668 resultados para CONTROL DE DROGAS Y NARCÓTICOS - COLOMBIA


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Motiva la elaboracin de la presente Tesis, la necesidad del estudio del Peculado Bancario como figura jurdica del Derecho Penal Econmico y su relacin con los acontecimientos suscitados en la ms reciente crisis financiera ecuatoriana iniciada en el ao 1998. Es necesario distinguir para el anlisis de este tema, el contexto de una tendencia de liberalizacin de los mercados y la actividad financiera en toda Amrica Latina y obviamente en el Ecuador, proceso en el que se inscribi la legislacin nacional reformada en agosto de 1994 con la aprobacin de una LEY GENERAL DE INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO, en sustitucin de la LEY GENERAL DE BANCOS existente hasta entonces. Dicha Ley General de Instituciones del Sistema Financiero estableci desde luego un avance importante en la actualizacin de la legislacin bancaria del pas a los concepto flexibles de banca mltiple, que como tales pretenden la creacin de un verdadero sistema financiero en el pas, a travs de la autorizacin a las instituciones bancarias de una amplia variedad de servicios financieros en beneficio de los usuarios, acordes con la dinmica actual de la actividad financiera y la complejidad que supone el ejecutar distintos procesos relacionados con diferentes prestadores de servicios. Este concepto laudable en principio no excluye sin embargo la intencionalidad ltima de todo proceso de liberacin que es el mayor desmantelamiento posible de los mecanismos de control, fiel a su premisa terica de que todo control supone restriccin y conculcacin de los intangibles atributos de la libertad econmica y su congnere ms cercana, la libertad de empresa, as como una intromisin del Estado en el principio superior de autonoma de la voluntad y libertad de contratacin, todo esto con el corolario de que as mismo, todo mecanismo de control e intervencin por parte del Estado se halla dotado de un agregado ineludible de corrupcin. Acogiendo estos criterios vio la luz la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero y se estableci una permisibilidad que la experiencia ha demostrado result ser inconveniente y an peligrosa para la estabilidad no solo del sistema de pagos, sino de la propia economa y que deriv en el libertinaje de los administradores de las instituciones financieras, con las dolorosas consecuencias que son de todos conocidas. De este libertinaje financiero se sigui que muchos administradores bancarios fueron encausados penalmente por la presunta comisin de delitos bancarios, cuya regulacin, vale anotar, al momento de la crisis result insuficiente, insuficiencia que se explica desde luego, por esta flexibilizacin de controles que inspir la nueva legislacin bancaria.

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La necesidad de un proyecto de ley de cooperativas financieras se sustenta en la falta de un instrumento que le d identidad jurdica propia a estas entidades. Un importante nmero de aquellas se encuentra bajo el rgimen de la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero, como intermediarias financieras que operan con el pblico, bajo el control y supervisin de la Superintendencia de Bancos y Seguros. A travs de tres decretos ejecutivos: 1227, de marzo de 1998; 2132, de diciembre del 2001; y, 354, de agosto del 2005, con fundamento en el artculo 212 del cuerpo legal invocado, el Presidente de la Repblica de turno dict el respectivo Reglamento de constitucin, organizacin, funcionamiento y liquidacin de las cooperativas de ahorro y crdito que realizan intermediacin financiera con el pblico, vigente el ltimo decreto, el cual no proporciona eficacia para el desarrollo de dichas instituciones, tampoco para el campo de accin del organismo de control. En ese entorno surge como necesaria la propuesta de lineamientos para un proyecto de ley de cooperativas financieras como herramienta eficaz para quienes estn frente a las cooperativas, para el usuario del sistema cooperativo financiero y para el organismo de control, dentro de un esquema de las mejores prcticas aplicadas en distintas legislaciones en los aspectos administrativos, financieros, monitoreo y control del riesgo y el buen gobierno corporativo, entre otros.

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El carnaval de Guaranda es un espacio sociocultural en el que se evidencian las interacciones culturales entre los diferentes grupos sociales que participan desde posiciones distintas: los sectores oficiales en la administracin y control del carnaval y los sectores populares o carnavaleros en el desarrollo emprico de esta celebracin. As por ejemplo, los carnavaleros se identifican con la reciprocidad en las comidas y bebidas, la fantasa y esplendor en el juego con agua y la inagotable creatividad en la composicin y canto de coplas. En todas estas prcticas es fundamental la participacin colectiva y directa de los asistentes lo que le da un carcter catico e irreverente al carnaval. Los sectores oficiales, en cambio, han elaborado reglamentos y ordenanzas para la incorporacin de espectculos y la prohibicin de los excesos cometidos por los carnavaleros, con lo cual pretenden mostrar la imagen de un carnaval civilizado y culto. Estas diferencias culturales tambin se expresan en los discursos que cada grupo construye para contar sus historias. Sin embargo, mientras los carnavaleros mantienen y transforman su memoria histrica a travs de la oralidad, de la transmisin de boca en boca mediante las coplas; los sectores oficiales, en cambio, priorizan el uso de la escritura y los medios de comunicacin. Esto significa que, aun cuando en este carnaval existen claras diferencias culturales y, an contradicciones, los distintos actores intercambian sus bienes simblicos a travs de un complejo y conflictivo proceso de negociaciones culturales que les permiten mantener y renovar su repertorio cultural y su memoria histrica; as como afirmar su identidad como grupo.

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El Captulo 1 referente a Nociones Generales de Propiedad Intelectual y de Empresa, es un extracto de las formas de proteccin de los programas de ordenador, en especial de los derechos de autor. Se pone real nfasis al desarrollo de la ciencia y la tecnologa en este captulo ya que constituye un pilar fundamental para que el desarrollo de la proteccin legal de software se d. El Captulo II recoge informacin sobre legislacin tanto en el mbito nacional como internacional. En el presente captulo se hace un anlisis general de la legislacin, de los procedimientos legales utilizados en el Ecuador, englobando, adems, nuevas formas internacionales de aplicacin para la proteccin de software que no consta en la Ley ecuatoriana y que representan una novedad para el contexto nacional. Siguiendo el orden, el Captulo III, con ttulo Programas de Ordenador en el Ecuador, hace referencia a la creacin del software en pasos sistemticos a seguir. El procedimiento para crear un programa de ordenador, debe realizrselo segn ciertos parmetros que sern la gua para obtener un resultado. Los Mecanismos alternativos de Proteccin de los Programas de Ordenador en el Ecuador, contenidos en el Captulo IV, son fundamentales en este mundo de constante cambio ya que a falta de una proteccin completa por el efecto legal, los empresarios y creadores de software han intentado por cuenta propia dotarse de mecanismos que les permitan tener un control ms cerrado y efectivo del software que ellos producen, con el objeto de impedir la piratera y prdidas por efecto de ella. En funcin de determinar los costos para la creacin de software se ha analizado de manera general, en el Captulo V, lo que puede costar realizar un determinado programa (aplicacin) y del efecto que este produce en el contexto global (PNB). Por ltimo, el Captulo VI, constituye un estudio de los efectos de la globalizacin en el campo del software. Es inquietante conocer los efectos que ella, la globalizacin, puede conllevar en una economa pequea como la nuestra, la influencia de organismos poderosos y de los posibles cambios en el mbito legal y tecnolgico que pueden darse, tanto nacional como internacionalmente. Puede que esta situacin sea preocupante en un futuro, dependiendo del ambiente y su desarrollo.

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La autora explora la posibilidad de un cambio en las relaciones de Colombia con Venezuela y Ecuador durante la presidencia de Juan Manuel Santos. Las relaciones de Colombia con esos dos pases vecinos, por un largo perodo, se han caracterizado por su complejidad expresada en roces y desencuentros, configurando un escenario conflictivo. Esta dinmica se origina en dos factores: el conflicto armado colombiano de larga duracin, y la alineacin de Colombia con Estados Unidos. La autora sostiene que los cambios en el segundo factor podran conducir a una modificacin del conflicto domstico colombiano, y por extensin a mejorar las relaciones con Ecuador y Venezuela.

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En la actualidad, uno de los temas que presenta mayor relevancia en el contexto mundial es la crisis energtica, cuyas manifestaciones se han representado en la escasez de reservas de petrleo generado altos costos en las explotaciones y volatilidad en los precios. Por tanto, los pases dependientes han conducido sus propsitos a la bsqueda de fuentes de energa alternativa y renovable. La ms importante la constituye los biocombustibles, los cuales se derivan de la biomasa de materia orgnica, proveniente de diversos cultivos, generalmente agrcolas y forestales, y que ha presentado un incremento de produccin mundial a un ritmo anual del 10% desde el ao 20101. Esta dinmica va acompaada del rol activo de los Estados que articulan instrumentos que favorecen la multiplicacin de cultivos energticos, ocasionando intensos debates en el mbito mundial, que conllevan a revisar los efectos que en la actualidad estas polticas han generado en el mundo y en Colombia, pas que desde el ao 2002 ha realizado apuestas en torno a esta posibilidad de conseguir energa de forma alternativa.

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Desde el 20 de Octubre del 2008, fecha que entr en vigencia la Constitucin de la Repblica del Ecuador, la concepcin filosfica del Estado cambi. El auto determinante de Estado constitucional de derechos y justicia social, implic algo ms que enunciar un objetivo, impuso los valores como materia y contenido de los preceptos normativos, que marcan la validez del ordenamiento jurdico interno, y adems, reconoce la fuerza irradiante de la Constitucin sobre el infraderecho. La vinculacin de la moral y la justicia en el Derecho objetivo, convierte a un Estado de Derecho positivo, en un Estado constitucional de derechos y justicia social, cuya misin es proteger los valores y principios consagrados en la Constitucin, creando para ello mecanismos jurdicos que, tericamente, permiten el cumplimiento de sus declaraciones. El control de constitucionalidad, y para el caso en estudio, el control de constitucionalidad concreto, es uno de aquellos mecanismos que defienden la hegemona y la supremaca constitucional. El control de constitucionalidad concreto, es una herramienta apropiada para detectar normas inferiores en contradiccin con las normas superiores; se activa ante la duda razonable de constitucionalidad de una norma jurdica, que est siendo aplicada por la autoridad judicial ordinaria dentro de un caso concreto. Empero, la sustanciacin de la consulta judicial de constitucionalidad de norma, exige que la causa concreta se suspenda por cuarenta y cinco das, sin resolver nada sobre lo principal (CR, Art. 428). En asuntos que litigan intereses particulares, suspender el trmite de la causa, sin resolver nada en el fondo, no representara mayor problema, pero en las causas que ventilan derechos de personas y grupos de atencin prioritaria (CR, Art. 35), cuyos bienes, por su trascendencia social, interesan a la causa pblica, suspender el trmite del caso sin resolver nada de fondo, lesiona el principio de tutela judicial efectiva y del debido proceso en la garanta de defensa (CR, Arts: 75 y 75.7).

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El objetivo central de la tesis es volver contempornea la experiencia del cimarronaje preveniente de la poca de la esclavitud, esbozando un pensamiento de la existencia o cimarrn. Se han construido dos narrativas polticas del cimarronaje de: Esmeraldas- Ecuador y Cartagena-Colombia, donde se resaltan las acciones y los agenciamientos polticos ms importantes de los cimarrones, sobre todo en sus procesos de negociacin de la libertad. Luego se hace una fenomenologa del cimarronaje desde la perspectiva de la filosofa existencialista sobre todo de Fanon, Sartre y los filsofos afrocaribeos, Lewis Gordon, Piaget Henry, Anthony Bogues y Nelson Maldonado. Aqu se describe la trayectoria del cimarronaje en la construccin de su humanidad arrebatada por la esclavitud colonial. Tambin se trabaja el concepto de colonialidad del Ser, existencialismo, libertad, grito/llanto existencial, memorial-experiencia ancestral. Y finalmente se trabaja en la reflexin de lo que sera un pensamiento cimarrn o de la existencia, basada en las experiencias del cimarronaje. Los cuestionamientos y alcances de este pensamiento cimarrn. Y que desembocara en un pensamiento poltico encaminado a la de(s)colonialidad. Se trabajan conceptos como colonialidad del saber, ancestralidad, epistemologas otras, dispora.

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La presente tesis tiene como propsito contribuir a profundizar en el conocimiento del nuevo sistema de control constitucional, que surge a raz de la expedicin de la constitucin del 2008, que clarifica la supremaca constitucional y el mandato de que las normas y los actos del poder pblico deben imperativamente mantener conformidad con las disposiciones constitucionales, pues en caso contrario el efecto es que estas carecern de eficacia jurdica, siendo obligacin de las Juezas y Jueces, autoridades administrativas y servidoras y servidores pblicos aplicar directamente tales normas constitucionales, adems de que la Corte Constitucional, se constituye en el mximo rgano de control interpretacin constitucional y de administracin de justicia, fijndose exclusivamente este rol en este organismo del Estado, despojndoles a los administradores de justicia de la potestad de ejercer este control constitucional como ocurra con el sistema anteriormente vigente. En camino hacia tal objetivo el trabajo contiene una primera ubicacin del tema que esclarece el fundamento jurdico de esta nueva concepcin de control constitucional en el marco de la orientacin garantista, apoyado con un anlisis de temas de derecho comparado, se desarrolla un estudio detallado de la normativa constitucional y legal sobre el tema, ofreciendo una visin general de aspectos sobre la supremaca de la constitucin, competencia privativa del rgano de control constitucional, los objetivos, funciones y actos provenientes adems del procedimiento y las resoluciones con sus efectos, bajo cuyos contenidos se realiza el anlisis de casos que han sido de conocimiento y resolucin de la Corte Constitucional en aplicacin de la nueva normativa constitucional y legal para arribar finalmente a la estructura de conclusiones que sealan la situacin actual del tema constitucional en el pas.

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La presente investigacin propone estudiar el control mixto de constitucionalidad en el ordenamiento jurdico del Ecuador, en funcin del anlisis del principio de aplicacin directa de la Constitucin y la consulta de constitucionalidad de la norma jurdica. El contenido est dirigido a identificar la relacin existente entre el desarrollo del valor normativo de la Constitucin, el principio de aplicacin directa y el control de constitucionalidad; y, a establecer el modelo de control de constitucionalidad que determina la Constitucin del ao 2008, los elementos que lo sustentan, y su incidencia directa en la proteccin de los derechos constitucionales. Para el desarrollo de esta investigacin se estudi el origen del valor normativo y el principio de supremaca de la Constitucin en el constitucionalismo europeo continental y de los Estados Unidos de Norteamrica; aspecto histrico que incide directamente en el desarrollo del control de constitucionalidad y consecuentemente en el principio de aplicacin directa de la Carta Constitucional en los modelos constitucionales sealados; adems se revis el control de constitucionalidad en la historia del Ecuador, en el texto de la Carta Magna vigente, en la ley de la materia y en los precedentes constitucionales determinados por la Corte Constitucional. Finalmente esta tesis est dirigida a brindar elementos que permitan concluir que en el control mixto de constitucionalidad, el juez puede ejercer un control difuso sin atentar contra el derecho de la seguridad jurdica; y, que por medio de este modelo se garantiza la tutela judicial efectiva de los derechos constitucionales, situacin que no sucede en el incidente de constitucionalidad que genera demoras indebidas en la tramitacin de las causas judiciales y garantas constitucionales, para ello se analiza dos casos en los cuales se evidencia que la consulta de constitucionalidad efectivamente genera vulneracin de los derechos constitucionales.

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JUSTIFICATIVA E OBJETIVOS: O pinamento artico infra-renal pode determinar alteraes cardiovasculares. A clonidina, um alfa2-agonista, determina bradicardia e diminuio da presso arterial. O objetivo do estudo foi avaliar os efeitos da clonidina sobre a funo cardiovascular, em ces submetidos a pinamento artico infra-renal. MTODO: O estudo aleatrio foi realizado em 16 ces, distribudos em dois grupos: G Controle - sem a utilizao de clonidina e G Clon - clonidina, na dose inicial de 5 g.kg-1, por via venosa, imediatamente antes do pinamento artico infra-renal, seguido de 2 g.min-1.m at o final do estudo. em todos os animais foi realizada ligadura infra-renal da aorta, por 45 minutos. Os atributos hemodinmicos foram estudados nos momentos C (controle), aps 10 (Ao10) e 25 (Ao25) minutos do pinamento artico, e aps 10 (DAo10) e 25 (DAo25) minutos do despinamento artico. RESULTADOS: Durante o pinamento artico, houve diferena significante entre os grupos, em relao freqncia cardaca, presso arterial mdia e ndice cardaco (G Controle > G Clon). Aps o despinamento artico houve diferena significante entre os grupos, em relao freqncia cardaca (G Controle > G Clon) e presses do trio direito e da artria pulmonar ocluda (G Clon > G Controle). Durante o pinamento artico, houve nos dois grupos, aumento significante das presses de trio direito e artria pulmonar ocluda, dos ndices sistlico e do trabalho sistlico do ventrculo esquerdo, e diminuio do ndice de resistncia vascular pulmonar. No grupo controle houve aumento significante das presses arterial mdia e da artria pulmonar, e dos ndices cardaco e do trabalho sistlico do ventrculo direito. No grupo clonidina, houve diminuio significante da freqncia cardaca. Aps o despinamento artico, houve nos dois grupos: diminuio significante da freqncia cardaca e presso arterial mdia, enquanto os valores das presses do trio direito e ndice sistlico continuaram elevados. No grupo controle, os valores do ndice de trabalho sistlico do ventrculo direito continuaram elevados enquanto os valores do ndice cardaco retornaram a valores prximos aos do controle. No grupo clonidina, os valores das presses do trio direito e da artria pulmonar ocluda, e o ndice sistlico, continuaram significantemente elevados. CONCLUSES: No co, nas condies experimentais empregadas, a administrao venosa contnua de clonidina atenua as respostas cardiovasculares decorrentes do pinamento artico infra-renal.

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JUSTIFICATIVA E OBJETIVOS: Embora a pr-eclmpsia acometa pequena porcentagem da populao obsttrica, ela responsvel por considervel morbidade e mortalidade maternas. Assim sendo, o controle anestsico adequado deste grupo de pacientes ainda hoje um desafio para os anestesiologistas. Este artigo tem a finalidade de apresentar a fisiopatologia, o tratamento farmacolgico e as opes anestsicas para o parto normal ou cirrgico, em pacientes com pr-eclmpsia. CONTEDO: Esto descritos a classificao e terminologia da hipertenso arterial induzida pela gestao, a fisiopatologia, as alteraes nos diversos rgos e sistemas, os princpios gerais no controle das pacientes e as opes anestsicas para o parto normal e cirrgico. CONCLUSES: O conhecimento, pelo anestesiologista, da fisiopatologia, das formas de tratamento e das caractersticas farmacolgicas das drogas utilizadas para o controle da hipertenso arterial e a profilaxia das convulses, assim como sua interao com as drogas e tcnicas anestsicas, possibilita a reduo das complicaes peri-operatrias e da mortalidade materna e fetal.

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JUSTIFICATIVA E OBJETIVOS: A anestesia da paciente grvida engloba situaes diversas e que devem ser analisadas com muita propriedade. Alm da exposio do feto e de uma possvel ao txica dos agentes a serem utilizados na anestesia, devem ser considerados o perodo gestacional, as caractersticas de cada droga e as doses a serem utilizadas. A falta de informaes adequadas sobre o risco do uso de drogas na gestao torna difcil ao anestesiologista uma opo segura quando se v diante da necessidade de anestesiar uma paciente grvida, tanto para cirurgia no obsttrica, como em cirurgia obsttrica. No primeiro caso, importante evitar o parto prematuro (ou o aborto) e o aparecimento de alteraes permanentes no feto. No segundo caso, no deve haver interferncia na contratilidade uterina nem depresso significativa no feto. A finalidade desta reviso atualizar os conhecimentos sobre a passagem transplacentria e os efeitos maternofetais das drogas usadas em anestesia. CONTEDO: So revisados os mecanismos de passagem transplacentria de drogas, os princpios fundamentais de embriofetotoxicidade e analisados alguns aspectos importantes sobre efeitos embriofetais das drogas utilizadas na anestesia. Tambm apresentada a classificao de risco teratognico, de acordo com o FDA, das drogas que o anestesiologista mais utiliza durante o ato anestsico. CONCLUSES: Embora ainda persistam muitas dvidas em relao escolha de drogas para a anestesia de pacientes grvidas, o anestesiologista dispe hoje de novas drogas e de informaes que lhe permitem oferecer maior segurana para o binmio me-feto.

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