nueva Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, el Convenio de Derechos Humanos en Biomedicina, las nuevas Leyes de autonomía del paciente... todas hacen hincapié en los derechos de los pacientes, en los derechos de los incapacesde hecho y de los efectivamente incapacitados. Las normas vigentes concuerdan en que todos los pacientes -también los psiquiátricos¿- poseen, en principio, los mismos derechos, y que las limitaciones a su ejercicio tienen que ser siempre justificadas e interpretadas de manera restrictiva.

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La sombra de las grandes diferencias de fecundidad se cierne otra vez sobre las poblaciones europeas. Siempre se ha temido al de fuera. La aportación al crecimiento natural de las poblaciones foráneas ha constituido un leit-motif en Demografía en el siglo pasado. El miedo no se basa en el tamaño de la familia; o sea la cantidad de hijos que tienen las mujeres venidas de fuera, sino en las consecuencias a largo plazo. La cuestión que provoca temores se centra en la proporción en que las generaciones futuras estarán formadas por personas cuyos padres serán de fuera.

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Tratar adecuadamente en el actual contexto plural la cuestión del aborto, no es oportuno centrarla en torno a los términos matar y no matar, o justo e injusto, sino más bien en un conflicto de valores y de su jerarquización. En ninguna concepción el aborto es un bien, y el reconocimiento del derecho al aborto no implica nunca la obligación de abortar.

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Revisión del libro Bioética, Interdisciplinaridad y Práctica Clínica. Jussara de Azambuja Loch. Gabriel José Chittó Gauer. María Casado(Organizadores). EDIPUCRS. Porto Alegre, Brasil. 2008. 414 pp

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A propósito de la clonación de células humanas, con la presente comunicación se pretende exponer el trabajo realizado por el Grupo de Opinión del Observatorio de Bioética y Derecho mediante la elaboración y publicación de documentos, atendiendo más al método utilizado que al contenido científico de los mismos. Pudiendo aportar una visión retrospectiva y analítica con el paso de los años.

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Panorama de la genètica, la recerca i les dones científiques a Espanya

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Voy a plantear una serie de preguntas sencillas y claras, e intentaré proporcionar las respuestas que considero que pueden sernos útiles en este momento. No voy a navegar por lugares muy altos de la ética, ni de la filosofía, porque en este caso entiendo que mi aportación consiste en proporcionar una posible manera de abordar un conflicto, es decir una pauta.Voy a tratar de analizar las cuestiones que seplantean y cómo podemos enfocarlas.

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Es importante que tengamos en cuenta que las Declaraciones de Derechos, las Constituciones, la nueva Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, el Convenio de Derechos Humanos en Biomedicina, las nuevas Leyes de autonomía del paciente... todas hacen hincapié en los derechos de los pacientes, en los derechos de los incapacesde hecho y de los efectivamente incapacitados. Las normas vigentes concuerdan en que todos los pacientes -también los psiquiátricos¿- poseen, en principio, los mismos derechos, y que las limitaciones a su ejercicio tienen que ser siempre justificadas e interpretadas de manera restrictiva.

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Resulta muy difícil estimar el aporte al crecimiento natural de las personas venidas de fueras y nuevos residentes, de acuerdo con la propuesta de Naciones Unidas. Históricamente, No ha habido acuerdo acerca de la fecundidad de los migrantes. Andorka consideró que la migración producía un efecto depresor en la fecundidad. Estudios sobre la fecundidad de los migrantes internos en la sociedad catalana han mostrado el contraste entre un creciente indicador sintético de fecundidad (ISF) y un efecto reducido en la fecundidad longitudinal. Un intento de explicación basado en el tiempo, nacimientos pospuestos y adaptación, se presenta. Se trata de una combinación de la propuesta de Andorka del efecto depresor de la fecundidad, con un segundo tiempo de recuperación en destino. Esta Hipótesis en dos Tiempos (H2T) tiene carácter tentativo. Considera sólo un efecto de calendario. Se utilizan datos oficiales de la Encuesta de Fecundidad de 1999, de un Censo anterior y de natalidad. La H2T se considera una explicación posible de las altas tasas de natalidad de Europa y América.Estimaciones sobre la evolución de los nacimientos futuros de mujeres extranjeras, en al menos dos escenarios, son contemplados al final del artículo.